LEY Nº 417
LEY DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2013
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único.
I. De
conformidad a lo establecido en el Artículo 158, Parágrafo I Numeral
10, de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Contrato de
Préstamo y de Ejecución, suscrito entre el Estado Plurinacional de
Bolivia y la KfW, Frankfurt am Main, en fecha 28 de mayo de 2013, por la
suma de hasta Euros12.000.000.- (DOCE MILLONES 00/100 EUROS),
destinados a financiar el Programa de Riego “Agua y Cambio Climático” -
2007 65 610.
II.
Se autoriza a los Gobiernos Autónomos Departamentales de Santa Cruz,
Cochabamba y Chuquisaca, de acuerdo a los montos establecidos en la
estructura de financiamiento del Programa de Riego “Agua y Cambio
Climático” - 2007 65 610, asumir el repago de la deuda.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los nueve días del mes de septiembre del año dos mil trece.
Fdo.
Lilly Gabriela Montaño Viaña, Betty Asunta Tejada Soruco, Andrés
Agustín Villca Daza, Claudia Jimena Torres Chávez, Marcelo Elío Chávez,
Ángel David Cortéz Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de septiembre del año dos mil trece.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan
Ramón Quintana Taborga, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce
Catacora, José Antonio Zamora Gutiérrez, Claudia Stacy Peña Claros,
Amanda Dávila Torres.
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