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martes, 21 de julio de 2020

LEY Nº 470 - Se aprueba el contrato de servicios petroleros para la exploración y explotación de áreas reservadas, a favor de YPFB

LEY Nº 470
LEY DE 26 DE DICIEMBRE DE 2013

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:


LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

D E C R E T A :

Artículo Único. (APROBACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS PETROLEROS). De conformidad con lo establecido por el Artículo 362, Parágrafo II, de la Constitución Política del Estado y la autorización dispuesta por la Ley N° 409 de 30 de septiembre de 2013, se aprueba el contrato de servicios petroleros para la exploración y explotación de áreas reservadas, a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, correspondiente al Área San Miguel, ubicada en el Departamento de Cochabamba, suscrito en fecha 23 de octubre de 2013, entre YPFB y la empresa YPFB CHACO S.A.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil trece.

Fdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Betty Asunta Tejada Soruco, Andrés Agustín Villca Daza, Claudia Jimena Torres Chávez, Marcelo Elío Chávez, Ángel David Cortés Villegas.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil trece.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Juan José Hernando Sosa Soruco, Amanda Dávila Torres.

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