Busca las Leyes y Decretos

jueves, 16 de julio de 2020

DECRETO SUPREMO N° 4284 - Se aprueban los Estados Financieros del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional de la gestión 2019

DECRETO SUPREMO N° 4284
JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 1135, de 20 de diciembre de 2018, aprueba el Presupuesto General del Estado, para la Gestión Fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019, en el marco de lo establecido por el numeral 11 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado.
Que las modificaciones presupuestarias que incrementan el presupuesto inicial se encuentran amparadas por la Ley N° 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria.
Que el Artículo 10 de la Ley N° 2042, dispone que el Ministerio de Hacienda, actual Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Viceministro de Presupuesto y Contaduría, actual Viceministro de Presupuesto y Contabilidad Fiscal, mediante disposiciones de administración financiera, reglamentará y regulará la ejecución, seguimiento, supervisión, evaluación, ajustes y traspasos intra e interinstitucionales de los presupuestos aprobados dentro de los términos y límites de la citada Ley.
Que el Artículo 8 de la Ley N° 2042, modificado por el Artículo 9 de la Ley N° 3547, de 1 de diciembre de 2006, autoriza al Poder Ejecutivo, actual Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a incorporar en los Presupuestos Institucionales para su ejecución correspondiente, los recursos provenientes de donación y crédito externo de la gestión y los saldos de gestiones anteriores, para financiar gastos de capital, gastos corrientes y aplicaciones financieras, debiendo informar semestralmente al Honorable Congreso Nacional, actual Asamblea Legislativa Plurinacional, la inscripción de estos recursos.
Que la Ley N° 1206, de 5 de agosto de 2019, aprueba las modificaciones al Presupuesto General del Estado – Gestión 2019, para las entidades del sector público y establece otras disposiciones financieras específicas para su aplicación.
Que los Estados Financieros del Órgano Ejecutivo Gestión Fiscal 2019, muestran en lo que corresponde, la ejecución del Presupuesto General del Estado, aprobado por Ley N° 1135 para la gestión 2019, así como los gastos públicos enmarcados en el mismo.
Que en cumplimiento de las citadas disposiciones legales en vigencia, corresponde aprobar los Estados Financieros del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, por la gestión 2019.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se aprueban los Estados Financieros del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional de la gestión 2019, que comprenden la agregación de la ejecución presupuestaria, tesorería y contabilidad de los Ministerios de Estado, sus desconcentradas y otras unidades que conforman el Órgano Ejecutivo, lo cual no deslinda la responsabilidad por la administración directa realizada por sus Máximas Autoridades Ejecutivas.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas Públicas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de julio del año dos mil veinte.

FDO. JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ, Karen Longaric Rodríguez, Yerko M. Núñez Negrette, Arturo Carlos Murillo Prijic, Luis Fernando López Julio MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE SALUD, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Víctor Hugo Zamora Castedo, Álvaro Rodrigo Guzmán Collao, José Abel Martínez Mrden MINISTRO DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMÍA PLURAL E INTERINO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, Iván Arias Durán, Jorge Fernando Oropeza Teran, Álvaro Eduardo Coímbra Cornejo, Oscar Bruno Mercado Céspedes, María Elva Pinckert de Paz, Víctor Hugo Cárdenas Conde, Beatriz Eliane Capobianco Sandoval.

No hay comentarios:

Publicar un comentario