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martes, 26 de enero de 2016
Villena presenta proyecto de ley del Defensor y propone revisión extraordinaria de condenas ejecutoriadas
La Defensoría del Pueblo planteó la incorporación en la economía jurídica del recurso de Revisión Extraordinaria de Sentencias Condenatorias Ejecutoriadas cuando se presuma violación de derechos humanos en un proyecto de ley para adecuar a la institución al nuevo marco jurídico “garantizando su independencia, autonomía y sostenibilidad”.
El defensor del Pueblo, Rolando Villena, entregó la propuesta de ley a la Asamblea Legislativa Plurinacional y explicó que la iniciativa “responde a la urgencia de definir las competencias, organización, atribuciones y funcionamiento de la Defensoría del Pueblo frente a los nuevos desafíos y necesidades que deberá enfrentar la institución en el plazo inmediato”.
La iniciativa establece que el Defensor es y debe ser una persona independiente de los partidos políticos y de cualquier otro grupo o interés, además debe tener legitimidad pública y amplio reconocimiento por la defensa de los derechos humanos
En la propuesta, de 66 artículos y tres disposiciones transitorias divididas en cuatro capítulos, se establecen 23 atribuciones, entre ellas, proponer y formular políticas públicas y políticas de Estado con enfoque de derechos humanos; plantear el recurso de Revisión Extraordinaria de Sentencias Condenatorias Ejecutoriadas cuando se presuma violación de derechos humanos.
También detalla ampliar funciones a la actividad administrativa de los órganos del Estado, instituciones públicas centralizadas, descentralizadas, autónomas, autárquicas y desconcentradas, entidades territoriales autónomas y las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos; tiene competencia sobre empresas públicas, empresas mixtas, cooperativas y empresas privadas que presten servicios públicos.
“El Proyecto de Ley obedece a la necesidad de adecuar la actual Ley 1818 a los nuevos preceptos establecidos en la Constitución Política del Estado en relación a los derechos humanos y, principalmente, a los principios del Estado Plurinacional. Asimismo, responde a la urgencia de definir las competencias, organización, atribuciones y funcionamiento de la Defensoría del Pueblo frente a los nuevos desafíos y necesidades que deberá enfrentar la institución en el plazo inmediato”, explicó Villena.
En la carta dirigida al titular de la Cámara de Senadores, Alberto Gonzales, solicitó una reunión a la brevedad posible para explicar en mayor detalle los alcances de la propuesta.
La Ley 1818 del Defensor del Pueblo, que actualmente rige la labor de la institución, fue promulgada en 1997 por el extinto presidente Hugo Banzer y su contenido se basó en el sistema del Ombudsman europeo, modelo que se implementó en varios países de América.
Villena explicó que existen atribuciones específicas de la Defensoría del Pueblo contempladas en las nuevas leyes del Estado Plurinacional que no se encuentran en la Ley 1818 y que debido a los vacios existentes, algunas instituciones asumen funciones y responsabilidades que le competen a la institución defensorial.
Indicó además, entre otros aspectos, que es importante que ámbitos como la despatriarcalización, la descolonización, la autonomía y el pluralismo jurídico, ejes de construcción del Estado Plurinacional, estén incorporados en la Ley para que deje de existir esa brecha entre la nueva visión de derechos humanos y la planificación y acción defensorial.
Paralelamente comenzará un proceso de socialización para informar sobre el contenido del Proyecto de Ley a diversas instituciones y organizaciones de la sociedad civil organizada y recibir aportes a la propuesta legal.
De acuerdo con la propuesta, la Defensoría del Pueblo debe mantenerse como una institución independiente de los órganos del Estado y tener autonomía funcional y de gestión en el ejercicio de sus funciones. No recibir instrucciones de ninguna autoridad, institución u organización de cualquier índole; asimismo, es una entidad con autonomía funcional, financiera y administrativa en el marco de ley.
lunes, 18 de enero de 2016
La Ley de Transporte norma la inspección, pero no se aplica
La falta de reglamentación impide, por ejemplo, la creación de una empresa exclusiva para esta tarea. Mientras tanto, la Policía Nacional hace prevalecer el Código de Tránsito.
Han transcurrido cuatro años desde que entró en vigencia la Ley de Transporte 165, en la que se especifican nuevos parámetros para la inspección vehicular. Sin embargo, varios de los artículos de esta normativa no se cumplen a cabalidad.
Algunas de las disposiciones de la Ley 165 quedan en el papel, debido a la falta de una reglamentación, aseguró el analista legal de la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ATT), Germán Silva, al ser consultado por qué no se aplica la norma en toda su dimensión.
Al carecer de una reglamentación, la ATT no puede pedir que se cumpla lo escrito en la ley.
Una disposición transitoria indica que la reglamentación debió ser elaborada en un plazo de dos años tras la promulgación de la norma, pero hasta la fecha este vacío legal impide que haya un mejor control del trámite de inspección técnica vehicular.
El diputado Víctor Gutiérrez confirmó que la Ley 165 no se puede aplicar, mientras no se apruebe el reglamento. Dijo que le corresponde al Viceministerio de Transportes elaborar esta normativa para enviarla a la Asamblea Legislativa, pero hasta la fecha no lo hizo.
En siete de sus 309 artículos, la Ley 165 pone en duda que la Policía Nacional continúe a cargo de esta tarea.
El artículo 218 indica que el Sistema Nacional de Revisión Técnica Vehicular será administrado por una entidad de competencia nacional del nivel central del Estado, a ser creada exclusivamente para regular, reglamentar, supervisar y fiscalizar la operación del sistema en todo el país, velando por su desarrollo y buen uso.
Esta institución será responsable de la administración y la distribución de los recursos recaudados y de la planificación de la innovación tecnológica del sistema.
Actualmente, la dirección de Recaudaciones de la Policía Nacional está a cargo del trámite y de los recursos que se obtienen del mismo.
Según el director de Recaudaciones, coronel Ronaldo Montaño, el artículo 104 del Reglamento del Código de Tránsito respalda la administración de la inspección técnica vehicular a la Policía.
El objetivo de la Policía, al realizar la inspección técnica vehicular, es precautelar la seguridad de las personas y los motorizados que circulan por las calles y carreteras. En los últimos años, la institución policial intentó priorizar la contratación de mecánicos para esta tarea específica.
Sin embargo, el jefe policial destacó que ni siquiera un vehículo recién adquirido de una tienda puede ser 100 por ciento avalado para circular por las calles.
“Es por eso que las empresas que importan estos vehículos otorgan un tiempo de garantía, por si se presenta alguna falla. Si hay problemas técnicos o mecánicos los pueden devolver”.
MEDIO AMBIENTE Y EQUIPOS
Uno de los objetivos de esta inspección, según la Ley 165 es reducir la probabilidad de accidentes, por aspectos técnico-mecánicos, y disminuir al mínimo la contaminación ambiental, aspecto que actualmente no es tomado en cuenta en los puestos de inspección vehicular.
La ley también considera el equipamiento moderno de los talleres para hacer la revisión.
El artículo 222 señala que los centros de revisión técnica vehicular son establecimientos especializados y acreditados, los cuales deberán estar equipados con líneas de inspección para vehículos livianos, pesados y motocicletas, además de equipos computarizados para la inspección, de acuerdo con los estándares establecidos en normativa específica.
DESTINO DEL DINERO
En Cochabamba, la dirección de Recaudaciones de la Policía percibió hasta fines del mes de diciembre de 2015 2.466.330 bolivianos por la inspección de 82.211 vehículos.
El dinero recaudado ingresa a las arcas de la institución verde olivo a nivel nacional y allí se decide su destino que, por lo general, va para gastos de equipamiento y fortalecimiento.
INSPECCIÓN DE MOTOCICLETAS
Desde 2015, la Policía comenzó a cobrar multas, por infracción, a los motociclistas que no han llevado sus vehículos a la inspección técnica vehicular.
Algunos de los infractores quedaron sorprendidos al ser multados porque, según ellos, no sabían que debían realizar el trámite, por lo que desde este año se observa en las filas una mayor presencia de motociclistas.
Los conductores de estos motorizados deben cumplir los mismos requisitos que los propietarios de automóviles, es decir, presentar el Registro Único Automotor, carnet de identidad y la presentación de la motocicleta en buen estado, además de portar casco de seguridad.
La revisión de la parte técnica se realiza de la misma forma que para los automóviles.
Lo que opinan los choferes
Anselmo cÁceres
Creo que con las reservas que hacemos en internet, la inspección técnica vehicular ha mejorado un poco, pero la revisión es desigual para los privados y públicos.
Los que tienen sindicatos nunca llegan a los puntos y no sabemos de dónde conseguirán sus rosetas, por lo menos jamás he visto a un solo micro o trufi hacer una inspección.
Johnny DÍaz
Es una pena como hacen la inspección. Los que tenemos autos en buenas condiciones no confrontamos problemas porque todavía no se presentan fallas, pero hay otros motorizados que están cayéndose de viejos y no hay garantías para usarlos. Lo peor es que a los dueños de esos vehículos pareciera que les venden las rosetas. Uno no se explica cómo las tienen. Ahí debería implementarse un control más estricto.
Ariel Rivas
Es el primer año que estoy haciendo la inspección técnica vehicular para mi motocicleta.
El año pasado la Policía me cobró la multa directamente y tuve que pagar 70 bolivianos, 30 de la boleta y 40 de la infracción. Lastimosamente no sabía que tenía que llevar mi motorizado y ahora no quiero que me vuelva a caer la infracción, así que prefiero hacer todo legalmente.
Federico gonzales
Viajo a Chile y necesito contar con la roseta, por eso traje mi tráiler a inspeccionarlo.
Es el segundo año que lo tengo en mi poder y está en buenas condiciones. En Chile no nos dejan tener ni un rasguño en el vidrio, por ejemplo, caso contrario nos sancionan. Mi miedo es más por Chile, porque en Bolivia el control no es a detalle.
Han transcurrido cuatro años desde que entró en vigencia la Ley de Transporte 165, en la que se especifican nuevos parámetros para la inspección vehicular. Sin embargo, varios de los artículos de esta normativa no se cumplen a cabalidad.
Algunas de las disposiciones de la Ley 165 quedan en el papel, debido a la falta de una reglamentación, aseguró el analista legal de la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ATT), Germán Silva, al ser consultado por qué no se aplica la norma en toda su dimensión.
Al carecer de una reglamentación, la ATT no puede pedir que se cumpla lo escrito en la ley.
Una disposición transitoria indica que la reglamentación debió ser elaborada en un plazo de dos años tras la promulgación de la norma, pero hasta la fecha este vacío legal impide que haya un mejor control del trámite de inspección técnica vehicular.
El diputado Víctor Gutiérrez confirmó que la Ley 165 no se puede aplicar, mientras no se apruebe el reglamento. Dijo que le corresponde al Viceministerio de Transportes elaborar esta normativa para enviarla a la Asamblea Legislativa, pero hasta la fecha no lo hizo.
En siete de sus 309 artículos, la Ley 165 pone en duda que la Policía Nacional continúe a cargo de esta tarea.
El artículo 218 indica que el Sistema Nacional de Revisión Técnica Vehicular será administrado por una entidad de competencia nacional del nivel central del Estado, a ser creada exclusivamente para regular, reglamentar, supervisar y fiscalizar la operación del sistema en todo el país, velando por su desarrollo y buen uso.
Esta institución será responsable de la administración y la distribución de los recursos recaudados y de la planificación de la innovación tecnológica del sistema.
Actualmente, la dirección de Recaudaciones de la Policía Nacional está a cargo del trámite y de los recursos que se obtienen del mismo.
Según el director de Recaudaciones, coronel Ronaldo Montaño, el artículo 104 del Reglamento del Código de Tránsito respalda la administración de la inspección técnica vehicular a la Policía.
El objetivo de la Policía, al realizar la inspección técnica vehicular, es precautelar la seguridad de las personas y los motorizados que circulan por las calles y carreteras. En los últimos años, la institución policial intentó priorizar la contratación de mecánicos para esta tarea específica.
Sin embargo, el jefe policial destacó que ni siquiera un vehículo recién adquirido de una tienda puede ser 100 por ciento avalado para circular por las calles.
“Es por eso que las empresas que importan estos vehículos otorgan un tiempo de garantía, por si se presenta alguna falla. Si hay problemas técnicos o mecánicos los pueden devolver”.
MEDIO AMBIENTE Y EQUIPOS
Uno de los objetivos de esta inspección, según la Ley 165 es reducir la probabilidad de accidentes, por aspectos técnico-mecánicos, y disminuir al mínimo la contaminación ambiental, aspecto que actualmente no es tomado en cuenta en los puestos de inspección vehicular.
La ley también considera el equipamiento moderno de los talleres para hacer la revisión.
El artículo 222 señala que los centros de revisión técnica vehicular son establecimientos especializados y acreditados, los cuales deberán estar equipados con líneas de inspección para vehículos livianos, pesados y motocicletas, además de equipos computarizados para la inspección, de acuerdo con los estándares establecidos en normativa específica.
DESTINO DEL DINERO
En Cochabamba, la dirección de Recaudaciones de la Policía percibió hasta fines del mes de diciembre de 2015 2.466.330 bolivianos por la inspección de 82.211 vehículos.
El dinero recaudado ingresa a las arcas de la institución verde olivo a nivel nacional y allí se decide su destino que, por lo general, va para gastos de equipamiento y fortalecimiento.
INSPECCIÓN DE MOTOCICLETAS
Desde 2015, la Policía comenzó a cobrar multas, por infracción, a los motociclistas que no han llevado sus vehículos a la inspección técnica vehicular.
Algunos de los infractores quedaron sorprendidos al ser multados porque, según ellos, no sabían que debían realizar el trámite, por lo que desde este año se observa en las filas una mayor presencia de motociclistas.
Los conductores de estos motorizados deben cumplir los mismos requisitos que los propietarios de automóviles, es decir, presentar el Registro Único Automotor, carnet de identidad y la presentación de la motocicleta en buen estado, además de portar casco de seguridad.
La revisión de la parte técnica se realiza de la misma forma que para los automóviles.
Lo que opinan los choferes
Anselmo cÁceres
Creo que con las reservas que hacemos en internet, la inspección técnica vehicular ha mejorado un poco, pero la revisión es desigual para los privados y públicos.
Los que tienen sindicatos nunca llegan a los puntos y no sabemos de dónde conseguirán sus rosetas, por lo menos jamás he visto a un solo micro o trufi hacer una inspección.
Johnny DÍaz
Es una pena como hacen la inspección. Los que tenemos autos en buenas condiciones no confrontamos problemas porque todavía no se presentan fallas, pero hay otros motorizados que están cayéndose de viejos y no hay garantías para usarlos. Lo peor es que a los dueños de esos vehículos pareciera que les venden las rosetas. Uno no se explica cómo las tienen. Ahí debería implementarse un control más estricto.
Ariel Rivas
Es el primer año que estoy haciendo la inspección técnica vehicular para mi motocicleta.
El año pasado la Policía me cobró la multa directamente y tuve que pagar 70 bolivianos, 30 de la boleta y 40 de la infracción. Lastimosamente no sabía que tenía que llevar mi motorizado y ahora no quiero que me vuelva a caer la infracción, así que prefiero hacer todo legalmente.
Federico gonzales
Viajo a Chile y necesito contar con la roseta, por eso traje mi tráiler a inspeccionarlo.
Es el segundo año que lo tengo en mi poder y está en buenas condiciones. En Chile no nos dejan tener ni un rasguño en el vidrio, por ejemplo, caso contrario nos sancionan. Mi miedo es más por Chile, porque en Bolivia el control no es a detalle.
domingo, 17 de enero de 2016
En el sector estatal: Rige ley de planificación integral
La Cámara de Senadores sancionó la tarde de este jueves la Ley del Sistema de Planificación Integral del Estado. La norma establece que el Gobierno central, gobernaciones, municipios y otras instituciones –que manejan recursos públicos– presenten planes de desarrollo a corto, mediano y largo plazo, basados en la Agenda del Bicentenario 2025.
“Esta ley obliga al Estado a tener en un mediano y largo plazo, un plan de desarrollo económico y social, pero también las entidades territoriales, en este caso, las gobernaciones y municipios tienen la obligación de contar con un plan de desarrollo económico y social”, informó a la ANF el presidente de la comisión de Planificación del Senado, René Joaquino.
SISTEMA
“La normativa crea el Sistema de Planificación Integral del Estado (SPIE), cuyo objetivo es que los diferentes niveles de gobierno e instituciones se integren a un solo plan de gobierno general y no sean unos ‘feudos’ que busquen su desarrollo independientemente de lo que realizan otros niveles de gobierno”, explicó el legislador.
PLAN NACIONAL
El Gobierno, por ejemplo, presentó en diciembre pasado, el Plan de Desarrollo Económico y Social 2016-2020, que fija una serie de políticas integrales bajo la filosofía del “Vivir Bien”.
En ese entendido es que, una vez promulgada la norma, el programa base para el desarrollo de los diferentes planes será la Agenda del Bicentenario 2025, elaborada por el Movimiento Al Socialismo (MAS), que establece 13 pilares de desarrollo, que van desde la eliminación de la extrema pobreza hasta el reencuentro soberano con el mar.
“Esta ley obliga al Estado a tener en un mediano y largo plazo, un plan de desarrollo económico y social, pero también las entidades territoriales, en este caso, las gobernaciones y municipios tienen la obligación de contar con un plan de desarrollo económico y social”, informó a la ANF el presidente de la comisión de Planificación del Senado, René Joaquino.
SISTEMA
“La normativa crea el Sistema de Planificación Integral del Estado (SPIE), cuyo objetivo es que los diferentes niveles de gobierno e instituciones se integren a un solo plan de gobierno general y no sean unos ‘feudos’ que busquen su desarrollo independientemente de lo que realizan otros niveles de gobierno”, explicó el legislador.
PLAN NACIONAL
El Gobierno, por ejemplo, presentó en diciembre pasado, el Plan de Desarrollo Económico y Social 2016-2020, que fija una serie de políticas integrales bajo la filosofía del “Vivir Bien”.
En ese entendido es que, una vez promulgada la norma, el programa base para el desarrollo de los diferentes planes será la Agenda del Bicentenario 2025, elaborada por el Movimiento Al Socialismo (MAS), que establece 13 pilares de desarrollo, que van desde la eliminación de la extrema pobreza hasta el reencuentro soberano con el mar.
Ley del deporte será promulgada este fin de mes
Castillo, además informó que la Ley del Deporte está aprobada en esta gestión una vez que fue agendada en la gestión 2015 y que por la aprobación de muchas leyes que tenía que aprobar el gobierno se dejó para esta nueva legislatura y que este proyecto de ley ahora será una ley concreta y que tendrá cuatro organizaciones claves en el aspecto del deporte, aclaró.
Estas organizaciones serán el deporte competitivo, recreativo, formativo y profesional donde las asociaciones deportivas deben pedir los recursos para cada disciplina principalmente en Tarija, se necesita una planificación y organización, planificar el futuro deportivo para Tarija ya que es costumbre en Tarija que los dirigentes hagan su trabajo como pueden, hay que planificar, recalcó, Castillo.
Por último el diputado nacional por Tarija expresó también que se debe fomentar a los dirigentes deportivos con cursos ya que su persona también fue futbolista y dirigente deportivo en Tarija y cuando se posesionaba a una mesa directiva se tenía a veinte personas y al final terminaban trabajando solo dos, dijo.
Se tiene que preparar bien al dirigente deportivo y esta ley espera que el Ministerio de Deportes sea parte de esta preparación para luego fijarse metas y exigir un buen presupuesto mediante esta Ley del Deporte y hacer el seguimiento correspondiente si se cumple o no esta ley, finalizó.
Estas organizaciones serán el deporte competitivo, recreativo, formativo y profesional donde las asociaciones deportivas deben pedir los recursos para cada disciplina principalmente en Tarija, se necesita una planificación y organización, planificar el futuro deportivo para Tarija ya que es costumbre en Tarija que los dirigentes hagan su trabajo como pueden, hay que planificar, recalcó, Castillo.
Por último el diputado nacional por Tarija expresó también que se debe fomentar a los dirigentes deportivos con cursos ya que su persona también fue futbolista y dirigente deportivo en Tarija y cuando se posesionaba a una mesa directiva se tenía a veinte personas y al final terminaban trabajando solo dos, dijo.
Se tiene que preparar bien al dirigente deportivo y esta ley espera que el Ministerio de Deportes sea parte de esta preparación para luego fijarse metas y exigir un buen presupuesto mediante esta Ley del Deporte y hacer el seguimiento correspondiente si se cumple o no esta ley, finalizó.
viernes, 15 de enero de 2016
Bolivia se suma a la lucha contra ‘grasas trans’
A partir de la promulgación de la Ley de Promoción de Alimentación Saludable (775), Bolivia se suma a la lucha de limitar el contenido de “grasas trans” de origen industrial en los alimentos procesados, por lo que las empresas tendrán que colocar una alerta de salud color rojo en la etiqueta.
“Por recomendación de la Organización Mundial de la Salud (OMS), de ir disminuyendo el consumo de grasas o cambiarlas por otras alternativas saludables, el etiquetado de los alimentos que tengan este elemento será un hexágono rojo que indique la cantidad de la grasa trans”, anunció la ministra de Salud, Ariana Campero.
La autoridad explicó que las “grasas trans” son un tipo de grasa vegetal que al ser sometida a procesos industriales de hidrogenación se transforman del estado líquido al sólido. Estos compuestos no tienen ningún valor nutritivo, pero las industrias de alimentos los utilizan para extender el tiempo de caducidad de un producto. Se encuentran en la comida rápida, alimentos fritos, margarina, pasteles, galletas, entre otros.
Según el representante de la OMS en Bolivia, Fernando Leanes, a finales de 2014 Argentina se constituyó en el primer país de América Latina en promulgar una norma que regula el contenido de “grasas trans”, después de que los países de la región hicieron un compromiso en 2008, en Brasil. En la actualidad Bolivia va por ese camino con la Ley 775, promulgada el viernes por el presidente Evo Morales.
“En 2008, con la declaración de Río de Janeiro: América Libre de Grasas Trans, todos los países de la región acordaron limitar el uso de éstas debido a que aumentan el riesgo de sufrir enfermedades cardiovasculares y otras. Desde hace unos días (viernes) Bolivia también entró a ese camino”, dijo.
Campero señaló que estudios internacionales revelan que las “grasas trans” también serían las causantes de enfermedades oncológicas y diabetes, cuando el consumo es frecuente y por años.
Detalló que las “grasas trans” de origen industrial se encuentran en aceites, margarinas, donas, alfajores, golosinas y productos de panadería en general, que son innecesarios para el organismo y nocivos para la salud. “Son grasas fabricadas artificialmente, su objetivo es incrementar el colesterol”. Leanes indicó que si bien es necesario que nuestro organismos ingiera grasas, lo óptimo es hacerlo en cantidades bajas, es decir consumir un producto que tenga como máximo 2%.
“Estos compuestos son una fuente energética muy importante, y de hecho, son nutrientes fundamentales para poder absorber vitaminas. No sería saludable llevar una alimentación sin ningún tipo de grasa, pero este consumo debe realizarse con moderación y en baja cantidad”, añadió.
martes, 12 de enero de 2016
Nueva Ley 1008 lista para mediados de año
El proyecto que modifique la Ley 1008 fue postergado en su presentación hasta mediados de año, debido a que dicha norma debe contar la opinión de la sociedad boliviana y evitar que el tema sea politizado ante la proximidad del referéndum que habilitaría a una cuarta postulación del Presidente del Estado, así lo señaló el viceministro de Defensa Social y Sustancias Controladas, Felipe Cáceres.
Según la autoridad la lucha contra el narcotráfico es un tema de Estado y por ese motivo se ha considerado que la modificación a la Ley 1008 es fundamental y debe contar con la participación de toda la sociedad boliviana y sea de consenso.
“Lastimosamente por el referéndum, hemos visto por conveniente de aplazarlo hasta el primer semestre de este año”, señaló.
En cuanto a la cantidad de hectáreas que se requieren ser cultivadas, Cáceres indicó que existen varias propuestas y entre ellas está tomar en cuenta el estudio sobre el consumo legal de hoja de coca que se requieren 14.700 hectáreas; o la de sectores de cocaleros que han pedido que sean 20.000 las hectáreas cultivadas. En la actualidad la Ley 1008 sostiene que las hectáreas cultivadas deben ser 12.000.
En esa labor de hacer cumplir la norma, Cáceres, indicó que para esta gestión se tiene previsto erradicar cinco mil hectáreas hasta fin de año.
UE
Al respecto, el representante diplomático de la Unión Europea en Bolivia, Timothy Torlot, informó a EL DIARIO que esa representación ha comprometido 60 millones de euros, destinados a la lucha contra el narcotráfico hasta el 2020, en el que se incluye la ayuda para la elaboración del proyecto de ley que modifique la Ley 1008.
“Estos fondos son para financiar sus proyectos (…) todo nuestro apoyo es para la lucha contra el narcotráfico y en eso el contexto legal es importante”, señaló.
Indicó que con sus fondos se preparó una consultoría de preparación y como es un tema político su representación se mantiene al margen, dejando esa responsabilidad a las autoridades de Gobierno.
Según la autoridad la lucha contra el narcotráfico es un tema de Estado y por ese motivo se ha considerado que la modificación a la Ley 1008 es fundamental y debe contar con la participación de toda la sociedad boliviana y sea de consenso.
“Lastimosamente por el referéndum, hemos visto por conveniente de aplazarlo hasta el primer semestre de este año”, señaló.
En cuanto a la cantidad de hectáreas que se requieren ser cultivadas, Cáceres indicó que existen varias propuestas y entre ellas está tomar en cuenta el estudio sobre el consumo legal de hoja de coca que se requieren 14.700 hectáreas; o la de sectores de cocaleros que han pedido que sean 20.000 las hectáreas cultivadas. En la actualidad la Ley 1008 sostiene que las hectáreas cultivadas deben ser 12.000.
En esa labor de hacer cumplir la norma, Cáceres, indicó que para esta gestión se tiene previsto erradicar cinco mil hectáreas hasta fin de año.
UE
Al respecto, el representante diplomático de la Unión Europea en Bolivia, Timothy Torlot, informó a EL DIARIO que esa representación ha comprometido 60 millones de euros, destinados a la lucha contra el narcotráfico hasta el 2020, en el que se incluye la ayuda para la elaboración del proyecto de ley que modifique la Ley 1008.
“Estos fondos son para financiar sus proyectos (…) todo nuestro apoyo es para la lucha contra el narcotráfico y en eso el contexto legal es importante”, señaló.
Indicó que con sus fondos se preparó una consultoría de preparación y como es un tema político su representación se mantiene al margen, dejando esa responsabilidad a las autoridades de Gobierno.
domingo, 10 de enero de 2016
Hay cuatro leyes obsoletas que buscan actualización
En Bolivia hay cuatro leyes importantes que prácticamente quedaron obsoletas con el paso de los años.
La ley de Imprenta, Ley de Trabajo, Ley de Partidos Políticos y la Ley Antidroga 1008, son las normas observadas como las más antiguas del país y que precisan modificaciones de acuerdo a la actualidad.
Abogados constitucionalistas en el país coincidieron en señalar estas leyes, argumentando que el actual Gobierno central debería encarar una tarea para regular y ajustar algunos artículos de estas normas que al parecer de ellos, son de suma importancia para la sociedad, más aún con la temporada electoral que se vive en Bolivia.
Observaciones a los ajustes necesarios. Saúl Paniagua, abogado constitucionalista cruceño, indicó que estas leyes deben ser adecuadas de acuerdo a la visión actual del país.
Resaltó que la Ley de Imprenta, al tener más de 90 años de vigencia sin ser modificada, lleva consigo algunos artículos que no se adecuan a la actualidad ni al mismo trabajo de algunos medios de comunicación.
“El Gobierno, de manera prioritaria, debería encarar un acción de modificación de las normas obsoletas, porque nos estamos rigiendo a unas leyes que en algunos puntos no contempla la realidad en la que se vive”, dijo Paniagua.
Con Paniagua coincidió el jurista William Herrera, señalando que si bien en la Ley del Trabajo se han efectuado algunas modificaciones, no son las necesarias para regir las funciones y derechos de los trabajadores.
Coordinación con actores involucrados. A su turno, el presidente de uno de los directorios del Colegio de Abogados de Santa Cruz, Raúl Roca, señala que si bien urgen las modificaciones para algunas normas del país, es necesario que las autoridades gubernamentales, instalen reuniones de coordinación con los actores directos.
“Son necesarias las modificaciones porque somos el país más retrasado en la región en torno a estos temas y se necesitan algunos ajustes, pero es importante que se ponga a consideración de los grupos interesados, porque ese es el problema a veces, no se consulta a los actores y se hace una aprobación sin consenso, esto debe acabar, deber haber dialogo entre ambas partes”, precisó el presidente.
Indicó que a su parecer este año se realizarán ajustes a varias leyes, para actualizar las funciones y limitaciones de estas en torno a la realidad.
Formación de un equipo técnico de control. Los juristas Paniagua y Herrera señalan que en el país se necesita un equipo de especialistas y entendidos en la materia, para trabajar de manera permanente en la actualización de las normas obsoletas.
Paniagua indicó que ese equipo debe estar conformado con estudiantes de carreras de Derecho del país, los 9 Colegios de Abogados de Bolivia y otros especialistas entendidos en el tema.
"Falta una sistematización judicial adecuada, lamentablemente las autoridades nacionales, están dedicadas al trabajo de coyuntura política y no se está dando prioridad a los intereses generales", precisó.
Herrera considera que existe un claro peligro de que estas normas sean tomadas como un instrumento político para beneficio del actual partido de Gobierno de turno, Movimiento Al Socialismo (MAS).
"Hay un riesgo por el impacto político, porque por medio de los ajustes se podría recortar la libertad de expresión o recortar algunos beneficios por intereses particulares. Se debe compatibilizar las normas, pero en manos de personas entendidas, es decir una comisión técnica y no política", añadió el jurista.
Ajustes innecesarios con peligro de limitaciones. Sin embargo, y pese a las observaciones sobre la necesidad de modificar las normas obsoletas el país, la expresidente del Colegio de Abogados a nivel nacional, Silvia Salame, enfatizó su posición en contra de las modificaciones.
Mencionó a su parecer, que el país no atraviesa una etapa estable y de grandes beneficios, por lo que el hecho de algún cambio a cualquier norma, sería contraproducente.
Asegura que al final de todas las observaciones son normas, que de cierta manera cumplen un rol fundamental y que ejercen una protección a los involucrados en el tema. "No es un momento histórico para cambiar las leyes, no es un mejor momento, por muy antiguas que sean cumplen una función, creo que habría problemas con los asambleístas actuales, ellos cambiarán las normas por leyes perjudiciales, perderíamos más de lo que hoy tenemos, es cierto que hay muchísimas leyes que no están acorde a la Constitución, no creo que sea bueno cambiarlas ahora", resaltó la expresidente de juristas del país.
Actuación inmediata para renovación. Paúl Antonio Coca, analista y abogado, afirma que uno de los principales problemas que se tiene es que la normativa jurídica denominada “Ley”, que se encuentra jerárquicamente por debajo de la Constitución Política, no es acorde a esta ya que existen leyes que están vigentes pero que son anteriores a la actual Constitución.
"Es una apoteósica tarea que debe realizar el Órgano Legislativo pero, el mismo tampoco puede hacerlo ya que debe aprobar las nuevas normas que el Estado necesita y no dedicarse exclusivamente a revisar las normas anteriores a la actual Constitución, es por eso que el tener normas que están desfasadas y que no cumplen con la Ley Fundamental, general dos grandes problemas: a) Inseguridad jurídica en el ciudadano que exige el cumplimiento de las disposiciones constitucionales pero no hallará respuesta; b) Incumplimiento de la propia Constitución Política.", precisó.
Afirma que si se tuviera una cultura jurídica fuerte, la autoridad debería aplicar la Constitución por encima de la Ley (como debería ser), pero preferirá cumplir con las Normas y Reglamentos con los que se encuentra trabajando día a día.
Medida
Algunos ajustes observados
Proyectos. Entre las normas que el Gobierno llevó adelante surgen algunas observaciones por el descontento o por los alcances que estos tienen. El trabajo de modificación del Código del Comercio del 1977, del Código de Minería del 1977 y el Código Civil, son algunos documentos cuestionados por algunos artículos particulares que presentan, donde a decir de los juristas no responde a interés común.
Norma que entrará en vigencia el próximo mes
Cambios al Código Procesal Penal
Anterior
ARTÍCULO. 52º. TRIBUNALES DE SENTENCIA.
Los tribunales de sentencia estarán integrados por dos jueces técnicos y tres jueces ciudadanos y serán competentes para conocer la sustanciación y resolución del juicio en todos los delitos de acción pública con
las excepciones señaladas en el artículo siguiente.
En ningún caso el número de jueces ciudadanos será menor al de jueces técnicos. El presidente del tribunal será elegido de entre los jueces técnicos.
Ahora
ARTÍCULO 52º. TRIBUNALES DE SENTENCIA.
Los tribunales de sentencia, en las causas que se inicien a partir de la publicación de la presente ley de descongestionamiento y efectivización del sistema procesal penal, están integrados únicamente por dos (2) jueces técnicos que serán competentes para conocer la sustanciación y resolución del juicio en todos los delitos de acción pública con las excepciones señaladas en el artículo siguiente.
Normas
Observaciones a las leyes antiguas
LEY DE IMPRENTA (1925)
Fue sancionada por el Congreso Nacional y promulgada por el presidente Bautista Saavedra el 19 de enero de 1925, este año cumplirá 91 años de vigencia.
Sufrió abrogaciones y reposiciones en diferentes periodos de la historia república. Proviene de un decreto emitido por la Junta de Gobierno, el 17 de julio 1920, sobre la base de la primera versión, aprobada por el presidente Antonio José de Sucre en 1826.
En los últimos años, se han intensificado las amenazas contra la libertad de expresión y contra la libertad de prensa. Se trata de sistemáticas agresiones a periodistas, acciones contra los medios y los intentos por aplicar mordazas mediante la reforma de la ley de Imprenta, la amenaza de aprobar de una ley de medios, y la inclusión de restricciones a las libertades camufladas en diferentes normas.
LEY DE TRABAJO (1942)
Puesta en vigencia desde el 8 de diciembre de 1942.
Juristas señalan que la norma quedó obsoleta porque en ella se actúa con exclusiones.
En la norma no se incluye a todas y todos los trabajadores en general. Unos de los menos beneficiados son los del sector de sistema de salud público, porque no son beneficiados con la ley, por tal motivo se denuncia en más de una oportunidad que sus derechos son vulnerables y que tampoco reciben un salario digno.
LEY DE PARTIDOS POLÍTICOS (1999)
En agosto del año 2008, el extinto Congreso de la República aprobó la Ley 769, que eliminó el financiamiento estatal a los partidos políticos que establecía esta norma, que ya lleva varios años en vigencia con algunas leves modificaciones.
Desde el órgano electoral se ha anunciado las intenciones de modificar esta norma en la presente gestión de los actuales vocales, como una acción prioritaria. Existen tres propuestas para elaborar la nueva estructura que normará la actividad partidaria. El TSE anunció días atrás que tras concluir el referéndum constitucional de febrero se iniciará con el debate para elaborar la nueva ley que reemplace la presente de Partidos Políticos.
LEY 1008 RÉGIMEN DE LA COCA Y SUSTANCIAS CONTROLADAS (1988)
La norma penaliza las plantaciones de la hoja andina que no estén contempladas en las 12 mil hectáreas consideradas legales en la “zona de producción tradicional”, establecida para las provincias Nor y Sud Yungas, Murillo, Muñecas, Franz Tamayo e Inquisivi de La Paz y la región de Yungas de Vandiola, en el valle. Tomando en cuenta esto, las actuales plantaciones del Chapare están fuera de la norma.
En su momento las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (Unodc), dijo que la nueva normativa antidrogas de Bolivia, debería apuntar a introducir nuevas herramientas como las escuchas telefónicas.
Regulación
Justicia indígena en problemas por vacío legal
La Ley Nº 073 de Deslinde Jurisdiccional, promulgada el 29 de diciembre del 2010, tiene por objeto regular los ámbitos de vigencia dispuestos en la Constitución Política del Estado, entre esta jurisdicción y las otras jurisdicciones reconocidas constitucionalmente y determinar los mecanismos de coordinación y cooperación entre las mismas en el marco del pluralismo jurídico, que debe entenderse como la coexistencia de dos o más sistemas jurídicos en un mismo ámbito de tiempo y espacio.
Sin embargo, entendidos en la materia, consideran que es una norma con abundante existencia de vacíos, que evitan su normal funcionamiento en el país.
Abogados consideran que el vacío legal y la falta de voluntad en las autoridades nacionales son los factores por lo que la Justicia indígena originaria no se estaría aplicando.
La ley de Imprenta, Ley de Trabajo, Ley de Partidos Políticos y la Ley Antidroga 1008, son las normas observadas como las más antiguas del país y que precisan modificaciones de acuerdo a la actualidad.
Abogados constitucionalistas en el país coincidieron en señalar estas leyes, argumentando que el actual Gobierno central debería encarar una tarea para regular y ajustar algunos artículos de estas normas que al parecer de ellos, son de suma importancia para la sociedad, más aún con la temporada electoral que se vive en Bolivia.
Observaciones a los ajustes necesarios. Saúl Paniagua, abogado constitucionalista cruceño, indicó que estas leyes deben ser adecuadas de acuerdo a la visión actual del país.
Resaltó que la Ley de Imprenta, al tener más de 90 años de vigencia sin ser modificada, lleva consigo algunos artículos que no se adecuan a la actualidad ni al mismo trabajo de algunos medios de comunicación.
“El Gobierno, de manera prioritaria, debería encarar un acción de modificación de las normas obsoletas, porque nos estamos rigiendo a unas leyes que en algunos puntos no contempla la realidad en la que se vive”, dijo Paniagua.
Con Paniagua coincidió el jurista William Herrera, señalando que si bien en la Ley del Trabajo se han efectuado algunas modificaciones, no son las necesarias para regir las funciones y derechos de los trabajadores.
Coordinación con actores involucrados. A su turno, el presidente de uno de los directorios del Colegio de Abogados de Santa Cruz, Raúl Roca, señala que si bien urgen las modificaciones para algunas normas del país, es necesario que las autoridades gubernamentales, instalen reuniones de coordinación con los actores directos.
“Son necesarias las modificaciones porque somos el país más retrasado en la región en torno a estos temas y se necesitan algunos ajustes, pero es importante que se ponga a consideración de los grupos interesados, porque ese es el problema a veces, no se consulta a los actores y se hace una aprobación sin consenso, esto debe acabar, deber haber dialogo entre ambas partes”, precisó el presidente.
Indicó que a su parecer este año se realizarán ajustes a varias leyes, para actualizar las funciones y limitaciones de estas en torno a la realidad.
Formación de un equipo técnico de control. Los juristas Paniagua y Herrera señalan que en el país se necesita un equipo de especialistas y entendidos en la materia, para trabajar de manera permanente en la actualización de las normas obsoletas.
Paniagua indicó que ese equipo debe estar conformado con estudiantes de carreras de Derecho del país, los 9 Colegios de Abogados de Bolivia y otros especialistas entendidos en el tema.
"Falta una sistematización judicial adecuada, lamentablemente las autoridades nacionales, están dedicadas al trabajo de coyuntura política y no se está dando prioridad a los intereses generales", precisó.
Herrera considera que existe un claro peligro de que estas normas sean tomadas como un instrumento político para beneficio del actual partido de Gobierno de turno, Movimiento Al Socialismo (MAS).
"Hay un riesgo por el impacto político, porque por medio de los ajustes se podría recortar la libertad de expresión o recortar algunos beneficios por intereses particulares. Se debe compatibilizar las normas, pero en manos de personas entendidas, es decir una comisión técnica y no política", añadió el jurista.
Ajustes innecesarios con peligro de limitaciones. Sin embargo, y pese a las observaciones sobre la necesidad de modificar las normas obsoletas el país, la expresidente del Colegio de Abogados a nivel nacional, Silvia Salame, enfatizó su posición en contra de las modificaciones.
Mencionó a su parecer, que el país no atraviesa una etapa estable y de grandes beneficios, por lo que el hecho de algún cambio a cualquier norma, sería contraproducente.
Asegura que al final de todas las observaciones son normas, que de cierta manera cumplen un rol fundamental y que ejercen una protección a los involucrados en el tema. "No es un momento histórico para cambiar las leyes, no es un mejor momento, por muy antiguas que sean cumplen una función, creo que habría problemas con los asambleístas actuales, ellos cambiarán las normas por leyes perjudiciales, perderíamos más de lo que hoy tenemos, es cierto que hay muchísimas leyes que no están acorde a la Constitución, no creo que sea bueno cambiarlas ahora", resaltó la expresidente de juristas del país.
Actuación inmediata para renovación. Paúl Antonio Coca, analista y abogado, afirma que uno de los principales problemas que se tiene es que la normativa jurídica denominada “Ley”, que se encuentra jerárquicamente por debajo de la Constitución Política, no es acorde a esta ya que existen leyes que están vigentes pero que son anteriores a la actual Constitución.
"Es una apoteósica tarea que debe realizar el Órgano Legislativo pero, el mismo tampoco puede hacerlo ya que debe aprobar las nuevas normas que el Estado necesita y no dedicarse exclusivamente a revisar las normas anteriores a la actual Constitución, es por eso que el tener normas que están desfasadas y que no cumplen con la Ley Fundamental, general dos grandes problemas: a) Inseguridad jurídica en el ciudadano que exige el cumplimiento de las disposiciones constitucionales pero no hallará respuesta; b) Incumplimiento de la propia Constitución Política.", precisó.
Afirma que si se tuviera una cultura jurídica fuerte, la autoridad debería aplicar la Constitución por encima de la Ley (como debería ser), pero preferirá cumplir con las Normas y Reglamentos con los que se encuentra trabajando día a día.
Medida
Algunos ajustes observados
Proyectos. Entre las normas que el Gobierno llevó adelante surgen algunas observaciones por el descontento o por los alcances que estos tienen. El trabajo de modificación del Código del Comercio del 1977, del Código de Minería del 1977 y el Código Civil, son algunos documentos cuestionados por algunos artículos particulares que presentan, donde a decir de los juristas no responde a interés común.
Norma que entrará en vigencia el próximo mes
Cambios al Código Procesal Penal
Anterior
ARTÍCULO. 52º. TRIBUNALES DE SENTENCIA.
Los tribunales de sentencia estarán integrados por dos jueces técnicos y tres jueces ciudadanos y serán competentes para conocer la sustanciación y resolución del juicio en todos los delitos de acción pública con
las excepciones señaladas en el artículo siguiente.
En ningún caso el número de jueces ciudadanos será menor al de jueces técnicos. El presidente del tribunal será elegido de entre los jueces técnicos.
Ahora
ARTÍCULO 52º. TRIBUNALES DE SENTENCIA.
Los tribunales de sentencia, en las causas que se inicien a partir de la publicación de la presente ley de descongestionamiento y efectivización del sistema procesal penal, están integrados únicamente por dos (2) jueces técnicos que serán competentes para conocer la sustanciación y resolución del juicio en todos los delitos de acción pública con las excepciones señaladas en el artículo siguiente.
Normas
Observaciones a las leyes antiguas
LEY DE IMPRENTA (1925)
Fue sancionada por el Congreso Nacional y promulgada por el presidente Bautista Saavedra el 19 de enero de 1925, este año cumplirá 91 años de vigencia.
Sufrió abrogaciones y reposiciones en diferentes periodos de la historia república. Proviene de un decreto emitido por la Junta de Gobierno, el 17 de julio 1920, sobre la base de la primera versión, aprobada por el presidente Antonio José de Sucre en 1826.
En los últimos años, se han intensificado las amenazas contra la libertad de expresión y contra la libertad de prensa. Se trata de sistemáticas agresiones a periodistas, acciones contra los medios y los intentos por aplicar mordazas mediante la reforma de la ley de Imprenta, la amenaza de aprobar de una ley de medios, y la inclusión de restricciones a las libertades camufladas en diferentes normas.
LEY DE TRABAJO (1942)
Puesta en vigencia desde el 8 de diciembre de 1942.
Juristas señalan que la norma quedó obsoleta porque en ella se actúa con exclusiones.
En la norma no se incluye a todas y todos los trabajadores en general. Unos de los menos beneficiados son los del sector de sistema de salud público, porque no son beneficiados con la ley, por tal motivo se denuncia en más de una oportunidad que sus derechos son vulnerables y que tampoco reciben un salario digno.
LEY DE PARTIDOS POLÍTICOS (1999)
En agosto del año 2008, el extinto Congreso de la República aprobó la Ley 769, que eliminó el financiamiento estatal a los partidos políticos que establecía esta norma, que ya lleva varios años en vigencia con algunas leves modificaciones.
Desde el órgano electoral se ha anunciado las intenciones de modificar esta norma en la presente gestión de los actuales vocales, como una acción prioritaria. Existen tres propuestas para elaborar la nueva estructura que normará la actividad partidaria. El TSE anunció días atrás que tras concluir el referéndum constitucional de febrero se iniciará con el debate para elaborar la nueva ley que reemplace la presente de Partidos Políticos.
LEY 1008 RÉGIMEN DE LA COCA Y SUSTANCIAS CONTROLADAS (1988)
La norma penaliza las plantaciones de la hoja andina que no estén contempladas en las 12 mil hectáreas consideradas legales en la “zona de producción tradicional”, establecida para las provincias Nor y Sud Yungas, Murillo, Muñecas, Franz Tamayo e Inquisivi de La Paz y la región de Yungas de Vandiola, en el valle. Tomando en cuenta esto, las actuales plantaciones del Chapare están fuera de la norma.
En su momento las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (Unodc), dijo que la nueva normativa antidrogas de Bolivia, debería apuntar a introducir nuevas herramientas como las escuchas telefónicas.
Regulación
Justicia indígena en problemas por vacío legal
La Ley Nº 073 de Deslinde Jurisdiccional, promulgada el 29 de diciembre del 2010, tiene por objeto regular los ámbitos de vigencia dispuestos en la Constitución Política del Estado, entre esta jurisdicción y las otras jurisdicciones reconocidas constitucionalmente y determinar los mecanismos de coordinación y cooperación entre las mismas en el marco del pluralismo jurídico, que debe entenderse como la coexistencia de dos o más sistemas jurídicos en un mismo ámbito de tiempo y espacio.
Sin embargo, entendidos en la materia, consideran que es una norma con abundante existencia de vacíos, que evitan su normal funcionamiento en el país.
Abogados consideran que el vacío legal y la falta de voluntad en las autoridades nacionales son los factores por lo que la Justicia indígena originaria no se estaría aplicando.
sábado, 9 de enero de 2016
Ley de Alimentación Saludable: Lugares de expendio de comidas deberán ofrecer agua y verduras
a promulgación de la Ley de Promoción de Alimentación Saludable Nº 775 y la futura reglamentación de la norma, obligarán a los establecimientos que expenden comida rápida a ofrecer entre su menú verduras, jugos de frutas naturales y agua potable, informó la responsable de Promoción del Ministerio de Salud, Natividad Choque.
Al respecto, la gerente Comercial de Pollos Copacabana, Claudia Espinoza de Camacho, aclaró que existe una confusión entre lo que es comida chatarra y comida rápida, rubro de su empresa. Aseguró que en los 34 años de vida que tiene lo que más ha hecho es ofrecer a la población un producto de alta calidad.
Con la norma, promulgada ayer por el presidente Evo Morales, se pretende proteger la salud de la población boliviana. “El promocionar la alimentación de una forma saludable con un enfoque productivo mejorará la salud de la población”, declaró Choque.
La Ley tiene el objetivo de promocionar los hábitos alimentarios saludables, fomentar la actividad física, regular la publicidad de alimentos y bebidas no alcohólicas, así como el etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas.
Una vez que se apruebe la reglamentación, los espacios de comida tendrán un tiempo para la aplicación de la norma dentro de su menú.
El control en la comercialización de productos saludables estará a cargo de los gobiernos municipales y del Viceministerio de Defensa al Consumidor, previa coordinación de las instituciones de regulación, con la finalidad de cumplir la norma.
La norma prevé que en los lugares de expendio de comida chatarra se ofrezca en las mesas una jarra de agua hervida o filtrada. Así como en todas las instituciones públicas deberá promocionarse el consumo de agua.
Otro de los aspectos que priorizará el reglamento será el fomento a la actividad física, en las instituciones públicas y privadas.
CONTROL DE PUBLICIDAD
El Jefe de la Unidad de Alimentación del Ministerio de Salud, Yecid Humacayo, complementó que, además, la norma ordenará y regulará la publicidad engañosa que se promueve al momento de ofertar un producto alimenticio.
Lo que se busca es que la propaganda de estos alimentos no generé dependencia de los mismos. Dentro de la reglamentación se incluirá la forma en que deberá analizarse los mensajes subliminales que ofrecen los productos procesados. Lo que se quiere es cuando se haga publicidad “no se utilice la ingenuidad de los niños y adolescentes, principalmente”.
El Ministerio de Salud trabajó en la elaboración de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, bajo la premisa de informar a la población acerca de los alimentos beneficiosos para la salud y prevenir las Enfermedades No Transmisibles (ENT).
Al respecto, la gerente Comercial de Pollos Copacabana, Claudia Espinoza de Camacho, aclaró que existe una confusión entre lo que es comida chatarra y comida rápida, rubro de su empresa. Aseguró que en los 34 años de vida que tiene lo que más ha hecho es ofrecer a la población un producto de alta calidad.
Con la norma, promulgada ayer por el presidente Evo Morales, se pretende proteger la salud de la población boliviana. “El promocionar la alimentación de una forma saludable con un enfoque productivo mejorará la salud de la población”, declaró Choque.
La Ley tiene el objetivo de promocionar los hábitos alimentarios saludables, fomentar la actividad física, regular la publicidad de alimentos y bebidas no alcohólicas, así como el etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas.
Una vez que se apruebe la reglamentación, los espacios de comida tendrán un tiempo para la aplicación de la norma dentro de su menú.
El control en la comercialización de productos saludables estará a cargo de los gobiernos municipales y del Viceministerio de Defensa al Consumidor, previa coordinación de las instituciones de regulación, con la finalidad de cumplir la norma.
La norma prevé que en los lugares de expendio de comida chatarra se ofrezca en las mesas una jarra de agua hervida o filtrada. Así como en todas las instituciones públicas deberá promocionarse el consumo de agua.
Otro de los aspectos que priorizará el reglamento será el fomento a la actividad física, en las instituciones públicas y privadas.
CONTROL DE PUBLICIDAD
El Jefe de la Unidad de Alimentación del Ministerio de Salud, Yecid Humacayo, complementó que, además, la norma ordenará y regulará la publicidad engañosa que se promueve al momento de ofertar un producto alimenticio.
Lo que se busca es que la propaganda de estos alimentos no generé dependencia de los mismos. Dentro de la reglamentación se incluirá la forma en que deberá analizarse los mensajes subliminales que ofrecen los productos procesados. Lo que se quiere es cuando se haga publicidad “no se utilice la ingenuidad de los niños y adolescentes, principalmente”.
El Ministerio de Salud trabajó en la elaboración de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, bajo la premisa de informar a la población acerca de los alimentos beneficiosos para la salud y prevenir las Enfermedades No Transmisibles (ENT).
viernes, 8 de enero de 2016
Defensor dice que DS 2366 le recuerda a decretos militares
El defensor del Pueblo, Rolando Villena, sostuvo ayer que el Decreto Supremo 2366, que permite el desarrollo de exploración hidrocarburífera en áreas protegidas, le recuerda los "decretos ley" que emitían los gobiernos militares.
"Es tal la cantidad de normas que se están afectando con el DS 2366 que nos recuerdan a los decretos ley que emitían los gobiernos militares sin consideración por las normas que hacen al Estado de derecho y la misma democracia", dijo Villena, según ANF.
El Decreto Supremo 2366 fue promulgado el 20 de mayo de 2015 con el objetivo de promover las medidas para aprovechar los recursos hidrocarburíferos en el país para lo que se permite el desarrollo de actividades de exploración de hidrocarburos en áreas protegidas siempre y cuando se cumplan con las condiciones ambientales.
En Bolivia existen 22 áreas protegidas de alcance nacional, 24 de alcance departamental y 81 de alcance municipal, dentro de las 22 áreas nacionales viven al menos 20 pueblos indígenas.
"El propósito del Decreto 2366 va en contra de los principios fundamentales del Estado Plurinacional, pero sobre todo se asume para favorecer al sistema colonial capitalista que vive y se fortalece con base a la depredación de los recursos naturales de países subdesarrollados", sostuvo.
"Es tal la cantidad de normas que se están afectando con el DS 2366 que nos recuerdan a los decretos ley que emitían los gobiernos militares sin consideración por las normas que hacen al Estado de derecho y la misma democracia", dijo Villena, según ANF.
El Decreto Supremo 2366 fue promulgado el 20 de mayo de 2015 con el objetivo de promover las medidas para aprovechar los recursos hidrocarburíferos en el país para lo que se permite el desarrollo de actividades de exploración de hidrocarburos en áreas protegidas siempre y cuando se cumplan con las condiciones ambientales.
En Bolivia existen 22 áreas protegidas de alcance nacional, 24 de alcance departamental y 81 de alcance municipal, dentro de las 22 áreas nacionales viven al menos 20 pueblos indígenas.
"El propósito del Decreto 2366 va en contra de los principios fundamentales del Estado Plurinacional, pero sobre todo se asume para favorecer al sistema colonial capitalista que vive y se fortalece con base a la depredación de los recursos naturales de países subdesarrollados", sostuvo.
Promulgan Ley de alimentación saludable que exige el etiquetado de productos envasados
El presidente Evo Morales promulgó este viernes la Ley 775 de Promoción de alimentación saludable que exige, para información de los consumidores, que los productos envasados estén etiquetados con información sobre el alimento.
Uno de los propósitos de la ley es prevenir las enfermedades no transmisibles generadas por medio de la alimentación como la diabetes, obesidad, hipertensión arterial, entre otros, así como contribuir a resolver los problemas de desnutrición y fomentar una alimentación sana.
"Gracias a esta ley sabremos lo que estamos comiendo y podamos llevar una vida más sana", señaló el Jefe de Estado en el acto de promulgación de la ley en Palacio de Gobierno.
Morales indicó que es importante que el pueblo sepa qué alimento está consumiendo y que los padres decidan cuál es el mejor alimento para sus hijos.
En uno de los pasajes de su discurso el Jefe de Estado recomendó evitar el consumo de bebidas gaseosas y preferir los refrescos de k’isa o quinua.
Recordó que en una ocasión cuando bebió Coca cola, en exceso, quedó "destrozado" y se "prohibió totalmente" consumirlo.
"Casi me hace desmayar la Coca cola, peor que con la chicha, casi estaba destrozado", refirió.
La ministra de Salud, Ariana Campero, dijo que la importancia de Ley de promoción de alimentación saludable está en promover el consumo de agua.
Sugirió a la población mayor consumo de cereales, frutas y verduras y subrayó que la promulgada norma refuerza la ley de consumidores y consumidoras.
miércoles, 6 de enero de 2016
Ley Municipal asegurará derechos de personas con discapacidad
El proyecto de ley municipal para las personas con discapacidad garantizará el pleno ejercicio de los derechos de las personas en toda la jurisdicción del municipio de La Paz, y será de cumplimiento obligatorio para las instituciones públicas y privadas, organizaciones, políticas y sociales que se encuentren en el municipio, sin excepción, informó la concejala Andrea Cornejo.
El proyecto de ley será presentado al pleno del Concejo Municipal de La Paz, posterior a la revisión y aprobación de la Comisión de Desarrollo Humano y Culturas que preside la concejala Andrea Cornejo, quien afina los últimos detalles del documento.
La normativa de Ley Municipal cuenta con 24 artículos y 5 títulos, tiene por objeto promover, proteger y garantizar la plena satisfacción y ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas con discapacidad, así como incentivar una cultura de respeto y trato igualitario en la sociedad paceña en su conjunto.
La propuesta municipal se regirá por los principios de dignidad humana, respeto, no discriminación, autonomía individual, independencia, igualdad en dignidad, equidad de género, justicia, inclusión, progresividad en el financiamiento, igualdad de oportunidades, protección, solidaridad, pluralismo, accesibilidad, diversidad, aceptación de las diferencias y participación de las personas con discapacidad, en proporción con la Constitución Política del Estado, los tratados de Derechos Humanos y la legislación nacional e internacional vigente.
Dentro de los derechos y deberes de las personas con discapacidad se encuentra el de promover valores de respeto, solidaridad, honestidad, transparencia, el capacitarse y prepararse según sus posibilidades, acogerse a planes, proyectos y programas dirigidos a su rehabilitación y el de registrarse en las entidades competentes y en las condiciones establecidas en la ley.
Para garantizar los derechos de las niñas y niños con discapacidad, el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, a nivel municipal, distrital y macrodistrital, adoptará medidas como integrar políticas y estrategias de atención y protección de la primera infancia, mecanismos especiales para la inclusión de los niños.
Asimismo, el municipio establecerá programas de apoyo y orientación a madres gestantes para prevenir discapacidad.
El proyecto de ley será presentado al pleno del Concejo Municipal de La Paz, posterior a la revisión y aprobación de la Comisión de Desarrollo Humano y Culturas que preside la concejala Andrea Cornejo, quien afina los últimos detalles del documento.
La normativa de Ley Municipal cuenta con 24 artículos y 5 títulos, tiene por objeto promover, proteger y garantizar la plena satisfacción y ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas con discapacidad, así como incentivar una cultura de respeto y trato igualitario en la sociedad paceña en su conjunto.
La propuesta municipal se regirá por los principios de dignidad humana, respeto, no discriminación, autonomía individual, independencia, igualdad en dignidad, equidad de género, justicia, inclusión, progresividad en el financiamiento, igualdad de oportunidades, protección, solidaridad, pluralismo, accesibilidad, diversidad, aceptación de las diferencias y participación de las personas con discapacidad, en proporción con la Constitución Política del Estado, los tratados de Derechos Humanos y la legislación nacional e internacional vigente.
Dentro de los derechos y deberes de las personas con discapacidad se encuentra el de promover valores de respeto, solidaridad, honestidad, transparencia, el capacitarse y prepararse según sus posibilidades, acogerse a planes, proyectos y programas dirigidos a su rehabilitación y el de registrarse en las entidades competentes y en las condiciones establecidas en la ley.
Para garantizar los derechos de las niñas y niños con discapacidad, el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, a nivel municipal, distrital y macrodistrital, adoptará medidas como integrar políticas y estrategias de atención y protección de la primera infancia, mecanismos especiales para la inclusión de los niños.
Asimismo, el municipio establecerá programas de apoyo y orientación a madres gestantes para prevenir discapacidad.
lunes, 4 de enero de 2016
Evo promulga en Tarija la ley de promoción de la uva, singani y vinos de altura
Este lunes en la ciudad de Tarija, el presidente Evo Morales promulgó la Ley 774 de Promoción de la Uva, Singani y Vinos de Altura en un acto realizado en el hotel Los Parrales
"Un pedido de productores de uva hemos cumplido, normas que permitan garantizar la producción de uva, la industria, la uva que ya es patrimonio nacional", aseguró Morales
La nueva norma declara también el último viernes de febrero como el día de la uva.
Por su parte el ministro de Planificación, René Orellana, explicó que mediante esa ley se declara el singani y los vinos de altura como patrimonio cultural del Estado Plurinacional de Bolivia y que mediante esta norma se crea el centro vitivinícola que trabajará en el marco del INIAF para promover la investigación científica, transferencia tecnológica, el aumento de la productividad, la promoción de la comercialización y el control del uso de la denominación de origen.
La ley prevé la creación del Comité Plurinacional de Innovación de uva, vinos y singanis, que contará con la participación de autoridades del Estado y de productores.
sábado, 2 de enero de 2016
MAS proyecta ley sobre control de la prostata
El jefe de la bancada del Movimiento Al Socialismo (MAS) en la Cámara de Senadores, Pedro Montes, anunció que la gestión 2016 se proyectará una ley que será para que los varones puedan contar con un día de asueto para realizarse los exámenes de control de la próstata.
“Es una enfermedad que todos tenemos que controlar y hay una necesidad, tenemos que hacerlo (impulsar la ley para el control de la próstata), la explicación de fondo, seguramente lo vamos a hacer en un seminario”, dijo.
Explicó que los legisladores que elaboraron el proyecto de ley, están iniciando el trabajo con la socialización de la norma, que prevé un trato igualitario para hombres y mujeres, las féminas gozan de un día libre en sus trabajos para realizarse los controles médicos del papanicolau.
“Es una enfermedad que todos tenemos que controlar y hay una necesidad, tenemos que hacerlo (impulsar la ley para el control de la próstata), la explicación de fondo, seguramente lo vamos a hacer en un seminario”, dijo.
Explicó que los legisladores que elaboraron el proyecto de ley, están iniciando el trabajo con la socialización de la norma, que prevé un trato igualitario para hombres y mujeres, las féminas gozan de un día libre en sus trabajos para realizarse los controles médicos del papanicolau.
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