La Asamblea Legislativa Departamental cierra su ciclo de cinco años con 568 leyes departamentales, pero sin concluir la aprobación del Estatuto Autonómico de Cochabamba, principal documento para profundizar la autonomía en la región. La elaboración del documento se vio afectada por la falta de planificación.
“La Asamblea Departamental siempre ha dado prioridad a la aprobación de leyes y proyectos departamentales, incluso muchas veces las hemos aprobado con dispensación de trámite”, dijo el presidente de la institución Adolfo Arispe.
Sin embargo, la asambleísta de oposición María Luisa Cabrera manifestó que muchas de las 568 leyes aprobadas en la institución se refieren a reconocimientos a instituciones, municipios y personas. Otro porcentaje corresponde a declaratorias de emergencia y reformulados. “Por ejemplo, en diciembre del año pasado, hemos aprobado 30 proyectos de ley que correspondían a obras concurrentes con el municipio de Cercado”, dijo.
Puntualizó que un problema recurrente en el trabajo de la Asamblea fueron los proyectos mal elaborados por el oficialismo que ante los errores eran devueltos para que sean subsanados. “Incluso muchos estaban mal redactados”, recordó.
Estatuto
La Asamblea Departamental considera que aunque no se alcanzó concluir las ocho etapas del proceso del estatuto, en cinco años de gestión, éste es su mayor logró, porque se redactó una propuesta con aportes de diferentes sectores.
El documento fue concluido en noviembre de 2013 y contiene 106 artículos, seis títulos, 16 capítulos, siete secciones y cuatro disposiciones transitorias.
El presidente de la Asamblea Legislativa Departamental manifestó que los representantes se marchan con la satisfacción del deber cumplido.
“Todos los asambleístas han realizado un arduo trabajo para elaborar este documento con la realización de encuentros y reuniones con organizaciones sociales, profesionales y otros sectores”, dijo.
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domingo, 31 de mayo de 2015
sábado, 30 de mayo de 2015
La Asamblea Legislativa de La Paz aprobó 109 leyes en 5 años
El presidente saliente de la Asamblea Legislativa Departamental de La Paz (ALDLP), Nelzon Guarachi, informó ayer que entre 2010 y 2015 el equipo de legisladores departamentales logró aprobar 109 leyes y 1.002 resoluciones en beneficio de La Paz.
"Durante los cinco años aprobamos 109 leyes en beneficio del departamento, que permiten el desarrollo integral de la región y más de 1.000 resoluciones. Esta asamblea cumplió con el departamento haciendo leyes que hoy son una realidad. En varios sectores se impulsa el tema productivo, de infraestructura y otros”, afirmó Guarachi.
El legislador departamental aclaró que si bien aprobaron esa cantidad de leyes y de resoluciones, el trabajo más importante que impulsaron fue consolidar el Estatuto Autonómico Departamental de La Paz. "Lo fundamental que hizo esta asamblea con pocos recursos económicos es el estatuto de La Paz, que irá a un referendo el 12 de julio”.
Otra de la acciones más importantes que resaltan los legisladores departamentales es que en enero de 2013 se gestionó la donación de un lote de terreno de la comunidad de Huaycallari, Palca, a favor de esta institución.
Durante esos cinco años de gestión se desarrollaron 293 sesiones plenarias, ocho sesiones permanentes, 45 sesiones de honor y cuatro sesiones extraordinarias. Sólo una sesión fue suspendida.
Guarachi manifestó su alegría, debido a que considera que cumplieron con todas las promesas realizadas a los pobladores del departamento. "Me siento contento porque hemos cumplido con el pueblo, nos han dado un mandato y nos vamos a casa con el deber cumplido”, aseguró.
Sin embargo, queda trabajo pendiente, al menos 67 proyectos de ley que no han sido tratados. "Todo por darle prioridad al estatuto paceño”, afirmó.
Los asambleístas salientes dejan seis vehículos, provenientes de donaciones del Gobierno, para las autoridades electas.
La dificultad que tuvieron los asambleístas durante su gestión, según Guarachi, fue el presupuesto. "Lo que más nos perjudicó fueron los recursos, porque siempre nos dieron muy poco presupuesto”, lamentó.
La autoridad saliente dijo que se dedicará ahora a socializar el estatuto para su aprobación. También recordó que cuando finalice la construcción de los predios de la Asamblea Legislativa Plurinacional, los antiguos espacios de los legisladores nacionales serán ocupados por los nuevos asambleístas departamentales.
"Deben estar atentos al Pacto Fiscal”, recomendó Guarachi a los nuevos funcionarios.
"Durante los cinco años aprobamos 109 leyes en beneficio del departamento, que permiten el desarrollo integral de la región y más de 1.000 resoluciones. Esta asamblea cumplió con el departamento haciendo leyes que hoy son una realidad. En varios sectores se impulsa el tema productivo, de infraestructura y otros”, afirmó Guarachi.
El legislador departamental aclaró que si bien aprobaron esa cantidad de leyes y de resoluciones, el trabajo más importante que impulsaron fue consolidar el Estatuto Autonómico Departamental de La Paz. "Lo fundamental que hizo esta asamblea con pocos recursos económicos es el estatuto de La Paz, que irá a un referendo el 12 de julio”.
Otra de la acciones más importantes que resaltan los legisladores departamentales es que en enero de 2013 se gestionó la donación de un lote de terreno de la comunidad de Huaycallari, Palca, a favor de esta institución.
Durante esos cinco años de gestión se desarrollaron 293 sesiones plenarias, ocho sesiones permanentes, 45 sesiones de honor y cuatro sesiones extraordinarias. Sólo una sesión fue suspendida.
Guarachi manifestó su alegría, debido a que considera que cumplieron con todas las promesas realizadas a los pobladores del departamento. "Me siento contento porque hemos cumplido con el pueblo, nos han dado un mandato y nos vamos a casa con el deber cumplido”, aseguró.
Sin embargo, queda trabajo pendiente, al menos 67 proyectos de ley que no han sido tratados. "Todo por darle prioridad al estatuto paceño”, afirmó.
Los asambleístas salientes dejan seis vehículos, provenientes de donaciones del Gobierno, para las autoridades electas.
La dificultad que tuvieron los asambleístas durante su gestión, según Guarachi, fue el presupuesto. "Lo que más nos perjudicó fueron los recursos, porque siempre nos dieron muy poco presupuesto”, lamentó.
La autoridad saliente dijo que se dedicará ahora a socializar el estatuto para su aprobación. También recordó que cuando finalice la construcción de los predios de la Asamblea Legislativa Plurinacional, los antiguos espacios de los legisladores nacionales serán ocupados por los nuevos asambleístas departamentales.
"Deben estar atentos al Pacto Fiscal”, recomendó Guarachi a los nuevos funcionarios.
Aprueba la ley contra el maltrato animal
El pleno de la Cámara de Senadores sancionó ayer la ley de defensa de los animales, que tiene el objetivo de proteger, prevenir y sancionar todo tipo de violencia y maltrato hacia los animales.
"Se ha aprobado en grande y en detalle la ley que viene a llenar un vacío muy sentido, (...) los que amamos a los animales, a nuestros perros, a todos los animales domésticos hoy debemos sentirnos muy satisfechos", informó el presidente del Senado, José Alberto Gonzales. La norma establece que actos de crueldad en contra de animales domésticos serán sancionados hasta con cinco años de cárcel. Los Ministerios de Salud, Educación, Comunicación y Autonomías, propondrán políticas para la prevención de zoonosis./ABI
"Se ha aprobado en grande y en detalle la ley que viene a llenar un vacío muy sentido, (...) los que amamos a los animales, a nuestros perros, a todos los animales domésticos hoy debemos sentirnos muy satisfechos", informó el presidente del Senado, José Alberto Gonzales. La norma establece que actos de crueldad en contra de animales domésticos serán sancionados hasta con cinco años de cárcel. Los Ministerios de Salud, Educación, Comunicación y Autonomías, propondrán políticas para la prevención de zoonosis./ABI
Cochabamba 568 Leyes aprobó la Asamblea en 5 años
El presidente de la Asamblea Legislativa Departamental, Adolfo Arispe, dijo que aprobaron 568 leyes regionales durante el trabajo que realizaron en el período 2010 - 2015.
Arispe destacó que las normas sancionadas estuvieron ligadas con las áreas de desarrollo humano (40 por ciento ), desarrollo productivo (46 por ciento ), desarrollo institucional (6 por ciento ), cultura (1 por ciento ) y medio ambiente (7 por ciento ).
Arispe destacó que las normas sancionadas estuvieron ligadas con las áreas de desarrollo humano (40 por ciento ), desarrollo productivo (46 por ciento ), desarrollo institucional (6 por ciento ), cultura (1 por ciento ) y medio ambiente (7 por ciento ).
viernes, 29 de mayo de 2015
Senado sanciona ley de defensa de los animales
El pleno de la Cámara de Senadores sancionó hoy la ley de defensa de los animales, que tiene el objetivo de proteger, prevenir y sancionar todo tipo de violencia y maltrato hacia los animales.
"Se ha aprobado en grande y en detalle la ley que viene a llenar un vacío muy sentido, (...) los que amamos a los animales, a nuestros perros, a todos los animales domésticos hoy debemos sentirnos muy satisfechos", informó el presidente del Senado, José Alberto Gonzales.
El legislador detalló que la norma, que fue aprobada sin modificaciones, establece que actos de crueldad en contra de animales domésticos serán sancionados hasta con cinco años de cárcel.
La ley establece que dentro de las obligaciones del Estado, los Ministerios de Salud, Educación, Comunicación y Autonomías, propondrán políticas para la prevención de zoonosis, en el marco de sus competencias concurrentes con los gobiernos locales y departamentales.
Asimismo, instruye la implementación de políticas educativas destinadas a fomentar el bienestar y defensa de los animales, además de políticas de comunicación de sensibilización y difusión de programas y acciones gubernamentales referentes a la defensa de animales.
Dentro de las obligaciones de las personas, la norma señala que se debe evitar causar sufrimientos innecesarios, asumir la responsabilidad emergente de la custodia y tenencia de un animal y de los daños a terceros que el animal pueda ocasionar, evitar la cría de un número mayor de animales del que pueda ser bien mantenido.
El Presidente del Senado explicó que la protección de los animales será competencia del Gobierno nacional y municipal.
"El reglamento fino, todo lo que tenga que ver con ordenanzas y temas puntuales respecto al tema de los animales lo van a hacer los municipios, lo que hemos hecho es generar un paraguas que pueda proteger a los animales domésticos sobre todo", agregó.
Asimismo, aclaró que se excluyó a los animales silvestres de la norma, porque ya existe una Ley de Medio Ambiente, que los ampara y anunció que también se aprobará una Ley de Biodiversidad, que especifica la protección de especies silvestres.
Sobre la normativa contra actos de maldad, explicó que las entidades territoriales autónomas en el marco de sus competencias podrán emitir la normativa correspondiente y establecer sanciones contra actos de maltrato que provoquen dolor y sufrimiento, causado directa o indirectamente por las personas.
La Ley Minera Nº 535: Un año sin reglamento
Increíble que esto suceda. Expresión de preocupados productores mineros. La Ley 535 de Minería y Metalurgia que tardó más de tres años en su confección y aprobación, fue por fin promulgada el 28 de mayo del 2014, durante un acto que se cumplió en la ciudad minera de Oruro y encabezó el presidente en ejercicio Álvaro García Linera.
Varios discursos, muchas promesas, reconocimiento al sector productivo minero como el "principal generador de divisas" para el país, inclusive señalando que frente a la eventualidad del uso intensivo de los hidrocarburos, el futuro económico de Bolivia, estuvo y estará centrado en la explotación minera y su industrialización.
Se recordó la importancia del poder minero desde la época de la conquista, pasando por el periodo republicano, el uso de las divisas que generó la minería y que sirvieron para abrir el camino del desarrollo nacional, impulsando el crecimiento de otras latitudes del país, no precisamente mineras.
La nueva ley, se aseguró que sería el instrumento para reactivar un sector de suma importancia en el contexto económico nacional, por lo que con sus 234 artículos favorecería el crecimiento del sector, ampliando su radio de acción para crear miles de empleos seguros y un desarrollo sostenible de beneficio común.
Se mencionó que en los tres próximos meses a su promulgación se tendría lista su reglamentación para ejecutar la normativa minera y dinamizar el proceso de transformación de la administración de la minería y metalurgia, pero ha transcurrido un año y e reglamento todavía se hace esperar. Y no es solo esa etapa de ordenamiento de ciertos aspectos de la ley que falta, algo sumamente importante es aprobar la escala tributaria para la minería en general, la estatal, la privada y la cooperativizada.
Esa tarea se atribuye el Ministerio de Finanzas, donde se dice que una comisión está trabajando en adecuar la escala del pago de impuestos, tarea que por lo visto debe ser muy compleja, pues también ha pasado el año sin que pueda regularse este aspecto que determinará contribuciones impositivas igualitarias para todos los sectores y que abran el interés de industriales mineros del país e inversionistas externos para encarar proyectos de prospección y exploración, disposición de capitales para explotación de nuevos yacimientos y si las condiciones son favorables, posiblemente se avance hacia proyectos industriales.
Nadie explica nada sobre este delicado asunto, pero debido a la crisis que se origina en la caída de los precios internacionales, las autoridades se han visto obligadas a disponer medidas de emergencia o planes de contingencia, para evitar el colapso del sector minero estatal. Las cooperativas exigen un tipo de subvención a los precios bajos, pero tal posibilidad ha sido descartada en el ministerio de minería.
La Ley 535 está promulgada, pero no aplicada, merece atención especial, para que el importante rubro minero no siga avanzando?sin rumbo fijo.
Varios discursos, muchas promesas, reconocimiento al sector productivo minero como el "principal generador de divisas" para el país, inclusive señalando que frente a la eventualidad del uso intensivo de los hidrocarburos, el futuro económico de Bolivia, estuvo y estará centrado en la explotación minera y su industrialización.
Se recordó la importancia del poder minero desde la época de la conquista, pasando por el periodo republicano, el uso de las divisas que generó la minería y que sirvieron para abrir el camino del desarrollo nacional, impulsando el crecimiento de otras latitudes del país, no precisamente mineras.
La nueva ley, se aseguró que sería el instrumento para reactivar un sector de suma importancia en el contexto económico nacional, por lo que con sus 234 artículos favorecería el crecimiento del sector, ampliando su radio de acción para crear miles de empleos seguros y un desarrollo sostenible de beneficio común.
Se mencionó que en los tres próximos meses a su promulgación se tendría lista su reglamentación para ejecutar la normativa minera y dinamizar el proceso de transformación de la administración de la minería y metalurgia, pero ha transcurrido un año y e reglamento todavía se hace esperar. Y no es solo esa etapa de ordenamiento de ciertos aspectos de la ley que falta, algo sumamente importante es aprobar la escala tributaria para la minería en general, la estatal, la privada y la cooperativizada.
Esa tarea se atribuye el Ministerio de Finanzas, donde se dice que una comisión está trabajando en adecuar la escala del pago de impuestos, tarea que por lo visto debe ser muy compleja, pues también ha pasado el año sin que pueda regularse este aspecto que determinará contribuciones impositivas igualitarias para todos los sectores y que abran el interés de industriales mineros del país e inversionistas externos para encarar proyectos de prospección y exploración, disposición de capitales para explotación de nuevos yacimientos y si las condiciones son favorables, posiblemente se avance hacia proyectos industriales.
Nadie explica nada sobre este delicado asunto, pero debido a la crisis que se origina en la caída de los precios internacionales, las autoridades se han visto obligadas a disponer medidas de emergencia o planes de contingencia, para evitar el colapso del sector minero estatal. Las cooperativas exigen un tipo de subvención a los precios bajos, pero tal posibilidad ha sido descartada en el ministerio de minería.
La Ley 535 está promulgada, pero no aplicada, merece atención especial, para que el importante rubro minero no siga avanzando?sin rumbo fijo.
jueves, 28 de mayo de 2015
Ley permitirá evitar el quinto pasajero y revisar tarifas
La nueva ley departamental del transporte tomará como parámetro el número de asientos originales con los que ha sido fabricado un vehículo. Por lo tanto, en el caso de los trufis se prohibirá un quinto pasajero. Así lo advirtió el director de transporte de la Gobernación, Wilfredo Rei.
Según dijo, en los minibuses también se hará respetar la capacidad de carga de fábrica y no asientos reacomodados.
En cuanto a tarifas, se establecerán los parámetros para definir los
montos que deben ser revisados cada dos años, de acuerdo a la ley, aunque eso no signifique un incremento obligatorio. Según Rei, todo el servicio de transporte en Santa Cruz tiene ganancia.
La Gobernación otorgará una autorización que establece el punto de partida y de llegada de cada línea, quedando en manos del municipio definir los detalles de esa ruta. También entregará una resolución a la institución u operador de la línea y otra para cada vehículo donde se señala el número de placa, propietario y otras características.
En el marco de esta ley, se creará el consejo departamental del transporte, integrado por la Gobernación, la Alcaldía y los operadores
Según dijo, en los minibuses también se hará respetar la capacidad de carga de fábrica y no asientos reacomodados.
En cuanto a tarifas, se establecerán los parámetros para definir los
montos que deben ser revisados cada dos años, de acuerdo a la ley, aunque eso no signifique un incremento obligatorio. Según Rei, todo el servicio de transporte en Santa Cruz tiene ganancia.
La Gobernación otorgará una autorización que establece el punto de partida y de llegada de cada línea, quedando en manos del municipio definir los detalles de esa ruta. También entregará una resolución a la institución u operador de la línea y otra para cada vehículo donde se señala el número de placa, propietario y otras características.
En el marco de esta ley, se creará el consejo departamental del transporte, integrado por la Gobernación, la Alcaldía y los operadores
miércoles, 27 de mayo de 2015
Aprueban la primera ley de transporte
La primera ley departamental de transporte fue promulgada ayer por la gobernadora Ruth Lozada y llega como un espaldarazo a los cambios que inició el gobierno municipal en el transporte en la capital.
La nueva norma fue entregada a los choferes que prestan el servicio a escala municipal y departamental. Esta tiene como prioridad el respeto a los derechos de las mujeres embarazadas, de personas con discapacidades diferentes y de la tercera edad y puede sancionar a los operadores que no cumplan los horarios, itinerarios y las rutas establecidas, y que promuevan la competencia desleal.
Entre los puntos sobresalientes se destacan la capacidad que tiene el gobernador para aprobar las tarifas de los servicios, establecer puestos para el cobro de peaje en la red departamental y administrar o dar en concesión la infraestructura destinada al servicio público de transporte terrestre interprovincial e intermunicipal, así como terminales y paradas. Durante un año trabajaron los técnicos de la Gobernación con los transportistas y los representantes de los municipios, pues todos tienen responsabilidades que cumplir.
Normas municipales
Esta ley departamental viene a respaldar las normas aprobadas por la comuna capitalina, entre ellas la resolución 123/2015 que desde ayer comenzó a ser cumplida, mediante la cual se prohíbe el ingreso dentro del segundo anillo de toda clase de transporte intermunicipal e interprovincial. Por esta razón los fiscalizadores de Tráfico y Transporte se desplazaron hasta la avenida Virgen de Cotoca y segundo anillo para instruir a los choferes por dónde deben volver al santuario. “Hace dos semanas comenzamos a ordenar los minibuses de La Guardia, la semana pasada a los del norte y seguiremos”, dijo Carlos Moreira, de Tráfico y Transporte.
Pese al estricto control EL DEBER verificó que algunos minibuses se escabullen y logran ingresar a La Ramada
La nueva norma fue entregada a los choferes que prestan el servicio a escala municipal y departamental. Esta tiene como prioridad el respeto a los derechos de las mujeres embarazadas, de personas con discapacidades diferentes y de la tercera edad y puede sancionar a los operadores que no cumplan los horarios, itinerarios y las rutas establecidas, y que promuevan la competencia desleal.
Entre los puntos sobresalientes se destacan la capacidad que tiene el gobernador para aprobar las tarifas de los servicios, establecer puestos para el cobro de peaje en la red departamental y administrar o dar en concesión la infraestructura destinada al servicio público de transporte terrestre interprovincial e intermunicipal, así como terminales y paradas. Durante un año trabajaron los técnicos de la Gobernación con los transportistas y los representantes de los municipios, pues todos tienen responsabilidades que cumplir.
Normas municipales
Esta ley departamental viene a respaldar las normas aprobadas por la comuna capitalina, entre ellas la resolución 123/2015 que desde ayer comenzó a ser cumplida, mediante la cual se prohíbe el ingreso dentro del segundo anillo de toda clase de transporte intermunicipal e interprovincial. Por esta razón los fiscalizadores de Tráfico y Transporte se desplazaron hasta la avenida Virgen de Cotoca y segundo anillo para instruir a los choferes por dónde deben volver al santuario. “Hace dos semanas comenzamos a ordenar los minibuses de La Guardia, la semana pasada a los del norte y seguiremos”, dijo Carlos Moreira, de Tráfico y Transporte.
Pese al estricto control EL DEBER verificó que algunos minibuses se escabullen y logran ingresar a La Ramada
Santa Cruz Nueva ley de Transporte contempla hasta anulación de personería jurídica
Promulgan nueva Ley Departamental de Transporte, está compuesta por: 9 títulos, 99 artículos, 1 disposición final y 1 disposición transitoria, para regular y supervisar el servicio municipal e interprovincial, garantizando a los usuarios calidad y seguridad.
En el tema de incremento en el cobro de pasajes, primero se hará un estudio para determinar si corresponde o no, manifestó la gobernadora Ruth Lozada
Sanciones. Si no se respetan horarios y rutas, competencia desleal, y no atender reclamos por parte de los usuarios, se aplicarán cargos, los montos para la sanción se fijarán en reglamentación, lo que ya se tiene establecido es quitar la personería jurídica en casos de gravedad.
Sobre las características de los vehículos, en la nueva ley solo se contempla la seguridad y confort, respetando las características de fábrica respecto a la cantidad de pasajeros, agregó Wilfredo Rey, director departamental de Transporte.
La nueva ley se promulgó en concenso con los operadores de transporte y los ciudadanos que ocupan el servicio.
En el tema de incremento en el cobro de pasajes, primero se hará un estudio para determinar si corresponde o no, manifestó la gobernadora Ruth Lozada
Sanciones. Si no se respetan horarios y rutas, competencia desleal, y no atender reclamos por parte de los usuarios, se aplicarán cargos, los montos para la sanción se fijarán en reglamentación, lo que ya se tiene establecido es quitar la personería jurídica en casos de gravedad.
Sobre las características de los vehículos, en la nueva ley solo se contempla la seguridad y confort, respetando las características de fábrica respecto a la cantidad de pasajeros, agregó Wilfredo Rey, director departamental de Transporte.
La nueva ley se promulgó en concenso con los operadores de transporte y los ciudadanos que ocupan el servicio.
sábado, 23 de mayo de 2015
SOCIALIZACIÓN Piden difundir Ley Antiracismo
El viceministro de Descolonización, Félix Cárdenas se refirió a la ley 045 y pidió a la población y autoridades que se redoblen esfuerzos para socializar la ley con el objetivo de erradicar la discriminación y el racismo.
"Tenemos que hacer muchos más esfuerzos para que no haya racismo y discriminación en el país", dijo en un foro de lucha contra el racismo y toda forma de discriminación efectuadas en la ciudad de Cochabamba, según la estatal ABI.
La Ley, vigente hace cuatro años, ha resuelto varios procesos inclusive con el resultado de la detención domiciliaria de los imputados.
"Desde la aplicación de la Ley 045 hasta este momento hemos recibido también 750 denuncias, de las cuales 150 se las ha resuelto por la vía de la conciliación", apuntó Cárdenas.
"Tenemos que hacer muchos más esfuerzos para que no haya racismo y discriminación en el país", dijo en un foro de lucha contra el racismo y toda forma de discriminación efectuadas en la ciudad de Cochabamba, según la estatal ABI.
La Ley, vigente hace cuatro años, ha resuelto varios procesos inclusive con el resultado de la detención domiciliaria de los imputados.
"Desde la aplicación de la Ley 045 hasta este momento hemos recibido también 750 denuncias, de las cuales 150 se las ha resuelto por la vía de la conciliación", apuntó Cárdenas.
viernes, 22 de mayo de 2015
Los productores redactan una ley de la coca
Los cocaleros del trópico cochabambino redactan un proyecto de Ley General de la Hoja de Coca, destinado a impulsar la producción, venta, industrialización y exportación de la hoja, para aislarlo del tema de narcotráfico. Buscan consensuarlo con productores de Yungas y el Gobierno.
“Se va a aprobar una Ley General de la Hoja de Coca. Como trópico estamos trabajando la propuesta, nuestros hermanos de los Yungas de La Paz igual (redactan) y nos vamos a juntar para sacar una sola norma”, anunció Leonardo Loza, vicepresidente de las Seis Federaciones de Cocaleros del Trópico de Cochabamba.
Según Loza, los cocaleros de los Yungas ya tienen la redacción adelantada y una vez que el proyecto de los cocaleros de Cochabamba esté concluido, programarán reuniones para sacar un documento.
La propuesta de norma también será discutida con el Gobierno que diseña la Ley General de la Hoja de Coca. Según el viceministro de Defensa Social, Felipe Cáceres, esta ley debe ser promulgada en agosto. “Vamos a coordinar con la ministra de Desarrollo Rural, Nemesia Achacollo, encargada de la ley y nos vamos a sentar para consensuar y presentar una sola norma a la Asamblea. No será ni la de ellos ni la de nosotros (la aprobada y promulgada), será una sola propuesta como productores y Gobierno”, aseguró Loza.
La Ley General de la Hoja de Coca sustituirá a la vigente Ley 1008 de Régimen General de la Coca y Sustancias Controladas, que norma las acciones en materia de coca y narcotráfico. Para los cocaleros, la nueva norma debe ser especial para la hoja, mientras que la interdicción al tráfico de droga debe merecer otra normativa.
La Ley 1008 “muere de entrada”, según Loza y la norma de la coca debe ser redactada en un plazo no mayor a 90 días. Para ello se conformó un equipo de profesionales que tendrá el primer informe en dos semanas.
“El control social debe estar bien enmarcado en la ley para evitar que algún compañero exceda el cato (1.600 metros cuadrados) de coca o plante en otros lados”, aseguró Loza. Destacó que esta fiscalización, reconocida internacionalmente, permitió bajar las cifras de cocales ilegales.
Hasta ahora el denominado control social prevé la sanción a cocaleros que excedan el cultivo más allá de un cato. La coca es erradicada en primera instancia, de reincidir se suspende el cultivo de la hoja por un año y si hay vínculo con el narcotráfico, el terreno es revertido.
El control social en la norma
Vigilancia
El vicepresidente de los cocaleros del trópico de Cochabamba, Leonardo Loza, dijo que su sector busca que el control social deje de estar en su estatuto y sea un artículo de la nueva ley.
Vigencia
El control social está presente en el 80% del trópico cochabambino y consiste en que los propios productores impiden que sus afiliados cultiven más de un cato de coca (1.600 metros cuadrados). Los infractores son castigados por sus compañeros.
En la Cámara Baja: Avanza proyecto de ley de Arbitraje
La Cámara de Diputados aprobó 51 artículos del Proyecto de Ley de Conciliación y Arbitraje, referida a las inversiones, quedando 84 que deben ser aprobados a partir de hoy jueves.
“La norma reconoce la conciliación y el arbitraje como medios alternativos para la resolución de conflictos, los cuales tienen un papel importante en aligerar la carga procesal y judicial, eliminando algunos formalismos y ritualismos procedimentales propios de la jurisdicción ordinaria”, señaló un comunicado de prensa de la cámara Baja.
SECTOR PRIVADO
El empresariado privado estuvo alentando la aprobación de la norma en tiempo perentorio, ya que la nueva ley es uno de los complementos más importantes para activar la ley de Inversiones. El Gobierno ha propuesto a la empresa privada elevar las inversiones este año hasta $us 3.000 millones. Las organizaciones privadas aceptaron el reto a condición de que la ley sectorial otorgue las debidas garantías jurídicas al capital tanto nacional como extranjero. Los privados consideran que la normativa deberá asegurar la neutralidad para las inversiones es decir que fije las mismas garantías tanto para capitales nacionales como extranjeros.
CONTROVERSIAS
La Cámara comunicó que el documento aprobado el martes en grande y luego debatido “en detalle” establece una normativa orientada a la solución pacífica de controversias en las relaciones entre el Estado y las empresas, además de brindar seguridad jurídica a las inversiones.
Según Héctor Arce, procurador del Estado, la normativa protege la inversión, tanto privada como pública, y al mismo tiempo la nacional y la extranjera.
La propuesta también determina el rol del Estado a través del ministerio de Justicia, en cuanto a la regulación de los centros de Conciliación, Conciliación y Arbitraje.
“La norma reconoce la conciliación y el arbitraje como medios alternativos para la resolución de conflictos, los cuales tienen un papel importante en aligerar la carga procesal y judicial, eliminando algunos formalismos y ritualismos procedimentales propios de la jurisdicción ordinaria”, señaló un comunicado de prensa de la cámara Baja.
SECTOR PRIVADO
El empresariado privado estuvo alentando la aprobación de la norma en tiempo perentorio, ya que la nueva ley es uno de los complementos más importantes para activar la ley de Inversiones. El Gobierno ha propuesto a la empresa privada elevar las inversiones este año hasta $us 3.000 millones. Las organizaciones privadas aceptaron el reto a condición de que la ley sectorial otorgue las debidas garantías jurídicas al capital tanto nacional como extranjero. Los privados consideran que la normativa deberá asegurar la neutralidad para las inversiones es decir que fije las mismas garantías tanto para capitales nacionales como extranjeros.
CONTROVERSIAS
La Cámara comunicó que el documento aprobado el martes en grande y luego debatido “en detalle” establece una normativa orientada a la solución pacífica de controversias en las relaciones entre el Estado y las empresas, además de brindar seguridad jurídica a las inversiones.
Según Héctor Arce, procurador del Estado, la normativa protege la inversión, tanto privada como pública, y al mismo tiempo la nacional y la extranjera.
La propuesta también determina el rol del Estado a través del ministerio de Justicia, en cuanto a la regulación de los centros de Conciliación, Conciliación y Arbitraje.
miércoles, 20 de mayo de 2015
Modifican la Ley Marco de Autonomías y Descentralización El Gobierno prevé la inclusión del Vice en debate sobre Pacto Fiscal
El vicepresidente Álvaro García Linera formará parte de las discusiones sobre el Pacto Fiscal si se aprueba el proyecto de ley modificatorio de la Ley de Autonomías, que plantea la habilitación de esta autoridad y del ministro de Economía y Finanzas, Luis Arce Catacora.
El ministro de Autonomías, Hugo Siles, explicó ayer a la Comisión Mixta de Organización Territorial del Estado y Autonomías de la Asamblea Legislativa Plurinacional los alcances de las modificaciones de la Ley 031 Marco de Autonomías y Descentralización "Andrés Ibáñez”.
"(Se están planteando estas modificaciones) principalmente por razones de necesidad en la celeridad de las sesiones del Consejo Nacional de Autonomías (CNA) y por la incorporación del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas”, explicó.
Son tres las modificaciones planteadas por el Órgano Ejecutivo a la Ley Marco de Autonomías, promulgada en julio de 2010 y que echó a andar el sistema autonómico en Bolivia.
La primera reforma es la incorporación del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la segunda es la periodicidad de las sesiones del CNA, con la ampliación a más de dos sesiones por año, como lo dispone la norma en actual vigencia, y la tercera es la incorporación del Vicepresidente en la conducción de las reuniones del CNA en ausencia del Presidente.
El ministro Siles explicó que si se realizan estas modificaciones, se convocará a una tercera sesión del CNA en la que ya podrían participar García Linera, el ministro Arce y las autoridades subnacionales electas para discutir el llamado Pacto Fiscal.
El Consejo se reunirá mañana, en Palacio, en una segunda sesión, aún con la normativa vigente y con autoridades departamentales y municipales salientes, con el objetivo de dar continuidad a dos temas abordados en la primera sesión del 11 de febrero: tratamiento del reglamento interno y la propuesta técnica metodológica de Pacto Fiscal.
El CNA tiene 24 integrantes, entre ministros, gobernadores y representantes de la Federación de Asociaciones Municipales. En este consejo no está incorporado el ministro de Economía, quien administra las finanzas del país, por eso se planteó la modificación de la norma.
El ministro de Autonomías, Hugo Siles, explicó ayer a la Comisión Mixta de Organización Territorial del Estado y Autonomías de la Asamblea Legislativa Plurinacional los alcances de las modificaciones de la Ley 031 Marco de Autonomías y Descentralización "Andrés Ibáñez”.
"(Se están planteando estas modificaciones) principalmente por razones de necesidad en la celeridad de las sesiones del Consejo Nacional de Autonomías (CNA) y por la incorporación del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas”, explicó.
Son tres las modificaciones planteadas por el Órgano Ejecutivo a la Ley Marco de Autonomías, promulgada en julio de 2010 y que echó a andar el sistema autonómico en Bolivia.
La primera reforma es la incorporación del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la segunda es la periodicidad de las sesiones del CNA, con la ampliación a más de dos sesiones por año, como lo dispone la norma en actual vigencia, y la tercera es la incorporación del Vicepresidente en la conducción de las reuniones del CNA en ausencia del Presidente.
El ministro Siles explicó que si se realizan estas modificaciones, se convocará a una tercera sesión del CNA en la que ya podrían participar García Linera, el ministro Arce y las autoridades subnacionales electas para discutir el llamado Pacto Fiscal.
El Consejo se reunirá mañana, en Palacio, en una segunda sesión, aún con la normativa vigente y con autoridades departamentales y municipales salientes, con el objetivo de dar continuidad a dos temas abordados en la primera sesión del 11 de febrero: tratamiento del reglamento interno y la propuesta técnica metodológica de Pacto Fiscal.
El CNA tiene 24 integrantes, entre ministros, gobernadores y representantes de la Federación de Asociaciones Municipales. En este consejo no está incorporado el ministro de Economía, quien administra las finanzas del país, por eso se planteó la modificación de la norma.
martes, 19 de mayo de 2015
Surge debate por la ley de animales
Ante la aprobación de la ley para la defensa de los animales en la Cámara de Diputados, surgen controversias entre las organizaciones protectoras de animales, por algunos artículos de la norma que consideran incompletos e inconstitucionales.
La representante de Animales SOS, Susana Del Carpio dijo que es inconstitucional e invade competencias municipales.
”Se debe respetar la norma mayor, el único que puede legislar sobre animales es el municipio autónomo, no la asamblea. Si yo como infractor me veo inmiscuido en una infracción y me meterán a la cárcel, tomo un abogado y puedo derogar estos artículos". La activista criticó la excepción que se hizo en ritos tradicionales y medicinales. "En la mina se practica con llamas, en la mina utilizan perros, gatos, conejos negros para curar heridas, pero esta ley dice que todo se respetan en tanto lo haga un pueblo originario".
APOYO. El presidente de la Confederación de Sociedades Protectoras de Animales, Sandro Fernández, sostiene que es una ley que establece sanciones mediante el código penal y que la máxima pena es de cinco años de presidio. "Esta ley establece sanciones a través de Código Penal según técnica jurídica, todo lo que va al código penal es para todos".
Según Fernández toda práctica de crueldad en contra de los animales, especialmente domésticos será sancionada por esta ley. "Dicen que la pelea de gallos será permitida, falso, si la acción de una pelea es tortura o crueldad va a ser penalizado con la ley en el código penal", dijo.
La representante de Animales SOS, Susana Del Carpio dijo que es inconstitucional e invade competencias municipales.
”Se debe respetar la norma mayor, el único que puede legislar sobre animales es el municipio autónomo, no la asamblea. Si yo como infractor me veo inmiscuido en una infracción y me meterán a la cárcel, tomo un abogado y puedo derogar estos artículos". La activista criticó la excepción que se hizo en ritos tradicionales y medicinales. "En la mina se practica con llamas, en la mina utilizan perros, gatos, conejos negros para curar heridas, pero esta ley dice que todo se respetan en tanto lo haga un pueblo originario".
APOYO. El presidente de la Confederación de Sociedades Protectoras de Animales, Sandro Fernández, sostiene que es una ley que establece sanciones mediante el código penal y que la máxima pena es de cinco años de presidio. "Esta ley establece sanciones a través de Código Penal según técnica jurídica, todo lo que va al código penal es para todos".
Según Fernández toda práctica de crueldad en contra de los animales, especialmente domésticos será sancionada por esta ley. "Dicen que la pelea de gallos será permitida, falso, si la acción de una pelea es tortura o crueldad va a ser penalizado con la ley en el código penal", dijo.
lunes, 18 de mayo de 2015
Cejip: Ley contra maltrato de animales es inconstitucional
La Ley para la Defensa de los Animales contra actos de crueldad y maltrato, aprobada el viernes por la Cámara de Diputados de la Asamblea Legislativa, es anticonstitucional e incurre en una serie de contradicciones y vacíos, da lugar a la venganza social y, en última instancia, es inaplicable, según hizo conocer a este medio el Centro de Estudios de Participación y Justicia (Cejip), que analizó en las últimas horas el instrumento legal que dio lugar a expresiones de satisfacción por su aprobación.
La Ley 136 fue aprobada en una votación unánime, en el contexto de que en las últimas horas surgieron casos de animales que fueron maltratados.
Esta ley es inconstitucional, según el Cejip, porque arrebata competencias que son exclusivas de los gobiernos municipales. El artículo 298 de la Carta Magna dice: “Son competencias privativas del nivel central del Estado: 21. Codificación sustantiva y adjetiva en materia civil, familiar, penal, tributaria, laboral, comercial, minería y electoral”.
A ello se suma el artículo 302 de la Constitución Política del Estado (CPE) establece: “Son competencias exclusivas de los gobiernos municipales autónomos, en su jurisdicción: 5. Preservar, conservar y contribuir a la protección del medio ambiente y recursos naturales, fauna silvestre y animales domésticos”.
El viernes, la Asamblea Legislativa aprobó una ley por la que el nivel central adopta medidas contra quienes maltratan a los animales, para lo que establece figuras penales.
LEY INAPLICABLE
El Cejip, que tiene sus oficinas en la ciudad de La Paz y es una entidad que analiza la temática de la justicia boliviana, concluye que la Ley 136, por las medidas que adopta, apunta a la venganza social contra quien trate cruelmente al animal doméstico.
El Proyecto de Ley señala que “se sancionará con privación de libertad de seis (6) meses a un (1) año, multa de treinta (30) a sesenta (60) días y prestación de trabajo de tres (3) a seis (6) meses a quien:
1.- Ocasionare sufrimiento grave y daño que provoque la pérdida total o parcial de un sentido, de parte de su fisonomía o de un órgano a un animal.
2.- Utilizare a un animal para cualquier práctica sexual.
II. En caso de que un animal ocasionare las consecuencias establecidas en el numeral I del parágrafo anterior, el dueño o tenedor cubrirá los costos de la asistencia médica y el resarcimiento económico cuando corresponda, bajo alternativa de aplicarse la pena dispuesta para tratos crueles.
III. La pena será agravada en un tercio, si producto del trato cruel se ocasione la muerte del animal.
Esto “no parece ser un cambio en la visión estatal, más bien parece que el mensaje es sobre penalizar la conducta, y exponer al imputado a la ‘venganza social’ . El etiquetamiento de los procesados en general no es una medida aceptada por nuestra Constitución que prohíbe las penas crueles y degradantes y busca evitar la venganza social”, dice el análisis de esta institución.
TRATO CRUEL
La ley establece castigo penal por el trato cruel infringido al animal doméstico; sin embargo, el Cejip se pregunta cómo se va a resolver objetivamente que hubo trato cruel.
“La definición de sufrimiento leve y sufrimiento grave al no estar precisadas por la ley llevaría a discusiones bizantinas sobre el ‘dolor animal’, en juicio debería ser definido por una pericia y ante los criterios divergentes se aplicaría el principio ‘in dubio pro reo’ ante la duda procede la absolución. Esta disposición es inaplicable por su generalidad y carácter abstracto”, señala el Cejip.
La ley castiga el daño que provoque la pérdida total o parcial de un sentido. “Son cinco sentidos y me imagino que la pérdida parcial del olfato, el gusto y el tacto serán difíciles de probar. Queda claro que un perrito ciego o sordo por culpa de un cruel imputado merecerán la pena más alta”.
También establece penas por la “pérdida total o parcial de parte su fisonomía”. Los expertos del Cejip dicen que la Ley 136 vulnera la legalidad, porque para la Real Academia Española de la lengua, Fisonomía significa: “Aspecto particular del rostro de una persona’ y, en general, ‘aspecto exterior de algo”. En todo caso, dice el Cejip, debe habar una precisión.
OTROS ANIMALES
Teniendo como referencia la Ley del Medio Ambiente, los proyectistas de la Ley 136 definieron que el alcance de la norma es para los animales domésticos.
“Es decir que una iguana, un mono, un lagarto o un loro...un animal silvestre, cruelmente alejado de su hábitat natural, no es protegido por la norma. Es importante que la ley regule con precisión y defina qué entiende por ‘animal doméstico’ puesto que para la Ciencia Jurídica cuando se crea un derecho, el mismo debe ser aplicado de forma amplia y haciendo analogía de forma ‘pro animal’. Estamos seguros que la ley no quiere referirse a las moscas o a las ratas, pero no tiene el cuidado de definir qué entiende por ‘animal doméstico’ y al solamente excluir a los ‘animales silvestres’, permite diversas interpretaciones”, apunta.
La ley creó el tipo penal del Biocidio, que sanciona “con privación de libertad de dos (2) años a cinco (5) años y multa de treinta (30) a ciento ochenta (180) días a quien matare con ensañamiento o con motivos fútiles a un animal”.
“II. La sanción será agravada en un tercio si se matare a más de un animal”. (Oxígeno)
La Ley 136 fue aprobada en una votación unánime, en el contexto de que en las últimas horas surgieron casos de animales que fueron maltratados.
Esta ley es inconstitucional, según el Cejip, porque arrebata competencias que son exclusivas de los gobiernos municipales. El artículo 298 de la Carta Magna dice: “Son competencias privativas del nivel central del Estado: 21. Codificación sustantiva y adjetiva en materia civil, familiar, penal, tributaria, laboral, comercial, minería y electoral”.
A ello se suma el artículo 302 de la Constitución Política del Estado (CPE) establece: “Son competencias exclusivas de los gobiernos municipales autónomos, en su jurisdicción: 5. Preservar, conservar y contribuir a la protección del medio ambiente y recursos naturales, fauna silvestre y animales domésticos”.
El viernes, la Asamblea Legislativa aprobó una ley por la que el nivel central adopta medidas contra quienes maltratan a los animales, para lo que establece figuras penales.
LEY INAPLICABLE
El Cejip, que tiene sus oficinas en la ciudad de La Paz y es una entidad que analiza la temática de la justicia boliviana, concluye que la Ley 136, por las medidas que adopta, apunta a la venganza social contra quien trate cruelmente al animal doméstico.
El Proyecto de Ley señala que “se sancionará con privación de libertad de seis (6) meses a un (1) año, multa de treinta (30) a sesenta (60) días y prestación de trabajo de tres (3) a seis (6) meses a quien:
1.- Ocasionare sufrimiento grave y daño que provoque la pérdida total o parcial de un sentido, de parte de su fisonomía o de un órgano a un animal.
2.- Utilizare a un animal para cualquier práctica sexual.
II. En caso de que un animal ocasionare las consecuencias establecidas en el numeral I del parágrafo anterior, el dueño o tenedor cubrirá los costos de la asistencia médica y el resarcimiento económico cuando corresponda, bajo alternativa de aplicarse la pena dispuesta para tratos crueles.
III. La pena será agravada en un tercio, si producto del trato cruel se ocasione la muerte del animal.
Esto “no parece ser un cambio en la visión estatal, más bien parece que el mensaje es sobre penalizar la conducta, y exponer al imputado a la ‘venganza social’ . El etiquetamiento de los procesados en general no es una medida aceptada por nuestra Constitución que prohíbe las penas crueles y degradantes y busca evitar la venganza social”, dice el análisis de esta institución.
TRATO CRUEL
La ley establece castigo penal por el trato cruel infringido al animal doméstico; sin embargo, el Cejip se pregunta cómo se va a resolver objetivamente que hubo trato cruel.
“La definición de sufrimiento leve y sufrimiento grave al no estar precisadas por la ley llevaría a discusiones bizantinas sobre el ‘dolor animal’, en juicio debería ser definido por una pericia y ante los criterios divergentes se aplicaría el principio ‘in dubio pro reo’ ante la duda procede la absolución. Esta disposición es inaplicable por su generalidad y carácter abstracto”, señala el Cejip.
La ley castiga el daño que provoque la pérdida total o parcial de un sentido. “Son cinco sentidos y me imagino que la pérdida parcial del olfato, el gusto y el tacto serán difíciles de probar. Queda claro que un perrito ciego o sordo por culpa de un cruel imputado merecerán la pena más alta”.
También establece penas por la “pérdida total o parcial de parte su fisonomía”. Los expertos del Cejip dicen que la Ley 136 vulnera la legalidad, porque para la Real Academia Española de la lengua, Fisonomía significa: “Aspecto particular del rostro de una persona’ y, en general, ‘aspecto exterior de algo”. En todo caso, dice el Cejip, debe habar una precisión.
OTROS ANIMALES
Teniendo como referencia la Ley del Medio Ambiente, los proyectistas de la Ley 136 definieron que el alcance de la norma es para los animales domésticos.
“Es decir que una iguana, un mono, un lagarto o un loro...un animal silvestre, cruelmente alejado de su hábitat natural, no es protegido por la norma. Es importante que la ley regule con precisión y defina qué entiende por ‘animal doméstico’ puesto que para la Ciencia Jurídica cuando se crea un derecho, el mismo debe ser aplicado de forma amplia y haciendo analogía de forma ‘pro animal’. Estamos seguros que la ley no quiere referirse a las moscas o a las ratas, pero no tiene el cuidado de definir qué entiende por ‘animal doméstico’ y al solamente excluir a los ‘animales silvestres’, permite diversas interpretaciones”, apunta.
La ley creó el tipo penal del Biocidio, que sanciona “con privación de libertad de dos (2) años a cinco (5) años y multa de treinta (30) a ciento ochenta (180) días a quien matare con ensañamiento o con motivos fútiles a un animal”.
“II. La sanción será agravada en un tercio si se matare a más de un animal”. (Oxígeno)
sábado, 16 de mayo de 2015
Según activistas Ley aprobada es injusta con los animales
Activistas de la fundación Qanasa se declararon en estado de emergencia ante la aprobación del Proyecto de Ley de defensa de los animales contra actos de crueldad y maltrato por considerar que legaliza la tortura de animales domésticos a través de la vivisección y niega la protección y el derecho de defensa de los animales silvestres.
El pronunciamiento que se dio a conocer a través de las redes sociales señala: “nos declaramos en emergencia y rechazamos la aprobación del Proyecto de Ley 136 que legaliza y nacionaliza la tortura de animales domésticos ‘viviseccción’ y niega derechos y defensa legal a los animales silvestres”.
Sostienen que por ejemplo: el Art. 2 tiene la finalidad de sancionar penalmente actos de violencia contra los animales domésticos. Pero lo que no señala es “¿qué pasará cuando se dé otro caso de violación, la tortura o masacre de animales silvestres? es que estos animales no sienten y no sufren?”
En concordancia con dicho artículo “suponemos que los derechos del Art.3. sólo son para los animales domésticos... ¿cual el interés de no reconocer a los animales silvestres como seres vivos que también de ben ser defendidos legalmente?”
Asimismo, el Art. 4 (Obligaciones del Estado) será a través de los ministerios de Salud y Educación que se regulará la tortura de animales en experimentos “vivisección”.
“Con esta ley los niños serán educados para torturar animales? y suponemos que ambos ministerios regularán que tipo de torturas se harán a los animales y emitirán permisos a las trasnacionales europeas para implementar su centros de tortura a nombre de la investigación”.
Además el mismo Art. 4 se contrapone al objeto del Proyecto de Ley 136, según este sanciona los actos de violencia y crueldad, y por otro lado se dan la atribución de legalizar y nacionalizar nuevas formas de tortura “vivisección”.
En cuanto al Art. 10 de la tipificación de delitos, todo acto de crueldad o trato cruel, se reducirá a sancionar con multas, multas por violar a un animal. “Según este Proyecto de Ley. acto sexual con un animal- cuando los animales no tienen la voluntad ni la capacidad de decir no o están conscientes a practicar un acto sexual”.
La interrogante es, ¿si la víctima es un animal silvestre no habrá ningún tipo de sanción?. “Actualmente los animales silvestres sufren todo tipo de violencia, tal es así que los centros de rescate de voluntarios y no así del estado, están copados y ya no tienen espacios y a veces sufren escases de recursos humanos y hasta económicos para asistir animales silvestres violentados. ¿ahora, esperarán que ellos se movilicen para que haya una ley que defienda legalmente a estos animales?”
Por todos esos argumentos es que el Proyecto de Ley 136 es rechazado por la fundción Qanasa. “Aún mantenemos nuestra postura, demandamos desde hace cinco años una ley que defienda a los animales, sin discriminarlos, sin excepciones, sin disposiciones que legalicen la tortura disfrazada de ciencia! ¡no a la vivisección!”.
CRÍTICA DE S.O.S.
La presidenta de Animales S.O.S., Susana Carpio, criticó ayer, en una entrevista con Erbol, que el Proyecto de Ley Contra la Crueldad y el Maltrato Animal al sostener que no brinda protección para los seres vivos que pierden la vida en ritos tradicionales y son usados para medicina natural. Además, señaló que la norma es inconstitucional.
La diputada Mireya Montaño, una de las proyectistas, indicó que el objetivo de la norma es proteger a los animales domésticos y comestibles. La norma dispone cárcel de uno a seis años para quien maltrate a un animal hasta dejarlo dañado, mientras que matar un ser vivo por “ensañamiento o motivos fútiles” tiene privación de libertad de dos a seis años.
Sin embargo, las disposiciones finales de la Ley, aprobada en Diputados, exceptúan de su aplicación a los actos ejercidos en la medicina natural y ritos que se rigen de acuerdo con la cultura a través de rituales y tradiciones.
Al respecto, Carpio reclamó: “las llamas que se sacrifican a Satanás, al tío de la mina, no van a entrar (a la Ley), las gallinas que se emborrachan y se entierran vivas no van a entrar, y tampoco las ranas que se licúan las lagartijas de parches y los murciélagos que se usa su sangre para que no te dé enfermedad pulmonar”.
Montaño explicó que para aprobar la Ley se consideró que esta norma no podría afectar la cultura y ritos de las comunidades originarias.
No obstante, la norma indica que estos ritos se deben realizar “evitando el sufrimiento innecesario y agonía prolongada”. Carpio observó que no se sabe qué mecanismo se usará para hacer cumplir esta condición. “Les podrán una anestesia, imagino que habrá un veterinario a su lado. No sé”, dijo.
INCONSTITUCIONAL
Carpio indicó que la Constitución Política del Estado (CPE) señala que la protección de la fauna silvestre y animales domésticos es “competencia exclusiva” de los gobiernos municipales, pero los artículos 4 y 5 del proyecto de Ley nacional ingresan en este campo.
“El riesgo sería un Amparo Constitucional”, advirtió. Sostuvo que una persona procesada por esta Ley podría impugnar la constitucionalidad de la misma para librarse de una sanción.
El pronunciamiento que se dio a conocer a través de las redes sociales señala: “nos declaramos en emergencia y rechazamos la aprobación del Proyecto de Ley 136 que legaliza y nacionaliza la tortura de animales domésticos ‘viviseccción’ y niega derechos y defensa legal a los animales silvestres”.
Sostienen que por ejemplo: el Art. 2 tiene la finalidad de sancionar penalmente actos de violencia contra los animales domésticos. Pero lo que no señala es “¿qué pasará cuando se dé otro caso de violación, la tortura o masacre de animales silvestres? es que estos animales no sienten y no sufren?”
En concordancia con dicho artículo “suponemos que los derechos del Art.3. sólo son para los animales domésticos... ¿cual el interés de no reconocer a los animales silvestres como seres vivos que también de ben ser defendidos legalmente?”
Asimismo, el Art. 4 (Obligaciones del Estado) será a través de los ministerios de Salud y Educación que se regulará la tortura de animales en experimentos “vivisección”.
“Con esta ley los niños serán educados para torturar animales? y suponemos que ambos ministerios regularán que tipo de torturas se harán a los animales y emitirán permisos a las trasnacionales europeas para implementar su centros de tortura a nombre de la investigación”.
Además el mismo Art. 4 se contrapone al objeto del Proyecto de Ley 136, según este sanciona los actos de violencia y crueldad, y por otro lado se dan la atribución de legalizar y nacionalizar nuevas formas de tortura “vivisección”.
En cuanto al Art. 10 de la tipificación de delitos, todo acto de crueldad o trato cruel, se reducirá a sancionar con multas, multas por violar a un animal. “Según este Proyecto de Ley. acto sexual con un animal- cuando los animales no tienen la voluntad ni la capacidad de decir no o están conscientes a practicar un acto sexual”.
La interrogante es, ¿si la víctima es un animal silvestre no habrá ningún tipo de sanción?. “Actualmente los animales silvestres sufren todo tipo de violencia, tal es así que los centros de rescate de voluntarios y no así del estado, están copados y ya no tienen espacios y a veces sufren escases de recursos humanos y hasta económicos para asistir animales silvestres violentados. ¿ahora, esperarán que ellos se movilicen para que haya una ley que defienda legalmente a estos animales?”
Por todos esos argumentos es que el Proyecto de Ley 136 es rechazado por la fundción Qanasa. “Aún mantenemos nuestra postura, demandamos desde hace cinco años una ley que defienda a los animales, sin discriminarlos, sin excepciones, sin disposiciones que legalicen la tortura disfrazada de ciencia! ¡no a la vivisección!”.
CRÍTICA DE S.O.S.
La presidenta de Animales S.O.S., Susana Carpio, criticó ayer, en una entrevista con Erbol, que el Proyecto de Ley Contra la Crueldad y el Maltrato Animal al sostener que no brinda protección para los seres vivos que pierden la vida en ritos tradicionales y son usados para medicina natural. Además, señaló que la norma es inconstitucional.
La diputada Mireya Montaño, una de las proyectistas, indicó que el objetivo de la norma es proteger a los animales domésticos y comestibles. La norma dispone cárcel de uno a seis años para quien maltrate a un animal hasta dejarlo dañado, mientras que matar un ser vivo por “ensañamiento o motivos fútiles” tiene privación de libertad de dos a seis años.
Sin embargo, las disposiciones finales de la Ley, aprobada en Diputados, exceptúan de su aplicación a los actos ejercidos en la medicina natural y ritos que se rigen de acuerdo con la cultura a través de rituales y tradiciones.
Al respecto, Carpio reclamó: “las llamas que se sacrifican a Satanás, al tío de la mina, no van a entrar (a la Ley), las gallinas que se emborrachan y se entierran vivas no van a entrar, y tampoco las ranas que se licúan las lagartijas de parches y los murciélagos que se usa su sangre para que no te dé enfermedad pulmonar”.
Montaño explicó que para aprobar la Ley se consideró que esta norma no podría afectar la cultura y ritos de las comunidades originarias.
No obstante, la norma indica que estos ritos se deben realizar “evitando el sufrimiento innecesario y agonía prolongada”. Carpio observó que no se sabe qué mecanismo se usará para hacer cumplir esta condición. “Les podrán una anestesia, imagino que habrá un veterinario a su lado. No sé”, dijo.
INCONSTITUCIONAL
Carpio indicó que la Constitución Política del Estado (CPE) señala que la protección de la fauna silvestre y animales domésticos es “competencia exclusiva” de los gobiernos municipales, pero los artículos 4 y 5 del proyecto de Ley nacional ingresan en este campo.
“El riesgo sería un Amparo Constitucional”, advirtió. Sostuvo que una persona procesada por esta Ley podría impugnar la constitucionalidad de la misma para librarse de una sanción.
viernes, 15 de mayo de 2015
Diputados aprobaron ley de protección de los animales
La diputada del Movimiento al Socialismo (MAS), Sonia Brito, anunció que la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley de protección de animales, que incluye 10 figuras legales entre las que sobresalen las sanciones que van de seis meses a cinco años de privación de libertad a quienes maltraten a los animales.
"Se está aprobando la ley de protección a los animales, esta es una ley que incorpora dos figuras penales contra la crueldad y maltrato animal por un lado, y contra el biocidio animal. Contra la crueldad establece en este caso penas de 6 meses a un año, y el biocidio de un año a cinco años", informó la diputada Brito en el medio televisivo Cadena A.
La sanción más drástica se dará a aquellos que cometan biocidio, que es la eliminación o asesinato de los animales, con una sanción de cinco años de privación de libertad.
La diputada explicó desde el nivel central del Estado se establece el marco normativo general, por lo que los gobiernos municipales, en el marco de las competencias sobre responsabilidades específicas, deberán aplicar normativas especificas a favor de los animales tanto del área urbana como rural.
"De ninguna manera se está haciendo una ley que solamente corresponda a los animales de la zona urbana, se protegerá a los animales domésticos del área rural y del área urbana lo que incluye caballos, vacas, pollos cerdos, etc.", afirmó.
Al respecto, los gobiernos municipales deben reglamentar en detalle el funcionamiento de las veterinarias, la venta de animales, la vacunación, temas de salud, zoonosis, entre otros asuntos.
La diputada Shirley Franco añadió que el proyecto destaca los derechos que tendrán los animales, pero "(Las obligaciones recaerán en los) responsables de esos animales domésticos", indicó.
Según Franco, el objetivo del proyecto de ley es penalizar el maltrato animal, para que estos no sean actos que se lleven delante de forma repetitiva y dolosa.
Entre las figuras legales sobresalientes los siguientes derechos de los animales: tener un lugar saludable y protegido, a no ser abandonados, a no ser parte de actos zoofilia, y a no ser usados en prácticas militares o policiales, entre otros.
"Se está aprobando la ley de protección a los animales, esta es una ley que incorpora dos figuras penales contra la crueldad y maltrato animal por un lado, y contra el biocidio animal. Contra la crueldad establece en este caso penas de 6 meses a un año, y el biocidio de un año a cinco años", informó la diputada Brito en el medio televisivo Cadena A.
La sanción más drástica se dará a aquellos que cometan biocidio, que es la eliminación o asesinato de los animales, con una sanción de cinco años de privación de libertad.
La diputada explicó desde el nivel central del Estado se establece el marco normativo general, por lo que los gobiernos municipales, en el marco de las competencias sobre responsabilidades específicas, deberán aplicar normativas especificas a favor de los animales tanto del área urbana como rural.
"De ninguna manera se está haciendo una ley que solamente corresponda a los animales de la zona urbana, se protegerá a los animales domésticos del área rural y del área urbana lo que incluye caballos, vacas, pollos cerdos, etc.", afirmó.
Al respecto, los gobiernos municipales deben reglamentar en detalle el funcionamiento de las veterinarias, la venta de animales, la vacunación, temas de salud, zoonosis, entre otros asuntos.
La diputada Shirley Franco añadió que el proyecto destaca los derechos que tendrán los animales, pero "(Las obligaciones recaerán en los) responsables de esos animales domésticos", indicó.
Según Franco, el objetivo del proyecto de ley es penalizar el maltrato animal, para que estos no sean actos que se lleven delante de forma repetitiva y dolosa.
Entre las figuras legales sobresalientes los siguientes derechos de los animales: tener un lugar saludable y protegido, a no ser abandonados, a no ser parte de actos zoofilia, y a no ser usados en prácticas militares o policiales, entre otros.
jueves, 14 de mayo de 2015
Aprueban proyecto de Ley de conciliación y arbitraje
La Comisión de Justicia Plural aprobó ayer el proyecto de Ley de Conciliación y Arbitraje, que garantiza seguridad jurídica para el Estado, para las inversiones extranjeras y para los acuerdos entre particulares y empresariales.
La diputada Susana Rivero informó que la iniciativa es fundamental para el país, considerando la existencia de entidades que realizan actos comerciales dentro y fuera del país, y necesita reglas claras que puedan garantizar los intereses del Estado y también los de los inversores.
“Con la ley antigua del modelo neoliberal, que establecía la conciliación y el arbitraje como un medio alternativo de solución de controversias y conflicto alternativo a la vía jurisdiccional, regulando solamente actos comerciales y controversias de privados, siendo que el Estado boliviano ahora tiene un nuevo modelo económico plural”, explicó.
Rivero aseguró que el Proyecto de Ley es novedoso porque busca dar seguridad jurídica tanto para el Estado como para la inversión extranjera, y que los acuerdos comerciales tengan una vía alternativa amigable de solución de controversias que no necesariamente vayan por la vía jurisdiccional de jueces.
El documento aprobado por la Comisión contiene 138 artículos, cuatro disposiciones finales y cuatro disposiciones transitorias. Fue elaborado por la Procuraduría General del Estado y el Ministerio de Justicia, luego de un extenso proceso de socialización.
La diputada Susana Rivero informó que la iniciativa es fundamental para el país, considerando la existencia de entidades que realizan actos comerciales dentro y fuera del país, y necesita reglas claras que puedan garantizar los intereses del Estado y también los de los inversores.
“Con la ley antigua del modelo neoliberal, que establecía la conciliación y el arbitraje como un medio alternativo de solución de controversias y conflicto alternativo a la vía jurisdiccional, regulando solamente actos comerciales y controversias de privados, siendo que el Estado boliviano ahora tiene un nuevo modelo económico plural”, explicó.
Rivero aseguró que el Proyecto de Ley es novedoso porque busca dar seguridad jurídica tanto para el Estado como para la inversión extranjera, y que los acuerdos comerciales tengan una vía alternativa amigable de solución de controversias que no necesariamente vayan por la vía jurisdiccional de jueces.
El documento aprobado por la Comisión contiene 138 artículos, cuatro disposiciones finales y cuatro disposiciones transitorias. Fue elaborado por la Procuraduría General del Estado y el Ministerio de Justicia, luego de un extenso proceso de socialización.
martes, 12 de mayo de 2015
Destacan ventajas del Decreto 2295
Una comisión oficial encabezada por la viceministra de Política Tributaria, Susana Ríos, evidenció las ventajas de la aplicación del Decreto 2295, que fue promulgado con el objetivo de controlar el contrabando y los ilícitos aduaneros en el comercio exterior de importación del país.
En el marco de la visita de la autoridad a Tambo Quemado, el fin de semana, ésta verificó que los sistemas de control aduanero a cargo de la Aduana Nacional de Bolivia (ANB) y el sistema informático Sidunea están operando adecuadamente desde el 1 de abril, cuando el decreto dispuso su aplicación de la medida en algunos pasos fronterizos del país.
Se informó que el Decreto Supremo 2295 dispuso la nacionalización de mercancía homogénea en frontera y tiene la finalidad de ejercer un estricto control de las importaciones homogéneas en una primera fase.
El propósito de la viceministra Ríos fue efectuar el seguimiento e inspección de las tareas, como la nacionalización de la mercadería en el referido paso fronterizo. Los resultados fueron positivos.
El equipo técnico del Viceministerio de Política Tributaria continuamente visitó varios puntos fronterizos como los de Desaguadero, Tambo Quemado, Puerto Suárez y Yacuiba, donde se han medido objetivamente los tiempos y se coordinó con los agentes despachantes, importadores, Aduana, transportistas y concesionarios.
El presidente de la Cámara Nacional de Industrias, Mario Yaffar, expresó recientemente su apoyo al decreto y dijo que debería ampliarse hacia otros rubros de importaciones para combatir eficientemente el contrabando, cita una nota de prensa.
En el marco de la visita de la autoridad a Tambo Quemado, el fin de semana, ésta verificó que los sistemas de control aduanero a cargo de la Aduana Nacional de Bolivia (ANB) y el sistema informático Sidunea están operando adecuadamente desde el 1 de abril, cuando el decreto dispuso su aplicación de la medida en algunos pasos fronterizos del país.
Se informó que el Decreto Supremo 2295 dispuso la nacionalización de mercancía homogénea en frontera y tiene la finalidad de ejercer un estricto control de las importaciones homogéneas en una primera fase.
El propósito de la viceministra Ríos fue efectuar el seguimiento e inspección de las tareas, como la nacionalización de la mercadería en el referido paso fronterizo. Los resultados fueron positivos.
El equipo técnico del Viceministerio de Política Tributaria continuamente visitó varios puntos fronterizos como los de Desaguadero, Tambo Quemado, Puerto Suárez y Yacuiba, donde se han medido objetivamente los tiempos y se coordinó con los agentes despachantes, importadores, Aduana, transportistas y concesionarios.
El presidente de la Cámara Nacional de Industrias, Mario Yaffar, expresó recientemente su apoyo al decreto y dijo que debería ampliarse hacia otros rubros de importaciones para combatir eficientemente el contrabando, cita una nota de prensa.
Gonzales sugiere reformas en Ley de Imprenta
El presidente del Senado, José Alberto Gonzales, señaló que la Ley de Imprenta que regula la labor de los medios en el país ha quedado rezagada por las nuevas tecnologías, por lo que dice es necesario discutir la realización de reformas a la misma.
En ese marco, anunció reformas a la Ley de Imprenta a tiempo de recordar que las leyes tienen un “período de tiempo de vigencia” y a la actual hay que hacerle una revisión profunda “para actualizarla a los nuevos tiempos e incorporar aspectos relacionados a las nuevas tecnologías”.
“La Ley de Imprenta ha quedado un poco rezagada, tiene más de 90 años. El principio de la ley se mantiene, pero hay que traerla (a la ley) a este nuevo tiempo” declaró Gonzales.
Por otro lado, señaló que se está hablando de la ley de acceso a la información pública. “Seguramente va a ser un lindo momento donde periodistas, comunicadores, políticos y toda la gente que esté vinculada al ámbito informativo y a la generación de noticias pues sin duda va a ser el momento en el que se pueda disparar una revisión más profunda a la ley de Imprenta”, acotó.
“LOS PERIODISTAS TIENEN UN ROL FUNDAMENTAL”
Por otro lado, señaló que la tarea del periodista tiene un rol fundamental, siendo que es la persona que tiene que transmitirle a la sociedad todo lo que sucede en los diferentes ámbitos del que hacer informativo, tanto en el área económico, social, etc.
“Es una tarea delicada la que tiene en sus manos el periodista y es justamente transmitirle la verdad”, aseveró.
Aclaró que la polémica en el trabajo es saber cuál es la verdad, “ese es el desafío, tratar de reflejar de la forma más fidedigna posible lo que uno ha visto con sus ojos, lo que ha podido testificar con su presencia”, aclaró.
Relató que en su paso por La Haya evidenció las diferencias que existen entre las condiciones de trabajo que existen entre los periodistas bolivianos en relación a otros.
“Vi como trabajaban unos y otros y realmente es meritorio y eso habla muy bien del periodista boliviano y la capacidad que tiene para adaptarse incluso a condiciones adversas, el periodista boliviano es un hombre de ingenio que sabe encontrar solución para todo tipo de delimitación ya sea técnica, física u otra”, dijo.
“NO HAY CONDICIONES PARA
MODIFICAR LEY DE IMPRENTA”
Para el director de Hora 25 y docente de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA), Nelson Vila, no hay las condiciones de un parlamento idóneo e independiente para modificar la Ley de Imprenta.
“El peligro radica en que el Gobierno con su aplastante mayoría aprobará lo que desea y generalmente su pasado reciente no demuestra que no está a favor del periodismo independiente, de libre pensantes, críticos y propositivos”, afirmó.
Por otro lado, aseveró que el gremio de periodistas debe seguir defendiendo la actual Ley de Imprenta hasta que se cuente con un parlamento que sea capaz de legislar a favor de los verdaderos intereses nacionales, de su pueblo y a favor de la libertad de prensa, de expresión y de información.
“SIN GARANTÍAS”
Para la representante del Sindicado de EL DIARIO, Carmiña Moscoso, es necesario un cambio ya que hay algunos medios, por ejemplo digitales, que no están incluidos, pero que este no es el momento.
“Si en épocas neoliberales, donde habían partidos políticos totalmente de derecha y con intereses políticos de modificar la Ley de Imprenta no teníamos garantías y habíamos pedido que no se lo haga para proteger la función de la prensa, en esta gestión peor porque los antecedentes nos dan a conocer de que tienen un interés político para manipular, monopolizar y tergiversar la verdad”, afirmó.
En ese marco, anunció reformas a la Ley de Imprenta a tiempo de recordar que las leyes tienen un “período de tiempo de vigencia” y a la actual hay que hacerle una revisión profunda “para actualizarla a los nuevos tiempos e incorporar aspectos relacionados a las nuevas tecnologías”.
“La Ley de Imprenta ha quedado un poco rezagada, tiene más de 90 años. El principio de la ley se mantiene, pero hay que traerla (a la ley) a este nuevo tiempo” declaró Gonzales.
Por otro lado, señaló que se está hablando de la ley de acceso a la información pública. “Seguramente va a ser un lindo momento donde periodistas, comunicadores, políticos y toda la gente que esté vinculada al ámbito informativo y a la generación de noticias pues sin duda va a ser el momento en el que se pueda disparar una revisión más profunda a la ley de Imprenta”, acotó.
“LOS PERIODISTAS TIENEN UN ROL FUNDAMENTAL”
Por otro lado, señaló que la tarea del periodista tiene un rol fundamental, siendo que es la persona que tiene que transmitirle a la sociedad todo lo que sucede en los diferentes ámbitos del que hacer informativo, tanto en el área económico, social, etc.
“Es una tarea delicada la que tiene en sus manos el periodista y es justamente transmitirle la verdad”, aseveró.
Aclaró que la polémica en el trabajo es saber cuál es la verdad, “ese es el desafío, tratar de reflejar de la forma más fidedigna posible lo que uno ha visto con sus ojos, lo que ha podido testificar con su presencia”, aclaró.
Relató que en su paso por La Haya evidenció las diferencias que existen entre las condiciones de trabajo que existen entre los periodistas bolivianos en relación a otros.
“Vi como trabajaban unos y otros y realmente es meritorio y eso habla muy bien del periodista boliviano y la capacidad que tiene para adaptarse incluso a condiciones adversas, el periodista boliviano es un hombre de ingenio que sabe encontrar solución para todo tipo de delimitación ya sea técnica, física u otra”, dijo.
“NO HAY CONDICIONES PARA
MODIFICAR LEY DE IMPRENTA”
Para el director de Hora 25 y docente de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA), Nelson Vila, no hay las condiciones de un parlamento idóneo e independiente para modificar la Ley de Imprenta.
“El peligro radica en que el Gobierno con su aplastante mayoría aprobará lo que desea y generalmente su pasado reciente no demuestra que no está a favor del periodismo independiente, de libre pensantes, críticos y propositivos”, afirmó.
Por otro lado, aseveró que el gremio de periodistas debe seguir defendiendo la actual Ley de Imprenta hasta que se cuente con un parlamento que sea capaz de legislar a favor de los verdaderos intereses nacionales, de su pueblo y a favor de la libertad de prensa, de expresión y de información.
“SIN GARANTÍAS”
Para la representante del Sindicado de EL DIARIO, Carmiña Moscoso, es necesario un cambio ya que hay algunos medios, por ejemplo digitales, que no están incluidos, pero que este no es el momento.
“Si en épocas neoliberales, donde habían partidos políticos totalmente de derecha y con intereses políticos de modificar la Ley de Imprenta no teníamos garantías y habíamos pedido que no se lo haga para proteger la función de la prensa, en esta gestión peor porque los antecedentes nos dan a conocer de que tienen un interés político para manipular, monopolizar y tergiversar la verdad”, afirmó.
jueves, 7 de mayo de 2015
Aprueban ley para expropiar áreas en la zona del Cristo
De 6.185,38 metros cuadrados fueron ampliados a 13.768 m2 para ensanchar el parque Cristo Redentor, en la zona aledaña al monumento, situado en el segundo anillo norte. Se trata de una ley municipal que fue aprobada por el Concejo Municipal con la finalidad de garantizar los trabajos de ampliación de las avenidas perimetrales y las áreas verdes.
La norma 067/2015 estableció la necesidad y la utilidad pública para expropiar los predios situados en los cuadrantes noreste y noroeste del monumento, pues los otros dos, situados al sur, están definidos.
Trámites
En los lotes afectados hay construcciones que albergan negocios, entre ellos restaurantes, cuyos supuestos dueños deben apersonarse, en el plazo de 30 días hábiles, por la Secretaría Municipal de Asuntos Jurídicos para presentar sus títulos de propiedad, pues se debe verificar si no habían sido cedidos con anterioridad a la comuna.
Los terrenos del frente sur están definidos hasta con calles donde están los edificios del ex banco Bidesa, ahora oficinas centrales del Ministerio Público y por el restaurante de comida rápida Burger King, además de la plaza de las banderas construida el año pasado con ocasión de la cumbre del G-77 + China. Ahora el ejecutivo municipal deberá aprobar la ley.
Zona emblemática
El monumento a Cristo Redentor fue colocado en 1961 como recuerdo del IV Congreso Eucarístico Nacional, siendo gestionado por el obispo Luis Rodríguez Pardo y las damas cruceñas residentes en La Paz que lo encargaron al escultor Emilio Luján.
A sus pies, en la última década, se realizaron cuatro cabildos que convocaron a miles de personas que buscaban la autonomía regional
La norma 067/2015 estableció la necesidad y la utilidad pública para expropiar los predios situados en los cuadrantes noreste y noroeste del monumento, pues los otros dos, situados al sur, están definidos.
Trámites
En los lotes afectados hay construcciones que albergan negocios, entre ellos restaurantes, cuyos supuestos dueños deben apersonarse, en el plazo de 30 días hábiles, por la Secretaría Municipal de Asuntos Jurídicos para presentar sus títulos de propiedad, pues se debe verificar si no habían sido cedidos con anterioridad a la comuna.
Los terrenos del frente sur están definidos hasta con calles donde están los edificios del ex banco Bidesa, ahora oficinas centrales del Ministerio Público y por el restaurante de comida rápida Burger King, además de la plaza de las banderas construida el año pasado con ocasión de la cumbre del G-77 + China. Ahora el ejecutivo municipal deberá aprobar la ley.
Zona emblemática
El monumento a Cristo Redentor fue colocado en 1961 como recuerdo del IV Congreso Eucarístico Nacional, siendo gestionado por el obispo Luis Rodríguez Pardo y las damas cruceñas residentes en La Paz que lo encargaron al escultor Emilio Luján.
A sus pies, en la última década, se realizaron cuatro cabildos que convocaron a miles de personas que buscaban la autonomía regional
El Decreto Supremo 2344 se promulgó el pasado 29 de abril En tres casos prohíben uso de armas automáticas y rústicas
El Decreto Supremo 2344, promulgado el 29 de abril de este año, prohíbe la tenencia y el uso de armas de fuego para fines de defensa personal, deportivos y de caza que sean automáticas, rústicas, artesanales o disimuladas.
El artículo 8 del Decreto Supremo 2175, de noviembre de 2014, fue modificado en la nueva normativa. A la prohibición de "la tenencia, porte y uso de explosivos en actividades diferentes a las autorizadas”, se suman dos más referidas a las armas.
El numeral II señala que "queda prohibida la tenencia, portación y uso de armas de fuego con sistema de disparo automático o automáticas para fines de defensa personal, deportivos y de caza”.
Asimismo, establece en el numeral III que está prohibido "la tenencia, portación y uso de silenciadores, armas de fuego rústicas, artesanales o disimuladas como lapiceras, estilográficas, cigarreras, bastones y otras”.
En caso de incumplirse lo establecido, "la Policía boliviana secuestrará dichos elementos sin perjuicio de las acciones legales que correspondan”.
El Decreto Supremo 2344 realiza modificaciones e incorporaciones al 2175, del 5 de noviembre de 2014, Reglamento a la Ley 400, del 18 de septiembre de 2013, de Control de armas de fuego, munición, explosivos y otros materiales relacionados.
No obstante, dentro de las incorporaciones, la nueva norma incluye las licencias de armas de fuego para fines deportivos y de caza como también las antiguas y de colección.
A excepción de las prohibiciones establecidas, una persona puede portar otro tipo de arma, pero debe obtener la licencia correspondiente. En el caso de las armas para deporte, el permiso es individual, temporal e intransferible que acredita la autorización para la tenencia del arma en eventos deportivos, campos y polígonos de tiro autorizados; asimismo, "autoriza la recarga de munición, previo registro de su máquina recargadora.
En el caso de las licencias para practicar caza, el documento es individual, temporal e intransferible que acredita la autorización para la tenencia y uso de un arma de uso civil para fines de caza autorizada conforme a la normativa vigente.
Finalmente, cuando se trate de coleccionar armas o tener antiguas, la licencia también es individual, temporal e intransferible que acredita la tenencia de un arma de fuego de uso civil antigua o de colección inutilizada de forma definitiva por el Ministerio de Defensa.
El decreto también dispone que las personas naturales o jurídicas que poseen armas y municiones de uso civil deben tramitar la licencia en el plazo de 180 días o entregarlos a la Policía.
Armas de uso civil
Defensa personal Las armas aceptadas para obtener licencia son, entre otras, los pistolones, pistolas semiautomáticas, revólveres de simple y doble acción, rifles tiro a tiro a repetición y semiautomáticos y escopetas tiro a tiro, a repetición y semiautomáticas en todos sus calibres.
Caza Las armas permitidas para fines de caza son los rifles tiro a tiro, a repetición y semiautomáticos hasta el calibre 32 o su equivalente. Asimismo, las armas combinadas.
Autorización Se tiene 180 días hábiles para regularizar el registro y autorización ante el Instituto de Investigaciones Técnico Científicas (IITCUP).
El artículo 8 del Decreto Supremo 2175, de noviembre de 2014, fue modificado en la nueva normativa. A la prohibición de "la tenencia, porte y uso de explosivos en actividades diferentes a las autorizadas”, se suman dos más referidas a las armas.
El numeral II señala que "queda prohibida la tenencia, portación y uso de armas de fuego con sistema de disparo automático o automáticas para fines de defensa personal, deportivos y de caza”.
Asimismo, establece en el numeral III que está prohibido "la tenencia, portación y uso de silenciadores, armas de fuego rústicas, artesanales o disimuladas como lapiceras, estilográficas, cigarreras, bastones y otras”.
En caso de incumplirse lo establecido, "la Policía boliviana secuestrará dichos elementos sin perjuicio de las acciones legales que correspondan”.
El Decreto Supremo 2344 realiza modificaciones e incorporaciones al 2175, del 5 de noviembre de 2014, Reglamento a la Ley 400, del 18 de septiembre de 2013, de Control de armas de fuego, munición, explosivos y otros materiales relacionados.
No obstante, dentro de las incorporaciones, la nueva norma incluye las licencias de armas de fuego para fines deportivos y de caza como también las antiguas y de colección.
A excepción de las prohibiciones establecidas, una persona puede portar otro tipo de arma, pero debe obtener la licencia correspondiente. En el caso de las armas para deporte, el permiso es individual, temporal e intransferible que acredita la autorización para la tenencia del arma en eventos deportivos, campos y polígonos de tiro autorizados; asimismo, "autoriza la recarga de munición, previo registro de su máquina recargadora.
En el caso de las licencias para practicar caza, el documento es individual, temporal e intransferible que acredita la autorización para la tenencia y uso de un arma de uso civil para fines de caza autorizada conforme a la normativa vigente.
Finalmente, cuando se trate de coleccionar armas o tener antiguas, la licencia también es individual, temporal e intransferible que acredita la tenencia de un arma de fuego de uso civil antigua o de colección inutilizada de forma definitiva por el Ministerio de Defensa.
El decreto también dispone que las personas naturales o jurídicas que poseen armas y municiones de uso civil deben tramitar la licencia en el plazo de 180 días o entregarlos a la Policía.
Armas de uso civil
Defensa personal Las armas aceptadas para obtener licencia son, entre otras, los pistolones, pistolas semiautomáticas, revólveres de simple y doble acción, rifles tiro a tiro a repetición y semiautomáticos y escopetas tiro a tiro, a repetición y semiautomáticas en todos sus calibres.
Caza Las armas permitidas para fines de caza son los rifles tiro a tiro, a repetición y semiautomáticos hasta el calibre 32 o su equivalente. Asimismo, las armas combinadas.
Autorización Se tiene 180 días hábiles para regularizar el registro y autorización ante el Instituto de Investigaciones Técnico Científicas (IITCUP).
miércoles, 6 de mayo de 2015
Ley de reestructuración veta más desembolsos
El senado aprobó ayer la ley de cierre de procedimientos de reestructuración y liquidación voluntaria de empresas, establecidos en la Ley N° 2495 de 2003, con lo que el estado evita el gasto de recursos de sus propias arcas que en los últimos 12 años provocaron un daño económico de Bs 205 millones.
La normativa, de seis artículos, será promulgada por el presidente Evo Morales.
“La ley 2495 benefició solo a nueve empresas. Fundempresa dice que existen 146.443 registradas entre grandes, medianas y pequeñas. Pero estas nueve empresas que firmaron un acuerdo de transacción ninguna cumplió con sus compromisos.
El efecto fue un daño económico al Estado por condonación de deudas de Impuestos Nacionales y en quitas y condonaciones al Banco Central de Bolivia, por un total de Bs 205.773.994”, explicó el presidente de la Comisión de Planificación Política Económica, René Joaquino.
La nueva ley establece que los órganos públicos no podrán condonar o resignar acreencias patrimoniales. Y señala que no se comprometerán recursos adicionales del TGE
La normativa, de seis artículos, será promulgada por el presidente Evo Morales.
“La ley 2495 benefició solo a nueve empresas. Fundempresa dice que existen 146.443 registradas entre grandes, medianas y pequeñas. Pero estas nueve empresas que firmaron un acuerdo de transacción ninguna cumplió con sus compromisos.
El efecto fue un daño económico al Estado por condonación de deudas de Impuestos Nacionales y en quitas y condonaciones al Banco Central de Bolivia, por un total de Bs 205.773.994”, explicó el presidente de la Comisión de Planificación Política Económica, René Joaquino.
La nueva ley establece que los órganos públicos no podrán condonar o resignar acreencias patrimoniales. Y señala que no se comprometerán recursos adicionales del TGE
sábado, 2 de mayo de 2015
Ley de regularización de planos será promulgada el lunes
La Ley Wasiy de Regularización de Planos de Construcción, podría ser promulgada este lunes 4 de mayo por el alcalde Juan José Ramírez, tras la aprobación a detalle y revisión de la misma en el Concejo Municipal.
El jueves, tras un par de horas en que se trató artículo por artículo, la mayoría de los concejales, aprobó la ley que, hace casi un mes, viene siendo analizada, estudiada y modificada al interior del ente legislativo.
Ahora, de acuerdo a la norma vigente, resta que el ejecutivo municipal promulgue la ley, aunque su aplicación no será inmediata, porque previamente debe trabajarse el reglamento.
"Habiendo aprobado la Ley de Regularización de Planos de Construcción, Wasiy, corresponde de que el ejecutivo pueda proceder con la promulgación y publicación para que pueda entrar en vigencia y así se ha establecido de que puedan reglamentar esta ley para lo cual tiene 15 días de plazo", indicó el presidente del Concejo, Rodolfo Uyuni.
CONTENIDO
La ley permitirá que aquellos propietarios de bienes inmuebles que construyeron sin autorización por cualquier motivo, puedan regularizar sus planos sin pagar las tasas habituales, además sin ser pasibles a ningún tipo de multa o sanción.
"Pero hay que aclarar que quienes pueden acogerse a esta norma, son aquellos propietarios de inmuebles que tengan todo legal en cuanto a derecho propietario, no así para avasalladores", aseveró Uyuni.
Si bien el trámite es gratuito, los beneficiarios de la ley deberán prever la contratación de un profesional arquitecto para la elaboración del plano, además que tendrán que ponerse al día en el pago de impuestos, en caso de que no lo estén. Tras la publicación del reglamento, esta norma estará vigente por un año.
El jueves, tras un par de horas en que se trató artículo por artículo, la mayoría de los concejales, aprobó la ley que, hace casi un mes, viene siendo analizada, estudiada y modificada al interior del ente legislativo.
Ahora, de acuerdo a la norma vigente, resta que el ejecutivo municipal promulgue la ley, aunque su aplicación no será inmediata, porque previamente debe trabajarse el reglamento.
"Habiendo aprobado la Ley de Regularización de Planos de Construcción, Wasiy, corresponde de que el ejecutivo pueda proceder con la promulgación y publicación para que pueda entrar en vigencia y así se ha establecido de que puedan reglamentar esta ley para lo cual tiene 15 días de plazo", indicó el presidente del Concejo, Rodolfo Uyuni.
CONTENIDO
La ley permitirá que aquellos propietarios de bienes inmuebles que construyeron sin autorización por cualquier motivo, puedan regularizar sus planos sin pagar las tasas habituales, además sin ser pasibles a ningún tipo de multa o sanción.
"Pero hay que aclarar que quienes pueden acogerse a esta norma, son aquellos propietarios de inmuebles que tengan todo legal en cuanto a derecho propietario, no así para avasalladores", aseveró Uyuni.
Si bien el trámite es gratuito, los beneficiarios de la ley deberán prever la contratación de un profesional arquitecto para la elaboración del plano, además que tendrán que ponerse al día en el pago de impuestos, en caso de que no lo estén. Tras la publicación del reglamento, esta norma estará vigente por un año.
viernes, 1 de mayo de 2015
Qué dicen los cuatro decretos del Gobierno
El Órgano Ejecutivo aprobó hoy, Día del Trabajador, cuatro decretos supremos (DS) destinados a beneficiar a la fuerza laboral del país. En el acto oficial no estuvo el principal ejecutivo de la Central Obrera Boliviana (COB, Juan Carlos Trujillo.
La máxima autoridad de la cartera de Economía, Luis Arce, explicó cada una de las disposiciones firmadas por el presidente Evo Morales y resaltó que las medidas son asumidas luego de varias reuniones con los representantes de los trabajadores del país.
Decreto Supremo 2346. Instituye el incremento salarial del 8,5% y fija en 1.656 bolivianos el Salario Mínimo Nacional (SMN), un incremento del 15%. La medida es inversamente proporcional (beneficia a los que ganan menos) en el sector de salud y es lineal en el caso de las Fuerzas Armadas (FFAA), Policía Boliviana y educación.
Decreto Supremo 2347. Se refiere al alza salarial en las empresas públicas, instituyendo ciertos parámetros para que sus obreros puedan subir su remuneración. El rendimiento será el principal factor para el pago del beneficio, sin incrementar los precios de sus servicios o productos y mostrando en 30 días sus planillas a los ministerios respectivos.
Decreto Supremo 2348. Abarca las personalidades jurídicas de sindicatos, federaciones, confederaciones y centrales obreras, que a partir de la fecha solo podrán ser tramitados ante el ministerio de Trabajo y que serán reconocidas con el visto bueno del presidente Evo Morales. Se busca evitar la ramificación de las representaciones.
Decreto Supremo 2349. Contempla el incremento salarial lineal del 8,5% para los funcionarios del sector público, que no tuvo este beneficio en más de ocho gestiones hasta 2012. Beneficia al presidente, vicepresidente, ministros y todo trabajador dependiente del Estado.
La máxima autoridad de la cartera de Economía, Luis Arce, explicó cada una de las disposiciones firmadas por el presidente Evo Morales y resaltó que las medidas son asumidas luego de varias reuniones con los representantes de los trabajadores del país.
Decreto Supremo 2346. Instituye el incremento salarial del 8,5% y fija en 1.656 bolivianos el Salario Mínimo Nacional (SMN), un incremento del 15%. La medida es inversamente proporcional (beneficia a los que ganan menos) en el sector de salud y es lineal en el caso de las Fuerzas Armadas (FFAA), Policía Boliviana y educación.
Decreto Supremo 2347. Se refiere al alza salarial en las empresas públicas, instituyendo ciertos parámetros para que sus obreros puedan subir su remuneración. El rendimiento será el principal factor para el pago del beneficio, sin incrementar los precios de sus servicios o productos y mostrando en 30 días sus planillas a los ministerios respectivos.
Decreto Supremo 2348. Abarca las personalidades jurídicas de sindicatos, federaciones, confederaciones y centrales obreras, que a partir de la fecha solo podrán ser tramitados ante el ministerio de Trabajo y que serán reconocidas con el visto bueno del presidente Evo Morales. Se busca evitar la ramificación de las representaciones.
Decreto Supremo 2349. Contempla el incremento salarial lineal del 8,5% para los funcionarios del sector público, que no tuvo este beneficio en más de ocho gestiones hasta 2012. Beneficia al presidente, vicepresidente, ministros y todo trabajador dependiente del Estado.
Gobierno promulga Decretos de incremento salarial
El presidente Evo Morales promulgó hoy viernes cuatro decretos en homenaje al Día Internacional del Trabajo, que se celebra cada 1 de mayo en todo el mundo. Tres de esas normas se refieren al incremento salarial y una está destinada a preservar los derechos sindicales del trabajador boliviano.
El primer decreto se refiere al aumento salarial para la gestión 2015 que establece 8,5 % de incremento a la masa salarial y 15 % al Salario Mínimo Nacional; el segundo tiene que ver con la escala para las principales autoridades del Ejecutivo y la remuneración mensual para los servidores públicos en el orden del 8,5%.
El tercer decreto rige el aumento salarial para los trabajadores de las empresas públicas y aquellas en las que el Estado es accionista mayoritario y el cuarto tiene que ver con la homologación de las personerías jurídicas de sindicatos, federaciones y confederaciones para preservar los derechos sindicales de los trabajadores.
El acto que se desarrolló en Palacio de Gobierno contó con la presencia del vicepresidente Álvaro García Linera, ministros de Estado, presidentes de las cámaras legislativas, representantes de los movimientos sociales, de la Policía y las Fuerzas Armadas.
El primer decreto se refiere al aumento salarial para la gestión 2015 que establece 8,5 % de incremento a la masa salarial y 15 % al Salario Mínimo Nacional; el segundo tiene que ver con la escala para las principales autoridades del Ejecutivo y la remuneración mensual para los servidores públicos en el orden del 8,5%.
El tercer decreto rige el aumento salarial para los trabajadores de las empresas públicas y aquellas en las que el Estado es accionista mayoritario y el cuarto tiene que ver con la homologación de las personerías jurídicas de sindicatos, federaciones y confederaciones para preservar los derechos sindicales de los trabajadores.
El acto que se desarrolló en Palacio de Gobierno contó con la presencia del vicepresidente Álvaro García Linera, ministros de Estado, presidentes de las cámaras legislativas, representantes de los movimientos sociales, de la Policía y las Fuerzas Armadas.
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