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jueves, 16 de marzo de 2023

LEY N 1498 - Se modifica la denominación de la "Universidad Técnica de Pando" dispuesta en el Artículo 1 de la Ley N 653 de 18 de octubre de 1984, por "Universidad Amazónica de Pando"

 LEY N 1498

LEY DE 01 DE MARZO DE 2023

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

LEY DE MODIFICACIÓN DE LA LEY N° 653 DE 18 DE OCTUBRE DE 1984

ARTÍCULO ÚNICO. (MODIFICACIÓN DE DENOMINACIÓN).

Se modifica la denominación de la "Universidad Técnica de Pando" dispuesta en el Artículo 1 de la Ley N 653 de 18 de octubre de 1984, por "Universidad Amazónica de Pando" con sede en la ciudad de Cobija, Capital del Departamento de Pando, de conformidad a la Resolución N 15/94 de 7 de octubre de 1994, del VIII Congreso Nacional de Universidades de Bolivia, denominación que deberá ser utilizada en todos sus actos académicos y administrativos.

DISPOSICIÓN FINAL

ÚNICA.

Los diplomas académicos, títulos en provisión nacional y títulos profesionales en todos los niveles y grados que fueron otorgados y extendidos por la "Universidad Técnica de Pando" con la denominación de "Universidad Amazónica de Pando", tienen plena validez, así como las gestiones legales, administrativas y económicas realizadas.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los dos días del mes de febrero del año dos mil veintitrés.

Fdo. Andrónico Rodríguez Ledezma, Jerges Mercado Suárez, Roberto Padilla Bedoya, Jorge Yucra Zárate, Isidoro Quispe Huanca, José Maldonado Gemio.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los un días del mes de marzo del año dos mil veintitrés.

Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada, Edgar Pary Chambi.

martes, 26 de noviembre de 2019

LEY N° 1264 - Se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un bien inmueble con una superficie de 1.371,21 m², de la cual 702,24 m² cuenta con construcción civil, de propiedad de la COMIBOL

LEY N° 1264
LEY DE 07 DE NOVIEMBRE  DE 2019
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 13, del parágrafo I, del artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un bien inmueble con una superficie de 1.371,21 m², de la cual 702,24 m² cuenta con construcción civil, de propiedad de la Corporación Minera de Bolivia – COMIBOL, ubicado en la comunidad de Punutuma del Municipio de Tomave, Provincia Antonio Quijarro del Departamento de Potosí, registrado en las oficinas de Derechos Reales del Departamento de Potosí, bajo la Partida Nº 523, Folio N° 281 vuelta de 19 de agosto de 1983, cuyas colindancias son: Al Norte, con teatro y vivienda particular; al Sur, con calle C; al Este, con plaza, corregimiento y vivienda; y al Oeste, con canal de la Planta Hidroeléctrica; a favor del Gobierno Autónomo Municipal de Tomave, con destino para la refacción y construcción de la Unidad Educativa “9 de Abril” de Punutuma, de conformidad a la Resolución de Directorio General Nº 6649/2019 de 18 de septiembre de 2019, emitida por el Directorio General de la Corporación Minera de Bolivia – COMIBOL.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil diecinueve.
Fdo. Adriana Salvatierra Arriaza, Víctor Ezequiel Borda Belzu, Omar Paúl Aguilar Condo, Víctor Hugo Zamora Castedo, Sandra Cartagena López, Nelly Lenz Roso.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Felix Cesar Navarro Miranda, Roberto Iván Aguilar Gómez.