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miércoles, 25 de mayo de 2016

En Oruro y Santa Cruz rechazan Ley de Identidad de Género

El obispo de la Diócesis de Oruro, monseñor Cristobal Bialasik, rechazó la ley para cambiar de género, porque se aprobó sin previa discusión ni análisis de parte del pueblo boliviano.

El obispo hizo las explicaciones durante una conferencia de prensa, que se realizó ayer. Dijo que la ley, parece que se ha aprobado, a la velocidad de un rayo, sin respetar el mandato de Dios, que al nacer un niño o una niña, tiene su sexo y su identidad y no se puede cambiar esa vida, por conveniencia.

La Iglesia Católica respeta a los gays, lesbianas, bisexuales y transgéneros. Los respetamos y les acogemos en la Iglesia a muchos de ellos. No tenemos por qué marginarlos, sino más por el contrario, acogerlos, pero no era necesario promulgar una ley, para que cambien su identidad y su género, dijo. Expresó que el Gobierno, siempre ha impulsado el principio del chacha-warmi –hombre y mujer–, pero de la noche a la mañana, aparece una ley que permite que dos hombres puedan casarse, como si uno de ellos fuera mujer o al revés, en un cambio de sentido de la naturaleza que Dios nos ha regalado. Dijo que un hombre, es hombre desde que nace, pero por las ideologías creadas, un hombre, con el transcurso del tiempo, quiere ser mujer y se quiere cambiar de identidad, como si fuera un hecho normal, motivo por el cual rechazamos esta ley. La ley de identidad de género fue promulgada por el vicepresidente Álvaro Garcia Linera.

MARCHA EVANGÉLICA EN SANTA CRUZ

El martes pasado, con el grito “¡protejamos la familia!”, un grupo de evangélicos se manifestó contra la Ley de Identidad de Género que fue promulgada el fin de semana y que ha provocado reacciones adversas, principalmente por sectores religiosos.

La concentración para la manifestación tuvo lugar en la acera norte de la plaza 24 de Septiembre.

El presidente de la Asociación Cristiana Evangélica, Víctor Palma, dijo que el Gobierno central no puede dejar de escuchar al 25% de la población que es evangélica y que está en contra de la normativa que permite que a las personas transexuales y transgénero en el país, adecuar sus documentos de identidad con los nombres y la imagen que ellos eligieron.

Las personas que se manifestaron pidieron la anulación inmediata de la normativa, porque creen que está deformando el concepto de familia, dado que están seguros de que el siguiente paso será permitirles la adopción.

El sábado pasado, el presidente en ejercicio de Bolivia, Álvaro García promulgó la Ley de Identidad de Género en acto que fue calificado de histórico por la población LGBT que podrá cambiar su nombre y sexo en documentos de identidad, cuentas bancarias, títulos profesionales, entre otros.

La Ley 807 permite a personas transexuales y transgénero acceder a una cédula de identidad con el sexo que opten. En la oportunidad, un grupo de personas cristianas se dirigió hasta plaza Murillo donde rechazó la norma indicando que va en contra de los principios evangélicos.

En tanto, García señaló que sectores como obreros, mujeres e indígenas pelearon en el pasado por sus reivindicaciones, al igual que ahora sucede con las personas con diversa orientación sexual.

domingo, 22 de mayo de 2016

Sin propuesta para ley de imprenta

El presidente de la Cámara de Senadores, José Alberto Gonzales, dijo ayer que no existe ninguna propuesta para modificar la Ley de Imprenta o trabajar en una nueva norma.
“En el Senado, en particular, no hay ninguna iniciativa, entiendo que en Diputados tampoco hay alguna iniciativa que proponga puntualmente alguna modificación a la Ley de Imprenta o proponga una nueva”, apuntó.
Gonzales explicó que para crear una ley o realizar alguna modificación a una norma vigente, primero tiene que existir una propuesta, la cual debe ser evaluada, trabajada y consensuada con las partes involucradas. “Cuando llegue la propuesta se tendrá que iniciar el debate”, añadió.

Promulgan Ley de Identidad de Género

El ejecutivo promulgó ayer la Ley 807 de Identidad de Género que permite a personas transexuales y transgénero cambiar su nombre legalmente y puedan acceder a una cédula de identidad con el sexo que opten. En la oportunidad, un grupo de personas cristianas se dirigió hasta la plaza Murillo donde rechazó la norma indicando que va en contra de los principios evangélicos.

El presidente en ejercicio, Álvaro García Linera, promulgó la ley en favor de las personas transgénero y transexuales, en la oportunidad afirmó que la norma representa la democracia y la lucha del sector.

La norma consta de once artículos, entre los que incluye uno que permite la reversión de la elección, es decir, que solo una vez podrá modificarse los datos del nombre.

La ley establece que queda prohibido el uso de los documentos personales anteriores al cambio de identidad, además que las personas que denigren o discriminen a las personas transexuales o transgénero serán sancionadas con la Ley 045 de Lucha contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación.

La disposición única de la norma, establece que todas las instituciones públicas y privadas donde se consignen datos de identidad, deberán adecuar sus normas y procedimientos internos, en un plazo máximo de tres meses, a partir de su promulgación.

El pastor Jorge Gutiérrez, junto un grupo de cristianos, con carteles, rechazaron la norma y aseguraron que va en contra los principios divinos.

“La palabra de Dios dice que está ley está mal (…) como cristianos jamás estaremos de la discriminación (…) la palabra de Dios dice que este comportamiento de la sociedad está mal”, señaló.

sábado, 21 de mayo de 2016

Gobierno promulga Ley N° 807 de Identidad de Género

El presidente en ejercicio Álvaro García Linera promulgó el sábado la Ley N° 807 de Identidad de Género que beneficiará a las personas transgénero y transexuales y les permitirá que cambien su nombre y adopten el sexo que elijan en su nueva cédula de identidad.
"Esto es democracia, por eso hoy me siento contento por poder firmar esta Ley que, por primera vez el Estado, garantiza su reconocimiento social como personas con derechos, independientemente de su orientación sexual", señaló al momento de la promulgación de la norma en Palacio de Gobierno.
García Linera recordó que, en el pasado, tanto indígenas, como campesinos, obreros y mujeres eran parte de los excluidos, que no tenían derechos, que no eran reconocidos y que además eran considerados como "subhumanos".
Agregó que fue el movimiento indígena que reclamó "la parte de los que no tienen parte", por lo que en la actualidad en Bolivia se habla de la igualdad de derechos.
Asimismo, aseguró que un régimen democrático se mide por la capacidad de procesar, viabilizar y canalizar la querella y el reclamo.
"La democracia no es un cúmulo de instituciones y de normas, democracia es querella, movilización de la parte que no tienen parte, de los que reclaman su derecho a ser reconocidos, a ser tomados en cuenta", mencionó.
García dijo que la Ley representa la democracia y la lucha del sector, por lo que visibiliza su participación en el Estado.
"Lo que ha pasado ahora es que este colectivo, esta comunidad se ha visibilizado y ha demandado su parte en la distribución de las partes en la sociedad. Hoy el colectivo transexual y transgénero está enriqueciendo la democracia de Bolivia y el Estado bolivianos está reafirmando su misión democrática al aplicar esta Ley", manifestó.
Asimismo, reprochó la posición de algunos sectores que se oponen a la aplicación de la ley, como las instituciones religiosas, por lo que aseguró que nadie tiene derecho a juzgar moralmente a quienes decidieron su opción sexual.
"La democracia es tolerancia, la democracia es reconocimiento de la libertad que existe. Es una hipocresía negar su existencia (...) y una persona creyente o no es tolerante y e aceptar es reconocer derechos", enfatizó.
García recordó las palabras del Papa Francisco I, que en una entrevista en 2015 mencionó a una persona transexual que "Dios quiere a todos sus hijos, estén como estén y tú eres hijo de Dios y por eso la Iglesia te quiere y acepta te como eres".
"Si el Papa dice eso quiénes somos nosotros para negar, para rechazar el reconocimiento de un hermano, hermana que ha decidido modificar su identidad sexual o su identidad de género. Una religión acepta a sus hijos como son", reflexionó.
Aseguró que las palabras del Sumo Pontífice de la Iglesia Católica llaman a la humanidad a abrir sus puertas a las personas transgénero, por lo que dijo que el Estado debe garantizar sus derechos.
Por otro lado, pidió al sector continuar con su lucha y su visibilización, para que se hagan conocer porque no será fácil su reconocimiento en las instancias del Estado, por estar marcados por prejuicios arrastrados por siglos.
"Con la Ley en la mano reeduquen a cada uno de los funcionarios públicos sobre sus derechos", señaló.
Les pidió también denunciar la burocracia estatal si no son atendidos en sus requerimientos.
"La mejor forma de labrar la tolerancia entre los bolivianos es relatar la historia personal de cada uno", dijo.
Por su parte, la Ministra de Justicia, Virginia Velasco, explicó que la norma va acorde con lo que menciona la Constitución Política del Estado, que reconoce los derechos de todos los bolivianos y además resalta la plurinacionalidad y diversidad de su gente.
"Nuestros hermanos y hermanas transgénero y transexuales han sufrido y siguen sufriendo, pero ahora con esta Ley hemos dado un paso hacia adelante y lo seguiremos haciendo porque todos somos iguales ante la Ley", aseguró.
Explicó que la norma representa un derecho fundamental de todas las personas reconocidas por el Estado.
"El derecho a la identidad de género de una persona transexual y transgénero es específicamente el reconocimiento a su existencia, dándoles la capacidad jurídica para ejercer los derechos y obligaciones ante el Estado boliviano", aseveró.
La norma consta de once artículos, entre los que incluye uno que permite la reversión de la elección, es decir, que "el cambio de nombre propio, dato de sexo e imagen será reversible por una sola vez, luego de lo cual no podrán modificarse nuevamente esos datos. En caso de reversión se vuelve al nombre, dato de sexo e imagen iniciales".
La Ley establece que queda prohibido el uso de los documentos personales anteriores al cambio de identidad, además que las personas que denigren o discriminen a las personas transexuales o transgénero serán sancionadas con la Ley 045 de Lucha contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación.
La disposición única de la norma, establece que todas las instituciones públicas y privadas donde se consignen datos de identidad, deberán adecuar sus normas y procedimientos internos, en un plazo máximo de tres meses a partir de su promulgación.
Otra de las disposiciones finales establece que el cambio de identidad no exime de derechos y responsabilidades a los que se beneficien con la norma.

viernes, 20 de mayo de 2016

SOCIALIZAN ANTEPROYECTO DE LEY DE PANDILLAS

El Viceministerio de Seguridad Ciudadana inició un proceso de socialización del anteproyecto de Ley de Pandillas, que plantea endurecer las penas en casos de delitos que cometen grupos juveniles e implementa un agresivo plan de prevención.
“Como Ministerio de Gobierno estamos en el propósito de socializar el anteproyecto de Ley de Pandillas (que aún no está concluido), que tiene carácter preventivo y punitivo en contra de las pandillas y delincuencia juvenil que en los últimos meses se posesionó en la agenda de la sociedad civil”, dijo Carlos Gómez, de la Unidad de Prevención del Delito.
Explicó que en la construcción de esa norma se incorporó a las universidades públicas y privadas como Domingo Savio, que abrió sus puertas para socializar y colectar otros insumos para la elaboración de un anteproyecto que esté adecuado a la legislación boliviana, tratados y convenios internacionales que el Estado boliviano suscribió.
Consideró importante atender la relación educativa, la prevención del delito y la violencia en niveles de intervención primaria, secundaria y terciaria contra los factores de riesgo de las pandillas delictivas. (ABI)

Contradicciones sobre normas que prohíben uso de explosivos

La falta de conocimiento sobre las normativas que rigen la tenencia y uso de explosivos se hace evidente entre autoridades del Gobierno. Entre ellas discrepan sobre la revisión de los decretos y deslindar la responsabilidad en quienes la emplean, según el ministro de Defensa, Reymi Ferreira.

Después del enfrentamiento que se dio el miércoles, entre efectivos de la Policía y extrabajadores de Enatex, que dejó como saldo una persona que perdió la mano debido a la manipulación de dinamita, el viceministro de régimen interior, Rodolfo Illanes, aseguró que el uso de explosivos está prohibido en el marco de la Ley 400, que sanciona la tenencia y uso de estos artefactos.

Illanes recordó que la Ley 400 está por encima de cualquier Decreto Supremo (DS), como es el 2754 aprobado el 1 de mayo, que “abroga” otro decreto de prohibición.

Sobre el DS 2754, el ministro Ferreira argumentó que se procedió de esta manera porque la dinamita tiene un antecedente histórico en el país, por ello todas las organizaciones sociales pueden hacer uso de la misma, pero sin que se dañe a la población.

La medida del primero de mayo fue asumida debido a un pedido de la Central Obrera Boliviana (COB), por la cual el Gobierno dejó sin efecto el Decreto Supremo 1359, de 26 de septiembre de 2012, que prohibía la tenencia y uso de materiales explosivos que eran utilizados en las manifestaciones sociales.

Illanes, a manera de explicación, indicó que el DS 2754 “no dice exactamente si permite (uso de dinamita), simplemente dice se abroga (el DS 1359 que prohíbe tenencia y uso de explosivos)”.

Por su lado, David Ramos, presidente de la Comisión de Gobierno, Defensa y Fuerzas Armadas de la Cámara de Diputados, adelantó el martes que ante el uso de dinamita se revisaría el DS 2754, dejando de lado el análisis de las otras normativas para tener en claro cuál de estas es la que rige.

jueves, 19 de mayo de 2016

Gobierno prevé que Ley de modificación del Código Tributario esté vigente desde junio

La viceministra de Política Tributaria, Susana Ríos, informó el jueves que el Gobierno nacional tiene previsto que el proyecto de Ley de modificación del Código Tributario esté vigente desde junio próximo.

"Estimamos que hasta junio podría estar vigente la norma", dijo en una conferencia de prensa.

Ríos recordó que el proyecto fue presentado a la Asamblea Legislativa Plurinacional el miércoles de la semana pasada para su análisis y aprobación en las cámaras Alta y Baja.

Mencionó que la norma propone modificar la fórmula de cálculo de las obligaciones tributarias que debe cancelarse por medio de intereses y multas cuando una persona no pagó impuestos o lo hizo en menor cuantía a la debida.

Ríos explicó que el cambio planteado postula reducir el interés variable de cerca del 8,53 % que se calcula para los deudores tributarios a través de la Tasa Activa Preferencial que da el Banco Central de Bolivia más un 3%.

"Lo que estamos haciendo ahora es cambiar esta fórmula a una tasa fija de 4 por ciento los primeros cuatro años, 6 por ciento el año quinto y sexto, 8 por ciento el año séptimo y octavo y 10 por ciento el noveno y décimo", puntualizó.

Según Ríos, la nueva norma propone, además, que una persona tenga la posibilidad de presentarse al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) para pedir un cálculo de su deuda y que "hasta ese momento todavía pueda cancelarla sin ninguna multa".

La autoridad agregó que el instrumento legal postula también que haya un período de regulación con el fin de que un contribuyente tenga diez días para pagar una multa después de la primera notificación del SIN sobre el tema.

"Pasados esos diez hasta la resolución determinativa se plantea que se pagará un 20 por ciento de multa y de ahí en adelante 40 por ciento de multa con un interés único del 4 por ciento. Este tratamiento estaría vigente hasta el 31 de diciembre de este año", concluyó.

Gobierno recuerda que Ley que prohíbe uso de explosivos está vigente

El viceministro de Régimen Interior y Policía, Rodolfo Illanes, recordó que está vigente la Ley 400 que prohíbe la tenencia y uso de explosivos, misma que está por encima de cualquier Decreto Supremo (DS) y precisó que el Decreto Supremo 2754 aprobado el 1 de mayo solo abroga otro decreto de prohibición.

A pedido de la Central Obrera Boliviana (COB), el Gobierno dejó sin efecto el Decreto Supremo 1359, de 26 de septiembre de 2012, que prohibía la tenencia y uso de materiales explosivos que eran utilizados en las manifestaciones sociales, lo que fue entendido por las organizaciones sociales como una autorización para volver a hacer uso de explisivos en sus marchas.

En esa ocasión, el ministro de Defensa, Reymi Ferreira, argumentó que se procedió de esta manera porque la dinamita tiene un antecedente histórico en el país, por ello todas las organizaciones sociales pueden hacer uso de la misma sin que se dañe a la población.

Illanes indicó que el DS 2754 "no dice exactamente se permite (uso de dinamita) simplemente dice se abroga (el DS 1359 que prohíbe tenencia y uso de explosivos)".

Sin embargo, tras la abrogatoria, este miércoles, fabriles que intentaron tomar la fábrica Enatex, hicieron detonar dinamita. Producto de ese hecho dos personas fueron heridas, de las cuales, una perdió la mano.

Este hecho desató una ola de críticas en contra del Gobierno en las redes sociales porque se consideró que el Gobierno autorizó el uso de la dinamita en manifestaciones. Entre los críticos que se expresaron mediante Twitter está el expresidente Carlos Mesa y el analista político Carlos Cordero.

"(¿Una Ley está por encima de un decreto supremo?) exactamente (…) Primero está en la cúspide, está la Constitución, luego vienen las leyes, luego vienen los decretos recién, encima está le ley. Nosotros tenemos que cumplir lo que dice la Ley 400 respecto al uso o tenencia o fabricación de explosivos", señaló el viceministro Illanes.

El funcionario mencionó que dinamita es un elemento tradicional que fue parte de las luchas sociales principalmente de los mineros y, pese a eso, aseguró que no hay contradicción.

El DS 2754, que abroga el DS 1359, y permite el uso de dinamitas en movilizaciones de reivindicaciones sociales, contradice a la Ley 400 de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros materiales.

lunes, 16 de mayo de 2016

Legislativo aprobó 97 leyes de préstamos en cinco años


En cinco años, la Asamblea Legislativa aprobó 97 leyes de créditos por un monto de 5.487.804.981 dólares. Los principales acreedores del país son el Banco de Desarrollo de América Latina (CAF), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la República Popular de China.

Estos montos adquiridos en cinco años no incluyen el crédito chino de más de 7.000 millones de dólares, que ya fue aprobado este año por la Asamblea.

El opositor Wilson Santamaría (UD) afirmó que Bolivia aún está en la posibilidad de endeudarse, pero considera que es contradictorio cuando supuestamente el país vive bonanza, como dice el Gobierno.

Según Santamaría, "la bonanza es de papel” porque el Banco Central de Bolivia anunció que aumentará la fracción de los billetes, "hecho que confirma que económicamente no estamos bien”, pero el MAS, que tiene más de dos tercios en la Asamblea Legislativa, "aprueba los créditos sin realizar un análisis económico y social”.

Las 97 leyes fueron sancionadas en el marco del artículo 158 de la Constitución Política del Estado, que señala que la Asamblea Legislativa tiene la atribución de "aprobar leyes en materia de presupuesto, endeudamiento, control y fiscalización de los recursos estatales de crédito público y subvenciones para la realización de obras públicas y de necesidad social”.

El diputado del MAS Elmer Callejas sostuvo que se aprueban los créditos sin observaciones debido a que todo préstamo está dirigido para la ejecución de obras y "no como sucedía antes, que era para pagar sueldos o aguinaldos”.

"Ahora, si tengo un ahorro de 14 millones, puedo prestarme para no gastar el ahorro. Los créditos muestran un trabajo en el tema de desarrollo, te permite hacer proyectos a lo futuro”, justificó Callejas, quien explicó que Estados Unidos está superando el 30% de su capacidad de endeudamiento, incluso está ingresando a un cierto grado de déficit.

No obstante, para la diputada de UD Rose Marie Sandóval, todo país requiere de préstamos para impulsar la industrialización y ejecutar obras productivas, pero "el Gobierno actuó al revés debido a que usó los recursos para obras de cemento”.

Asimismo, indicó que el Órgano Ejecutivo destinó millones de dólares a la estatal YPFB, pero hasta la fecha no encontró ni un pozo petrolero. Afirmó que "lo único que benefició, especialmente a La Paz y El Alto, es la instalación de redes de gas”.

Sandóval sugirió trabajar en una reingeniería financiera, "pensando a largo plazo porque la deuda seguirá creciendo en los próximos años”.

miércoles, 11 de mayo de 2016

Evo Morales promulga nueva Ley del Deporte



El presidente Evo Morales promulgó el miércoles la Ley Nacional del Deporte que apunta a permitir, entre otros aspectos, una mayor participación del Estado en esa actividad en coordinación con los dirigentes de las asociaciones de las disciplinas deportivas.

"Nuestro deseo es que con la ley (del Deporte) exista mayor participación del Estado en directa coordinación con dirigentes, ese es el gran deseo que tiene el Gobierno", indicó.

La Ley Nacional del Deporte cuenta con 11 títulos y 73 artículos, y fue impulsada por el ministro de Deportes, Tito Montaño, en coordinación con los actores del sector.

El presidente explicó que esa mayor participación del Estado en el deporte debe traducirse en posibilitar que los atletas y deportistas participen en acontecimientos deportivos internacionales, sin que la familia asuma los gastos de su traslado y de su entrenamiento previo.

"El deseo de Bolivia mediante esta ley es que se termine eso, respetamos a las familias que hacen mucho esfuerzo, ayudan", mencionó.

También señaló que la norma apunta a formar nuevos atletas que representen a Bolivia y traigan medallas para el país, ya que en los Juegos Estudiantiles Plurinacionales se descubrieron nuevos talentos que precisan ser impulsados.

La Constitución y la ley reconocen al deporte como un derecho humano, pero manifestó que debe irse más allá.

El mandatario puntualizó que en 180 años, por primera vez el Estado invierte en campos deportivos para fomentar esa práctica.

En referencia a la "corrupción" que existe en las esferas dirigenciales, destacó que algunos líderes "viven del deporte, no para el deporte".

lunes, 9 de mayo de 2016

Se trabaja en una nueva ley

A nivel mundial, hay una variación en los indicadores de consumo de drogas porque el consumo de las convencionales o tradicionales empezó a abandonarse; pero hay un incremento progresivo del consumo de drogas sintéticas.

La droga sintética es muy accesible económicamente y muy difícil de controlar, por eso se fue expandiendo, ya que en muchos casos está escondida en el trabajo regular de las farmacias que expenden medicamentos y, en algunos casos, también venden estas sustancias prohibidas.

Las de mayor consumo son el Diazepam y éxtasis, normalmente operan con intermediarios que buscan involucrar especialmente a los jóvenes en el consumo de estas drogas sintéticas.

Hemos creado la Unidad de Microtráfico dentro de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (Felcn), que precisamente tiene la misión de anular estos circuitos de distribución de drogas sintéticas. Lo que nos ha sorprendido es que estas personas (narcos) se acercan a jóvenes en edad escolar, entablan amistad y les van proveyendo de drogas sintéticas, al mismo tiempo estos jóvenes van formando circuitos y, como económicamente son accesibles, la vulnerabilidad es mayor.

Estas drogas, muchas veces, ingresan de contrabando por eso se está trabajando en una nueva legislación para las sustancias controladas.

Es uno de los problemas que más preocupación está generando a nivel internacional, en los foros de análisis de la problemática de las drogas.

Nosotros, en Bolivia, venimos implementando algunos programas de prevención, para lo cual se están haciendo acuerdos interinstitucionales con municipios y gobernaciones para trabajar en la prevención y concienciación de los jóvenes e implementar programas que los alejen del consumo de las drogas.

Ley del Deporte, una normativa que incomoda

En los siguientes días Bolivia tendrá una nueva Ley del Deporte, que para ser promulgada sólo falta la firma del presidente de Estado, Evo Morales; pero antes de que eso suceda varios sectores del deporte nacional ya manifestaron su preocupación por posibles sanciones de instituciones internacionales, razón por la que hicieron conocer varias observaciones de fondo en cuanto a los alcances que tendrá esta nueva normativa.

Los primeros en anunciar posibles sanciones de los organismos internacionales fueron los dirigentes del fútbol nacional. “Se corre el riesgo de que la FIFA y la Conmebol suspenda a la Federación”, expresó el presidente de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF), Rolando López, en más de una oportunidad, porque aseguran que la nueva Ley del Deporte generaría injerencia de parte del Gobierno, algo que la FIFA no admite, motivo por el que otras federaciones ya fueron suspendidas en más de una oportunidad.

El dirigente federativo argumentó su postura al señalar que según la nueva Ley los equipos deben registrarse ante el Ministerio de Deportes para intervenir en los torneos nacionales e internacionales. “Todo el mundo sabe que los clubes que ganan los torneos de sus asociaciones adquieren el derecho de jugar la Copa Simón Bolívar y luego el Nacional B sin ninguna autorización. Los que van a la Libertadores o Sudamericana deben inscribirse a Conmebol vía FBF”, dijo López, a tiempo de indicar que se espera que en el Reglamento de la nueva Ley se puedan hacer las correcciones en los capítulos dedicados al fútbol profesional.

Incluso López dijo que de promulgarse la Ley como está, sin los cambios propuestos ante el Senado, los equipos que clasificaron a la Copa Sudamericana y Copa Libertadores corren el riesgo de que no puedan asistir. También dijo que las gestiones que el país hace para recibir un Mundial Sub 17 en el Bicentenario de Bolivia en 2025, podrían desvanecerse si esta normativa no cambia.

Al respecto, el ministro de Deportes, Tito Montaño, adelantó que en ninguna parte de la nueva disposición nacional se habla de intervención a las federaciones, o de fiscalizar al fútbol, sino que el Ministerio, como ente rector, debe supervisar las actividades deportivas.

Adelantó que la Ley tendrá reglamentos especiales para el fútbol nacional y que no afectará su independencia, y que la Ley no fiscalizará los recursos económicos que provengan de la Conmebol y la FIFA a la FBF. “Esos son recursos de la Conmebol, son recursos propios, son gastos independientes y no tenemos nada que ver con eso”, dijo Montaño. Sin embargo, en el artículo 30 de la nueva Ley se señala sobre los informes de gestión que: “Las Federaciones Deportivas Nacionales al cumplir una función de interés público y social deberán presentar anualmente sus estados financieros auditados y toda la información pertinente a su gestión financiera, técnica y administrativa, que sea requerida por la Autoridad Competente de Deporte; sin perjuicio de ello, deberán informar a dicha Autoridad sobre el manejo de los recursos públicos y privados destinados al desarrollo del deporte nacional, así como de todos los beneficios obtenidos a sus asociados, miembros o integrantes”.

Eso significa que las federaciones (excepto el fútbol, que según el propio ministro tendrá una situación particular) deberán rendir cuentas de todo el dinero que ingrese a sus instituciones, ya sea del Estado o del ámbito privado, o de apoyo internacional como por ejemplo de Solidaridad Olímpica.

Otra de las observaciones de la dirigencia del fútbol nacional es sobre el artículo 43, inciso 2, donde se señala que el deportista profesional, al tener una relación laboral con su club “tiene todos los derechos y beneficios que la legislación laboral reconoce” y que además esta disposición se extiende “al personal profesional, técnico y apoyo deportivo, que se encuentre en relación de dependencia laboral con los clubes profesionales”.

Al respecto, el titular de la FBF dijo que es “poco menos un absurdo incorporar a los jugadores bajo el amparo de la Ley General del Trabajo. Hay que pagarles aguinaldo y segundo aguinaldo. Hay jugadores en Bolívar que ganan hasta 10.000 dólares. No hablamos de empresas lucrativas”.

Una de las disposiciones que afectará a los dirigentes del deporte nacional en general es que no podrán estar en funciones por más de ocho años, eso quiere decir dos gestiones continuas.

En el artículo 42 señala: “Las y los dirigentes deportivos en el ámbito nacional ejercerán el cargo para el cual fueron electas y electos por un periodo no mayor a cuatro (4) años, pudiendo postularse consecutivamente por única vez por un periodo similar”.

Esta determinación, según Fabricio Pinto, presidente de la Federación Boliviana de Gimnasia, imposibilitará a los dirigentes nacionales ocupar cargos de organismos internacionales, porque estos piden una antigüedad de al menos 10 años como titulares de sus federaciones.

Asimismo, en el artículo 40 señala que “las y los dirigentes deportivos que desempeñan cargos de dirigencia en las entidades deportivas de alcance nacional deberán realizar cursos o programas de formación dirigencial en legislación y administración deportiva”. Aunque los dirigentes no se oponen a tener una capacitación, se preguntan ¿quién correrá con los gastos?, porque la mayoría de los dirigentes trabajan en las federaciones ad honorem.

“La capacitación es necesaria, pero seguramente muchos no lo hacen. Eso tiene que venir como parte de la formación. Si el Gobierno va a pagar, no hay problema”, dijo el titular de la Federación Atlética de Bolivia (FAB), Marco Luque.



DATO

Reglamentación. Las diferentes instituciones que conforman al Sistema Deportivo Nacional esperan que en la Reglamentación de la Ley del Deporte puedan corregirse las observaciones que se hacen a algunos artículos polémicos, sobre todo los referidos al fútbol profesional nacional.

martes, 3 de mayo de 2016

¿Qué ley tendrá el deporte?



El proyecto de la nueva Ley Nacional del Deporte está en manos del presidente Evo Morales, solo falta que éste promulgue la nueva norma. Ocurrirá en cualquier momento. Las cámaras de Diputados y Senadores ya hicieron su trabajo aprobando en grande y en detalle, sin cambios de fondo, solo de forma.

“Corremos el riesgo de que nos caigan sanciones”, advierte el presidente de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF), Rolando López. Como él, una parte de la dirigencia futbolera no está de acuerdo con lo que dice el proyecto, al considerar que da pie a una injerencia gubernamental, lo que la FIFA jamás acepta.

“No sé de dónde tienen la idea de que el fútbol profesional va a ser fiscalizado. En ninguna parte de la ley dice que el Ministerio de Deportes va a fiscalizar al fútbol. Va a hacer una supervisión de las actividades deportivas, porque el ministerio es el ente rector, entonces creo que hay una diferencia muy radical en lo que es fiscalización y supervisión de las actividades deportivas”, responde el ministro de Deportes, Tito Montaño.

La nueva ley habla de transparencia: “Es el acceso a toda información sobre la gestión y administración de las entidades deportivas para el seguimiento y control del manejo honesto de los recursos públicos y privados que son destinados para el desarrollo del deporte”.

En otras palabras, los dirigentes tienen que rendir cuentas de todo: no solo del apoyo gubernamental sino del privado. Si un empresario decide ponerle dinero a una disciplina, hay que informar cómo se lo ha invertido o gastado.

Las federaciones deben “cumplir las disposiciones de la autoridad competente del deporte referidas a la gestión financiera y administrativa transparente de todos los recursos, beneficios, subvenciones, donaciones y otros similares que perciban”, se lee en el proyecto.

“Lo más preocupante de las muchas observaciones que se le hacen al proyecto de la Ley del Deporte es que a las entidades como las federaciones deportivas, asociaciones municipales y departamentales, es decir a todas las que conforman el sistema deportivo, las convierte en entidades públicas o un mix de privados y públicos al mismo tiempo; obviándose su carácter privado, su autonomía de gestión, en la que manejan sus propios recursos, todo para que el Ministerio de Deportes tenga el control y supervisión total. Entonces en eso se ve una injerencia indirecta”, según Alfonso Palomeque, dirigente de amplia experiencia en el tiro deportivo y miembro de la Asamblea del Deporte Paceño.

Con esta ley, si se la promulga, todo tiene que pasar por el Ministerio de Deportes, por ejemplo para participaciones internacionales. No se puede dejar nada al azar.

Además, las federaciones “deberán presentar sus estados financieros auditados y toda la información pertinente a su gestión financiera, técnica y administrativa que será requerida por la autoridad competente del deporte”, que no es otra que el Ministerio de Deportes.

De acuerdo con el proyecto, al Comité Olímpico Boliviano (COB) se le reconoce que sea una entidad de “derecho privado”, “con autonomía de gestión” y que esté regido “por los principios de los del Comité Olímpico Internacional, las normas contenidas en la Carta Olímpica, su normativa interna y el ordenamiento jurídico boliviano”, pero parte con que se trata de una entidad del “sistema deportivo plurinacional”.

“En el caso del COB hay una injerencia directa porque ya no podrá hacer su planificación con autonomía y se tendrá que consultar todo al Ministerio”, agrega Palomeque.

El fútbol pidió que quede escrito que se rige por la FIFA y la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol). Sin embargo, las federaciones nacionales están metidas en la misma bolsa.

“Las Federaciones Deportivas Nacionales son entidades privadas, con personalidad jurídica ‘propia’, sin fines de lucro, constituyen entidades de interés público y social, cuyo ámbito de actuación comprende el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia”, reza el proyecto en cuanto a la definición y naturaleza de éstas.

Además, “al cumplir una función de interés público y social” las federaciones “deberán presentar anualmente sus estados financieros auditados y toda la información pertinente a su gestión financiera, técnica y administrativa, que sea requerida por la autoridad competente de deporte; sin perjuicio de ello, deberán informar a dicha autoridad sobre el manejo de los recursos públicos y privados destinados al desarrollo del deporte nacional, así como de todos los beneficios obtenidos a sus asociados, miembros o integrantes”.

La ley “es el resultado de un trabajo que se ha hecho durante dos años, nos va a permitir organizar el sistema deportivo nacional y, de esa manera, esperar que en el futuro podamos conseguir mejores resultados”, agrega el ministro Montaño, un exfutbolista.

Limita a los dirigentes a solo 8 años de gestión

Ramiro Siles

Ligueros. Dirigentes del fútbol profesional, de los clubes de la Liga, están en la mira. Foto: APG

Según el proyecto, un dirigente deportivo no puede ejercer más de ocho años de manera consecutiva: cuatro por primera vez y otros cuatro por segunda en caso de ser reelegido.

La norma es igual para todos: cada gestión debe durar cuatro años, ni más ni menos.

En las federaciones deportivas hay dirigentes que están mucho más tiempo, más de 10. En el caso del fútbol, Carlos Chávez fue reelecto por segundo mandato, o sea para extender a 12 años de manera consecutiva su gestión. El dirigente está detenido preventivamente en el penal de Palmasola (Santa Cruz) investigado por supuestos actos de corrupción.

De acuerdo con el proyecto y con respecto al periodo de funciones, “las y los dirigentes deportivos en el ámbito nacional ejercerán el cargo para el cual fueron electas y electos por un periodo no mayor a cuatro (4) años, pudiendo postularse consecutivamente por única vez por un periodo similar”.

Asimismo, “las y los dirigentes deportivos nacionales que habiendo concluido el periodo de sus funciones, no entregasen la información financiera, documentación, bienes y acciones institucionales a la respectiva entidad deportiva, o se prorroguen indebidamente en el cargo, quedarán inhabilitadas o inhabilitados para postularse nuevamente al cargo de dirigentes deportivos nacionales”.

Entre sus obligaciones, los dirigentes deberán informar “a la autoridad competente sobre la obtención de bienes y recursos destinados al deporte, así como el tratamiento y resultados” de su administración.

También están obligados a “presentar a la entidad que representan de manera anual, un registro de bienes de la institución y los estados financieros debidamente auditados”.

Sector profesional es obligado a registrarse

Ramiro Siles

El deporte profesional no podrá funcionar en el país si sus entidades no están debidamente registradas ante el Ministerio de Deportes, dice el proyecto.

En Bolivia, el profesionalismo está representado sobre todo por el fútbol, la Federación Boliviana (FBF), la Liga y sus clubes.

“El deporte profesional en el ámbito nacional comprende las actividades que son remuneradas e implican una relación laboral, y lo desarrollan solo aquellas organizaciones deportivas y clubes legalmente constituidos y registrados en el Ministerio de Deportes”, según el artículo referido.

Entre las varias obligaciones está la que “las ligas profesionales deberán contar con personalidad jurídica y registrarse en el Ministerio de Deportes”.

Actualmente, la Liga depende de la Federación, no son entidades por separado. A escala internacional, es la FBF la que representa al fútbol boliviano.

Lo mismo pasa con los clubes. Su relación es con la Liga. Para jugar un torneo internacional, la que inscribe es la FBF.

Ahora los clubes se verán obligados a “inscribirse en el Registro Único Nacional” que estará a cargo del Ministerio de Deportes, “a fin de habilitarse para el desarrollo de sus actividades”.

Además, “registrar ante la federación deportiva respectiva, los contratos celebrados con las y los deportistas inscritos”.

Si bien en esta parte el proyecto no dice que deben rendir cuentas ante “la autoridad”, ésta obliga a las federaciones a presentar toda la documentación requerida.

Hoy, los clubes en su mayoría tienen problemas para sostenerse. Para la nueva ley, “con el fin de garantizar su sostenibilidad financiera, los clubes profesionales deberán establecer ante la instancia determinada por su reglamento, sus niveles de patrimonio líquido, de endeudamiento y su presupuesto anual de funcionamiento para la siguiente gestión fiscal, debiendo garantizar el cumplimiento de todas sus obligaciones legales”.

‘Atenta’ contra el interés privado

Rafael Sempértegui

El proyecto “atenta” contra el interés privado, según Alfonso Palomeque, del tiro deportivo y miembro de la Asamblea del Deporte Paceño.

“La Constitución Política del Estado garantiza una libre asociación lícita de los ciudadanos de acuerdo con sus intereses. Una ley no debe atentar el interés privado, como puede ser la de un club de cualquier deporte, que es cierto luego participa de una asociación municipal”.

Pone como ejemplo que “un club de básquetbol o fútbol son privados y se mueven con sus recursos. Hay dos actores, privados y públicos, ambos quieren trabajar por el deporte, necesitan regulaciones, pero no una sola porque los recursos que manejan son distintos”.

Palomeque agrega que “la Liga Boliviana del Básquetbol es una iniciativa privada, con esfuerzo de los dirigentes del baloncesto que organizan un torneo de esas características y hacen deporte de alto nivel, invirtiendo sus recursos; entonces, no puede ser absorbido por lo público, porque sus recursos son privados”.

En ese sentido, considera que la inversión privada “tiene que merecer otro trato, similar situación sería la de los clubes y entidades deportivas que hacen deportes”.

‘El fútbol no acepta injerencias’, dice la FBF

Jorge Asturizaga

La Federación Boliviana de Fútbol (FBF) no está de acuerdo con que el rubro profesional esté contemplado en la ley, además pide que tome en cuenta que se rige por normas internacionales de la FIFA y la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol).

“En las normas de la FIFA dice que el fútbol no acepta injerencia de terceros y terceros son las entidades de los Estados (como en Bolivia el Ministerio de Deportes). Son 209 asociadas a la FIFA y de ellas 207 no tienen problemas con sus respectivos gobiernos. Nosotros no tendríamos por qué enfrentarnos con una estructura supra que es la FIFA”, sostiene Rolando López, presidente de la FBF.

En el estatuto de la FIFA y en el de la Conmebol “están las sanciones y el de la FBF también replica. Eso no quiere decir encubrimiento ni mucho menos. Las disposiciones de FIFA son muy fuertes en el tema económico. Hay una confusión cuando se habla de corrupción en la FIFA, tiene que ver por los sobornos en contratos, por lo demás todas las áreas remiten sus estados financieros sin esconder nada”.

lunes, 2 de mayo de 2016

sancionan ley del derecho propietario

Con la finalidad de otorgar seguridad jurídica y legalidad a los actos de la administración pública, garantizando el derecho fundamental a una vivienda digna de los bolivianos, la Cámara de Diputados sancionó el jueves 28 las modificaciones a la Ley 247 de Regularización del Derecho Propietario sobre Bienes Inmuebles Urbanos destinados a Vivienda.
Básicamente se precisan algunos términos de la Ley 247, los mismos que en su aplicación eran confusos, y amplía los plazos para que los gobiernos municipales concluyan sus trámites de delimitación de radios urbanos o áreas urbanas.
Precisamente, uno de los factores que impide la plena aplicación de la Ley 247 es que los procedimientos técnicos y administrativos para la delimitación de las manchas urbanas de los municipios no fueron efectivamente ejecutados dentro del plazo otorgado, dificultando la regularización del derecho propietario.

domingo, 1 de mayo de 2016

Cochabamba pionera en ley de “economía del cuidado”

Cochabamba es el único municipio de Bolivia y Latinoamérica en contar con una ley municipal de “economía del cuidado”, aprobada en marzo de 2015 y que a la fecha se encuentra en proceso de reglamentación, informó la integrante de la Comunidad de Estudios Sociales y Acción Pública (Ciudadanía) y coordinadora del proyecto Corresponsabilidad en el Trabajo del Cuidado, Jacqueline Garrido Cortés.

Explicó que el “trabajo del cuidado” son todas las actividades cotidianas conocidas como “labores de casa o del hogar” que permiten el “mantenimiento de la vida”. Ésta provee de abrigo material y emocional a los miembros de una familia. Consiste en lavar, planchar, cocinar, limpiar la casa, cuidar a los hijos, ancianos, enfermos y personas con discapacidad. “Lamentablemente, este trabajo no ha sido valorizado en su verdadera dimensión”, señaló.

Sin embargo, aclaró que existen dos tipos de cuidado, el remunerado, ejecutado por las enfermeras, médicos, maestros y trabajadoras del hogar, entre algunos y no remunerado realizado tradicionalmente por las mujeres al interior de los hogares.



Más datos

Una encuesta realizada por Ciudadanía con apoyo de Conexión en 2014 reveló que las mujeres invierten casi el doble de horas (5,78) al día en las tareas del cuidado que los hombres (3,28).

El panorama es más crítico para las mujeres de los valles y la zona andina que dedican 8,3 horas al día frente a los hombres que sólo invierten 4,3 y 3,6, respectivamente. En la misma línea, las mujeres de la región metropolitana destinan 4,7 horas al cuidado y los hombres 2,8.

A pesar de ello, tanto hombres (67,05) como mujeres (72,31) están de acuerdo con la corresponsabilidad igualitaria en el trabajo de cuidado, según Ciudadanía.



Vulneración

Para Garrido, la dedicación al trabajo del cuidado no remunerado impactó en el ejercicio de los derechos de las mujeres. Éstas dejan de estudiar, no participan en la política ni organizaciones sociales, dejan de trabajar o lo hacen en condiciones desventajosas frente a los hombres e incluso no descansan. Esto incrementa los niveles de desigualdad y deteriora la salud de la mujer. En consecuencia los grupos vulnerables que dependen del cuidado de la mujer como niños, personas con discapacidad y adultos mayores también “sufren” la deficiencia de cuidado.

Por su parte, los hombres también se ven impedidos de brindar cariño y cuidado a su familia, debido al esquema patriarcal y machista que prima en la sociedad, en la que a ellos se les asigna la tarea de mantener y proveer de seguridad económica y a la mujer de atender a la familia. “Esta idea de aprender a ser mujer y ser hombre es la que impide que la corresponsabilidad con el trabajo de cuidado sea una cuestión de hombres y de mujeres”, resaltó Garrido.



Ley

La Ley Municipal 00090/2015 denominada “Economía del Cuidado Solidario” fue proyectada hace un año por la exconcejal municipal María Isabel Caero. La norma catalogada por Garrido como “absolutamente innovadora”, busca que el trabajo de cuidado sea asumido por el Estado, los hombres y las mujeres en “corresponsabilidad”. Además, incide en “revalorizar el trabajo del cuidado no remunerado” que realizan las mujeres.

La integrante de Ciudadanía, la ley es un aporte “determinante” para la equidad de género y la igualdad de oportunidades.



Red

Para ello plantea la creación de una “red” de servicios del cuidado. Entre ellos los centros integrales de cuidado infantil (guarderías) en los distritos, mercados, unidades educativas en especial las nocturnas y para los hijos de trabajadores municipales. Además de centros de terapia ocupacional y recreación para adultos mayores y personas con discapacidad.

La norma también contempla la programas de sensibilización para que las mujeres y hombres sean corresponsables del trabajo del cuidado. Con esta red se busca la “autonomía” social, económica y política de las mujeres.

“No sólo es tener calles y puentes. Es también servicios y la Ley de Economía del Cuidado Solidario justamente da la posibilidad de crear una red de servicios que no tiene ningún municipio hasta este momento”, enfatizó.


El cuidado y protección de la vida

Garrido definió a la economía del cuidado como el sector económico de un país donde se producen “bienes de servicio del cuidado”. Añadió que al igual que la economía productiva es un pilar fundamental. Así, se constituye en un “nuevo enfoque de la economía” que valora el trabajo de cuidado para “mantener la vida”. Surgió como un aporte de las feministas para contribuir a la equidad de género y a la igualdad de oportunidades.

La Constitución Política del Estado (CPE) reconoce en varios artículos el valor económico del trabajo del hogar, además garantiza la protección de las familias como “núcleo fundamental” de la sociedad y establece que se deben adoptar políticas públicas para la protección, atención, recreación y descanso de los sectores vulnerables.

El artículo 338 señala: “El Estado reconoce el valor económico del trabajo del hogar como fuente de riqueza y deberá cuantificarse en las cuentas públicas.


Constitución y trabajo en el hogar

La CPE reconoce la corresponsabilidad del trabajo de cuidado a través de los siguientes artículos:

Artículo 64: I: “Los cónyuges o convivientes tienen el deber de atender, en igualdad de condiciones y mediante el esfuerzo común, el mantenimiento y responsabilidad del hogar, la educación y formación integral de las hijas e hijos mientras sean menores o tengan alguna discapacidad”. II: El Estado protegerá y asistirá a quienes sean responsables de las familias en el ejercicio de sus obligaciones.

Artículo 62: El Estado reconoce y protege a las familias como el núcleo fundamental de la sociedad y garantiza las condiciones sociales y económicas necesarias para su desarrollo integral.

Artículo 68: I: El Estado adoptará políticas públicas para la protección, atención, recreación, descanso y ocupación social de las personas adultas mayores, de acuerdo con sus capacidades y posibilidades. Según Garrido el Estado sólo debe cumplir los artículos expuestos para hacer realidad la corresponsabilidad en el trabajo del cuidado.



LEY MUNICIPAL DE ECONOMÍA DEL CUIDADO

La Ley municipal 0090/2015 fue aprobada el 18 de marzo de 2015. Cuenta con cuatro capítulos, 11 artículos, una disposición transitoria y una disposición abrogatoria. Fue proyectada por la exconcejal María Isabel Caero.

PLANES: La norma establece que los planes de desarrollo municipal deben incluir la valorización del trabajo del cuidado.

PROGRAMAS: La ley plantea que los Programas Anuales Operativos deben contener proyectos de infraestructura y de desarrollo social para mejorar las condiciones del trabajo del cuidado.

PROYECTOS: Propone la construcción de centros de cuidado infantil en los barrios, Distritos, centros educativos con prioridad en los nocturnos y para los hijos de los trabajadores municipales. Además, el mejoramiento de los centros en los mercados y la alimentación y nutrición a niños y niñas menores de seis años.



ESTAR “A TONO” CON INFORME DE DESARROLLO

De implementarse la Ley Municipal 00090/2015 de “Economía del Cuidado Solidario”, el municipio estará a “tono” con el Informe de Desarrollo Humano del PNUD de 2015, que enfatiza que no basta el desarrollo económico para superar la pobreza y desigualdad, sino que el Estado debe promover políticas que permitan la inclusión de sectores excluidos. Asimismo, que la instancia nacional debe crear programas de equidad de género.

A ello se suma que los municipios y el Gobierno central descuidan o invierten pocos recursos económicos en desarrollo humano. “Cochabamba es de los municipios que ha invertido muy poco en desarrollo humano y equidad de género”, comentó. “Es decir, desarrollo económico no es sinónimo de eliminación de pobreza. Este tipo de exclusiones y desigualdades entre hombres y mujeres tienen que ser superadas para que logremos un desarrollo humano sostenible”, comentó.



SENSIBILIZACIÓN, CAPACITACIÓN Y PRESUPUESTO

La Ley Municipal 0090/2015 también proyecta la capacitación y difusión de la economía del cuidado. Además, la implementación de presupuesto para materializar la ley.

CAPACITACIÓN: Otorga a la Alcaldía de Cochabamba la tarea de desarrollar actividades de sensibilización y capacitación sobre el trabajo y la economía del cuidado.

DIFUSIÓN: Establece que la Alcaldía implemente una estrategia de comunicación y una campaña mediática sobre la importancia de la corresponsabilidad entre mujeres, hombre, gobierno municipal y sociedad para el trabajo y la economía del cuidado.

PROGRAMAS: Según la norma, la Alcaldía debe abrir programas presupuestarios de gasto público para materializar los objetivos de la ley.

Conozca los siete decretos promulgados, entre ellos el incremento salarial

El presidente Evo Morales promulgó hoy siete decretos, entre ellos, el incremento salarial para esta temporada, en una ceremonia que se realizó en Palacio de Gobierno, que dio inicio a la celebración del Día Internacional al del Trabajo.

1.- Según fuentes oficiales, el primer decreto establece el incremento salarial a la remuneración mensual de las servidoras y los servidores y servidoras públicos del nivel central del Estado Plurinacional y establece la escala salarial para las máximas autoridades del Órgano Ejecutivo del nivel Central del Estado Plurinacional; el incremento salarial a la remuneración mensual de las servidoras y los servidores públicos de los órganos Legislativo, Ejecutivo, Electoral, Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional, Instituciones de Control, de Defensa de la Sociedad y de Defensa del Estado, entidades Desconcentradas, descentralizadas y Autárquicas.

Esa norma establece que en el marco de la política de austeridad, se excluye del incremento salarial a las máximas autoridades del Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado Plurinacional, aplicándose solamente el incremento de hasta el seis por ciento (6%), para los servidores públicos que tienen un haber básico menor a 15.000 bolivianos.

Asimismo, determina que el incremento Salarial en el sector privado, será acordado entre los sectores patronal y laboral, sobre la base del seis por ciento (6%), mismo que se aplicará a todas las modalidades de contratos de trabajo asalariado.

2.- Otro de los decretos establece que el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, a través del Viceministerio de Comercio Interno y Exportaciones, otorgará autorizaciones previas, para la importación de productos.

3.- Otra norma abroga el Decreto Supremo 1359 de 26 de septiembre de 2012 que prohíbe la tenencia y/o uso de bombas, materias explosivas, inflamables, asfixiantes, tóxicas u otros materiales relacionados, en manifestaciones y movilizaciones sociales, y deja sin efecto esa disposición a fin de garantizar los derechos a la asociación y libertad de expresión mediante manifestaciones públicas, así como ejercer el derecho a organizarse en sindicatos de las y los trabajadores.

4.- Otra norma establece modificaciones al Decreto Supremo 0181, de 28 de junio de 2009, relativo a las normas básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios El nuevo Decreto Supremo inserta modificaciones a las Normas Básicas de Administración de Bienes y Servicios regulada mediante el D.S. 0181 de 28 de junio de 2009, estableciendo márgenes de preferencia en la modalidad "Apoyo Nacional a la Producción y Empleo" (ANPE); así como en la modalidad "Licitación Pública"; las cuales incentivan la producción y comercialización de bienes nacionales.

5.- Otra norma promulgada por el presidente Evo Morales, otorga autorizaciones previas, en Sustitución del Permiso de Importación de Alimentos y Bebidas Esa norma otorga, por parte del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (Senasag), en el marco del sistema de control sanitario para la protección del consumidor, autorizaciones previas en sustitución del permiso de importación, para la importación de alimentos y bebidas, en un plazo de hasta 30 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la solicitud.

6.- Otro decreto regula el traslado de feriados nacionales con el fin de promover el turismo como actividad económica estratégica. Considerando el feriado con suspensión de actividades políticas y privadas, los días lunes posteriores a los feriados que correspondan a los días domingos, con excepción de los días lunes y martes de Carnaval, Viernes Santo, Corpus Christi y 2 de noviembre (Día de Todos los Difuntos), no son trasladables.

7.- Finalmente se establece que el monto determinado para el Salario Mínimo Nacional en los sectores público y privado será de 1.805 bolivianos, que representa un incremento del nueve por ciento (9%) con relación al establecido para la gestión 2015, cuya aplicación tendrá efecto retroactivo al 1 de enero de 2016.

La falta de reglamento impide la aplicación de tres leyes

La ausencia de reglamentos para unas tres leyes frena su aplicabilidad en Cochabamba. Se trata de las leyes nacionales: Ley 700 para la Defensa de los Animales Contra Actos de Crueldad y Maltratos y la Ley de Seguridad Ciudadana. Además de la ley municipal de Regulación de Propiedades que se Encuentran en el Perímetro Circundante al Botadero de K´ara K´ara.

Por instrucción de la Ley O26 de Ordenamiento Jurídico y Procedimiento Legislativo Municipal, el Ejecutivo -alcalde y su equipo- tiene tuición de reglamentar leyes municipales y nacionales.

No obstante, a la fecha hay por lo menos cuatro leyes que aún no fueron reglamentadas, según el concejal de la partido Unidos por Cochabamba (Único), Edwin Jiménez.

Una de las consecuencias de esta ausencia de reglamentos es que la aplicabilidad de esas leyes está limitada.

El director de Desarrollo Legislativo y Seguimiento de la Alcaldía de Cercado, Martín Ugarte aclaró que, aunque una ley no tenga reglamento, rige en el departamento pero con ciertas limitaciones.

“Rigen, pero no están operativizadas”, añadió por su lado un abogado de Asesoría General del municipio, José Mérida.

COMPLETAS A este tipo de leyes se suman otras que, a pesar de tener reglamento, aún no se operativizan porque implica un procedimiento previo.

Por ejemplo, el reglamento de la Ley de Prohibición de Uso de Celulares y Equipos Análogos en Vehículos Motorizados establece que un conductor no debe portar dispositivos mientras conduce, salió en noviembre pero aún no se aplica debido a que establece una serie de requisitos. Uno de ellos es la firma de un convenio entre el municipio y el Comando Departamental de la Policía. Su aplicación, en el mejor de la casos está prevista en el lapso de un mes estimó el jefe de Movilidad Urbana, Ever Rojas.

De momento, según el concejal Jiménez, el Organismo Operativo de Tránsito y la guardia municipal realiza operativos de prevención en puntos estratégicos de la ciudad.

No obstante, cuando encuentran un infractor no lo pueden sancionar porque aún no hay boletas de infracción para este tipo de casos.

Las leyes restantes: Ley 700 para la Defensa de los Animales Contra Actos de Crueldad y Maltratos, Ley 264 del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y Ley municipal de Regulación de Propiedades que se Encuentran en el Perímetro Circundante al Botadero de K´ara K´ara también están postergadas desde su promulgación.

Por ejemplo, la Ley 700 data de junio de 2015; la Ley 264 de julio de 2012 y la última de la anterior gestión de Edwin Castellanos.

Al margen de elaborar reglamentos para leyes municipales y nacionales, la Alcaldía de Cercado prevé actualizar ciertos decretos reglamentarios, según el secretario general de la Alcaldía de Cercado, Ricardo Pol.

Sin citar qué reglamentos, Pol dijo que hay muchos que “quedaron obsoletos” porque datan de hace varias años.

A su criterio, urge actualizarlos porque el contexto evoluciona.

Señaló además que los reglamentos de las leyes de Prohibición de Uso de Celulares y Equipos Análogos en Vehículos Motorizados y de la Plaza de Armas 14 de Septiembre se emitieron en tiempo récord.