“A largo plazo y con un análisis previo”, así el jefe de la bancada del Movimiento Al Socialismo (MAS) en el Senado, Eugenio Rojas, anticipó la modificación de la Constitución Política del Estado (CPE) para incluir la figura de Extinción de Dominio de Bienes.
Este aspecto, que fue traducido en una controvertida norma que generó fricciones en el oficialismo y fue declarada, en parte, inconstitucional por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), no fue comprendido a cabalidad, según el asambleísta que dejó abierta la posibilidad de incluir, “en algún momento”, estos principios en la carta magna.
“El procedimiento (de la Ley de Extinción) era directo y administrativo y no por la justicia ordinaria, (el propósito) era quitar carga a las autoridades judiciales. Yo creo que no hemos comprendido la norma, tal vez algún momento pensaremos incluir en nuestra Constitución, pero la Ley va ir, pero nos afecta porque ya no es más rápida, ya no es más viable”, señaló el legislador.
Rojas aseveró que hasta el momento no se debatió al interior de su bancada la reposición de este proyecto de Ley, por considerar que los preceptos declarados contrarios a la Constitución le quitaron la esencia a la norma, que era aligerar la carga procesal y agilizar los procesos por narcotráfico y contrabando, principalmente.
Sin embargo, los criterios expuestos por el senador no fueron compartidos por el también oficialista, Adolfo Mendoza, quien dijo que el trabajo de las comisiones, en la Cámara Baja, definirá el tiempo en el que se retome su tratamiento, por lo cual explicó que actualmente el texto no está dentro de la “agenda específica”.
“No está en la agenda específica, se sabe que este es un proyecto que debe ser aprobado a partir de las conclusiones a las cuales ha arribado el Tribunal Constitucional, pero forma parte en este momento de la agenda de la Cámara de Diputados; personalmente no creo que sea necesaria ninguna reforma constitucional en este momento”, apuntó.
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viernes, 31 de mayo de 2013
Hasta fin de año Aprobarán el 70% de leyes de la cumbre de 2012
El jefe de bancada del Movimiento Al Socialismo (MAS) en la Cámara de Senadores, Eugenio Rojas, afirmó que hasta finales de año la Asamblea Legislativa sólo aprobará el 70% de las leyes encomendadas por la Cumbre Social de enero de 2012.
Según el legislador, el retraso de la aprobación de leyes se debe a la falta de coordinación con algunas instituciones, como la Central Obrera Boliviana, respecto a la redacción de la Ley General del Trabajo o la Ley de Minería, que aún no puede ser concluida en su redacción por falta de coordinación con el sector de trabajadores mineros.
“Estamos muy bien, aunque no vamos a cumplir el 100% este año, pero estamos bien porque se cumplirá un 70% (de las leyes de la cumbre), no es nuestra culpa sino que hay trabajos coordinados (que no se pueden realizar)”, manifestó Rojas.
“La Ley General del Trabajo tenemos que trabajar con la COB y la COB no ha tenido voluntad de trabajar, hemos mandado carta, el Ejecutivo ha mandado varias cartas. La Ley de Minería hay que trabajar con el sector minero, entonces también estamos trabajando y a veces ellos velan por intereses del sector (que retrasa la coordinación)”, agregó.
Respecto a la agenda de leyes en el Senado, Rojas afirmó que se estima aprobar hasta mediados de este año 50 normas, que se trabajarían en comisiones y otras que serán remitidas a Diputados para su revisión.
Según el legislador, el retraso de la aprobación de leyes se debe a la falta de coordinación con algunas instituciones, como la Central Obrera Boliviana, respecto a la redacción de la Ley General del Trabajo o la Ley de Minería, que aún no puede ser concluida en su redacción por falta de coordinación con el sector de trabajadores mineros.
“Estamos muy bien, aunque no vamos a cumplir el 100% este año, pero estamos bien porque se cumplirá un 70% (de las leyes de la cumbre), no es nuestra culpa sino que hay trabajos coordinados (que no se pueden realizar)”, manifestó Rojas.
“La Ley General del Trabajo tenemos que trabajar con la COB y la COB no ha tenido voluntad de trabajar, hemos mandado carta, el Ejecutivo ha mandado varias cartas. La Ley de Minería hay que trabajar con el sector minero, entonces también estamos trabajando y a veces ellos velan por intereses del sector (que retrasa la coordinación)”, agregó.
Respecto a la agenda de leyes en el Senado, Rojas afirmó que se estima aprobar hasta mediados de este año 50 normas, que se trabajarían en comisiones y otras que serán remitidas a Diputados para su revisión.
jueves, 30 de mayo de 2013
Cochabamba Sólo 14 por ciento de leyes es para obras, medio ambiente y temas sociales
Sólo el 14 por ciento de las leyes aprobadas durante la gestión 2012-2013, por la Asamblea Legislativa Departamental está destinado a infraestructura, medio ambiente y promoción social. La información fue conocida ayer en el informe de cierre de gestión del presidente saliente José Ivankovic.
En la gestión de Ivankovic se aprobó un total de 130 leyes departamentales de las cuales 10 están pendientes de promulgación. De este total sólo el 7 por ciento está referido a infraestructura (2 por ciento ), medio ambiente (1 por ciento ) y promoción social (4 por ciento ). El otro 53 por ciento de las leyes es para modificaciones del presupuesto y un 33 por ciento para convenios.
Pese a la escasa cantidad de normas en beneficio directo del departamento, los asambleístas de la oposición y oficialismo felicitaron la gestión de la directiva y destacaron la participación democrática.
Sin embargo, una de las principales tareas heredadas a la siguiente gestión es la conclusión del Estatuto Autonómico Departamental. Quedan pendientes cinco etapas del proceso estatuyente. Actualmente se encuentra en término la redacción de estilo y concordancia. El siguiente paso es la aprobación del pleno de la Asamblea, que tendrá que gestionar la directiva entrante.
DIRECTIVA Después de que se brindó el informe de las comisiones y de la directiva, los asambleístas emitieron su voto para elegir a sus nuevos representantes para la nueva gestión legislativa. Con 29 votos a favor, uno en contra y tres en blanco fueron elegidos como presidente Juan Carlos Noe Melgar; primer vicepresidente, María Soledad Delgadillo: segundo vicepresidente, Óscar Mercado; primer secretario, Adolfo Arispe y segunda secretaria, María Luisa Cabrera. Mercado y Cabrera son asambleístas de oposición de la agrupación Todos Por Cochabamba (TPC), mientras que el resto pertenece a la bancada del Movimiento Al Socialismo (MAS). Aún queda pendiente la elección de las directivas para las comisiones. Este viernes será la posesión de la nueva directiva a las 10:00 horas.
NECESIDAD Desde la comisión primera de Desarrollo Institucional Administrativo y de Transparencia solicitaron contar con un espacio adecuado para continuar con sus tareas de fiscalización, deliberación y legislación toda vez que la actual infraestructura donde funciona la Asamblea se encuentra hacinada y algunos asambleístas no tienen ni siquiera escritorios. Si bien se realizaron algunas mejoras consideran que todavía falta mucho por hacer y coincidieron en que se debería cambiar de ambientes.
En la gestión de Ivankovic se aprobó un total de 130 leyes departamentales de las cuales 10 están pendientes de promulgación. De este total sólo el 7 por ciento está referido a infraestructura (2 por ciento ), medio ambiente (1 por ciento ) y promoción social (4 por ciento ). El otro 53 por ciento de las leyes es para modificaciones del presupuesto y un 33 por ciento para convenios.
Pese a la escasa cantidad de normas en beneficio directo del departamento, los asambleístas de la oposición y oficialismo felicitaron la gestión de la directiva y destacaron la participación democrática.
Sin embargo, una de las principales tareas heredadas a la siguiente gestión es la conclusión del Estatuto Autonómico Departamental. Quedan pendientes cinco etapas del proceso estatuyente. Actualmente se encuentra en término la redacción de estilo y concordancia. El siguiente paso es la aprobación del pleno de la Asamblea, que tendrá que gestionar la directiva entrante.
DIRECTIVA Después de que se brindó el informe de las comisiones y de la directiva, los asambleístas emitieron su voto para elegir a sus nuevos representantes para la nueva gestión legislativa. Con 29 votos a favor, uno en contra y tres en blanco fueron elegidos como presidente Juan Carlos Noe Melgar; primer vicepresidente, María Soledad Delgadillo: segundo vicepresidente, Óscar Mercado; primer secretario, Adolfo Arispe y segunda secretaria, María Luisa Cabrera. Mercado y Cabrera son asambleístas de oposición de la agrupación Todos Por Cochabamba (TPC), mientras que el resto pertenece a la bancada del Movimiento Al Socialismo (MAS). Aún queda pendiente la elección de las directivas para las comisiones. Este viernes será la posesión de la nueva directiva a las 10:00 horas.
NECESIDAD Desde la comisión primera de Desarrollo Institucional Administrativo y de Transparencia solicitaron contar con un espacio adecuado para continuar con sus tareas de fiscalización, deliberación y legislación toda vez que la actual infraestructura donde funciona la Asamblea se encuentra hacinada y algunos asambleístas no tienen ni siquiera escritorios. Si bien se realizaron algunas mejoras consideran que todavía falta mucho por hacer y coincidieron en que se debería cambiar de ambientes.
Proyecto de ley sugiere vetar tenencia de 12 razas de canes
Un proyecto de ley plantea prohibir la tenencia de 12 razas de perros denominadas “peligrosas”. La propuesta, que según su proyectista plantea la eliminación de la mascota, generó rechazo de organizaciones de protección de animales y de dueños de canes que anoche marcharon por el centro de La Paz.
El proyectista es el diputado Javier Zavaleta (MSM pero afín al MAS), quien dijo que de promulgarse la ley, que ya fue presentada a la Asamblea, los animales de estas razas que existen en el país “deberán eliminarse”, aunque el proyecto no establece fechas.
En el artículo 4 de la propuesta, a la que tuvo acceso Página Siete, se establece que las 12 razas de canes potencialmente peligrosas son: american staffordshire terrier, american staffordshire bull terrier, pit bull terrier, bull terrier, bullmastiff, doberman, dogo argentino y rottweiler.
Además, el mastín napolitano, tosa inu, dogo de Burdeos, el fila brasileño y todos sus cruces.
No obstante, el diputado Zavaleta explicó que tal vez las tres últimas razas se eliminen de la lista “porque dicen que no hay en el país, pero eso aún lo analizaremos, porque pueden llegar”.
El proyecto surge luego de que el 20 de mayo la niña Rosalía Apaza, de cuatro años, fuera mordida por dos perros rottweiler. La menor, que quedó seriamente herida, se encuentra en estado crítico en el Hospital del Niño.
Por eso es que el artículo 1 de la Ley de Prohibición de Animales Peligrosos del Estado Plurinacional de Bolivia establece que el espíritu de la norma es “proteger la vida, la integridad física y la seguridad de las personas, bienes y otros animales”.
La normativa generó rechazo de varios sectores. La presidenta de Animales SOS, Susana Carpio, considera que “es una posición equivocada, porque eso no solucionará el problema”.
Detalló que en el país el 10% de 2.100.000 de la población canina es de raza “peligrosa”.
Con Carpio coincidió, por separado, la diputada opositora de Unidad Nacional Elizabeth Reyes, quien calificó de “coyuntural” y “apurada” la propuesta.
La noche del miércoles, un grupo de personas marchó por las calles centrales de La Paz para protestar contra la norma. “No son los perros, son los dueños”, coreaban en alusión a que el problema es la crianza del animal.
Una similar movilización hubo el martes en Santa Cruz.
Zavaleta aseguró que es necesario tomar determinaciones sobre la tenencia de estos animales, considerados peligrosos también en el exterior. Suelen atacar “especialmente a los niños y a las personas de la tercera edad, ya que cualquier rato estos perros se escapan de la casa”, recalcó.
Rosalía
Mientras, Rosalía sigue sedada en la Unidad de Terapia Intensiva del Hospital del Niño.
Según el médico pediatra Miguel Quispe, la pequeña presentó una leve mejoría, pero aún no se la puede intervenir ni hacer la limpieza de sus heridas. “Ella se aferra a la vida”, aseguró.
Las curaciones debieron aplicarse el martes, pero se suspendieron para el miércoles. Ayer se conoció, según un reporte televisivo de PAT, que serán el viernes.
El proyecto de ley
Artículo 1 “La presente ley tiene por objeto prohibir la tenencia doméstica de canes potencialmente peligrosos, con la finalidad de proteger la vida, la integridad física y la seguridad de las personas, bienes y otros animales”.
Artículo 3 “La presente ley es de aplicación obligatoria para toda la sociedad civil dentro del territorio del Estado”.
Artículo 5 “Para el cumplimiento efectivo de la presente ley, los gobiernos departamentales, municipales y pueblos indígena originario campesino tienen la responsabilidad de establecer las normas y como mínimo deben ser considerados: el registro, la licencia, control, infracciones y sanciones, de los propietarios”.
El proyectista es el diputado Javier Zavaleta (MSM pero afín al MAS), quien dijo que de promulgarse la ley, que ya fue presentada a la Asamblea, los animales de estas razas que existen en el país “deberán eliminarse”, aunque el proyecto no establece fechas.
En el artículo 4 de la propuesta, a la que tuvo acceso Página Siete, se establece que las 12 razas de canes potencialmente peligrosas son: american staffordshire terrier, american staffordshire bull terrier, pit bull terrier, bull terrier, bullmastiff, doberman, dogo argentino y rottweiler.
Además, el mastín napolitano, tosa inu, dogo de Burdeos, el fila brasileño y todos sus cruces.
No obstante, el diputado Zavaleta explicó que tal vez las tres últimas razas se eliminen de la lista “porque dicen que no hay en el país, pero eso aún lo analizaremos, porque pueden llegar”.
El proyecto surge luego de que el 20 de mayo la niña Rosalía Apaza, de cuatro años, fuera mordida por dos perros rottweiler. La menor, que quedó seriamente herida, se encuentra en estado crítico en el Hospital del Niño.
Por eso es que el artículo 1 de la Ley de Prohibición de Animales Peligrosos del Estado Plurinacional de Bolivia establece que el espíritu de la norma es “proteger la vida, la integridad física y la seguridad de las personas, bienes y otros animales”.
La normativa generó rechazo de varios sectores. La presidenta de Animales SOS, Susana Carpio, considera que “es una posición equivocada, porque eso no solucionará el problema”.
Detalló que en el país el 10% de 2.100.000 de la población canina es de raza “peligrosa”.
Con Carpio coincidió, por separado, la diputada opositora de Unidad Nacional Elizabeth Reyes, quien calificó de “coyuntural” y “apurada” la propuesta.
La noche del miércoles, un grupo de personas marchó por las calles centrales de La Paz para protestar contra la norma. “No son los perros, son los dueños”, coreaban en alusión a que el problema es la crianza del animal.
Una similar movilización hubo el martes en Santa Cruz.
Zavaleta aseguró que es necesario tomar determinaciones sobre la tenencia de estos animales, considerados peligrosos también en el exterior. Suelen atacar “especialmente a los niños y a las personas de la tercera edad, ya que cualquier rato estos perros se escapan de la casa”, recalcó.
Rosalía
Mientras, Rosalía sigue sedada en la Unidad de Terapia Intensiva del Hospital del Niño.
Según el médico pediatra Miguel Quispe, la pequeña presentó una leve mejoría, pero aún no se la puede intervenir ni hacer la limpieza de sus heridas. “Ella se aferra a la vida”, aseguró.
Las curaciones debieron aplicarse el martes, pero se suspendieron para el miércoles. Ayer se conoció, según un reporte televisivo de PAT, que serán el viernes.
El proyecto de ley
Artículo 1 “La presente ley tiene por objeto prohibir la tenencia doméstica de canes potencialmente peligrosos, con la finalidad de proteger la vida, la integridad física y la seguridad de las personas, bienes y otros animales”.
Artículo 3 “La presente ley es de aplicación obligatoria para toda la sociedad civil dentro del territorio del Estado”.
Artículo 5 “Para el cumplimiento efectivo de la presente ley, los gobiernos departamentales, municipales y pueblos indígena originario campesino tienen la responsabilidad de establecer las normas y como mínimo deben ser considerados: el registro, la licencia, control, infracciones y sanciones, de los propietarios”.
Existen cien proyectos de ley para tratar en comisiones de Diputados
Actualmente existen cien proyectos de ley que se encuentran en tratamiento en las diferentes comisiones y comités de la Cámara de Diputados, que algunos están en proceso de socialización con la sociedad civil, los cuales irán ingresando al plenario según se vayan aprobando en cada una de las delegaciones para su tratamiento, informó la presidenta de la Cámara Baja, Betty Tejada.
La legisladora resaltó que el momento donde las futuras normas reciben el tratamiento más importante para su estructuración son durante los debates en las Comisiones y los Comités de la Asamblea Legislativa, considerando que son los espacios donde se realizan las discusiones a más profundidad con la participación de los sectores involucrados en la redacción de las normas, como ser instituciones, sectores sociales o Ministerios.
“El trabajo de los legisladores, en la redacción y aprobación de las normas no sólo terminan en estos ambientes, sino que también se realizan los actos de socialización para que los proyectos sean considerados y posteriormente pasados al pleno de la Cámara de Diputados para su debate entre los asambleístas y su posterior aprobación”, explicó la legisladora cruceña del oficialismo.
Entre las normas que se debaten en comisiones están el “Contrato de asociación para la explotación en las minas “Bolivar” y “Porco”.
La “Convención única sobre estupefacientes de 1961, enmendada por el protocolo de 1972”. El “Convenio de financiamiento, suscrito entre Bolivia y el fondo internacional de desarrollo agrícola (FIDA) y el fondo fiduciario de España”; y La Ley del notariado plurinacional, entre otras.
Para esta semana se podría agendar el tratamiento del proyecto de Ley de Prohibición de canes peligrosos del Estado plurinacional de Bolivia" interpuesto por la diputada Ana María Sempértegui (CN), Javier Zavaleta, Gladys Prieto y Héctor Arce (MAS).
La legisladora resaltó que el momento donde las futuras normas reciben el tratamiento más importante para su estructuración son durante los debates en las Comisiones y los Comités de la Asamblea Legislativa, considerando que son los espacios donde se realizan las discusiones a más profundidad con la participación de los sectores involucrados en la redacción de las normas, como ser instituciones, sectores sociales o Ministerios.
“El trabajo de los legisladores, en la redacción y aprobación de las normas no sólo terminan en estos ambientes, sino que también se realizan los actos de socialización para que los proyectos sean considerados y posteriormente pasados al pleno de la Cámara de Diputados para su debate entre los asambleístas y su posterior aprobación”, explicó la legisladora cruceña del oficialismo.
Entre las normas que se debaten en comisiones están el “Contrato de asociación para la explotación en las minas “Bolivar” y “Porco”.
La “Convención única sobre estupefacientes de 1961, enmendada por el protocolo de 1972”. El “Convenio de financiamiento, suscrito entre Bolivia y el fondo internacional de desarrollo agrícola (FIDA) y el fondo fiduciario de España”; y La Ley del notariado plurinacional, entre otras.
Para esta semana se podría agendar el tratamiento del proyecto de Ley de Prohibición de canes peligrosos del Estado plurinacional de Bolivia" interpuesto por la diputada Ana María Sempértegui (CN), Javier Zavaleta, Gladys Prieto y Héctor Arce (MAS).
miércoles, 29 de mayo de 2013
Santa Cruz El Concejo aprueba la ley que permite elegir un vicealcalde
Después de tantas discusiones y observaciones, el Concejo Municipal de Santa Cruz aprobó ayer la Ley Municipal 007, que permite la elección del vicealcalde, que podrá suplir al burgomaestre Percy Fernández cuando este presente su renuncia o solicite permiso cuando se encuentre ausente.
Para los concejales de la bancada del Movimiento Al Socialismo (MAS), la norma es inconstitucional dado que sus artículos vulneran la Ley 2028 de Municipalidades, que rige a los gobierno municipales.
En esa misma línea los concejales suspendidos, denominados "rebeldes", también manifiestan su rechazo a la ley.
Vicealcalde. La creación de la figura de un vicealcalde es uno de los puntos más cuestionados de la norma, ya que establece que la máxima autoridad de la Alcaldía designará a una persona para que sea vicealcalde, quien tendrá competencias y atribuciones iguales a las del burgomaestre titular.
"Con esta ley, el Legislativo queda muerto, porque el alcalde ahora tiene todo el poder", dijo el edil suspendido Leonardo Roca, de la misma agrupación del alcalde Percy Fernández, Santa Cruz Para Todos (SPT).
A propósito de esto, el exrector de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno (UAGRM), Reymi Ferreira, indicó que, según la Constitución, se establece que en caso de renuncia y suspensión del alcalde el Concejo deberá elegir a su sucesor de forma interina y temporal.
Críticas. La ley fue derivada a la Comisión de Constitución el lunes, con las observaciones del burgomaestre. Según la norma, la Comisión tenía 15 días de plazo para analizar la ley y emitir un informe al pleno; sin embargo, llamó la atención que ayer mismo fueron presentados dos informes al pleno, aunque en principio el concejal José Quiroz (MAS) no tenía ningún documento para presentar.
Finalmente, después de varias discusiones, con 7 votos a favor los concejales de SPT, que son mayoría en el pleno, aprobaron el informe de la concejal Angélica Zapata, el mismo que avalaba las modificaciones a las observaciones del alcalde.
Acciones. Ante esta situación, tanto Ávalos como Soruco anunciaron que tomarán acciones ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), para que esta instancia observe el documento, ya que insisten en que contiene artículos inconstitucionales. "Con nuestro equipo jurídico ya estamos analizando las acciones legales que correspondan realizar", aseguró el legislador.
En tanto, el concejal Romel Porcel (SPT) insistió en que la Ley Municipal de Autonomía 007, no tienen fines políticos.
Artículos cuestionados
Antes
1 Art. 4. Directiva: El período de la directiva será de 2 años a partir de la elección el 31 de mayo.
2 Art. 5. Función Suplentes: Sesionarán una semana al mes con carácter obligatorio.
3 Art. 6. Aprobación Concejo: El Órgano Ejecutivo aprobará los contratos y remitirá el documento al Legislativo para su fiscalización.
4 Art. 8. Vicealcalde: El alcalde designará a una persona para vicealcalde para su sucesor.
Ahora
1 Art. 4. Directiva: El período de la directiva será de un año a partir de la elección el 31 de mayo.
2 Art. 5. Función Suplentes: Sesionarán una semana al mes con carácter obligatorio.
3 Art. 6. Aprobación Concejo: El Órgano Ejecutivo aprobará los contratos y los remitirá al Concejo para su fiscalización.
4 Art. 8. Vicealcalde: El alcalde designará de entre los miembros del Concejo para que sea vicealcalde en caso de ausencia.
Para los concejales de la bancada del Movimiento Al Socialismo (MAS), la norma es inconstitucional dado que sus artículos vulneran la Ley 2028 de Municipalidades, que rige a los gobierno municipales.
En esa misma línea los concejales suspendidos, denominados "rebeldes", también manifiestan su rechazo a la ley.
Vicealcalde. La creación de la figura de un vicealcalde es uno de los puntos más cuestionados de la norma, ya que establece que la máxima autoridad de la Alcaldía designará a una persona para que sea vicealcalde, quien tendrá competencias y atribuciones iguales a las del burgomaestre titular.
"Con esta ley, el Legislativo queda muerto, porque el alcalde ahora tiene todo el poder", dijo el edil suspendido Leonardo Roca, de la misma agrupación del alcalde Percy Fernández, Santa Cruz Para Todos (SPT).
A propósito de esto, el exrector de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno (UAGRM), Reymi Ferreira, indicó que, según la Constitución, se establece que en caso de renuncia y suspensión del alcalde el Concejo deberá elegir a su sucesor de forma interina y temporal.
Críticas. La ley fue derivada a la Comisión de Constitución el lunes, con las observaciones del burgomaestre. Según la norma, la Comisión tenía 15 días de plazo para analizar la ley y emitir un informe al pleno; sin embargo, llamó la atención que ayer mismo fueron presentados dos informes al pleno, aunque en principio el concejal José Quiroz (MAS) no tenía ningún documento para presentar.
Finalmente, después de varias discusiones, con 7 votos a favor los concejales de SPT, que son mayoría en el pleno, aprobaron el informe de la concejal Angélica Zapata, el mismo que avalaba las modificaciones a las observaciones del alcalde.
Acciones. Ante esta situación, tanto Ávalos como Soruco anunciaron que tomarán acciones ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), para que esta instancia observe el documento, ya que insisten en que contiene artículos inconstitucionales. "Con nuestro equipo jurídico ya estamos analizando las acciones legales que correspondan realizar", aseguró el legislador.
En tanto, el concejal Romel Porcel (SPT) insistió en que la Ley Municipal de Autonomía 007, no tienen fines políticos.
Artículos cuestionados
Antes
1 Art. 4. Directiva: El período de la directiva será de 2 años a partir de la elección el 31 de mayo.
2 Art. 5. Función Suplentes: Sesionarán una semana al mes con carácter obligatorio.
3 Art. 6. Aprobación Concejo: El Órgano Ejecutivo aprobará los contratos y remitirá el documento al Legislativo para su fiscalización.
4 Art. 8. Vicealcalde: El alcalde designará a una persona para vicealcalde para su sucesor.
Ahora
1 Art. 4. Directiva: El período de la directiva será de un año a partir de la elección el 31 de mayo.
2 Art. 5. Función Suplentes: Sesionarán una semana al mes con carácter obligatorio.
3 Art. 6. Aprobación Concejo: El Órgano Ejecutivo aprobará los contratos y los remitirá al Concejo para su fiscalización.
4 Art. 8. Vicealcalde: El alcalde designará de entre los miembros del Concejo para que sea vicealcalde en caso de ausencia.
Ven injerencia en nueva Ley de Notarios Públicos
La fe pública, que ahora es certificada por notarios que dependen del Poder Judicial, pretende ser cambiada de manos en un proyecto que desde esta semana ingresó en la Asamblea Legislativa Plurinacional, en el cual el Gobierno toma al toro por las astas.
"Quiere tomar el control", interpretó ayer el presidente del Colegio Nacional de Abogados, Marcelo Arrázola, al señalar que el tema es delicado porque está en juego la seguridad jurídica de bienes e intereses que los ciudadanos ponen en manos de los notarios cuando realizan transacciones comerciales o registran bienes muebles e inmuebles.
También coarta el derecho de profesionales abogados que ejercen como notarios que puedan ganar un salario mayor al del presidente del Estado.
La imparcialidad, en riesgo. Arrázola dijo que la falta de transparencia en el ejercicio profesional se pone en peligro porque estos notarios dependerán del ministro de Justicia, que será el que los nombre, sin considerar que en el nuevo proyecto del Código Procesal Civil los notarios podrán conocer en primera instancia los juicios de divorcio y derecho de herederos, en una actividad que netamente corresponde a la labor jurisdiccional del Poder Judicial, del que dependen ahora.
Se ha hecho observaciones. El presidente del Colegio de Notarios de Santa Cruz, Víctor Hugo Rojas, dijo que se han realizado esos cuestionamientos al proyecto de Ley del Poder Ejecutivo en varias reuniones y congresos que han sostenido.
Aclaró, sin embargo, que de ninguna manera el proyecto de ley considera que los notarios deban ser funcionarios públicos que reciban un salario de parte del Gobierno. Lo que establece es que como los notarios cobran de acuerdo a la cuantía de los trámites, es que si ese monto pasa de los 18 mil bolivianos, entonces el restante va a un fondo de los notarios.
Su nombramiento es un dolor de cabeza. Los notarios eran nominados antes por el Consejo de la Judicatura en listas que eran remitidas a las Cortes Superiores de los Distritos. Por una supuesta falla e injerencia política en ese procedimiento fue procesada la presidente del Consejo de la Magistratura, Cristina Mamani, pero un fallo del Tribunal Constitucional le dio la razón.
De igual manera en Santa Cruz el expresidente de la Corte Superior William Tórrez enfrentó un proceso y hasta fue suspendido del cargo, pero luego fue restituido a sus funciones de vocal por supuestas fallas al nombrar notarios en forma irregular.
Puntualización: La ley que se pretende modificar tiene más de cien años
Del año 1858. Es la Ley del Notario de Fe Pública, razón por la cual tiene muchos vacíos legales, observó la senadora masista Cecilia Ayllón, de la Comisión de Justicia Plural, a tiempo de negar injerencia.
Un registro público nacional. El Gobierno nacional pretende tener un solo registro público de bienes a nivel nacional en una ley complementaria que se dictará a fin de dar seguridad jurídica a la gente y acabar con denuncias de que estos funcionarios cobran sin tener ningún control negociando la cuantía. Ahí también ingresará el control sobre Derechos Reales.
"Quiere tomar el control", interpretó ayer el presidente del Colegio Nacional de Abogados, Marcelo Arrázola, al señalar que el tema es delicado porque está en juego la seguridad jurídica de bienes e intereses que los ciudadanos ponen en manos de los notarios cuando realizan transacciones comerciales o registran bienes muebles e inmuebles.
También coarta el derecho de profesionales abogados que ejercen como notarios que puedan ganar un salario mayor al del presidente del Estado.
La imparcialidad, en riesgo. Arrázola dijo que la falta de transparencia en el ejercicio profesional se pone en peligro porque estos notarios dependerán del ministro de Justicia, que será el que los nombre, sin considerar que en el nuevo proyecto del Código Procesal Civil los notarios podrán conocer en primera instancia los juicios de divorcio y derecho de herederos, en una actividad que netamente corresponde a la labor jurisdiccional del Poder Judicial, del que dependen ahora.
Se ha hecho observaciones. El presidente del Colegio de Notarios de Santa Cruz, Víctor Hugo Rojas, dijo que se han realizado esos cuestionamientos al proyecto de Ley del Poder Ejecutivo en varias reuniones y congresos que han sostenido.
Aclaró, sin embargo, que de ninguna manera el proyecto de ley considera que los notarios deban ser funcionarios públicos que reciban un salario de parte del Gobierno. Lo que establece es que como los notarios cobran de acuerdo a la cuantía de los trámites, es que si ese monto pasa de los 18 mil bolivianos, entonces el restante va a un fondo de los notarios.
Su nombramiento es un dolor de cabeza. Los notarios eran nominados antes por el Consejo de la Judicatura en listas que eran remitidas a las Cortes Superiores de los Distritos. Por una supuesta falla e injerencia política en ese procedimiento fue procesada la presidente del Consejo de la Magistratura, Cristina Mamani, pero un fallo del Tribunal Constitucional le dio la razón.
De igual manera en Santa Cruz el expresidente de la Corte Superior William Tórrez enfrentó un proceso y hasta fue suspendido del cargo, pero luego fue restituido a sus funciones de vocal por supuestas fallas al nombrar notarios en forma irregular.
Puntualización: La ley que se pretende modificar tiene más de cien años
Del año 1858. Es la Ley del Notario de Fe Pública, razón por la cual tiene muchos vacíos legales, observó la senadora masista Cecilia Ayllón, de la Comisión de Justicia Plural, a tiempo de negar injerencia.
Un registro público nacional. El Gobierno nacional pretende tener un solo registro público de bienes a nivel nacional en una ley complementaria que se dictará a fin de dar seguridad jurídica a la gente y acabar con denuncias de que estos funcionarios cobran sin tener ningún control negociando la cuantía. Ahí también ingresará el control sobre Derechos Reales.
martes, 28 de mayo de 2013
Comisión hará cambios a futura Ley de Bancos
La Comisión de Política Económica y Planificación de la Cámara Baja anunció la modificación de dos artículos del proyecto de la Ley de Servicios Financieros. Habrá cambios en la parte de sanciones y en el quórum para las asambleas en mutuales.
El presidente de esta comisión, Javier Zabaleta, explicó que el cambio en las sanciones consistirá en que la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi) suspenderá temporalmente la licencia de funcionamiento de las entidades financieras cuando hayan cometido “una falta grave” y no “leve” como señala la propuesta original planteada por el Ejecutivo.
El secretario ejecutivo de la Asociación de Entidades Financieras Especializadas en Microcrédito (Asofin), Reynaldo Marconi, señaló que el cambio entraría en el reglamento de la normativa y no en la ley. “Son detalles que no creo que estén en la norma porque son aspectos más reglamentarios”, manifestó.
El presidente de la comisión indicó que el segundo cambio que se hará está relacionado con el quórum que se necesitará para la realización de asambleas en las entidades financieras de vivienda, actualmente mutuales.
Zabaleta sostuvo que el artículo 259 del referido proyecto de ley será modificado porque para llevar a cabo una asamblea ya no será necesario más de la mitad de los accionistas, sino “el 10% de los socios de la mutual”. El martes, esta comisión reanudó el tratamiento del proyecto de Ley de Servicios Financieros elaborado por el Ministerio de Economía, el cual consta de siete capítulos y 550 artículos.
Falta de consenso con asalariados impide avances en la ley minera
Según el senador del Movimiento Al Socialismo (MAS), Andrés Villca la falta de consenso del sector asalariado en la elaboración de la nueva ley minera, impide avances en esta norma que es fundamental para regularizar la explotación minera y por ende garantizar nuevas inversiones.
Manifestó que de forma conjunta con todos los sectores involucrados con la minería se trabaja en la elaboración de la nueva norma que regirá el trabajo de este rubro, sin embargo indicó que existen algunos aspectos que no se puede consensuar, especialmente con el sector asalariado.
Lamentó que no existan consensos con la parte salarial o sindicalizada, señaló que observaron algunos aspectos, pero no existe una propuesta o respuesta concreta para avanzar en la elaboración de esta norma y que sea concluida.
Indicó que se espera que estos aspectos puedan subsanarse para que de una vez este proyecto de ley se termine y pueda ser presentado al poder ejecutivo, para luego aprobarla.
Aseveró que el Presidente del Estado, Evo Morales dio la oportunidad para que todos los actores de la minería tengan la respectiva participación en la elaboración de la norma para que pueda existir el consenso correspondiente.
Por lo cual indicó que la Federación Nacional de Cooperativas Mineras de Bolivia (Fencomin) avanza de forma favorable en esta norma de forma conjunta con los ministerios y viceministerios correspondientes.
Enfatizó que todos los sectores mineros se perjudican con la falta de una ley que se adecue a la nueva Constitución Política del Estado, porque como muchos señalan no existe seguridad jurídica, por tanto no se tiene inversiones.
Agregó que de alguna forma la Ley contra Avasallamientos Mineros promulgada este mes, otorga algunas garantías para operar, pero no es suficiente.
Manifestó que de forma conjunta con todos los sectores involucrados con la minería se trabaja en la elaboración de la nueva norma que regirá el trabajo de este rubro, sin embargo indicó que existen algunos aspectos que no se puede consensuar, especialmente con el sector asalariado.
Lamentó que no existan consensos con la parte salarial o sindicalizada, señaló que observaron algunos aspectos, pero no existe una propuesta o respuesta concreta para avanzar en la elaboración de esta norma y que sea concluida.
Indicó que se espera que estos aspectos puedan subsanarse para que de una vez este proyecto de ley se termine y pueda ser presentado al poder ejecutivo, para luego aprobarla.
Aseveró que el Presidente del Estado, Evo Morales dio la oportunidad para que todos los actores de la minería tengan la respectiva participación en la elaboración de la norma para que pueda existir el consenso correspondiente.
Por lo cual indicó que la Federación Nacional de Cooperativas Mineras de Bolivia (Fencomin) avanza de forma favorable en esta norma de forma conjunta con los ministerios y viceministerios correspondientes.
Enfatizó que todos los sectores mineros se perjudican con la falta de una ley que se adecue a la nueva Constitución Política del Estado, porque como muchos señalan no existe seguridad jurídica, por tanto no se tiene inversiones.
Agregó que de alguna forma la Ley contra Avasallamientos Mineros promulgada este mes, otorga algunas garantías para operar, pero no es suficiente.
lunes, 27 de mayo de 2013
Legislativo retrasa aprobación de ley general para la defensa de animales
Desde el 2010 en la Asamblea Legislativa Plurinacional se retrasa la aprobación de la ley general para la defensa de animales, que tiene como principal componente la prohibición de tenencia de animales potencialmente peligrosos, entre otros aspectos que permitan la sana convivencia entre los animales y los humanos.
En recientes días se conoció sobre la agresión que sufrió una niña de cuatro años que fue mordida por un perro, ante esto el Bloque por la Defensa de la Vida y Libertad de los Animales que agrupa a diferentes instituciones a nivel nacional, exhorta a la población a promulgar en breve esta normativa. La rescatista voluntaria que es parte de este grupo, Justina Poma manifestó que es preocupante la retardación en la aprobación de este proyecto de ley que fue presentado el 2010 y a la fecha continua tratándose en la Comisión de Política Social del ente legislativo nacional.
Explicó que uno de los aspectos contemplados dentro el proyecto está la prohibición de tenencia de animales potencialmente peligrosos, que indica que cualquier acto o hecho que incluya lesiones o hasta la muerte de la persona agredida, está tipificado como un delito que establece una sanción para el propietario del animal con privación de libertad.
Indicó que a diario se reportan casos de agresiones de animales a personas en su mayoría niños y por los vacíos legales existentes las secuelas físicas y psicológicas con las que quedan no son sancionadas, manifestó que a la fecha más de diez niños murieron por rabia humana tras haber sido agredidos por canes con este virus y ninguno de los propietarios de estos animales han sido sancionados.
"Esta es justamente una de las problemáticas planteadas para la elaboración del proyecto de ley general para la defensa de los animales, valoradas y aceptadas por la autoridad competente del nivel central como el Ministerio de Salud y Deportes entre otras autoridades y organizaciones sociales de protección y defensa de los animales de Bolivia que participaron en su elaboración" sostuvo.
Aseveró que los únicos responsables de los daños que pueda ocasionar un animal, son los que están a cargo de su cuidado, quienes a la fecha no son sancionados por no existir una normativa y por eso se permite que se violente la vida y salud, de las personas y animales.
Mencionó que mientras no se tenga una norma se seguirá dejando como consecuencia la destrucción de vidas de menores de edad y la muerte de miles de animales sometidos a maltrato, crueldad y tortura por decisión de las autoridades municipales que bajo el argumento de control no dudan en hacerles pagar culpa ajena, con el fin de cubrir las evidencias de no tener medidas de prevención.
Además, sostuvo que quedarán impunes otros problemas como la zoofilia que por ahora no se considera un delito.
En recientes días se conoció sobre la agresión que sufrió una niña de cuatro años que fue mordida por un perro, ante esto el Bloque por la Defensa de la Vida y Libertad de los Animales que agrupa a diferentes instituciones a nivel nacional, exhorta a la población a promulgar en breve esta normativa. La rescatista voluntaria que es parte de este grupo, Justina Poma manifestó que es preocupante la retardación en la aprobación de este proyecto de ley que fue presentado el 2010 y a la fecha continua tratándose en la Comisión de Política Social del ente legislativo nacional.
Explicó que uno de los aspectos contemplados dentro el proyecto está la prohibición de tenencia de animales potencialmente peligrosos, que indica que cualquier acto o hecho que incluya lesiones o hasta la muerte de la persona agredida, está tipificado como un delito que establece una sanción para el propietario del animal con privación de libertad.
Indicó que a diario se reportan casos de agresiones de animales a personas en su mayoría niños y por los vacíos legales existentes las secuelas físicas y psicológicas con las que quedan no son sancionadas, manifestó que a la fecha más de diez niños murieron por rabia humana tras haber sido agredidos por canes con este virus y ninguno de los propietarios de estos animales han sido sancionados.
"Esta es justamente una de las problemáticas planteadas para la elaboración del proyecto de ley general para la defensa de los animales, valoradas y aceptadas por la autoridad competente del nivel central como el Ministerio de Salud y Deportes entre otras autoridades y organizaciones sociales de protección y defensa de los animales de Bolivia que participaron en su elaboración" sostuvo.
Aseveró que los únicos responsables de los daños que pueda ocasionar un animal, son los que están a cargo de su cuidado, quienes a la fecha no son sancionados por no existir una normativa y por eso se permite que se violente la vida y salud, de las personas y animales.
Mencionó que mientras no se tenga una norma se seguirá dejando como consecuencia la destrucción de vidas de menores de edad y la muerte de miles de animales sometidos a maltrato, crueldad y tortura por decisión de las autoridades municipales que bajo el argumento de control no dudan en hacerles pagar culpa ajena, con el fin de cubrir las evidencias de no tener medidas de prevención.
Además, sostuvo que quedarán impunes otros problemas como la zoofilia que por ahora no se considera un delito.
domingo, 26 de mayo de 2013
Cuestión de leyes para impulsar toda la minería
Leyes más leyes menos, el objetivo de emitir disposiciones dirigidas a normar uno de los más importantes sistemas productivos del país como es la minería, busca generar condiciones favorables para que los operadores privados de la minería chica o la mediana, del sector estatal y las cooperativas puedan dirigir su accionar hacia objetivos de alta producción pero en las mejores condiciones de seguridad e incentivos apropiados para invertir, transferir tecnología y asegurar rentabilidad para el Tesoro Público recuperando lo justo en materia de utilidades de modo, como dice el dicho… que todos vivamos contentos.
Así se observa el sentido práctico de las leyes como se comenta en torno a dos últimamente aprobadas, una que prohíbe el avasallamiento de propiedades mineras y otra que ordena la situación de las concesiones operables en esa materia. Se entiende que por lo menos temporalmente esas normas estarán en la categoría de las "leyes cortas" y que exigirán reglamentos complementarios para su vigencia, quien sabe por un corto periodo, entendiendo que la Ley de Minería que sigue demorando en su aprobación contendrá puntos concretos sobre la materia referida a cuidar las propiedades y garantizar los prospectos que puedan ser implementados en función al interés de los inversionistas, amparados en reglas claras que garanticen posibles asociaciones mixtas, bajo los sistemas de riesgo compartido u otras que ya han sido sugeridas por el Estado que participa con una diferencia porcentual mínima para desarrollar inclusive los macroproyectos de la gran minería nacional.
Hay algunas consideraciones especiales entre los mineros del país cuando se toca el peliagudo tema de la Ley Minera, pues algunos aspectos podrían no ser precisamente los que se esperan, por ejemplo en materia tributaria o el pago de regalías, la situación de reinversión de utilidades, eslabones que deben estar garantizados por una sólida cadena operativa que elimine todos los problemas que en la actualidad son causa de temores para encarar grandes medianos y pequeños programas, privados, estatales y de cooperativas que al estar en una Ley principal necesitarán de reglamentaciones precisas pero ya no de otras leyes cortas.
Uno de los aspectos importantes tiene que ver con alguna reforma a la CPE en la parte referida al tema de la "propiedad de la tierra y territorio" que todavía es la causa de acciones atrabiliarias cometidas por comunarios, contra algunos mineros cooperativistas o de estos contra asalariados bajo el tema de reclamar "permiso comunitario", que inclusive se exige en algunos proyectos petroleros alterando los planes de exploración, como también sucede en la minería, estos son los temas que deben ser analizados seriamente antes de lanzar una ley que no tenga el valor de corregir lo malo, enmendar disposiciones erróneas y apropiar lo que corresponda al interés de la minería, sus inversionistas y todos sus protagonistas.
Así se observa el sentido práctico de las leyes como se comenta en torno a dos últimamente aprobadas, una que prohíbe el avasallamiento de propiedades mineras y otra que ordena la situación de las concesiones operables en esa materia. Se entiende que por lo menos temporalmente esas normas estarán en la categoría de las "leyes cortas" y que exigirán reglamentos complementarios para su vigencia, quien sabe por un corto periodo, entendiendo que la Ley de Minería que sigue demorando en su aprobación contendrá puntos concretos sobre la materia referida a cuidar las propiedades y garantizar los prospectos que puedan ser implementados en función al interés de los inversionistas, amparados en reglas claras que garanticen posibles asociaciones mixtas, bajo los sistemas de riesgo compartido u otras que ya han sido sugeridas por el Estado que participa con una diferencia porcentual mínima para desarrollar inclusive los macroproyectos de la gran minería nacional.
Hay algunas consideraciones especiales entre los mineros del país cuando se toca el peliagudo tema de la Ley Minera, pues algunos aspectos podrían no ser precisamente los que se esperan, por ejemplo en materia tributaria o el pago de regalías, la situación de reinversión de utilidades, eslabones que deben estar garantizados por una sólida cadena operativa que elimine todos los problemas que en la actualidad son causa de temores para encarar grandes medianos y pequeños programas, privados, estatales y de cooperativas que al estar en una Ley principal necesitarán de reglamentaciones precisas pero ya no de otras leyes cortas.
Uno de los aspectos importantes tiene que ver con alguna reforma a la CPE en la parte referida al tema de la "propiedad de la tierra y territorio" que todavía es la causa de acciones atrabiliarias cometidas por comunarios, contra algunos mineros cooperativistas o de estos contra asalariados bajo el tema de reclamar "permiso comunitario", que inclusive se exige en algunos proyectos petroleros alterando los planes de exploración, como también sucede en la minería, estos son los temas que deben ser analizados seriamente antes de lanzar una ley que no tenga el valor de corregir lo malo, enmendar disposiciones erróneas y apropiar lo que corresponda al interés de la minería, sus inversionistas y todos sus protagonistas.
sábado, 25 de mayo de 2013
Las leyes neoliberales dieron "llave de oro" a las transnacionales
Desde el siglo XIX, la minería aurífera estuvo en manos de particulares. No se la incluyó en la nacionalización de 1952, fue cedida a cooperativistas y empresarios privados, e históricamente la explotación y exportación ilegales fueron un problema recurrente. Pese a todo, el monopsonio estatal permitía que una parte significativa del valor producido en el país fuera retenido a través de tributos.
Las políticas neoliberales buscaron liquidar la minería estañífera estatal e instaurar la gran minería politimetálica privada y los gobiernos de turno emitieron normas para desregular la actividad minera y anular al Estado como operador directo. A la vez crearon condiciones para transferir los yacimientos mineros más ricos y principales operaciones al capital transnacional, dejando para los privados y “cooperativistas” nacionales las minas poco rentables o más conflictivas.
El DS 21060 (1985), además de cerrar minas y relocalizar mineros, impuso un régimen de libre exportación y comercialización de minerales, que favoreció la formación de oligopolios privados. En mayo de 1986, mediante DS 21259, se insta a Comibol a explotar de inmediato sus yacimientos de oro en los ríos Mamoré y Madera, o que haga contratos de arrendamiento, no mayores a 10 años, pero con la obligación de producir al menos 100 gramos de oro y el pago de un canon de arrendamiento de 1 por ciento sobre el valor bruto de la producción.
Salvo El Mutún, el salar de Uyuni y algunos reservorios en el norte, la política levantó la reserva fiscal minera en el resto del país y con ello facilitó la penetración del capital monopólico transnacional.
La política privatizadora no sólo imposibilitó a Comibol la explotación y control de sus concesiones, sino que allanó el camino para el enriquecimiento con la explotación ilegal de yacimientos auríferos estatales en el norte del país.
El DS 21297 (1986) obligaba a producir al menos 100 gramos de oro por pertenencia concedida, se fijaba una regalía de 1,5 por ciento y se autorizaba la “asociación” de cooperativas con personas naturales o jurídicas. Éste último aspecto fue ratificado y profundizado por la Ley de Inversiones 1182, que en 1990 confirmó la posibilidad de asociaciones vía Contratos de Riesgo Compartido o Joint Ventures entre Comibol, cooperativas y empresas privadas, nacionales o extranjeras, lo que permitió la penetración y hegemonía del capital privado transnacional en la minería boliviana. Por su parte, el DS 21660 de 10 de julio de 1987 estimuló aún más las inversiones facilitando la importación de bienes de capital al otorgar un diferimiento de hasta tres años en el pago del Gravamen Aduanero Consolidado (GAC).
El BCB
En marzo de 1988, el DS 21910 confirió un premio de 5 por ciento sobre el precio internacional a quienes vendan su producción aurífera al Banco Central de Bolivia (BCB). El decreto también modificó la forma de aporte de capital hacia el Banco Minero por parte de los ministerios de Minería, Finanzas y Recaudaciones Tributarias.
Desde octubre de 1995, la Ley 1670 faculta al BCB a invertir sus Reservas Internacionales en oro, debiendo cumplir su Reglamento para la Administración de Reservas Internacionales y a la Política Anual de Inversiones, que necesariamente debe ser aprobada por el directorio de la autoridad monetaria.
Varias exenciones impositivas
La política de “atracción” de inversiones para la minería supuso, además, una serie de exenciones impositivas, como las que se ofrecieron al Impuesto a las Transacciones (IT) por la explotación de productos mineros, que en el caso de las ventas al mercado interno se extendía por 10 años.
O las más diversas exoneraciones, por ejemplo, al Gravamen Arancelario (GA) e Impuesto al Valor Agregado (IVA) por importación de maquinaria; al Impuesto a Utilidades de las Empresas (IUE) si se reinvertían en su totalidad en bienes de capital y creación de fuentes de trabajo; al Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles en caso de nuevas construcciones y edificaciones realizadas por proyectos mineros por 10 años; 1 por ciento por servicios de Valoración Aduanera cuando sean importaciones efectuadas al amparo del régimen entonces vigente.
Otros “incentivos” estaban referidos a la posibilidad de depreciación acelerada de activos fijos como acicate a las inversiones; la doble deducción del IUE por gastos de exploración; y la devolución del IVA y del GA a las exportaciones.
Acorde con las intencionalidades de los neoliberales, todas estas medidas fueron complementadas por la Ley 1777 de Código de Minería promulgada por Gonzalo Sánchez de Lozada en marzo de 1997, norma que consolidó el carácter pro capitalista y privatizador de la política minera en el país.
El próximo artículo será motivo de los comentarios de dicho código de minería, pues a la fecha continúa vigente y con él muchas de sus intencionalidades y objetivos.
Las políticas neoliberales buscaron liquidar la minería estañífera estatal e instaurar la gran minería politimetálica privada y los gobiernos de turno emitieron normas para desregular la actividad minera y anular al Estado como operador directo. A la vez crearon condiciones para transferir los yacimientos mineros más ricos y principales operaciones al capital transnacional, dejando para los privados y “cooperativistas” nacionales las minas poco rentables o más conflictivas.
El DS 21060 (1985), además de cerrar minas y relocalizar mineros, impuso un régimen de libre exportación y comercialización de minerales, que favoreció la formación de oligopolios privados. En mayo de 1986, mediante DS 21259, se insta a Comibol a explotar de inmediato sus yacimientos de oro en los ríos Mamoré y Madera, o que haga contratos de arrendamiento, no mayores a 10 años, pero con la obligación de producir al menos 100 gramos de oro y el pago de un canon de arrendamiento de 1 por ciento sobre el valor bruto de la producción.
Salvo El Mutún, el salar de Uyuni y algunos reservorios en el norte, la política levantó la reserva fiscal minera en el resto del país y con ello facilitó la penetración del capital monopólico transnacional.
La política privatizadora no sólo imposibilitó a Comibol la explotación y control de sus concesiones, sino que allanó el camino para el enriquecimiento con la explotación ilegal de yacimientos auríferos estatales en el norte del país.
El DS 21297 (1986) obligaba a producir al menos 100 gramos de oro por pertenencia concedida, se fijaba una regalía de 1,5 por ciento y se autorizaba la “asociación” de cooperativas con personas naturales o jurídicas. Éste último aspecto fue ratificado y profundizado por la Ley de Inversiones 1182, que en 1990 confirmó la posibilidad de asociaciones vía Contratos de Riesgo Compartido o Joint Ventures entre Comibol, cooperativas y empresas privadas, nacionales o extranjeras, lo que permitió la penetración y hegemonía del capital privado transnacional en la minería boliviana. Por su parte, el DS 21660 de 10 de julio de 1987 estimuló aún más las inversiones facilitando la importación de bienes de capital al otorgar un diferimiento de hasta tres años en el pago del Gravamen Aduanero Consolidado (GAC).
El BCB
En marzo de 1988, el DS 21910 confirió un premio de 5 por ciento sobre el precio internacional a quienes vendan su producción aurífera al Banco Central de Bolivia (BCB). El decreto también modificó la forma de aporte de capital hacia el Banco Minero por parte de los ministerios de Minería, Finanzas y Recaudaciones Tributarias.
Desde octubre de 1995, la Ley 1670 faculta al BCB a invertir sus Reservas Internacionales en oro, debiendo cumplir su Reglamento para la Administración de Reservas Internacionales y a la Política Anual de Inversiones, que necesariamente debe ser aprobada por el directorio de la autoridad monetaria.
Varias exenciones impositivas
La política de “atracción” de inversiones para la minería supuso, además, una serie de exenciones impositivas, como las que se ofrecieron al Impuesto a las Transacciones (IT) por la explotación de productos mineros, que en el caso de las ventas al mercado interno se extendía por 10 años.
O las más diversas exoneraciones, por ejemplo, al Gravamen Arancelario (GA) e Impuesto al Valor Agregado (IVA) por importación de maquinaria; al Impuesto a Utilidades de las Empresas (IUE) si se reinvertían en su totalidad en bienes de capital y creación de fuentes de trabajo; al Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles en caso de nuevas construcciones y edificaciones realizadas por proyectos mineros por 10 años; 1 por ciento por servicios de Valoración Aduanera cuando sean importaciones efectuadas al amparo del régimen entonces vigente.
Otros “incentivos” estaban referidos a la posibilidad de depreciación acelerada de activos fijos como acicate a las inversiones; la doble deducción del IUE por gastos de exploración; y la devolución del IVA y del GA a las exportaciones.
Acorde con las intencionalidades de los neoliberales, todas estas medidas fueron complementadas por la Ley 1777 de Código de Minería promulgada por Gonzalo Sánchez de Lozada en marzo de 1997, norma que consolidó el carácter pro capitalista y privatizador de la política minera en el país.
El próximo artículo será motivo de los comentarios de dicho código de minería, pues a la fecha continúa vigente y con él muchas de sus intencionalidades y objetivos.
Ley de cargas facilitará cambiar tarifas de peso
Los vehículos de transporte de carga pesada pagan una tarifa por el peso que llevan a través de las carreteras del territorio nacional. Al momento, se elabora la reglamentación de la Ley General de Transporte No. 165, promulgada en agosto de 2011, que definirá nuevos costes para ese fin.
“Falta la reglamentación que se está sistematizando en el Ministerio de Obras Públicas. También hemos trabajado en un proyecto de ley de pesos y cargas que se entregará (pronto). Esto ayudará a calificar las configuraciones de los camiones con bitrenes y llantas anchas. Hay países que los prohíben; en Brasil, por ejemplo, tienen aceptación y hay muchos (de esas características) que pasan por nuestras carreteras”, detalló el director de Planificación y Desarrollo de Vías Bolivia, Arnaldo Wayer. “El objetivo es que se actualicen esas configuraciones y consiguientemente el tarifario del peaje”.
El año pasado, con apoyo financiero de la ABC, construyeron seis estaciones de pesaje. En San José de Chiquitos está la de doble pesaje y las simples en Uyuni, Villazón, Mataral, Ivirgarzama.
Además, Vías Bolivia tiene un taller de mantenimiento de balanzas y gracias a ello, entre la corrección y mantenimiento de los equipos de pesaje, se ahorraron 210 millones de bolivianos en 2012.
viernes, 24 de mayo de 2013
La Ley 045 es cumplida por 80 de unos mil medios
Un total de 80 de los cerca de mil medios de comunicación que hay en el país cumplió hasta 2012 la Ley 045, Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación.
La información fue otorgada por el director general de Lucha Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación, Fernando Claros, quien añadió que se premió a los medios que cumplieron la norma.
El inciso E del artículo III de la Ley 045, Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación, establece que “los medios de comunicación deben difundir el contenido de esa norma, los instrumentos nacionales e internacionales contra el racismo y las políticas públicas relacionadas con el tema”.
Sin embargo, Claros comentó que “a lo único que se limitaron los medios de comunicación es a colocar publicidad contra el racismo y discriminación, pero no hicieron nada más”.
En ese marco, destacó que la Autoridad de Telecomunicaciones sancionó a la red Uno por difundir un acto de racismo. “Con esas sanciones económicas hay que hacer políticas de prevención”, finalizó.
Conceptos usados
Racismo Se considera racismo a la valoración de diferencias biológicas y/o culturales reales o imaginarias en provecho de un grupo y en perjuicio del otro con el fin de justificar una agresión y un sistema de dominación.
Discriminación Direfenciar, restringir o excluir. Es una situación en la que una persona o grupo es tratada de forma desfavorable.
La información fue otorgada por el director general de Lucha Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación, Fernando Claros, quien añadió que se premió a los medios que cumplieron la norma.
El inciso E del artículo III de la Ley 045, Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación, establece que “los medios de comunicación deben difundir el contenido de esa norma, los instrumentos nacionales e internacionales contra el racismo y las políticas públicas relacionadas con el tema”.
Sin embargo, Claros comentó que “a lo único que se limitaron los medios de comunicación es a colocar publicidad contra el racismo y discriminación, pero no hicieron nada más”.
En ese marco, destacó que la Autoridad de Telecomunicaciones sancionó a la red Uno por difundir un acto de racismo. “Con esas sanciones económicas hay que hacer políticas de prevención”, finalizó.
Conceptos usados
Racismo Se considera racismo a la valoración de diferencias biológicas y/o culturales reales o imaginarias en provecho de un grupo y en perjuicio del otro con el fin de justificar una agresión y un sistema de dominación.
Discriminación Direfenciar, restringir o excluir. Es una situación en la que una persona o grupo es tratada de forma desfavorable.
Comisión de Diputados coordina con magistrados implementación de Ley Integral Contra la Violencia
Los miembros de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados coordina con los integrantes del Consejo de la Magistratura una propuesta de implementación de la Ley Integral 348, para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia.
'La propuesta está estructurada en dos fases, la primera de capacitación a jueces actuales en la Escuela de Jueces y la segunda que involucra la creación de 48 juzgados y convocatoria a nuevos jueces especializados en temas de género, derechos humanos y violencia', indicó el presidente de la Comisión de Derechos Humanos, Ever Moya.
El consejero de la Magistratura Wilber Choque explicó que es posible que 'esta temática sea implementada en todo el territorio de Bolivia en esta gestión', por lo que la capacitación a jueces actuales se desarrollará de junio a julio.
La propuesta implica la creación de juzgados de instrucción, equipos multidisciplinarios, juzgados de sentencia, tribunales de sentencia y la Unidad Nacional de Lucha Contra la Violencia hacia la Mujer.
Choque detalló que la creación de esas instituciones que demandará una inversión de 'más o menos de 29 millones de bolivianos que el Ministerio de Economía tendría que garantizar'. La propuesta tiene el objetivo de aplicar la ley desde la presente gestión y frenar los índices de violencia.
'La propuesta está estructurada en dos fases, la primera de capacitación a jueces actuales en la Escuela de Jueces y la segunda que involucra la creación de 48 juzgados y convocatoria a nuevos jueces especializados en temas de género, derechos humanos y violencia', indicó el presidente de la Comisión de Derechos Humanos, Ever Moya.
El consejero de la Magistratura Wilber Choque explicó que es posible que 'esta temática sea implementada en todo el territorio de Bolivia en esta gestión', por lo que la capacitación a jueces actuales se desarrollará de junio a julio.
La propuesta implica la creación de juzgados de instrucción, equipos multidisciplinarios, juzgados de sentencia, tribunales de sentencia y la Unidad Nacional de Lucha Contra la Violencia hacia la Mujer.
Choque detalló que la creación de esas instituciones que demandará una inversión de 'más o menos de 29 millones de bolivianos que el Ministerio de Economía tendría que garantizar'. La propuesta tiene el objetivo de aplicar la ley desde la presente gestión y frenar los índices de violencia.
domingo, 19 de mayo de 2013
Instituciones socializarán la Ley 045 Contra el Racismo y Discriminación
Para socializar que existe la Ley 045 Contra el Racismo y toda Forma de Discriminación, aprobada el 8 de octubre de 2010 por los hechos que se produjeron en Sucre el 2008, cuando indígenas originarios fueron humillados.
El secretario departamental de Desarrollo Social, Martín Mollo, informó que se preparan una serie de actividades relacionadas con las Jornadas Plurinacionales para Construir una Ciudadanía Plena, sin racismo ni discriminación, este domingo 19 de mayo.
Las actividades se desarrollarán dando cumplimiento a la Ley 139 que declara el 24 de mayo como el Día Nacional Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación, por los hechos acontecidos en Sucre el 2008, que no deben volver a ocurrir en ninguna circunstancia por ser todos iguales, refirió a tiempo de reiterar que la normativa debe ser socializada en nuestra sociedad.
Según el cronograma el lunes 20 de mayo se efectuará el minicampeonato "Métele un Gol al Racismo" con la participación de los colegios San José, Ignacio León, Antonio José de Sainz y Comibol, en varones, y en mujeres las unidades educativas Juana Azurduy de Padilla, María Quiroz, Donato Vásquez y Pantaleón Dalence. El jueves 23 por la mañana, soldados y estudiantes trotarán desde la plaza Sebastián Pagador hasta el edificio de la Gobernación.
Asimismo en la Casa Municipal de Cultura "Javier Echenique Álvarez" se presentará la obra teatral: Las Venas Abiertas de Latinoamérica, a cargo del elenco "Albor", actividad a la que se invitó a efectivos del Ejército, Policía, organizaciones sociales y población en general.
Finalmente el acontecimiento principal se producirá el 24 de mayo por la tarde en la Avenida Cívica Sanjinés Vincenti, actividad llena de deporte, cultura e historia.
El secretario departamental de Desarrollo Social, Martín Mollo, informó que se preparan una serie de actividades relacionadas con las Jornadas Plurinacionales para Construir una Ciudadanía Plena, sin racismo ni discriminación, este domingo 19 de mayo.
Las actividades se desarrollarán dando cumplimiento a la Ley 139 que declara el 24 de mayo como el Día Nacional Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación, por los hechos acontecidos en Sucre el 2008, que no deben volver a ocurrir en ninguna circunstancia por ser todos iguales, refirió a tiempo de reiterar que la normativa debe ser socializada en nuestra sociedad.
Según el cronograma el lunes 20 de mayo se efectuará el minicampeonato "Métele un Gol al Racismo" con la participación de los colegios San José, Ignacio León, Antonio José de Sainz y Comibol, en varones, y en mujeres las unidades educativas Juana Azurduy de Padilla, María Quiroz, Donato Vásquez y Pantaleón Dalence. El jueves 23 por la mañana, soldados y estudiantes trotarán desde la plaza Sebastián Pagador hasta el edificio de la Gobernación.
Asimismo en la Casa Municipal de Cultura "Javier Echenique Álvarez" se presentará la obra teatral: Las Venas Abiertas de Latinoamérica, a cargo del elenco "Albor", actividad a la que se invitó a efectivos del Ejército, Policía, organizaciones sociales y población en general.
Finalmente el acontecimiento principal se producirá el 24 de mayo por la tarde en la Avenida Cívica Sanjinés Vincenti, actividad llena de deporte, cultura e historia.
Ley de Aplicación y su interpretación constitucional dejan mayores secuelas
La aprobación de la Ley de Aplicación Normativa efectuada en la última semana por la Asamblea Legislativa fue el corolario para legalizar una anticipada candidatura del Movimiento Al Socialismo (MAS) y su caudillo Evo Morales. Sin embargo, también abre el debate en tres frentes: la delegación de competencias del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), la “refundación” de Bolivia y su contradicción entre la República con el Estado plurinacional y el inicio de la carrera proselitista.
El artículo 196 de la CPE establece para el TCP: “El Tribunal Constitucional Plurinacional vela por la supremacía de la Constitución, ejerce el control de constitucionalidad y precautela el respeto y la vigencia de los derechos y garantías constitucionales”. Agrega en el art. 202 que son atribuciones conocer y resolver: “En única instancia, los asuntos de puro derecho sobre la inconstitucionalidad de leyes, Estatutos Autonómicos, Cartas Orgánicas, decretos y todo tipo de género de ordenanzas y resoluciones no judiciales”.
Las consultas sobre constitucionalidad también son facultad de este ente, pero con el último fallo sobre la “re- reelección” surgieron voces críticas desde la propia entidad con sede en Sucre.
“Tal como está para mí el Tribunal es cualquier pequeño juzgadito, yo me siento afectado por la sentencia prácticamente hemos perdido esa cualidad de ser Tribunal, ahora todo el mundo habla mal contra el Tribunal Constitucional y eso que nos ha costado construir la imagen, pero lamentablemente por una sentencia hemos destruido todo”, declaró el magistrado Gualberto Cusi a Radio Fides.
También se observan contradicciones en el sentido de la “refundación” de Bolivia, porque el TCP divide en dos la historia del país asumiendo “el surgimiento de un nuevo orden jurídico y político, diferente al pre-existente”, según cita el fallo de abril pasado.
Aquello, en términos simples, significa repetir el diseño político de Alvaro García sobre el Estado “naciente” frente a un Estado “obsoleto”. Sin embargo, haber dejado el concepto de República de Bolivia en el artículo 11 de la nueva Carta Magna podría abrir nuevas interpretaciones legales sobre la vigencia del “Estado – República”, o sea, la convivencia de un Estado “naciente y obsoleto” a la vez, más allá de diferenciar conceptos y categorías de ciencias políticas, pues son términos que están redactados en la CPE.
Finalmente, el fallo significó el inicio oficial de las actividades proselitistas rumbo a la elección general de 2014.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE), a través de su presienta Wilma Velasco, anunció que la fecha del verificativo electoral se podría adelantar para el mes de octubre del próximo año, tomando en cuenta que se podría dar la inédita figura de una segunda vuelva, como especifica la CPE, y esta nueva elección debería finalizar 60 días después, es decir, en diciembre.
La oposición tendrá entonces menos tiempo para definir a sus candidatos o a su representante dentro del bloque de unidad. “Es una estrategia para favorecer al MAS y aplacar el deterioro del Gobierno”, dijo Johnny Torres, jefe del Movimiento Nacionalista Revolucionario (MNR), aunque agregó con cierto optimismo que “están preparados para enfrentar al oficialismo”.
Por el lado del MAS, la candidatura de Evo Morales está garantizada con el fallo del TCP, más allá de los anuncios de exconstituyentes para presentar recursos de inhabilitación en el Órgano Electoral.
La pregunta va por definir los motivos que obligaron al oficialismo a asumir la lucha por la “re-reelección” sin importar que se haya alterado la CPE mediante una ley elaborada por una bancada en la Cámara de Senadores. El oficialismo, a través de sus jurisconsultos como el diputado Héctor Arce, han argumentado que se aplicó el Código Procesal Constitucional y no se interpretó ni reformó, al menos de forma directa, la carta fundamental del país.
El artículo 196 de la CPE establece para el TCP: “El Tribunal Constitucional Plurinacional vela por la supremacía de la Constitución, ejerce el control de constitucionalidad y precautela el respeto y la vigencia de los derechos y garantías constitucionales”. Agrega en el art. 202 que son atribuciones conocer y resolver: “En única instancia, los asuntos de puro derecho sobre la inconstitucionalidad de leyes, Estatutos Autonómicos, Cartas Orgánicas, decretos y todo tipo de género de ordenanzas y resoluciones no judiciales”.
Las consultas sobre constitucionalidad también son facultad de este ente, pero con el último fallo sobre la “re- reelección” surgieron voces críticas desde la propia entidad con sede en Sucre.
“Tal como está para mí el Tribunal es cualquier pequeño juzgadito, yo me siento afectado por la sentencia prácticamente hemos perdido esa cualidad de ser Tribunal, ahora todo el mundo habla mal contra el Tribunal Constitucional y eso que nos ha costado construir la imagen, pero lamentablemente por una sentencia hemos destruido todo”, declaró el magistrado Gualberto Cusi a Radio Fides.
También se observan contradicciones en el sentido de la “refundación” de Bolivia, porque el TCP divide en dos la historia del país asumiendo “el surgimiento de un nuevo orden jurídico y político, diferente al pre-existente”, según cita el fallo de abril pasado.
Aquello, en términos simples, significa repetir el diseño político de Alvaro García sobre el Estado “naciente” frente a un Estado “obsoleto”. Sin embargo, haber dejado el concepto de República de Bolivia en el artículo 11 de la nueva Carta Magna podría abrir nuevas interpretaciones legales sobre la vigencia del “Estado – República”, o sea, la convivencia de un Estado “naciente y obsoleto” a la vez, más allá de diferenciar conceptos y categorías de ciencias políticas, pues son términos que están redactados en la CPE.
Finalmente, el fallo significó el inicio oficial de las actividades proselitistas rumbo a la elección general de 2014.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE), a través de su presienta Wilma Velasco, anunció que la fecha del verificativo electoral se podría adelantar para el mes de octubre del próximo año, tomando en cuenta que se podría dar la inédita figura de una segunda vuelva, como especifica la CPE, y esta nueva elección debería finalizar 60 días después, es decir, en diciembre.
La oposición tendrá entonces menos tiempo para definir a sus candidatos o a su representante dentro del bloque de unidad. “Es una estrategia para favorecer al MAS y aplacar el deterioro del Gobierno”, dijo Johnny Torres, jefe del Movimiento Nacionalista Revolucionario (MNR), aunque agregó con cierto optimismo que “están preparados para enfrentar al oficialismo”.
Por el lado del MAS, la candidatura de Evo Morales está garantizada con el fallo del TCP, más allá de los anuncios de exconstituyentes para presentar recursos de inhabilitación en el Órgano Electoral.
La pregunta va por definir los motivos que obligaron al oficialismo a asumir la lucha por la “re-reelección” sin importar que se haya alterado la CPE mediante una ley elaborada por una bancada en la Cámara de Senadores. El oficialismo, a través de sus jurisconsultos como el diputado Héctor Arce, han argumentado que se aplicó el Código Procesal Constitucional y no se interpretó ni reformó, al menos de forma directa, la carta fundamental del país.
Entrevista “La Ley de Armas, una norma para dar seguridad”
“El Ministerio de Defensa está encargado de controlar y fiscalizar los registros e inventarios de las empresas importadoras de armas y explosivos”.
“Las sanciones se endurecen a los efectivos militares y policiales. Sectores en los que se han registrado robos de armas y municiones en perjuicio de ambas instituciones”.
¿Qué elementos nuevos incorpora el proyecto de Ley de Armas que ya está en fase de aprobación en la Asamblea?
Se han realizado algunas modificaciones de forma que no alteran el contenido esencial de la norma. Se mantiene la finalidad, la tipificación de los delitos y las penalidades propuestas. De la misma forma, se mantienen invariables las competencias y atribuciones asignadas a los ministerios de Defensa y de Gobierno, así como a las Fuerzas Armas y la Policía Boliviana.
¿Se dice que hay 14 figuras delictivas nuevas, ¿cuáles son?
Los delitos que han sido tipificados en la norma son: tráfico ilícito; tenencia, porte o portación y uso de armas no convencionales; fabricación ilícita; tenencia, porte o portación ilícita; hurto o robo de armas; hurto o robo de armamento militar o policial; alteración o supresión de marca; ostentación pública; almacenaje peligroso; reparación ilícita; instrucción de tiro ilegal, y prestación de servicios con armas de fuego y otros.
¿Cuáles serán las sanciones para estas figuras delictivas?
Una vez tipificados los delitos, se fijan las sanciones correspondientes, siendo los más importantes: en el caso de la tenencia ilícita de armas, se establece una pena de entre seis meses y dos años.
En porte o portación ilícita de armas, la pena es de uno a cinco años. Pero las penas se agravan en un tercio en caso de tratarse de armas y explosivos de uso militar.
El que ilícitamente importe, exporte, adquiera, transfiera, transporte, comercialice o reciba armas de fuego, explosivos y municiones será sancionado con la pena privativa de 10 a 15 años. La pena se agrava a 25 años si fuera miembro o partícipe de la estructura de una organización criminal dedicada a este ilícito.
La ley establece para el hurto o robo de armas de fuego de almacenes y armerías la pena de entre cuatro y ocho años.
La pena será de 30 años sin derecho a indulto si el delito es cometido por personal militar o policial.
¿Qué se busca con esta ley, cuáles son los objetivos centrales y cómo se garantiza que sean
viables?
Este proyecto de ley tiene por objeto normar y regular la fabricación, importación, exportación, comercialización, donación, transporte, tránsito, almacenaje, manipulación, empleo, tenencia, destrucción, registro, control, fiscalización, confiscación, marcaje y otras actividades relacionadas con las armas de fuego, municiones y explosivos, así como las materias primas clasificadas para la fabricación de explosivos, fuegos artificiales o pirotécnicos, en el marco de la seguridad y defensa del Estado.
¿Quién tendrá el control del manejo de armas, seguirá bajo la Policía o pasará a las FFAA?
El proyecto de ley establece tres sistemas de registro: El Registro General de Armas de Fuego (REGAF) que estará al cargo del Ministerio de Defensa, donde se registrarán las empresas importadoras, exportadoras y de comercialización de armas, municiones, explosivos, fuegos artificiales o pirotécnicos y otros relacionados. El Registro Clasificado de Armas de Fuego y Munición de Uso Militar estará al cargo del Comando en Jefe de las FFAA, información que será remitida semestralmente al REGAF. El Registro Clasificado de Armas de Fuego y Munición de Uso Policial y Civil (REPARUC) estará al cargo de la Policía Boliviana, información que será remitida semestralmente al Ministerio de Gobierno.
¿Cómo se hará el control de la portación de armas en el oriente y valles, donde la gente usa estos equipos para la caza?
Primero, debemos definir que la tenencia legal de armas es la facultad que se otorga a una persona natural o jurídica para que adquiera, posea y disponga de un arma de fuego.
Las armas de uso civil se clasifican en armas individuales (revólveres y rifles) hasta el calibre 6.35 mm; armas de caza y pesca; armas deportivas, armas antiguas o de colección y otro tipo de armas que funcionan a aire o gas comprimido o utilizando dardos y proyectiles. El proyecto indica que el Ministerio de Gobierno está facultado a autorizar, registrar y controlar a través del Registro Policial de Armas de Fuego y Municiones de Uso Civil (REPARUC).
El Ministerio de Defensa está encargado de controlar y fiscalizar los registros e inventarios de las empresas importadoras de armas y explosivos, las que periódicamente enviarán sus registros y stock de almacenes de éstos.
La autoridad de Estado afirmó que la finalidad de este proyecto de ley es garantizar la convivencia pacífica y la vida de las personas. También prevenir, luchar y sancionar los delitos relacionados con el tráfico ilícito de armas de fuego y otros.
“Habrá mayor control en la portación y uso de armas, sobre todo a civiles que acceden a éstas en los mercados negros para cometer hechos delictivos”. Rubén Saavedra Soto - Ministro de Defensa
“Las sanciones se endurecen a los efectivos militares y policiales. Sectores en los que se han registrado robos de armas y municiones en perjuicio de ambas instituciones”.
¿Qué elementos nuevos incorpora el proyecto de Ley de Armas que ya está en fase de aprobación en la Asamblea?
Se han realizado algunas modificaciones de forma que no alteran el contenido esencial de la norma. Se mantiene la finalidad, la tipificación de los delitos y las penalidades propuestas. De la misma forma, se mantienen invariables las competencias y atribuciones asignadas a los ministerios de Defensa y de Gobierno, así como a las Fuerzas Armas y la Policía Boliviana.
¿Se dice que hay 14 figuras delictivas nuevas, ¿cuáles son?
Los delitos que han sido tipificados en la norma son: tráfico ilícito; tenencia, porte o portación y uso de armas no convencionales; fabricación ilícita; tenencia, porte o portación ilícita; hurto o robo de armas; hurto o robo de armamento militar o policial; alteración o supresión de marca; ostentación pública; almacenaje peligroso; reparación ilícita; instrucción de tiro ilegal, y prestación de servicios con armas de fuego y otros.
¿Cuáles serán las sanciones para estas figuras delictivas?
Una vez tipificados los delitos, se fijan las sanciones correspondientes, siendo los más importantes: en el caso de la tenencia ilícita de armas, se establece una pena de entre seis meses y dos años.
En porte o portación ilícita de armas, la pena es de uno a cinco años. Pero las penas se agravan en un tercio en caso de tratarse de armas y explosivos de uso militar.
El que ilícitamente importe, exporte, adquiera, transfiera, transporte, comercialice o reciba armas de fuego, explosivos y municiones será sancionado con la pena privativa de 10 a 15 años. La pena se agrava a 25 años si fuera miembro o partícipe de la estructura de una organización criminal dedicada a este ilícito.
La ley establece para el hurto o robo de armas de fuego de almacenes y armerías la pena de entre cuatro y ocho años.
La pena será de 30 años sin derecho a indulto si el delito es cometido por personal militar o policial.
¿Qué se busca con esta ley, cuáles son los objetivos centrales y cómo se garantiza que sean
viables?
Este proyecto de ley tiene por objeto normar y regular la fabricación, importación, exportación, comercialización, donación, transporte, tránsito, almacenaje, manipulación, empleo, tenencia, destrucción, registro, control, fiscalización, confiscación, marcaje y otras actividades relacionadas con las armas de fuego, municiones y explosivos, así como las materias primas clasificadas para la fabricación de explosivos, fuegos artificiales o pirotécnicos, en el marco de la seguridad y defensa del Estado.
¿Quién tendrá el control del manejo de armas, seguirá bajo la Policía o pasará a las FFAA?
El proyecto de ley establece tres sistemas de registro: El Registro General de Armas de Fuego (REGAF) que estará al cargo del Ministerio de Defensa, donde se registrarán las empresas importadoras, exportadoras y de comercialización de armas, municiones, explosivos, fuegos artificiales o pirotécnicos y otros relacionados. El Registro Clasificado de Armas de Fuego y Munición de Uso Militar estará al cargo del Comando en Jefe de las FFAA, información que será remitida semestralmente al REGAF. El Registro Clasificado de Armas de Fuego y Munición de Uso Policial y Civil (REPARUC) estará al cargo de la Policía Boliviana, información que será remitida semestralmente al Ministerio de Gobierno.
¿Cómo se hará el control de la portación de armas en el oriente y valles, donde la gente usa estos equipos para la caza?
Primero, debemos definir que la tenencia legal de armas es la facultad que se otorga a una persona natural o jurídica para que adquiera, posea y disponga de un arma de fuego.
Las armas de uso civil se clasifican en armas individuales (revólveres y rifles) hasta el calibre 6.35 mm; armas de caza y pesca; armas deportivas, armas antiguas o de colección y otro tipo de armas que funcionan a aire o gas comprimido o utilizando dardos y proyectiles. El proyecto indica que el Ministerio de Gobierno está facultado a autorizar, registrar y controlar a través del Registro Policial de Armas de Fuego y Municiones de Uso Civil (REPARUC).
El Ministerio de Defensa está encargado de controlar y fiscalizar los registros e inventarios de las empresas importadoras de armas y explosivos, las que periódicamente enviarán sus registros y stock de almacenes de éstos.
La autoridad de Estado afirmó que la finalidad de este proyecto de ley es garantizar la convivencia pacífica y la vida de las personas. También prevenir, luchar y sancionar los delitos relacionados con el tráfico ilícito de armas de fuego y otros.
“Habrá mayor control en la portación y uso de armas, sobre todo a civiles que acceden a éstas en los mercados negros para cometer hechos delictivos”. Rubén Saavedra Soto - Ministro de Defensa
Ley 065 reduce edad e incorpora a los trabajadores independientes
El fondo solidario para incrementar el monto de las rentas bajas, la reducción de la edad de jubilación, de 60 a 58 años, y la incorporación de los trabajadores independientes en el sistema de pensiones son algunos cambios que introdujo la Ley 065, vigente desde el 10 de diciembre de 2010.
Esta ley tiene 199 artículos, en los que contempla disposiciones y prestaciones para el titular, además de otros beneficios para los familiares de los asegurados, según explicación de la directora de la Unidad de Pensiones del Ministerio de Economía, Patricia Mirabal, en una nota publicada por la Agencia Boliviana de Información.
Esta ley otorga beneficios adicionales para las mujeres. En el caso de la asegurada con al menos 120 aportes, la edad de 58 años podrá ser reducida en un año por cada hija y/o hijo nacido vivo, hasta un máximo de tres.
La Ley 065, según explicación de Mirabal, dispone la creación de un “Fondo Solidario”, cuyo objetivo es elevar las rentas más bajas hasta un máximo de 4 mil bolivianos para mineros y 3.200 bolivianos para el resto de la clase trabajadora que haya aportado 35 años al Sistema Integral de Pensiones.
El Fondo Solidario se financia con un aporte patronal del 3 por ciento, la contribución laboral de 0,5 por ciento, el pago de primas y riesgo provisional de un 2 por ciento y un porcentaje variable del “aporte solidario” de personas con ingresos superiores a 13.000 bolivianos, según la nota difundida por la agencia estatal de noticias ABI.
INDEPENDIENTES
La Ley 065 incorpora a los trabajadores independientes al nuevo sistema, que permite otorgarles una Pensión Solidaria de Vejez, siempre y cuando hayan aportado mínimamente 10 años.
“Actualmente se tienen alrededor de 1.744 profesionales u obreros autónomos registrados con la nueva ley”, según Mirabal.
También se dispone el pago de pensiones regulares o solidarias a los derechohabientes hasta un tercer grado de parentesco y en porcentajes variables que pueden llegar al 90 por ciento de la renta fijada al trabajador, cuando muera por accidente laboral, profesional e incluso por deceso común, siempre y cuando sus aportes garanticen la sostenibilidad de esos pagos o viabilicen su acceso al Fondo Solidario.
CÁLCULO
La norma dispone que el monto de jubilación será el 70 por ciento del último sueldo generado y se calculará en base a las últimas 24 boletas de pago que percibió el trabajador antes de retirarse, aunque la disposición aclara también que si existen grandes variaciones en los anteriores salarios del obrero, se considerarán igualmente hasta los últimos 72 periodos (6 años) laborales para realizar una referencia salarial y fijar el promedio de su pensión.
PRESTACIONES
La Ley 065 señala que el asegurado al sistema integral de pensiones tiene derecho, una vez que ha cumplido los requisitos, a recibir una pensión de vejez vitalicia.
Asimismo, los beneficiarios (derechohabientes) del titular tienen derecho a recibir una pensión, temporal o vitalicia, en caso de fallecimiento del asegurado.
La ley prevé también el pago de gastos funerarios, que actualmente asciende a Bs 1.800.
Para acceder a la pensión solidaria de vejez la ley señala que el asegurado debe cumplir requisitos mínimos.
El Artículo 8 de la ley indica que el asegurado debe tener al menos 58 años de edad y haber realizado como mínimo 120 aportes (mensuales), lo que equivale a diez años.
REGÍMENES
El Sistema Integral de Pensiones está compuesto por tres regímenes de aportación: el contributivo, que se refiere a los trabajadores que aportaron gran parte de su vida laboral y pueden financiar su jubilación por cuenta propia; el semi contributivo, que son las personas que pagaron distintos montos durante fracción de su vida laboral y requieren del Fondo Solidario para incrementar sus rentas; y el no contributivo, que se aplica a las personas que nunca participaron del sistema y reciben, en su mayoría, sólo la Renta Dignidad, como aporte específico del Estado.
La Ley 065 permite también realizar el aporte para terceras personas.
DATOS PARA TOMAR EN CUENTA
¿Qué son los gastos funerarios?
PAGO único de Bs 1.800 que se otorga a quien acredite haber efectuado la cancelación de los gastos de sepelio de un asegurado menor de 60 años.
El plazo máximo para solicitar el pago es de 18 meses, desde la fecha de fallecimiento. El pago estará disponible en un plazo no mayor a los 30 días calendario, luego de presentada la solicitud.
Beneficios para mujeres y mineros
REDUCCIÓN DE EDAD La Ley de Pensiones 065 permite a las mujeres restar la edad requerida para jubilarse de 58 años, un año por cada hijo nacido vivo, hasta un máximo de tres.
En el caso de los mineros, esta norma les permite descontar un año por dos trabajados en interior mina, por ser considerado una labor insalubre y de riesgo.
Esta ley tiene 199 artículos, en los que contempla disposiciones y prestaciones para el titular, además de otros beneficios para los familiares de los asegurados, según explicación de la directora de la Unidad de Pensiones del Ministerio de Economía, Patricia Mirabal, en una nota publicada por la Agencia Boliviana de Información.
Esta ley otorga beneficios adicionales para las mujeres. En el caso de la asegurada con al menos 120 aportes, la edad de 58 años podrá ser reducida en un año por cada hija y/o hijo nacido vivo, hasta un máximo de tres.
La Ley 065, según explicación de Mirabal, dispone la creación de un “Fondo Solidario”, cuyo objetivo es elevar las rentas más bajas hasta un máximo de 4 mil bolivianos para mineros y 3.200 bolivianos para el resto de la clase trabajadora que haya aportado 35 años al Sistema Integral de Pensiones.
El Fondo Solidario se financia con un aporte patronal del 3 por ciento, la contribución laboral de 0,5 por ciento, el pago de primas y riesgo provisional de un 2 por ciento y un porcentaje variable del “aporte solidario” de personas con ingresos superiores a 13.000 bolivianos, según la nota difundida por la agencia estatal de noticias ABI.
INDEPENDIENTES
La Ley 065 incorpora a los trabajadores independientes al nuevo sistema, que permite otorgarles una Pensión Solidaria de Vejez, siempre y cuando hayan aportado mínimamente 10 años.
“Actualmente se tienen alrededor de 1.744 profesionales u obreros autónomos registrados con la nueva ley”, según Mirabal.
También se dispone el pago de pensiones regulares o solidarias a los derechohabientes hasta un tercer grado de parentesco y en porcentajes variables que pueden llegar al 90 por ciento de la renta fijada al trabajador, cuando muera por accidente laboral, profesional e incluso por deceso común, siempre y cuando sus aportes garanticen la sostenibilidad de esos pagos o viabilicen su acceso al Fondo Solidario.
CÁLCULO
La norma dispone que el monto de jubilación será el 70 por ciento del último sueldo generado y se calculará en base a las últimas 24 boletas de pago que percibió el trabajador antes de retirarse, aunque la disposición aclara también que si existen grandes variaciones en los anteriores salarios del obrero, se considerarán igualmente hasta los últimos 72 periodos (6 años) laborales para realizar una referencia salarial y fijar el promedio de su pensión.
PRESTACIONES
La Ley 065 señala que el asegurado al sistema integral de pensiones tiene derecho, una vez que ha cumplido los requisitos, a recibir una pensión de vejez vitalicia.
Asimismo, los beneficiarios (derechohabientes) del titular tienen derecho a recibir una pensión, temporal o vitalicia, en caso de fallecimiento del asegurado.
La ley prevé también el pago de gastos funerarios, que actualmente asciende a Bs 1.800.
Para acceder a la pensión solidaria de vejez la ley señala que el asegurado debe cumplir requisitos mínimos.
El Artículo 8 de la ley indica que el asegurado debe tener al menos 58 años de edad y haber realizado como mínimo 120 aportes (mensuales), lo que equivale a diez años.
REGÍMENES
El Sistema Integral de Pensiones está compuesto por tres regímenes de aportación: el contributivo, que se refiere a los trabajadores que aportaron gran parte de su vida laboral y pueden financiar su jubilación por cuenta propia; el semi contributivo, que son las personas que pagaron distintos montos durante fracción de su vida laboral y requieren del Fondo Solidario para incrementar sus rentas; y el no contributivo, que se aplica a las personas que nunca participaron del sistema y reciben, en su mayoría, sólo la Renta Dignidad, como aporte específico del Estado.
La Ley 065 permite también realizar el aporte para terceras personas.
DATOS PARA TOMAR EN CUENTA
¿Qué son los gastos funerarios?
PAGO único de Bs 1.800 que se otorga a quien acredite haber efectuado la cancelación de los gastos de sepelio de un asegurado menor de 60 años.
El plazo máximo para solicitar el pago es de 18 meses, desde la fecha de fallecimiento. El pago estará disponible en un plazo no mayor a los 30 días calendario, luego de presentada la solicitud.
Beneficios para mujeres y mineros
REDUCCIÓN DE EDAD La Ley de Pensiones 065 permite a las mujeres restar la edad requerida para jubilarse de 58 años, un año por cada hijo nacido vivo, hasta un máximo de tres.
En el caso de los mineros, esta norma les permite descontar un año por dos trabajados en interior mina, por ser considerado una labor insalubre y de riesgo.
viernes, 17 de mayo de 2013
"Borrador" de Ley Minera, II
Siguiendo con el análisis del "borrador" de Ley Minera, cabe detenernos en dos aspectos fundamentales: generación de nuevos proyectos mineros y estructura del sector minero estatal. En el primer caso y como anticipé en esta columna, el desempeño del Sergeomim (así se llamará el Servicio Geológico Minero Metalúrgico, único actor importante en exploración minera básica), marcará la ruta que seguirá el país en este rubro.
El Art. 54 especifica sus atribuciones, 15 en el área geológico-minera y 5 en metalurgia, me llamó la atención el punto d) elaborar el portafolio de prospectos y proyectos mineros para la promoción del potencial minero y el Art. 55 que define el financiamiento (los mismos medios de financiamiento del actual Sergeotecmin: Tesoro General de la Nación, porcentaje de pagos por derecho de vigencia, ingresos por prestación de servicios y ayuda de organismos internacionales). Todos conocemos las precarias condiciones en que se desenvuelve ahora el Sergeotecmin, pretender aumentar atribuciones al nuevo Sergeomim y separar el Setmin de la estructura principal sin dar alternativas adicionales de financiamiento, producirá mayor burocracia pero no mayor eficiencia. Con el esmirriado presupuesto actual, las cosas no cambiarán.
La tarea principal de generar un portafolio de proyectos mineros -en etapa de prefactibilidad para despertar interés de inversionistas- requiere una estructura institucional que no se tiene ahora, personal especializado y presupuesto adecuado que tampoco se dan. Hace tiempo vengo proponiendo una alternativa para esta situación: el potenciamiento institucional que costará mucho tiempo y dinero pero se debe hacer si se quieren resultados y abrir en la Ley la posibilidad de que Sergeomim participe en representación del Estado y con sus proyectos, en contratos de asociación con particulares (empresas) y pueda acceder –en caso de éxito– aparte del excedente que generen las nuevas operaciones mineras. No hacerlo es quitarle cualquier posibilidad de desarrollo y seguir con el círculo de fusiones y separaciones sin horizonte concreto de mejora.
En el caso de Comibol, la pesada estructura que propone la Ley (Art. 39 y siguientes) con Empresas Descentralizadas burocráticas y de difícil control, repetirá la historia de de lo que hoy son Huanuni, Corocoro o Mutún que solo dan señales de vida cuando hay problemas. Comibol debiera ser una verdadera Corporación, que administre centros mineros y metalúrgicos en el país, que invierta y se diversifique en nuevos emprendimientos en la región y el mundo, que se inserte a las corrientes de inversión global y pueda llegar a ser pragmática, eficiente y competitiva, aunque parezca sueño neoliberal.
No repitamos los errores del 52 cuando nacionalizamos las viejas minas de Simón I. Patiño pero dejamos incólume Patiño Mines & Enterprises, una corporación transnacional que tenía intereses en tres continentes, un grado de diversificación que le permitió ser la mayor empresa del rubro en su tiempo; que podía capear cualquier bajón de precios de metales y minerales, y compensar pérdidas en Bolivia con sus minas en Malasia e Indonesia o con ganancias de sus fundiciones en el Reino Unido. Nosotros nunca lo pudimos hacer.
La receta es simple, aprender de la historia como lo hizo Chile con Codelco o Brasil con Petrobras y dejar de sentirnos el "ombligo del mundo" y pensar que todo gira alrededor nuestro.
(*) Ingeniero Geólogo
exministro de Minería y metalurgia
El Art. 54 especifica sus atribuciones, 15 en el área geológico-minera y 5 en metalurgia, me llamó la atención el punto d) elaborar el portafolio de prospectos y proyectos mineros para la promoción del potencial minero y el Art. 55 que define el financiamiento (los mismos medios de financiamiento del actual Sergeotecmin: Tesoro General de la Nación, porcentaje de pagos por derecho de vigencia, ingresos por prestación de servicios y ayuda de organismos internacionales). Todos conocemos las precarias condiciones en que se desenvuelve ahora el Sergeotecmin, pretender aumentar atribuciones al nuevo Sergeomim y separar el Setmin de la estructura principal sin dar alternativas adicionales de financiamiento, producirá mayor burocracia pero no mayor eficiencia. Con el esmirriado presupuesto actual, las cosas no cambiarán.
La tarea principal de generar un portafolio de proyectos mineros -en etapa de prefactibilidad para despertar interés de inversionistas- requiere una estructura institucional que no se tiene ahora, personal especializado y presupuesto adecuado que tampoco se dan. Hace tiempo vengo proponiendo una alternativa para esta situación: el potenciamiento institucional que costará mucho tiempo y dinero pero se debe hacer si se quieren resultados y abrir en la Ley la posibilidad de que Sergeomim participe en representación del Estado y con sus proyectos, en contratos de asociación con particulares (empresas) y pueda acceder –en caso de éxito– aparte del excedente que generen las nuevas operaciones mineras. No hacerlo es quitarle cualquier posibilidad de desarrollo y seguir con el círculo de fusiones y separaciones sin horizonte concreto de mejora.
En el caso de Comibol, la pesada estructura que propone la Ley (Art. 39 y siguientes) con Empresas Descentralizadas burocráticas y de difícil control, repetirá la historia de de lo que hoy son Huanuni, Corocoro o Mutún que solo dan señales de vida cuando hay problemas. Comibol debiera ser una verdadera Corporación, que administre centros mineros y metalúrgicos en el país, que invierta y se diversifique en nuevos emprendimientos en la región y el mundo, que se inserte a las corrientes de inversión global y pueda llegar a ser pragmática, eficiente y competitiva, aunque parezca sueño neoliberal.
No repitamos los errores del 52 cuando nacionalizamos las viejas minas de Simón I. Patiño pero dejamos incólume Patiño Mines & Enterprises, una corporación transnacional que tenía intereses en tres continentes, un grado de diversificación que le permitió ser la mayor empresa del rubro en su tiempo; que podía capear cualquier bajón de precios de metales y minerales, y compensar pérdidas en Bolivia con sus minas en Malasia e Indonesia o con ganancias de sus fundiciones en el Reino Unido. Nosotros nunca lo pudimos hacer.
La receta es simple, aprender de la historia como lo hizo Chile con Codelco o Brasil con Petrobras y dejar de sentirnos el "ombligo del mundo" y pensar que todo gira alrededor nuestro.
(*) Ingeniero Geólogo
exministro de Minería y metalurgia
MAS obliga a funcionarios públicos asistir a la promulgación de leyes
La dirección de Recursos Humanos de la Cámara de Diputados obligó, mediante un comunicado emitido por la Oficialía Mayor, a los funcionarios públicos de comisiones, comités y de la Bancada oficialista a asistir a la promulgación de la Ley 378, que sube en 50 bolivianos mensuales la Renta Universal de Vejez en Palacio Quemado, pues de no asistir se les descontaría un día de haber.
La presidenta de la Cámara de Diputados, Betty Tejada, quien participó en la promulgación de esta norma, al ser consultada por los periodistas sobre este comunicado se limitó a responder: “No conozco el tenor, pero el principio lo apoyo plenamente, mi presidencia invitará de manera permanente a todos los funcionarios a que conozcan las leyes de su país”, manifestó.
En un recorrido que hizo el periodista de la ANF por la Cámara de Diputados, mientras se realizaba el acto de promulgación de la Ley en Palacio, se evidenció que la mayoría de las oficinas que pertenecen al Movimiento Al Socialismo (MAS), se encontraba con las puertas cerradas.
Por su parte, la diputada de Unidad Nacional (UN), Elizabeth Reyes lamentó que este tipo de disposiciones perjudiquen el trabajo de las comisiones, puesto que en horas de la mañana se tenía previsto una sesión de la Comisión de Política Social que preside la legisladora, la cual tuvo que ser suspendida durante algunas horas por la ausencia de diputados oficialistas.
En tanto, el subjefe de Bancada del MAS en diputados Jorge Medina, dijo que desconocía la circular y planteó que se pase la pregunta al Oficial Mayor que sería el directo responsable de este nota que circuló por todas las oficinas de la Cámara Baja.
Sobre la medida, la jefa de la bancada del MAS en la Cámara Baja, Flora Aguilar, expresó su sorpresa y negó el que se haya obligado a los funcionarios que trabajan en el Legislativo vayan a presenciar la promulgación de la norma realizada por el presidente Evo Morales.
“¿Dónde aquí? En ningún momento se ha obligado, nosotros también tenemos nuestra sesión por eso vamos a participar. En ningún momento se ha obligado a nadie, más al contrario hemos visto la participación de los beneficiados”, afirmó Aguilar a Erbol.
En el acto de promulgación de esa Ley, organizada en Palacio de Gobierno, asistieron los representantes adultos mayores del área rural y urbana del país, las presidentas de ambas cámaras legislativas, senadores y diputados oficialistas, los “ponchos rojos”, trabajadores petroleros y funcionarios públicos del Órgano Legislativo, que tenían sus credenciales colgadas al cuello.
La presidenta de la Cámara de Diputados, Betty Tejada, quien participó en la promulgación de esta norma, al ser consultada por los periodistas sobre este comunicado se limitó a responder: “No conozco el tenor, pero el principio lo apoyo plenamente, mi presidencia invitará de manera permanente a todos los funcionarios a que conozcan las leyes de su país”, manifestó.
En un recorrido que hizo el periodista de la ANF por la Cámara de Diputados, mientras se realizaba el acto de promulgación de la Ley en Palacio, se evidenció que la mayoría de las oficinas que pertenecen al Movimiento Al Socialismo (MAS), se encontraba con las puertas cerradas.
Por su parte, la diputada de Unidad Nacional (UN), Elizabeth Reyes lamentó que este tipo de disposiciones perjudiquen el trabajo de las comisiones, puesto que en horas de la mañana se tenía previsto una sesión de la Comisión de Política Social que preside la legisladora, la cual tuvo que ser suspendida durante algunas horas por la ausencia de diputados oficialistas.
En tanto, el subjefe de Bancada del MAS en diputados Jorge Medina, dijo que desconocía la circular y planteó que se pase la pregunta al Oficial Mayor que sería el directo responsable de este nota que circuló por todas las oficinas de la Cámara Baja.
Sobre la medida, la jefa de la bancada del MAS en la Cámara Baja, Flora Aguilar, expresó su sorpresa y negó el que se haya obligado a los funcionarios que trabajan en el Legislativo vayan a presenciar la promulgación de la norma realizada por el presidente Evo Morales.
“¿Dónde aquí? En ningún momento se ha obligado, nosotros también tenemos nuestra sesión por eso vamos a participar. En ningún momento se ha obligado a nadie, más al contrario hemos visto la participación de los beneficiados”, afirmó Aguilar a Erbol.
En el acto de promulgación de esa Ley, organizada en Palacio de Gobierno, asistieron los representantes adultos mayores del área rural y urbana del país, las presidentas de ambas cámaras legislativas, senadores y diputados oficialistas, los “ponchos rojos”, trabajadores petroleros y funcionarios públicos del Órgano Legislativo, que tenían sus credenciales colgadas al cuello.
jueves, 16 de mayo de 2013
Ocho cambios destacan en la Ley de Pensiones
Ocho cambios sobresalen entre las modificaciones que introduce la nueva Ley de Pensiones 065, promulgada en diciembre de 2010, aunque el porcentaje para calcular la renta, la cantidad de meses sobre la que se realice el cálculo, el cuestionamiento a que los militares reciban la mejor renta y la administración de los recursos son los principales generadores de conflicto entre el Gobierno y la Central Obrera Boliviana (COB), que derivaron en paro, bloqueos e intervenciones violentas que dejaron heridos y detenidos como saldo.
Las modificaciones más sobresalientes son la creación de un fondo solidario, la reducción de la edad de la jubilación, que baja de 65 a 58 años (55 para las mujeres); el acceso a renta con 10 años de aportes como mínimo; la restitución del aporte patronal, que fue eliminado con la antigua Ley 1732, y que ahora establece que parte de las utilidades de los privados vayan a mejorar la jubilación; la contribución a favor del cónyuge que no tenga dependencia laboral; la ampliación de la cobertura, que permite que sectores que no contaban con el beneficio puedan acceder a una renta; la posibilidad de retirar los aportes, abierta sólo para trabajadores independientes y la administración, que ahora está bajo tuición del Estado.
A pesar de que, según el ministro de Economía y Finanzas públicas, Luis Arce, la ley fue consensuada con los trabajadores y que, como muestra de ello, fue promulgada en la sede de la COB, los trabajadores piden modificaciones.
Las principales son que el monto de la jubilación sea el equivalente al 70 por ciento de la suma de los últimos 24 meses de salarios (fijado en 60 por ciento); también piden el incremento de la pensión mínima solidaria de 580 bolivianos a 1.000 bolivianos, es decir, un salario mínimo nacional; que el Estado aporte al Sistema Integral de Pensiones; que la jubilación sea a los 30 años de vida laboral y no 35 como establece la ley y que tres de los cinco miembros del directorio de la Gestora Pública de la Seguridad Social, que reemplazará a las privadas administradoras de fondos de pensiones (AFP), representen al ente matriz de los trabajadores.
Un análisis de la Fundación Milenio hace notar que la flexibilidad para jubilarse hizo que el número de jubilados al año se haya quintuplicado y que la pensión solidaria deba financiarse con ahorros previsionales ajenos.
La Ley de Pensiones afecta el ahorro en AFP de casi 1,5 millones de afiliados que desde mayo de 1997 hasta agosto de 2012, ahorraron en sus cuentas individuales más de 7 mil millones de dólares destinados a financiar sus rentas.
La nueva ley dispone que ese dinero de propiedad privada se transfiera a un "Fondo de Vejez".
Milenio señala también que con la nueva ley, ha subido el número de jubilados pero con pensiones más bajas. Entre 1997 y 2010 se jubilaron 29.980 personas en 13 años, mientras que durante la vigencia de la nueva ley, en un año y siete meses, 16.856 afiliados accedieron a la jubilación.
La Pensión Solidaria de Vejez, está destinada a los asegurados que tengan 58 años de edad y hayan realizado aportes por al menos 10 años.
La Ley 065 incorpora la obligación de financiar la pensión solidaria ajena con obligaciones que representan una nueva tributación a los ingresos, además de los impuestos establecidos en la Ley 843.
La Pensión Solidaria se financia con los ahorros previsionales ajenos; por lo tanto, existe la certeza de que la pensión de jubilación ya no depende del esfuerzo contributivo.
Antes, las AFP estaban obligadas a llevar una contabilidad para sus recursos y otra para los fondos de pensiones. La ley actual crea un monopolio a cargo de una gestora pública facultada para administrar los recursos de los afiliados, quienes no tienen otra alternativa que confiar sus ahorros al Estado, donde el Ejecutivo dicta normas, determina derechos y obligaciones, cuantifica y modifica alícuotas, aportes, comisiones, pensiones y edad de jubilación por decreto.
Inversiones
La Fundación Milenio señala que las inversiones de los fondos de capitalización individual efectuadas por las AFP estaban sujetas a límites, clasificación de riesgo y criterios de diversificación, rentabilidad y seguridad.
Con la actual Ley de Pensiones, la gestora pública tiene facultades discrecionales para administrar las inversiones y existe el peligro de que sean destinadas a proyectos ajenos.
El 75 por ciento de la inversión de los fondos de pensiones está concentrado en bancos y en los Fondos Financieros Privados
ALGUNOS TÉRMINOS USADOS EN LA LEY DE PENSIONES
Accidente laboral: Es el evento súbito o violento que provoca la incapacidad o el fallecimiento del Asegurado Independiente, relacionado con su actividad laboral declarada mediante formulario, de acuerdo a reglamento.
Afiliado: Es la persona incorporada al Seguro Social Obligatorio de largo plazo vigente hasta la fecha de publicación de la Ley.
Aporte Nacional Solidario: Es el aporte obligatorio destinado al Fondo Solidario, que realizan las personas con ingresos superiores a los límites establecidos a los cuales aplica el 1%, 5% y 10% sobre la diferencia positiva del Total Solidario y el monto correspondiente a cada porcentaje.
Asegurado Independiente: Es la persona sin relación de dependencia laboral, incorporada al Sistema Integral de Pensiones.
Beneficiario: Es la ciudadana o el ciudadano boliviano residente en el territorio nacional, que a partir de los sesenta (60) años tiene el derecho al cobro de la Renta Dignidad y Gastos Funerales, en el Régimen No Contributivo del Sistema Integral de Pensiones.
Cotización Adicional: Es el monto que los Asegurados pagan en forma voluntaria y adicional a su Cotización Mensual, con destino a su Cuenta Personal Previsional.
Cuenta Personal Previsional: Es la cuenta del Asegurado en el Fondo de Ahorro Previsional, compuesta por las Cotizaciones, su rentabilidad y otros recursos.
Densidad de Aportes: Es la suma de los periodos efectivamente aportados por el Asegurado al Sistema de Reparto, al Seguro Social Obligatorio de largo plazo y al Sistema Integral de Pensiones.
Ingreso Cotizable: Es el ingreso mensual de una persona sin relación de dependencia laboral, libremente declarado al efecto del pago de las contribuciones, a las que se encuentra obligado en los Regímenes Contributivo y Semicontributivo del Sistema Integral de Pensiones. El Ingreso Cotizable mensual declarado no podrá ser inferior a un (1) Salario Mínimo Nacional ni superior a sesenta (60) veces el Salario Mínimo Nacional vigente en el periodo de la contribución.
Riesgo laboral: Son los accidentes laborales o enfermedades laborales que se producen como consecuencia directa del trabajo o labor desempeñada declarada en el formulario y que originan la incapacidad o fallecimiento de los Asegurados Independientes.
Sistema de Reparto: Es el conjunto de los seguros de Invalidez, Vejez y Muerte y otras prestaciones y beneficios administrados por el Ente Gestor del Sistema de Reparto, previstos en el Código de Seguridad Social y otras normas específicas.
Titular: Es el Asegurado que ha generado una Prestación, Pensión o pago en los regímenes Contributivo o Semicontributivo del Sistema Integral de Pensiones..
Total Ganado: Es la suma de todos los sueldos, salarios, jornales, sobre-sueldos, horas extras, categorizaciones, participaciones, emolumentos, bonos de cualquier clase o denominación, comisiones, compensaciones en dinero, y en general toda Comisión que se obtiene como ingresos mensuales, por un asegurado con dependencia laboral, antes de deducción de impuestos.
Total Solidario: Es la sumatoria de ingresos percibidos por el Aportante Nacional Solidario, que constituye la base sobre la que se aplica los porcentajes para el pago del Aporte Nacional Solidario. Estos ingresos corresponden al Total Ganado del Asegurado Dependiente, el Ingreso Cotizable del Asegurado Independiente, el Ingreso de los Aportantes Nacionales Solidarios y el ingreso declarado por los Socios Trabajadores del Sector Cooperativo Minero.
OPINIÓN
Pablo Cuba - Economista
"Fondo solidario fomenta la informalidad y pone en riesgo el sistema"
Con la actual Ley de Pensiones se está creando un fondo solidario, donde una gran cantidad de gente que antes no había contribuido al sistema de pensiones, se beneficiará percibiendo rentas de jubilación, entre ellos cocaleros y comerciantes informales.
Entonces, el modelo planteado por el Gobierno no ha buscado crear más formalidad, al contrario, con estas acciones se está fomentando la informalidad.
Hay que tomar en cuenta que la Población Económicamente Activa (PEA) del país está más cerca de la informalidad que de la actividad formal, porque 65 por ciento de quienes trabajan lo hacen en actividades informales y sólo 35 por ciento desarrolla su actividad enmarcado en la formalidad.
Si sucediera lo contrario, mientras un mayor porcentaje de la PEA desarrollara su trabajo dentro de la formalidad,más sostenible se haría el sistema de pensiones, ya que habría una mayor cantidad de aportantes.
Es por eso que este Fondo Solidario genera distorsiones y repercute sobre los ahorros individuales de la clase trabajadora, porque hay gente que durante toda su vida laboral jamás realizó ningún aporte al sistema de pensiones, pero ahora va a beneficiarse con el dinero de los que aportaron.
Lo que el Gobierno tiene que reconsiderar es que no puede haber redistribución de renta para beneficiar a quienes nunca aportaron nada, es con esas medidas que se está fomentando la informalidad.
Con la nueva Ley de Pensiones, al haber creado un fondo de solidaridad dentro el sistema se le añade una carga a la clase trabajadora, entonces ese fondo es la verdadera razón que hace insostenible el sistema.
En todo caso, lo que el Gobierno debería hacer es seguir el ejemplo de otros países, donde quienes no han aportado al sistema no pueden beneficiarse.
Las modificaciones más sobresalientes son la creación de un fondo solidario, la reducción de la edad de la jubilación, que baja de 65 a 58 años (55 para las mujeres); el acceso a renta con 10 años de aportes como mínimo; la restitución del aporte patronal, que fue eliminado con la antigua Ley 1732, y que ahora establece que parte de las utilidades de los privados vayan a mejorar la jubilación; la contribución a favor del cónyuge que no tenga dependencia laboral; la ampliación de la cobertura, que permite que sectores que no contaban con el beneficio puedan acceder a una renta; la posibilidad de retirar los aportes, abierta sólo para trabajadores independientes y la administración, que ahora está bajo tuición del Estado.
A pesar de que, según el ministro de Economía y Finanzas públicas, Luis Arce, la ley fue consensuada con los trabajadores y que, como muestra de ello, fue promulgada en la sede de la COB, los trabajadores piden modificaciones.
Las principales son que el monto de la jubilación sea el equivalente al 70 por ciento de la suma de los últimos 24 meses de salarios (fijado en 60 por ciento); también piden el incremento de la pensión mínima solidaria de 580 bolivianos a 1.000 bolivianos, es decir, un salario mínimo nacional; que el Estado aporte al Sistema Integral de Pensiones; que la jubilación sea a los 30 años de vida laboral y no 35 como establece la ley y que tres de los cinco miembros del directorio de la Gestora Pública de la Seguridad Social, que reemplazará a las privadas administradoras de fondos de pensiones (AFP), representen al ente matriz de los trabajadores.
Un análisis de la Fundación Milenio hace notar que la flexibilidad para jubilarse hizo que el número de jubilados al año se haya quintuplicado y que la pensión solidaria deba financiarse con ahorros previsionales ajenos.
La Ley de Pensiones afecta el ahorro en AFP de casi 1,5 millones de afiliados que desde mayo de 1997 hasta agosto de 2012, ahorraron en sus cuentas individuales más de 7 mil millones de dólares destinados a financiar sus rentas.
La nueva ley dispone que ese dinero de propiedad privada se transfiera a un "Fondo de Vejez".
Milenio señala también que con la nueva ley, ha subido el número de jubilados pero con pensiones más bajas. Entre 1997 y 2010 se jubilaron 29.980 personas en 13 años, mientras que durante la vigencia de la nueva ley, en un año y siete meses, 16.856 afiliados accedieron a la jubilación.
La Pensión Solidaria de Vejez, está destinada a los asegurados que tengan 58 años de edad y hayan realizado aportes por al menos 10 años.
La Ley 065 incorpora la obligación de financiar la pensión solidaria ajena con obligaciones que representan una nueva tributación a los ingresos, además de los impuestos establecidos en la Ley 843.
La Pensión Solidaria se financia con los ahorros previsionales ajenos; por lo tanto, existe la certeza de que la pensión de jubilación ya no depende del esfuerzo contributivo.
Antes, las AFP estaban obligadas a llevar una contabilidad para sus recursos y otra para los fondos de pensiones. La ley actual crea un monopolio a cargo de una gestora pública facultada para administrar los recursos de los afiliados, quienes no tienen otra alternativa que confiar sus ahorros al Estado, donde el Ejecutivo dicta normas, determina derechos y obligaciones, cuantifica y modifica alícuotas, aportes, comisiones, pensiones y edad de jubilación por decreto.
Inversiones
La Fundación Milenio señala que las inversiones de los fondos de capitalización individual efectuadas por las AFP estaban sujetas a límites, clasificación de riesgo y criterios de diversificación, rentabilidad y seguridad.
Con la actual Ley de Pensiones, la gestora pública tiene facultades discrecionales para administrar las inversiones y existe el peligro de que sean destinadas a proyectos ajenos.
El 75 por ciento de la inversión de los fondos de pensiones está concentrado en bancos y en los Fondos Financieros Privados
ALGUNOS TÉRMINOS USADOS EN LA LEY DE PENSIONES
Accidente laboral: Es el evento súbito o violento que provoca la incapacidad o el fallecimiento del Asegurado Independiente, relacionado con su actividad laboral declarada mediante formulario, de acuerdo a reglamento.
Afiliado: Es la persona incorporada al Seguro Social Obligatorio de largo plazo vigente hasta la fecha de publicación de la Ley.
Aporte Nacional Solidario: Es el aporte obligatorio destinado al Fondo Solidario, que realizan las personas con ingresos superiores a los límites establecidos a los cuales aplica el 1%, 5% y 10% sobre la diferencia positiva del Total Solidario y el monto correspondiente a cada porcentaje.
Asegurado Independiente: Es la persona sin relación de dependencia laboral, incorporada al Sistema Integral de Pensiones.
Beneficiario: Es la ciudadana o el ciudadano boliviano residente en el territorio nacional, que a partir de los sesenta (60) años tiene el derecho al cobro de la Renta Dignidad y Gastos Funerales, en el Régimen No Contributivo del Sistema Integral de Pensiones.
Cotización Adicional: Es el monto que los Asegurados pagan en forma voluntaria y adicional a su Cotización Mensual, con destino a su Cuenta Personal Previsional.
Cuenta Personal Previsional: Es la cuenta del Asegurado en el Fondo de Ahorro Previsional, compuesta por las Cotizaciones, su rentabilidad y otros recursos.
Densidad de Aportes: Es la suma de los periodos efectivamente aportados por el Asegurado al Sistema de Reparto, al Seguro Social Obligatorio de largo plazo y al Sistema Integral de Pensiones.
Ingreso Cotizable: Es el ingreso mensual de una persona sin relación de dependencia laboral, libremente declarado al efecto del pago de las contribuciones, a las que se encuentra obligado en los Regímenes Contributivo y Semicontributivo del Sistema Integral de Pensiones. El Ingreso Cotizable mensual declarado no podrá ser inferior a un (1) Salario Mínimo Nacional ni superior a sesenta (60) veces el Salario Mínimo Nacional vigente en el periodo de la contribución.
Riesgo laboral: Son los accidentes laborales o enfermedades laborales que se producen como consecuencia directa del trabajo o labor desempeñada declarada en el formulario y que originan la incapacidad o fallecimiento de los Asegurados Independientes.
Sistema de Reparto: Es el conjunto de los seguros de Invalidez, Vejez y Muerte y otras prestaciones y beneficios administrados por el Ente Gestor del Sistema de Reparto, previstos en el Código de Seguridad Social y otras normas específicas.
Titular: Es el Asegurado que ha generado una Prestación, Pensión o pago en los regímenes Contributivo o Semicontributivo del Sistema Integral de Pensiones..
Total Ganado: Es la suma de todos los sueldos, salarios, jornales, sobre-sueldos, horas extras, categorizaciones, participaciones, emolumentos, bonos de cualquier clase o denominación, comisiones, compensaciones en dinero, y en general toda Comisión que se obtiene como ingresos mensuales, por un asegurado con dependencia laboral, antes de deducción de impuestos.
Total Solidario: Es la sumatoria de ingresos percibidos por el Aportante Nacional Solidario, que constituye la base sobre la que se aplica los porcentajes para el pago del Aporte Nacional Solidario. Estos ingresos corresponden al Total Ganado del Asegurado Dependiente, el Ingreso Cotizable del Asegurado Independiente, el Ingreso de los Aportantes Nacionales Solidarios y el ingreso declarado por los Socios Trabajadores del Sector Cooperativo Minero.
OPINIÓN
Pablo Cuba - Economista
"Fondo solidario fomenta la informalidad y pone en riesgo el sistema"
Con la actual Ley de Pensiones se está creando un fondo solidario, donde una gran cantidad de gente que antes no había contribuido al sistema de pensiones, se beneficiará percibiendo rentas de jubilación, entre ellos cocaleros y comerciantes informales.
Entonces, el modelo planteado por el Gobierno no ha buscado crear más formalidad, al contrario, con estas acciones se está fomentando la informalidad.
Hay que tomar en cuenta que la Población Económicamente Activa (PEA) del país está más cerca de la informalidad que de la actividad formal, porque 65 por ciento de quienes trabajan lo hacen en actividades informales y sólo 35 por ciento desarrolla su actividad enmarcado en la formalidad.
Si sucediera lo contrario, mientras un mayor porcentaje de la PEA desarrollara su trabajo dentro de la formalidad,más sostenible se haría el sistema de pensiones, ya que habría una mayor cantidad de aportantes.
Es por eso que este Fondo Solidario genera distorsiones y repercute sobre los ahorros individuales de la clase trabajadora, porque hay gente que durante toda su vida laboral jamás realizó ningún aporte al sistema de pensiones, pero ahora va a beneficiarse con el dinero de los que aportaron.
Lo que el Gobierno tiene que reconsiderar es que no puede haber redistribución de renta para beneficiar a quienes nunca aportaron nada, es con esas medidas que se está fomentando la informalidad.
Con la nueva Ley de Pensiones, al haber creado un fondo de solidaridad dentro el sistema se le añade una carga a la clase trabajadora, entonces ese fondo es la verdadera razón que hace insostenible el sistema.
En todo caso, lo que el Gobierno debería hacer es seguir el ejemplo de otros países, donde quienes no han aportado al sistema no pueden beneficiarse.
Entregan proyecto de Ley del cine y audiovisual
El proyecto de la “Ley del Cine y Audiovisual Boliviano”, que destaca por el espíritu “descolonizador”, construido por representantes campesinos e indígenas fue entregado ayer al ministro de Culturas, Pablo Groux.
El director del Centro de Formación y Realización Cinematográfica, Iván Sanjinés, pidió a los legisladores impulsar y dar seguimiento al proyecto hasta su aprobación.
Por su parte, el director del Consejo Nacional del Cine, Boris Yván Rivas, dijo que se realizará análisis legal y técnico del documento. Erbol
El director del Centro de Formación y Realización Cinematográfica, Iván Sanjinés, pidió a los legisladores impulsar y dar seguimiento al proyecto hasta su aprobación.
Por su parte, el director del Consejo Nacional del Cine, Boris Yván Rivas, dijo que se realizará análisis legal y técnico del documento. Erbol
Rechazan el proyecto de Ley de Abogacía
El Colegio de Abogados de Chuquisaca considera que el anteproyecto de Ley de la Abogacía es “atentatorio” para los abogados colegiados y denuncia una aparente intención de hacer desaparecer a las instituciones colegiadas que, según dijo su presidenta, Silvia Salame, no tienen la voz embargada.
Salame denunció que el anteproyecto de ley establece que el Tribunal de Honor nacional sea elegido por el Ministerio de Justicia y, además, impone a los abogados como una obligación la asistencia legal gratuita, exige un informe auditado sobre la legitimidad de sus bienes y les obliga a tramitar una nueva personería jurídica, 90 días después de la aprobación de la ley.
“El Ministerio de Justicia no tiene ninguna competencia para reconocer personerías jurídicas y se olvida que el Colegio de Abogados de Chuquisaca tiene personería desde 1904”, señaló Salame. Informó que enviaron una contrapropuesta escrita a la Ministra de Justicia, a las presidentas de las cámaras legisladoras, al presidente de la Comisión de Constitución y al mismo Jefe del Estado.
La jurista aclaró que no rechazan que el Ministerio de Justicia continúe con el registro de abogados, como ocurrió en los gobiernos dictatoriales; pero lo que no puede hacer es prohibir la libre asociación establecida en la propia Constitución Política del Estado.
Gobierno promulga ley que aumenta en Bs 50 a la Renta Dignidad
Antes de esa Ley, la renta Dignidad otorgaba una prestación mensual de Bs 200 a los hombres y mujeres mayores de 60 años que no perciben ningún tipo de renta, y de Bs 150 a los adultos mayores que perciben una renta de jubilación.
En un acto que se realizó en Palacio de Gobierno, el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce, dijo que “el año pasado hemos beneficiado con esta Renta Universal de Vejez a 831.833 personas de la tercera edad y la proyección que tenemos hacia el año 2015 es que vamos a beneficiar a 943.639 bolivianos (as) con esta renta, es decir, nos aproximamos paulatinamente al millón de personas”.
ABI
Debate para reglamentar la Ley del Transporte se inicia en una semana
El director de Tráfico y Vialidad del municipio alteño, Carlos Lima, señaló que en una semana más se iniciará el debate para la reglamentación de la Ley del Transporte.
El entrevistado aseguró que, como temas principales, se contemplará la designación de rutas, paradas y el trabajo específico del Guardia Municipal de Transporte (GMT).
De acuerdo con la autoridad municipal, actualmente un equipo jurídico tiene a su cargo el análisis de la reglamentación y en el tiempo indicado se conocerá la base de discusión con las diferentes organizaciones sociales, especialmente con la organización de los choferes.
El principal objetivo del análisis entre los implicados es que se dé a conocer a todas las instancias sociales los alcances de esta ley, de manera que no se deje ningún vacío legal y no cometer algunos errores anteriores. “No queremos tropezar con algunos errores que hemos cometido anteriormente de no hacer conocer a varias organizaciones sociales para que participen en la misma, pero de esos errores se aprende y ahora intentaremos que la reglamentación que se realice sea una base del equipo técnico y posterior a eso será difundido, discutido y consensuado con las organizaciones sociales”, manifestó.
Para Lima, una de las prioridades en la reglamentación será el trabajo de la Guardia Municipal de Transporte, instancia que deberá tener muy en cuenta cuales deberán ser las normativas a las que su actuación tendría que estar sujeta con la finalidad de no cometer errores en contra de la población ni de los operadores del transporte.
Con relación a las radios de acción que en el momento se están tomando por parte de las conductores del servicio público de minibuses, la autoridad del Municipio recordó que en primera instancia el Gobierno Municipal acordó 10 kilómetros pero luego de una posterior socialización con las organizaciones como la Federación de Juntas Vecinales y los mismos transportistas se redujo el área quedando como puntos de referencia solamente las trancas en algunas zonas.
“Hay puntos que han generado mucho conflicto y producto de ello el abuso en el trameaje, también ha sido un tema fundamental, sin embargo, se ha aclarado y recordado que dentro del radio urbano es de Bs1 y fuera de él 1,50 bolivianos, a pesar de ello se está cobrando, en ambos casos, el segundo monto, lo que nunca se ha determinado y creemos que fue un mal entendido por parte de los transportistas”, manifestó Carlos Lima.
Según la autoridad, este y otros temas fueron corroborados por dirigentes de la federación de transportistas, pero lamentó también que no dio resultado ni los mismos guardias sindicales que intentaron implementar, pero se pudo ver que es difícil y finalmente no funcionó a pesar de la buena fe de la organización máxima de choferes.
Entretanto, la autoridad recordó que en el momento los GMT no toman ninguna sanción y que actualmente se están limitando a derivar algunas denuncias al Organismo Operativo de Tránsito (OOP), instancia que debe hacer cumplir las normas.
Por otra parte, se dio a conocer que una vez consensuada la reglamentación, los Guardias Municipales del Transporte tendrán la tuición de multar a infractores de acuerdo con sus faltas.
VILLA ADELA
Por otra parte, la Comuna informó que el Paso a Desnivel ubicado en el Cruce de Villa de Adela tiene un 76 por ciento de avance físico en su construcción.
“Actualmente estamos con un 76 por ciento de avance físico. Ya se están encarando los últimos trabajos de la superestructura. Posteriormente hasta finales de este mes vamos a dar comienzo a todas las obras viales”, explicó el fiscal de Obras de la Alcaldía, Abdón Ticona.
En esta edificación se invierte 18.937.355,70 bolivianos y se construye sobre una superficie de 10.387 metros cuadrados y está ubicada en la intersección de la carretera a Viacha y la avenida Bolivia.
La segunda fase del proyecto —que se inició el pasado 5 de junio de 2012— comprende la construcción de dos estribos y dos pilares que contarán con vigas vaciadas, además se habilitarán con terraplén los carriles externos y la rotonda distribuidora que se encuentra debajo del puen
El entrevistado aseguró que, como temas principales, se contemplará la designación de rutas, paradas y el trabajo específico del Guardia Municipal de Transporte (GMT).
De acuerdo con la autoridad municipal, actualmente un equipo jurídico tiene a su cargo el análisis de la reglamentación y en el tiempo indicado se conocerá la base de discusión con las diferentes organizaciones sociales, especialmente con la organización de los choferes.
El principal objetivo del análisis entre los implicados es que se dé a conocer a todas las instancias sociales los alcances de esta ley, de manera que no se deje ningún vacío legal y no cometer algunos errores anteriores. “No queremos tropezar con algunos errores que hemos cometido anteriormente de no hacer conocer a varias organizaciones sociales para que participen en la misma, pero de esos errores se aprende y ahora intentaremos que la reglamentación que se realice sea una base del equipo técnico y posterior a eso será difundido, discutido y consensuado con las organizaciones sociales”, manifestó.
Para Lima, una de las prioridades en la reglamentación será el trabajo de la Guardia Municipal de Transporte, instancia que deberá tener muy en cuenta cuales deberán ser las normativas a las que su actuación tendría que estar sujeta con la finalidad de no cometer errores en contra de la población ni de los operadores del transporte.
Con relación a las radios de acción que en el momento se están tomando por parte de las conductores del servicio público de minibuses, la autoridad del Municipio recordó que en primera instancia el Gobierno Municipal acordó 10 kilómetros pero luego de una posterior socialización con las organizaciones como la Federación de Juntas Vecinales y los mismos transportistas se redujo el área quedando como puntos de referencia solamente las trancas en algunas zonas.
“Hay puntos que han generado mucho conflicto y producto de ello el abuso en el trameaje, también ha sido un tema fundamental, sin embargo, se ha aclarado y recordado que dentro del radio urbano es de Bs1 y fuera de él 1,50 bolivianos, a pesar de ello se está cobrando, en ambos casos, el segundo monto, lo que nunca se ha determinado y creemos que fue un mal entendido por parte de los transportistas”, manifestó Carlos Lima.
Según la autoridad, este y otros temas fueron corroborados por dirigentes de la federación de transportistas, pero lamentó también que no dio resultado ni los mismos guardias sindicales que intentaron implementar, pero se pudo ver que es difícil y finalmente no funcionó a pesar de la buena fe de la organización máxima de choferes.
Entretanto, la autoridad recordó que en el momento los GMT no toman ninguna sanción y que actualmente se están limitando a derivar algunas denuncias al Organismo Operativo de Tránsito (OOP), instancia que debe hacer cumplir las normas.
Por otra parte, se dio a conocer que una vez consensuada la reglamentación, los Guardias Municipales del Transporte tendrán la tuición de multar a infractores de acuerdo con sus faltas.
VILLA ADELA
Por otra parte, la Comuna informó que el Paso a Desnivel ubicado en el Cruce de Villa de Adela tiene un 76 por ciento de avance físico en su construcción.
“Actualmente estamos con un 76 por ciento de avance físico. Ya se están encarando los últimos trabajos de la superestructura. Posteriormente hasta finales de este mes vamos a dar comienzo a todas las obras viales”, explicó el fiscal de Obras de la Alcaldía, Abdón Ticona.
En esta edificación se invierte 18.937.355,70 bolivianos y se construye sobre una superficie de 10.387 metros cuadrados y está ubicada en la intersección de la carretera a Viacha y la avenida Bolivia.
La segunda fase del proyecto —que se inició el pasado 5 de junio de 2012— comprende la construcción de dos estribos y dos pilares que contarán con vigas vaciadas, además se habilitarán con terraplén los carriles externos y la rotonda distribuidora que se encuentra debajo del puen
Ley de Partidos estará lista a fin de año
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) prevé tener un texto final del proyecto de Ley de Organizaciones Políticas hasta fines de 2013, anunció ayer su vicepresidente, Wilfredo Ovando. En los ocho meses que restan, el documento que prepare el TSE será debatido y socializado entre actores sociales y políticos. El texto reemplazará a la actual Ley de Partidos Políticos.
Ovado explicó que ya se concluyó con la fase de recolección de insumos, propuestas y sugerencias por parte de organizaciones políticas y sociales; indicó que ahora sólo resta redactar un borrador final y luego socializarlo. “Posiblemente, hasta fin de año entregaríamos el proyecto a la Asamblea”, reiteró Ovando, tras una reunión con indígenas.
La autoridad electoral explicó que uno de los temas que generó mayor discusión fue la reposición del financiamiento estatal. Agregó que en su mayoría los partidos políticos piden el beneficio. Sectores sociales se pronunciaron en contra; empero, indígenas hablaron de un financiamiento indirecto, es decir, el pago de servicios, propaganda y campaña.
miércoles, 15 de mayo de 2013
TSE ultima detalles para proyecto de Ley de Organizaciones Políticas
El vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Wilfredo Ovando, informó ayer que esa entidad está en la tarea de recoger los últimos insumos para la redacción del proyecto de Ley de Partidos Políticos.
“Ya hemos realizado un trabajo de recojo de insumos, porque no hemos tenido un proyecto de ley para socializar, más bien es a la inversa, estamos recogiendo criterios, insumos, aportes, para elaborar en base a ello, este ya prácticamente es uno de los últimos eventos”, explicó a los periodistas.
Ovando participó en un encuentro con organizaciones y técnicos que contribuyen con insumos para elaborar ese proyecto de ley.
El Vocal del Tribunal Supremo Electoral anunció que tras esa actividad, se agilizará la redacción del proyecto de ley, para enviarlo a la Asamblea Legislativa, hasta fin de año.
Recordó que el Tribunal inició el 1 de agosto jornadas de trabajo orientadas a la elaboración del anteproyecto de la Ley de Organizaciones Políticas, con la participación de expertos internacionales, politólogos y partidos políticos, para esa norma que sustituirá a la actual Ley de Partidos Políticos.
La norma tiene la finalidad de organizar y regular a los partidos políticos u organizaciones políticas, a sus miembros, estructuras y la participación de los jóvenes y mujeres.
“Ya hemos realizado un trabajo de recojo de insumos, porque no hemos tenido un proyecto de ley para socializar, más bien es a la inversa, estamos recogiendo criterios, insumos, aportes, para elaborar en base a ello, este ya prácticamente es uno de los últimos eventos”, explicó a los periodistas.
Ovando participó en un encuentro con organizaciones y técnicos que contribuyen con insumos para elaborar ese proyecto de ley.
El Vocal del Tribunal Supremo Electoral anunció que tras esa actividad, se agilizará la redacción del proyecto de ley, para enviarlo a la Asamblea Legislativa, hasta fin de año.
Recordó que el Tribunal inició el 1 de agosto jornadas de trabajo orientadas a la elaboración del anteproyecto de la Ley de Organizaciones Políticas, con la participación de expertos internacionales, politólogos y partidos políticos, para esa norma que sustituirá a la actual Ley de Partidos Políticos.
La norma tiene la finalidad de organizar y regular a los partidos políticos u organizaciones políticas, a sus miembros, estructuras y la participación de los jóvenes y mujeres.
martes, 14 de mayo de 2013
Montaño dice que agilizaran aprobación la Ley de Pensiones
La presidenta de la Cámara de Senadores, Gabriela Montaño, calificó hoy de “sostenible” la propuesta del gobierno sobre las modificaciones a la Ley de Pensiones y dijo que de no existir acuerdo entre el gobierno y la Central Obrera Boliviana (COB) existe la posibilidad de agilizar la aprobación de la norma en el Órgano Legislativo.
“El gobierno ha hecho una propuesta que es sostenible, que beneficia y garantiza mejores condiciones de jubilación para los trabajadores que reciben menos salario y menos jubilación, (por ello) nosotros respaldamos la sostenibilidad del fondo solidario, de lo contrario dejaría de tener este principio, y por lo tanto vamos a apoyar la propuesta del Ejecutivo”, señaló.
El pasado viernes, el presidente Evo Morales afirmó que la propuesta sobre las rentas a la COB -Bs4.000 para el sector minero y Bs3.200 para otros- no cambiará, situación que propició las declaraciones de Montaño en apoyo a las modificaciones a la norma.
La jefa de la bancada del Movimiento Al Socialismo (MAS) en la Cámara de Diputados, Flora Aguilar, reiteró que la actual norma se consensuó en su momento con los trabajadores y afirmó que los dirigentes la utilizan con fines políticos.
“Esta Asamblea Legislativa ha aprobado en 2010 la Ley de Pensiones que ha sido consensuada con los dirigentes de la COB. Siempre cualquier ley se realiza con el sector correspondiente, pero ahora la COB se moviliza por un tema político”, sostuvo.
“El gobierno ha hecho una propuesta que es sostenible, que beneficia y garantiza mejores condiciones de jubilación para los trabajadores que reciben menos salario y menos jubilación, (por ello) nosotros respaldamos la sostenibilidad del fondo solidario, de lo contrario dejaría de tener este principio, y por lo tanto vamos a apoyar la propuesta del Ejecutivo”, señaló.
El pasado viernes, el presidente Evo Morales afirmó que la propuesta sobre las rentas a la COB -Bs4.000 para el sector minero y Bs3.200 para otros- no cambiará, situación que propició las declaraciones de Montaño en apoyo a las modificaciones a la norma.
La jefa de la bancada del Movimiento Al Socialismo (MAS) en la Cámara de Diputados, Flora Aguilar, reiteró que la actual norma se consensuó en su momento con los trabajadores y afirmó que los dirigentes la utilizan con fines políticos.
“Esta Asamblea Legislativa ha aprobado en 2010 la Ley de Pensiones que ha sido consensuada con los dirigentes de la COB. Siempre cualquier ley se realiza con el sector correspondiente, pero ahora la COB se moviliza por un tema político”, sostuvo.
Fue remitida a La Paz Parlamentarios proponen proyecto de ley en contra de avasallamientos
Las denuncias sobre avasallamientos que llegaron a la Brigada Parlamentaria de Oruro, derivaron en la elaboración de un proyecto de ley que pretende frenar estos hechos ilícitos con modificaciones al Código Penal para su sanción correspondiente, informó ayer el presidente de este ente legislativo, Freddy Huayta.
Ayer en sesión de la Brigada Parlamentaria, el diputado del oficialismo, Benjamín Flores, presentó un proyecto de ley que busca frenar los avasallamientos, "recibí varias denuncias, lastimosamente no existe la palabra avasallar o avasallador en la legislación boliviana, por lo que propongo algunas modificaciones al Código Penal, para sancionar a estos ciudadanos que cometen irregularidades", explicó.
Por su lado el diputado Ever Moya, señaló que es importante garantizar la propiedad privada, además de buscar sanciones drásticas que pongan coto a estas acciones.
El parlamentario Marcelo Elío, aludió a los grandes terratenientes como principales responsables de estos hechos, señalando que son los primeros que vendieron lotes a varias personas.
"Los avasalladores, y vendedores de terrenos, manejan una cantidad de personas, y las utilizan para sacarles dinero, se hacen conocer como dueños, sin mostrar la documentación", explicó Huayta.
SANCIONES
Según explicó Huayta, el proyecto de ley, sancionará a los ciudadanos que avasallen propiedad privada y asimismo a las personas que se presten a comprar el terreno a sabiendas de que este no cuenta con los documentos pertinentes. Dicha propuesta fue remitida ayer a la Asamblea Legislativa Plurinacional, para ser evaluada y analizada por la comisión correspondiente.
Ayer en sesión de la Brigada Parlamentaria, el diputado del oficialismo, Benjamín Flores, presentó un proyecto de ley que busca frenar los avasallamientos, "recibí varias denuncias, lastimosamente no existe la palabra avasallar o avasallador en la legislación boliviana, por lo que propongo algunas modificaciones al Código Penal, para sancionar a estos ciudadanos que cometen irregularidades", explicó.
Por su lado el diputado Ever Moya, señaló que es importante garantizar la propiedad privada, además de buscar sanciones drásticas que pongan coto a estas acciones.
El parlamentario Marcelo Elío, aludió a los grandes terratenientes como principales responsables de estos hechos, señalando que son los primeros que vendieron lotes a varias personas.
"Los avasalladores, y vendedores de terrenos, manejan una cantidad de personas, y las utilizan para sacarles dinero, se hacen conocer como dueños, sin mostrar la documentación", explicó Huayta.
SANCIONES
Según explicó Huayta, el proyecto de ley, sancionará a los ciudadanos que avasallen propiedad privada y asimismo a las personas que se presten a comprar el terreno a sabiendas de que este no cuenta con los documentos pertinentes. Dicha propuesta fue remitida ayer a la Asamblea Legislativa Plurinacional, para ser evaluada y analizada por la comisión correspondiente.
Proyecto de ley Diputados comienzan debate de reelección
El diputado del MAS, Carlos Aparicio, afirmó que la Cámara de Diputados debatirán hoy la Ley de Aplicación Normativa que avala la tercera reelección del presidente Evo Morales y del vicepresidente, Álvaro García Linera para las elecciones naciones de diciembre 2014.
El legislador dijo que los dos tercios de la bancada oficialista están garantizados para aprobar esta norma, pese a que solo se necesita simple mayoría de los asambleístas presentes en el plenario para viabilizar la norma.
Los exconstituyentes del MAS respaldaron este lunes la reelección presidencial de Evo Morales que según su criterio puede ser por una sola vez de manera continua.
La exconstituyente Mirtha Jiménez dijo, “estamos enviando cartas a las presidentes de la Cámara de Diputados como de Senadores al igual que al presidente, en sentido de que los exconstituyentes hemos aprobado el artículo 168 de la CPE que autoriza la reelección del presidente y vicepresidente de manera continua por una vez", manifestó.
El legislador dijo que los dos tercios de la bancada oficialista están garantizados para aprobar esta norma, pese a que solo se necesita simple mayoría de los asambleístas presentes en el plenario para viabilizar la norma.
Los exconstituyentes del MAS respaldaron este lunes la reelección presidencial de Evo Morales que según su criterio puede ser por una sola vez de manera continua.
La exconstituyente Mirtha Jiménez dijo, “estamos enviando cartas a las presidentes de la Cámara de Diputados como de Senadores al igual que al presidente, en sentido de que los exconstituyentes hemos aprobado el artículo 168 de la CPE que autoriza la reelección del presidente y vicepresidente de manera continua por una vez", manifestó.
domingo, 12 de mayo de 2013
Ley de Bancos “oficialista” pondrá en riesgo los ahorros del público
NELSON VILLALOBOS, SECRETARIO EJECUTIVO DE ASOBAN.
Con la nueva Ley de Bancos sin modificaciones al proyecto oficialista, el Gobierno podrá definir aspectos fundamentales del sistema financiero bajo criterios discrecionales, debilitándolo y poniendo así en riesgo los ahorros del público, según la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban).
“Cabe hacer notar que las observaciones presentadas por el sector a las autoridades no se reducen únicamente al tema de fijación de tasas sino que abarcan diversos aspectos de relevancia, puesto que Asoban busca que la Ley de Servicios Financieros cumpla con dos objetivos. Primero, que impulse el desarrollo económico nacional, y la manera de hacerlo es mantener la estabilidad del sistema financiero. Segundo, que proteja al consumidor financiero, es decir, a los 4 millones de ahorristas y los 760 mil prestatarios de la banca en el país” aseguró el secretario ejecutivo de la entidad, Nelson Villalobos.
La entidad observa que temas de suma importancia no se encuentran incluidos en el proyecto de norma, lo que permite al Órgano del Ejecutivo que los establezca mediante Decretos Supremos.
“Esta discrecionalidad no permite reglas de juego claras, creando incertidumbre e inseguridad, tanto en al accionista, el inversionista, el prestatario y el público que confía sus ahorros a una Banca hoy sólida, solvente y sostenible”, añadió Villalobos.
El Gobierno definirá a quién se debe prestar (decidirá sectores); en qué cantidades debe prestar (decidirá niveles máximos y mínimos); a qué precios se prestará los recursos y servicios (decidirá tasas y comisiones) y definirá también qué porcentaje de las utilidades de las Entidades se destinarán a la denominada “función social” y podrá determinar requerimientos de capital adicional para cada entidad financiera sin límite alguno.
“Hoy es la Banca la que administra y gestiona bajo un marco legal claro, bajo criterios de prudencia en el manejo de los riesgos, cuidando el ahorro del público, cuyo dinero administra, y el capital con el que trabaja. Con la nueva Ley, será el Gobierno el que defina estos temas sustantivos bajo criterios discrecionales. Y lo más probable es que, como ya sucedió en la década de los 90 cuando se aplicaron estos criterios, se vulnere la sostenibilidad del sistema debilitándolo y poniendo así en riesgo los ahorros del público”, reiteró.
Villalobos añadió que las ganancias de los bancos han sido estigmatizadas como excesivas, aspecto que ha quedado grabado en la opinión del ciudadano. “No se recuerda los períodos de crisis cuando los bancos no generaban las utilidades de hoy y la sostenibilidad del Sistema fue preocupación de todos: gobierno, sector privado y ahorristas. Para lograr su recuperación ha sido necesario desarrollar esfuerzos de capitalización, logrando que las entidades se hagan rentables y solventes para recuperar la confianza del ahorrista”, recordó.
Dijo que hasta la gestión pasada, la banca generó utilidades porque las empresas y clientes a los que sirve también tuvieron un buen desempeño económico, lo que permitió al Sistema Financiero reducir los niveles de mora, disminuir el riesgo de no pago y, por ende, disminuir las tasas de interés sobre préstamos. “Tanto la mora como las tasas de interés son las más bajas de la historia boliviana”, resaltó.
COSTOS
Explicó que un banco es una industria de servicios como cualquier otra que, para vender sus servicios, asume costos, gastos de administración y fundamentalmente riesgos con su capital y con el ahorro del público.
Los costos dependen del segmento en el que opera. A mayores riesgos, mayores costos y los precios se fijan de acuerdo a estos costos y riesgos. Por ejemplo: una entidad de microcrédito otorga pequeños créditos, sin garantías reales y a numerosos clientes. Este trabajo amerita mayor supervisión y seguimiento, mayores riesgos al prestar sin garantías reales con el costo de constituir previsiones acordes a ese riesgo, mayor personal y recursos. En función a todo esto, establece su precio o tasa de interés.
INCERTIDUMBRE
“¿El Gobierno realizará este análisis para fijar las tasas? Tenemos incertidumbre. Este argumento debería ser aplicado, además, a los bancos públicos y estatales, donde es el Estado el que arriesga su capital, y no pone en riesgo el capital ajeno, privado y los dineros del público”.
Ejemplificó que la banca para prestar 100 dólares requiere un capital de 10 dólares (10%) para poder captar ahorros del público de 90 dólares. Para poder crecer y prestar 200 dólares, requerirá capitalizar utilidades para alcanzar un capital de 20 dólares y podrá captar del público 180 dólares. Esto significa que un banco requiere generar utilidades, y en la medida en que requiera crecer y prestar más, debe capitalizar esas utilidades; es decir, reinvertirlas para poder colocar más créditos y poder captar más depósitos. “Un banco que no genera utilidades y no se capitaliza, tiende a desaparecer. Si la banca deja de crecer, no tendrá la capacidad para captar mayores depósitos del público y no podrá expandir el crédito y el país dejará de crecer también”, agregó.
Dijo que ser rentables permite a los bancos crecer en patrimonio, y éste, a su vez, les permite crecer en créditos, en depósitos, en el número de prestatarios y en el número de cuentas de depósitos; todo ello acompañado por reinversión de utilidades para mejorar los servicios a los clientes bancarios, incrementando los puntos de atención, cajeros automáticos, cajas externas, corresponsalías, oficinas feriales y móviles, permitiendo así al público un mayor acceso al sistema financiero y mayor bancarización.
“En resumen, un gran porcentaje de las ganancias ha sido destinado para dar más y mejores servicios a los clientes bancarios y fortalecer a una banca capaz de acompañar el crecimiento económico, crear más y mejores empleos, y reducir los niveles de pobreza a través de la incorporación de mayores personas a la economía nacional. Por el contrario, debilitar al Sistema tendrá efectos adversos”, advirtió.
CONFIANZA
Finalmente, dijo que el sector confía en que el diálogo con las autoridades continuará, para así poder contar con una Ley de Servicios Financieros que promueva un mayor desarrollo económico con sano equilibrio respecto a la solvencia y estabilidad del sistema financiero, garantizando al mismo tiempo la protección de los recursos de los ahorristas. “Estamos seguros de que la promoción del desarrollo se puede dar solo si existe un sistema financiero estable y dinámico. Esa es la prioridad de Asoban: precautelar la buena salud del sistema en favor de todos los clientes y usuarios de la banca”.
Bolivia espera una efectiva Ley de Acceso a la Información Pública
El Día del Periodista sirvió para reflexionar sobre los derechos de los informativistas dentro de la sociedad boliviana; uno de esos derechos, empero, trasciende al gremio de la prensa y se acentúa en la necesidad que tiene toda la sociedad para estar informada sobre las acciones y manejo de la cosa pública desde las esferas del poder establecido.
El acceso a la información aún se encuentra normada bajo el rango de una Ley y sólo existen decretos y disposiciones constitucionales que no son suficientes para que la población pueda acceder a los datos sobre la administración estatal en sus diferentes gobiernos, sea central, departamental, municipal, regional e incluso el régimen indígena originario campesino.
EL DIARIO conversó con el expresidente de la Asociación de Periodistas de La Paz (APLP), Pedro Glasinovic, para explicar el valor de una Ley de Acceso a la Información Pública, pero también alertando sobre los riesgos que ya se anticipan, dado el carácter controlador del actual régimen de Gobierno dentro de la política jurídica que hace al denominado “proceso de cambio”.
¿CUÁN IMPORTANTE ES QUE EL PAÍS CUENTE CON UNA LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DENTRO DEL DERECHO A LA INFORMACIÓN (DI) RECONOCIDO A NIVEL INTERNACIONAL?
“La Ley de Acceso a la Información es otra de las leyes fundamentales que deben hacer a un Estado que se denomina democrático. El acceso a la información no sólo es un derecho para los periodistas y esto es algo que se confunde mucho, porque el acceso a la información es un derecho de toda la población de acceder a la información pública de manera transparente. Ha habido muchos proyectos para una ley de acceso a la información, pero contrariamente el Gobierno utiliza argumentos para restringir el acceso informativo, con argumentos que hacen a entidades como las FFAA, en temas de seguridad interna, que es algo comprensible, pero que tratan de aplicar a cada institución”.
SIN EMBARGO, EXISTE UN DECRETO DICTADO POR EL EXPRESIDENTE CARLOS MESA EN 2005. ¿SE DEBE ENTENDER QUE ESA NORMA NO ES SUFICIENTE?
“Efectivamente, fue un intento bueno para hacer que este derecho llegue a todos los bolivianos, pero al momento de pedir informaciones los funcionarios públicos colocan muchas trabas para acceder a la información. Un periódico, por ejemplo, pidió durante mucho tiempo cierta información y después de muchos intentos se les dio una documentación que no era la que requería porque los funcionarios no dan cumplimiento a esa norma o no tienen instrucción para hacer cumplir esa norma. Otro obstáculo es que en las instituciones se dice que sólo la cabeza de la institución puede dar información y ninguna otra persona o funcionario está autorizado para aquello”.
SI BIEN EL ACCESO A LA INFORMACIÓN NO ES UNA COMPETENCIA EXCLUSIVA DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN. ¿SU ELABORACIÓN GENERA DESDE YA SUSCEPTIBILIDAD EN EL GREMIO DE LA PRENSA?
“Las leyes en Bolivia son utilizadas políticamente, prueba de ello es la Ley 045 de Lucha contra el Racismo y toda forma de Discriminación, que es una ley noble pero que se disfraza y se introducen artículos que son contrarios a la CPE. También se ha visto las restricciones al derecho a la información y la libertad de prensa en la Ley de Régimen Electoral y con las elecciones judiciales se pudo comprobar aquello. En ese sentido, aprobar una ley de acceso a la información resultaría muy riesgoso dados los antecedentes expuestos”.
SE HABLA DE ANTEPROYECTOS DE LEY QUE ESTARÍAN CIRCULANDO EN LA ASAMBLEA LEGISLATIVA Y ALGUNOS MINISTERIOS, DONDE SE INCLUYE UN ARTÍCULO PARA LEVANTAR EL SECRETO DE LA FUENTE INFORMATIVA. ¿QUÉ DE CIERTO HAY EN ESTE TEMA?
“Hace tiempo atrás se hizo una representación ante la Asamblea Legislativa porque teníamos conocimiento de un artículo que iba contra el artículo 8 de la Ley de Imprenta que pretendía levantar el secreto de imprenta que es la confidencialidad de la fuente informativa y ese es otro problema que se puede generar para tratar de coartar la libertad de prensa en el país”.
El acceso a la información aún se encuentra normada bajo el rango de una Ley y sólo existen decretos y disposiciones constitucionales que no son suficientes para que la población pueda acceder a los datos sobre la administración estatal en sus diferentes gobiernos, sea central, departamental, municipal, regional e incluso el régimen indígena originario campesino.
EL DIARIO conversó con el expresidente de la Asociación de Periodistas de La Paz (APLP), Pedro Glasinovic, para explicar el valor de una Ley de Acceso a la Información Pública, pero también alertando sobre los riesgos que ya se anticipan, dado el carácter controlador del actual régimen de Gobierno dentro de la política jurídica que hace al denominado “proceso de cambio”.
¿CUÁN IMPORTANTE ES QUE EL PAÍS CUENTE CON UNA LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DENTRO DEL DERECHO A LA INFORMACIÓN (DI) RECONOCIDO A NIVEL INTERNACIONAL?
“La Ley de Acceso a la Información es otra de las leyes fundamentales que deben hacer a un Estado que se denomina democrático. El acceso a la información no sólo es un derecho para los periodistas y esto es algo que se confunde mucho, porque el acceso a la información es un derecho de toda la población de acceder a la información pública de manera transparente. Ha habido muchos proyectos para una ley de acceso a la información, pero contrariamente el Gobierno utiliza argumentos para restringir el acceso informativo, con argumentos que hacen a entidades como las FFAA, en temas de seguridad interna, que es algo comprensible, pero que tratan de aplicar a cada institución”.
SIN EMBARGO, EXISTE UN DECRETO DICTADO POR EL EXPRESIDENTE CARLOS MESA EN 2005. ¿SE DEBE ENTENDER QUE ESA NORMA NO ES SUFICIENTE?
“Efectivamente, fue un intento bueno para hacer que este derecho llegue a todos los bolivianos, pero al momento de pedir informaciones los funcionarios públicos colocan muchas trabas para acceder a la información. Un periódico, por ejemplo, pidió durante mucho tiempo cierta información y después de muchos intentos se les dio una documentación que no era la que requería porque los funcionarios no dan cumplimiento a esa norma o no tienen instrucción para hacer cumplir esa norma. Otro obstáculo es que en las instituciones se dice que sólo la cabeza de la institución puede dar información y ninguna otra persona o funcionario está autorizado para aquello”.
SI BIEN EL ACCESO A LA INFORMACIÓN NO ES UNA COMPETENCIA EXCLUSIVA DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN. ¿SU ELABORACIÓN GENERA DESDE YA SUSCEPTIBILIDAD EN EL GREMIO DE LA PRENSA?
“Las leyes en Bolivia son utilizadas políticamente, prueba de ello es la Ley 045 de Lucha contra el Racismo y toda forma de Discriminación, que es una ley noble pero que se disfraza y se introducen artículos que son contrarios a la CPE. También se ha visto las restricciones al derecho a la información y la libertad de prensa en la Ley de Régimen Electoral y con las elecciones judiciales se pudo comprobar aquello. En ese sentido, aprobar una ley de acceso a la información resultaría muy riesgoso dados los antecedentes expuestos”.
SE HABLA DE ANTEPROYECTOS DE LEY QUE ESTARÍAN CIRCULANDO EN LA ASAMBLEA LEGISLATIVA Y ALGUNOS MINISTERIOS, DONDE SE INCLUYE UN ARTÍCULO PARA LEVANTAR EL SECRETO DE LA FUENTE INFORMATIVA. ¿QUÉ DE CIERTO HAY EN ESTE TEMA?
“Hace tiempo atrás se hizo una representación ante la Asamblea Legislativa porque teníamos conocimiento de un artículo que iba contra el artículo 8 de la Ley de Imprenta que pretendía levantar el secreto de imprenta que es la confidencialidad de la fuente informativa y ese es otro problema que se puede generar para tratar de coartar la libertad de prensa en el país”.
La Paz Ley de Transporte seguirá sin cambios
Luis Revilla y los dirigentes departamentales de los choferes se reunirán el martes en La Paz.
La comuna no revisará la Ley Municipal de Tráfico y Transporte, aunque el alcalde Luis Revilla se reunirá el martes con dirigentes de la Federación Departamental de Choferes Primero de Mayo.
Revilla aseguró ayer que “ellos han señalado algunas preocupaciones generales y yo les he pedido que traigan preocupaciones muy concretas para que podamos discutirlas y eso es lo que vamos a hacer el próximo martes”.
La mencionada ley regula el servicio de transporte urbano en La Paz, que recibió muchas críticas en el curso de los últimos años, pero los conductores plantean el cambio de la norma.
No hay doble sanción. Además, Revilla restó validez a la preocupación sobre una doble sanción, porque las normas municipales y de la Policía Nacional establecen claramente las atribuciones de cada organismo.
Dijo que la mencionada ley edil y sus reglamentos establecen que la Guardia de Transporte debe controlar el servicio que brinda el transporte público, mientras que el Organismo Operativo de Tránsito tiene la atribución de controlar el tránsito en la ciudad, tanto de los vehículos del servicio público como de los privados.
Mientras se realizan estas reuniones para intercambiar ideas con este sector de transportistas, la Guardia Municipal de Transporte continúa su normal trabajo, que realiza en estrecha coordinación con personal del Organismo Operativo de Tránsito, según la autoridad edil.
EL ALCALDE ESCUCHARÁ LAS OBSERVACIONES puntuales de los choferes a algunos puntos de los reglamentos de la Ley Municipal de Transporte, pero no aceptará su modificación sustancial bajo motivo alguno, según una fuente de la comuna paceña.
EL ENCUENTRO CON LOS TRANSPORTISTAS. El alcalde Luis Revilla recibirá este martes por la mañana a una delegación de dirigentes de la Federación Departamental de Choferes Primero de Mayo en instalaciones del Palacio Consistorial.
El Alcalde reiteró que no se revisará ni la ley ni la escala tarifaria puesta en vigencia en el municipio hace varias semanas.
La comuna no revisará la Ley Municipal de Tráfico y Transporte, aunque el alcalde Luis Revilla se reunirá el martes con dirigentes de la Federación Departamental de Choferes Primero de Mayo.
Revilla aseguró ayer que “ellos han señalado algunas preocupaciones generales y yo les he pedido que traigan preocupaciones muy concretas para que podamos discutirlas y eso es lo que vamos a hacer el próximo martes”.
La mencionada ley regula el servicio de transporte urbano en La Paz, que recibió muchas críticas en el curso de los últimos años, pero los conductores plantean el cambio de la norma.
No hay doble sanción. Además, Revilla restó validez a la preocupación sobre una doble sanción, porque las normas municipales y de la Policía Nacional establecen claramente las atribuciones de cada organismo.
Dijo que la mencionada ley edil y sus reglamentos establecen que la Guardia de Transporte debe controlar el servicio que brinda el transporte público, mientras que el Organismo Operativo de Tránsito tiene la atribución de controlar el tránsito en la ciudad, tanto de los vehículos del servicio público como de los privados.
Mientras se realizan estas reuniones para intercambiar ideas con este sector de transportistas, la Guardia Municipal de Transporte continúa su normal trabajo, que realiza en estrecha coordinación con personal del Organismo Operativo de Tránsito, según la autoridad edil.
EL ALCALDE ESCUCHARÁ LAS OBSERVACIONES puntuales de los choferes a algunos puntos de los reglamentos de la Ley Municipal de Transporte, pero no aceptará su modificación sustancial bajo motivo alguno, según una fuente de la comuna paceña.
EL ENCUENTRO CON LOS TRANSPORTISTAS. El alcalde Luis Revilla recibirá este martes por la mañana a una delegación de dirigentes de la Federación Departamental de Choferes Primero de Mayo en instalaciones del Palacio Consistorial.
El Alcalde reiteró que no se revisará ni la ley ni la escala tarifaria puesta en vigencia en el municipio hace varias semanas.
viernes, 10 de mayo de 2013
Proyecto de ley establece regular bosques desde gobiernos autónomos
INICIATIVA El Ejecutivo trabaja en la norma, que está en consulta con las organizaciones del país.
Redacción central / Cambio
Según la ABT, 45 por ciento del departamento de Cochabamba es tierra boscosa, pero la cantidad se reduce cada año.
Los reportes que datan de 2012 señalan que ocho de 30 especies arbóreas aprovechables son ambicionadas por los madereros.
El departamento de Cochabamba perdió hace un año más de 14 mil hectáreas de bosques como consecuencia de la tala indiscriminada de árboles y el tráfico de maderas, según la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierras (ABT).
Ésa es una situación que se repite en el resto del país, particularmente en el norte amazónico, y si la tendencia continúa se pone en peligro la condición de Bolivia de sexto país del mundo en áreas boscosas.
El vicepresidente de la Comisión de Región Amazónica, Tierra, Territorio, Agua, Recursos Naturales y Medio Ambiente de la Cámara Baja, el diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS) Hugo Mújica, informó que esta situación se repite en otros territorios y que desde el Ejecutivo se perfila un anteproyecto de ley con el fin de normar la conservación y aprovechamiento sustentable de los bosques y los suelos forestales.
“Se está construyendo una ley por los recursos naturales, los recursos del bosque (...) A través de las autonomías, los gobiernos deben aportar”, indicó el asambleísta a Mújica.
Según el anteproyecto de Ley de Bosques, al que accedió este medio, en el marco de la Ley de Autonomías y Descentralización y la Ley 300 Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien, los gobiernos departamentales, gobiernos municipales autónomos y autonomías indígena originario campesinas, tendrán la responsabilidad de la puesta en marcha del manejo integral y sustentable de los bosques y suelos forestales en sus jurisdicciones.
TECNOLOGÍA Y SABERES
El artículo 20, inciso 4, respecto de las autonomías indígenas, originarias y campesinas, instruye como competencia “la participación en el sistema de innovación tecnológica y asistencia técnica integral”.
Asimismo, el inciso 5 establece que los gobiernos de los municipios indígenas deberán promover políticas, planes y programas “en el marco de sus saberes y conocimientos tradicionales”.
Asimismo, los pueblos, a través de sus autoridades indígenas, relanzarán la supervisión al aprovechamiento de productos, conservación de las funciones ambientales de los bosques y suelos forestales aplicando sus propias normas y procedimientos.
Para el presidente de la subcentral Sécure, Carlos Fabricano, una norma para el control del manejo de los bosques y su aprovechamiento es importante porque en el Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (Tipnis), donde vive, la deforestación ilegal dañó sustancialmente la reserva.
Al menos tres tipos de madera están en peligro de extinción: “la mara, cedro y almendrillo, que ya casi no existen a causa de la tala indiscriminada y la falta de políticas de control en los montes”, denunció.
En esa línea, la norma plantea una estructura orgánica descentralizada donde de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Suelos (ABS), a través de tres direcciones, podrá dirigir y ejecutar las políticas establecidas para estas zonas y uso de suelos, entre otros.
En ese sentido, se plantean tres instancias para la implementación de la norma: Ministerio de Medio Ambiente y Agua, Comisión Plurinacional de Bosques y Suelos, y ABS.
El anteproyecto es elaborado por el Órgano Ejecutivo y aún es analizado y puesto en consulta de todas las organizaciones sociales, instituciones y pueblos indígenas.
“La propuesta bajará a las organizaciones sociales, y con la visión que tienen ellas podrán hablar con sus comunidades”, anunció Mújica.
“La propuesta nace de una necesidad y los sectores sociales deben aportar en la construcción de la norma.
Hugo Mújica
Diputado por el MAS
Derecho exclusivo de pueblos indígenas
El proyecto de Ley de Bosques establece el derecho exclusivo que tienen los pueblos y naciones indígena originario campesinos sobre esos suelos.
La norma plantea, en su artículo 40 inciso primero, que las naciones y pueblos indígena originario campesinos tienen derecho exclusivo del uso y aprovechamiento de los bosques.
“Naciones y pueblos indígena originario campesinos, que siguiendo los procedimientos legales hayan logrado el reconocimiento como Territorios Indígena Originario Campesinos, tienen el derecho exclusivo de uso y aprovechamiento de los recursos naturales”.
La iniciativa legal apunta que “el manejo y gestión integral y sustentable en los límites de su territorio” se basará de “acuerdo con sus normas y procedimientos propios” de los pueblos indígenas.
Redacción central / Cambio
Según la ABT, 45 por ciento del departamento de Cochabamba es tierra boscosa, pero la cantidad se reduce cada año.
Los reportes que datan de 2012 señalan que ocho de 30 especies arbóreas aprovechables son ambicionadas por los madereros.
El departamento de Cochabamba perdió hace un año más de 14 mil hectáreas de bosques como consecuencia de la tala indiscriminada de árboles y el tráfico de maderas, según la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierras (ABT).
Ésa es una situación que se repite en el resto del país, particularmente en el norte amazónico, y si la tendencia continúa se pone en peligro la condición de Bolivia de sexto país del mundo en áreas boscosas.
El vicepresidente de la Comisión de Región Amazónica, Tierra, Territorio, Agua, Recursos Naturales y Medio Ambiente de la Cámara Baja, el diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS) Hugo Mújica, informó que esta situación se repite en otros territorios y que desde el Ejecutivo se perfila un anteproyecto de ley con el fin de normar la conservación y aprovechamiento sustentable de los bosques y los suelos forestales.
“Se está construyendo una ley por los recursos naturales, los recursos del bosque (...) A través de las autonomías, los gobiernos deben aportar”, indicó el asambleísta a Mújica.
Según el anteproyecto de Ley de Bosques, al que accedió este medio, en el marco de la Ley de Autonomías y Descentralización y la Ley 300 Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien, los gobiernos departamentales, gobiernos municipales autónomos y autonomías indígena originario campesinas, tendrán la responsabilidad de la puesta en marcha del manejo integral y sustentable de los bosques y suelos forestales en sus jurisdicciones.
TECNOLOGÍA Y SABERES
El artículo 20, inciso 4, respecto de las autonomías indígenas, originarias y campesinas, instruye como competencia “la participación en el sistema de innovación tecnológica y asistencia técnica integral”.
Asimismo, el inciso 5 establece que los gobiernos de los municipios indígenas deberán promover políticas, planes y programas “en el marco de sus saberes y conocimientos tradicionales”.
Asimismo, los pueblos, a través de sus autoridades indígenas, relanzarán la supervisión al aprovechamiento de productos, conservación de las funciones ambientales de los bosques y suelos forestales aplicando sus propias normas y procedimientos.
Para el presidente de la subcentral Sécure, Carlos Fabricano, una norma para el control del manejo de los bosques y su aprovechamiento es importante porque en el Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (Tipnis), donde vive, la deforestación ilegal dañó sustancialmente la reserva.
Al menos tres tipos de madera están en peligro de extinción: “la mara, cedro y almendrillo, que ya casi no existen a causa de la tala indiscriminada y la falta de políticas de control en los montes”, denunció.
En esa línea, la norma plantea una estructura orgánica descentralizada donde de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Suelos (ABS), a través de tres direcciones, podrá dirigir y ejecutar las políticas establecidas para estas zonas y uso de suelos, entre otros.
En ese sentido, se plantean tres instancias para la implementación de la norma: Ministerio de Medio Ambiente y Agua, Comisión Plurinacional de Bosques y Suelos, y ABS.
El anteproyecto es elaborado por el Órgano Ejecutivo y aún es analizado y puesto en consulta de todas las organizaciones sociales, instituciones y pueblos indígenas.
“La propuesta bajará a las organizaciones sociales, y con la visión que tienen ellas podrán hablar con sus comunidades”, anunció Mújica.
“La propuesta nace de una necesidad y los sectores sociales deben aportar en la construcción de la norma.
Hugo Mújica
Diputado por el MAS
Derecho exclusivo de pueblos indígenas
El proyecto de Ley de Bosques establece el derecho exclusivo que tienen los pueblos y naciones indígena originario campesinos sobre esos suelos.
La norma plantea, en su artículo 40 inciso primero, que las naciones y pueblos indígena originario campesinos tienen derecho exclusivo del uso y aprovechamiento de los bosques.
“Naciones y pueblos indígena originario campesinos, que siguiendo los procedimientos legales hayan logrado el reconocimiento como Territorios Indígena Originario Campesinos, tienen el derecho exclusivo de uso y aprovechamiento de los recursos naturales”.
La iniciativa legal apunta que “el manejo y gestión integral y sustentable en los límites de su territorio” se basará de “acuerdo con sus normas y procedimientos propios” de los pueblos indígenas.
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