El Colegio de Abogados de Chuquisaca pidió formalmente al presidente Evo Morales “observar” la Ley del Ejercicio de la Abogacía sancionada la semana pasada por la Asamblea Legislativa, porque consideran que la normativa “vulnera los derechos de los profesionales abogados bolivianos” y contradice las leyes en vigencia.
El Legislativo remitió la semana pasada la ley sancionada por el Senado al Ejecutivo para su promulgación. El Presidente del Estado tiene la facultad de objetar la ley y no promulgarla.
En la carta dirigida al jefe del Estado, la entidad colegiada advierte que la Ley sancionada en el Legislativo “es violatoria de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución” y que esta norma “será la causa de futuros conflictos”.
“Es además preocupante que quienes hoy aprobaron esa norma, muchos de ellos abogados, son también quienes se auto imponen una regulación que es violatoria de sus propios derechos”, agrega la misiva.
Los abogados colegiados de Chuquisaca, al igual que de otros distritos del país, expresaron su preocupación durante el proceso de debate sobre varios artículos del proyecto de ley.
Uno de los aspectos de mayor preocupación es el referido a la potestad que se le da al Ejecutivo para regular, controlar y sancionar las faltas administrativas y éticas de los profesionales en derecho, facultad que conferida actualmente a los colegios.
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martes, 9 de julio de 2013
sábado, 6 de julio de 2013
Diputados observan ley de la abogacía
El pleno de la Cámara de Diputados devolvió al Senado el proyecto de ley del Ejercicio de la Abogacía, que fue aprobado en sus estaciones en grande y detalle con una serie de modificaciones de forma y de fondo.
De acuerdo a un comunicado de la Cámara Baja, entre las modificaciones que se realizaron, se encuentra el incremento de los años de experiencia para ser miembro de los Tribunales Nacionales y Departamentales de Ética del Ministerio de Justicia y de los Colegios de Abogados.
De acuerdo a un comunicado de la Cámara Baja, entre las modificaciones que se realizaron, se encuentra el incremento de los años de experiencia para ser miembro de los Tribunales Nacionales y Departamentales de Ética del Ministerio de Justicia y de los Colegios de Abogados.
viernes, 5 de julio de 2013
Diputados aprueban Ley de Abogacía con modificaciones
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó anoche, en grande y detalle, con modificaciones de forma y de fondo, el proyecto de la ley del Ejercicio de la Abogacía, que fue remitida desde la Cámara de Senadores, informaron fuentes legislativas.
Según un comunicado de la Cámara de Diputados, la norma regulará el ejercicio de la abogacía y el registro de profesionales en el país.
Asimismo, la futura norma establece cambios favorables para el conjunto de las abogadas y abogados, además de la mayoría de la población.
El artículo 8 de la norma, que provocó mayor debate, determina que los juristas tienen la potestad de “afiliarse o desafilarse de un Colegio, salvo obligación o proceso pendiente”.
Por otra parte, el artículo 16 establece que “los miembros de los Directorios, en representación del Colegio Nacional o de los Colegios Departamentales de Abogadas y Abogados no podrán realizar actividades político-partidarias, siendo pasibles a sanción por infracción gravísima a la ética”.
Además, el proyecto de Ley del Ejercicio de la Abogacía, en su artículo 11, instituye que las abogadas y los abogados en ejercicio libre de la profesión, “podrán prestar atención gratuita a las personas de escasos recursos económicos”.
Según un comunicado de la Cámara de Diputados, la norma regulará el ejercicio de la abogacía y el registro de profesionales en el país.
Asimismo, la futura norma establece cambios favorables para el conjunto de las abogadas y abogados, además de la mayoría de la población.
El artículo 8 de la norma, que provocó mayor debate, determina que los juristas tienen la potestad de “afiliarse o desafilarse de un Colegio, salvo obligación o proceso pendiente”.
Por otra parte, el artículo 16 establece que “los miembros de los Directorios, en representación del Colegio Nacional o de los Colegios Departamentales de Abogadas y Abogados no podrán realizar actividades político-partidarias, siendo pasibles a sanción por infracción gravísima a la ética”.
Además, el proyecto de Ley del Ejercicio de la Abogacía, en su artículo 11, instituye que las abogadas y los abogados en ejercicio libre de la profesión, “podrán prestar atención gratuita a las personas de escasos recursos económicos”.
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