El pleno de la Cámara de Diputados aprobó anoche, en grande y detalle, con modificaciones de forma y de fondo, el proyecto de la ley del Ejercicio de la Abogacía, que fue remitida desde la Cámara de Senadores, informaron fuentes legislativas.
Según un comunicado de la Cámara de Diputados, la norma regulará el ejercicio de la abogacía y el registro de profesionales en el país.
Asimismo, la futura norma establece cambios favorables para el conjunto de las abogadas y abogados, además de la mayoría de la población.
El artículo 8 de la norma, que provocó mayor debate, determina que los juristas tienen la potestad de “afiliarse o desafilarse de un Colegio, salvo obligación o proceso pendiente”.
Por otra parte, el artículo 16 establece que “los miembros de los Directorios, en representación del Colegio Nacional o de los Colegios Departamentales de Abogadas y Abogados no podrán realizar actividades político-partidarias, siendo pasibles a sanción por infracción gravísima a la ética”.
Además, el proyecto de Ley del Ejercicio de la Abogacía, en su artículo 11, instituye que las abogadas y los abogados en ejercicio libre de la profesión, “podrán prestar atención gratuita a las personas de escasos recursos económicos”.
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