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viernes, 26 de junio de 2015

Video ¿Cómo beneficia al país la nueva Ley de Conciliación?

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Ley de Conciliación y Arbitraje

5 claves para conocer la nueva Ley de Arbitraje y Conciliación

El presidente Evo Morales promulgó este jueves la Ley 708 de Conciliación y Arbitraje, aquí te mostramos cuáles son las cinco claves para entender esta importante normativa que establece medios alternativos para la resolver disputas comerciales.

1.- Garantizar la seguridad jurídica

La Ley tiene el objetivo de garantizar seguridad jurídica a los inversionistas, que ahora cuentan con una regulación que les permitirá recurrir a los mecanismos de conciliación y arbitraje en caso de que consideren que existe algún tipo de incumplimiento contractual o extracontractual.

El presidente Morales, después de firmar la norma, dijo que con esta Ley ningún sector empresarial podrá "quejarse" de que no hay garantías ni seguridad jurídica en el país.

Por su parte, Fernando Cáceres, presidente de la Cámara Nacional de Comercio, señaló que con este instrumento legal se facilitarán los trámites para las exportaciones, pero además se fomentará y dará mayor respaldo y seguridad jurídica para quienes quieran invertir en el país, ya sean empresarios nacionales o extranjeros.

2. Confidencialidad

La Ley indica también que las actuaciones y resultados de la conciliación y el arbitraje estarán sujetos de manera obligatoria a la confidencialidad, salvo acuerdo de partes, orden judicial fundamentada o requerimiento de autoridad legalmente facultada.

La confidencialidad será levantada si compromete intereses del Estado, dictando además que toda información sea entregada a la Procuraduría General del Estado.

3. Solución extrajudicial

La norma da paso a la conciliación fuera de los juzgados como un medio alternativo a la justicia ordinaria, y está basada en la voluntad de las partes en conflicto.

El acta de conciliación tendrá efecto de cosa juzgada y se recurrirá al auxilio judicial como último recurso, solo en caso de incumplimiento.

Los Centros de Conciliación y de Arbitraje autorizados deben adecuar sus reglamentos en un plazo de 45 días y las autoridades del área regulada que hacen conciliación entre usuarios o consumidores y las entidades reguladas lo harán en base a sus normativas y procedimientos.

4. Protección de inversiones

Esta ley garantiza las inversiones que se realicen en Bolivia, extranjeras, nacionales o mixtas. Si existe alguna disputa o controversia que surja de ellas se aplicarán las leyes nacionales y será procesada bajo jurisdicción nacional.

La conciliación y arbitraje tendrá como sede el territorio boliviano, sin embargo se podrán celebrar audiencias y otras diligencias en el extranjero.

A propósito de este punto, en el acto de promulgación, Ronald Nostas, presidente de la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia aseguró que esta norma "va a permitir que la inversión privada siga confiando y apostando por el país", lo que, a la larga, se traducirá en crecimiento económico.

Este criterio es compartido por el presidente del Senado, José Alberto Gonzales. "Ahora sí que tenemos condiciones claramente establecidas porque eso reclamaba el inversor de exterior: 'queremos reglas claras, queremos tener seguridad jurídica', es lo que está haciendo esta norma sin apartarse de la Constitución", dijo.

5.- Excepciones

Con esta Ley el país definió con exactitud cuáles son las materias en las que no se puede plantear un arbitraje o buscar la conciliación, la mayoría de ellas tiene que ver con áreas económicas que tienen presencia estatal.

Las materias excluidas son: recursos naturales; títulos otorgados sobre reservas fiscales; temas de interés público y de administración del Estado; tributos y regalías; contratos administrativos; acceso a los servicios públicos; licencias, registros y autorizaciones sobre recursos naturales; cuestiones que afecten el orden público; cuestiones sobre las que haya recaído una resolución judicial, firme, definitiva, salvo los aspectos derivados de su ejecución.

También quedan excluidas cuestiones que versen sobre el Estado civil y la capacidad de las personas; cuestiones referidas a bienes o derechos de incapaces sin previa autorización judicial; cuestiones a las funciones del Estado; y temas que no sean objeto de transacción y cualquier otra determinada por la Constitución o la ley.

Además establece tres exclusiones expresas que no serán regidas por la ley: en materia laboral y seguridad social, a los acuerdos comerciales y de integración entre Estados, así como a contratos de financiamiento externo que el Estado suscribe con organizaciones u organismos internacionales.

Sancionan la ley que amplía la vigencia de ITF hasta 2018

La Cámara de Senadores aprobó ayer el proyecto de ley que amplía hasta el 31 de diciembre de 2018 la vigencia del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) para moneda extranjera. El Ministerio de Economía señaló que el objetivo es profundizar el proceso de bolivianización.
En el proyecto que fue remitido por el Ejecutivo, también se plantea un incremento gradual de la alícuota (porcentaje del impuesto) de hasta un máximo de 0,30% en la última gestión de vigencia.
"La norma tiene el objetivo de profundizar el proceso de bolivianización en el país, más que recaudar dinero, porque su colecta apenas representa el 0,06% de las recaudaciones tributarias”, explicó ayer el ministro de Economía, Luis Arce, ante el pleno de la Cámara de Senadores.

Dijo que la dolarización, desde 1985 hasta 2005, fue una estrategia de los gobiernos neoliberales para garantizar una supuesta estabilidad macroeconómica y de precios en nuestro país, señala una nota de prensa de Economía.
Según Arce, hasta 2005 los índices de dolarización sobrepasaban el 95%, es decir que casi la mayoría de las personas del país apostaban al dólar.
Pero desde que Evo Morales llegó al Gobierno, argumentó la autoridad, se inició la implementación de la política de bolivianización. "Todos estos años el país ha gozado de una verdadera estabilidad macroeconómica pero sin dolarización, demostrando así que las hipótesis y las teorías neoliberales estaban completamente equivocadas”, sostuvo.
La pasada semana, los representantes de la Cámara Nacional de Exportadores y de los Empresarios Privados de Bolivia plantearon que el ITF se congele en 0,15% porque la progresividad genera incertidumbre. Paralelamente sugirieron algunas excepciones a las transacciones de bienes de capital.

La aprobación
El proyecto de ley fue aprobado por la Cámara de Diputados el pasado 3 de junio.
La norma establece una nueva escala progresiva de alícuotas (porcentaje) para el tributo a las transacciones financieras. Es decir, para este año el índice será de 0,15%, en 2016 subirá a 0,20%, en 2017 será de 0,25% y para el último año de vigencia de esta norma (2018) se consolidará en 0,30%.
El ITF fue creado mediante la Ley 3446 de 21 de julio de 2006. Este impuesto grava operaciones de personas naturales o jurídicas que realizan pagos o transferencias de fondos por montos superiores a 2.000 dólares en moneda extranjera y se considera un instrumento extrafiscal que permite coadyuvar en la política del uso de la moneda boliviana, señala una nota de prensa de la Cámara de Senadores.
De acuerdo con datos del Servicio de Impuestos Nacionales, en 2007 se recaudaron 323,6 millones de bolivianos por el ITF. Este monto se incrementó hasta los 400,6 millones de bolivianos durante 2014, con una tasa interanual del 3,09%.
Se estima que la recaudación por el ITF alcanzará los 407,8 millones de bolivianos en 2016, 534,1 millones en 2017, 667,6 millones y 801,1 millones en 2018.

Ley 708 prescinde tribunales internacionales

Uno de los principales reparos de los empresarios privados del país a la Ley de Arbitraje y Conciliación, promulgada la mañana de ayer por el presidente Evo Morales, se refiere a que la nueva norma no reconoce tribunales internacionales y se limita solamente al ámbito nacional.

SEÑAL A MEDIAS

La nueva Ley de Conciliación y Arbitraje, promulgada ayer por el presidente Evo Morales, emite una señal a medias a la actividad económica, es decir mientras el sector privado local se beneficia con la norma, no así las inversiones extranjeras, ya que no podrán acudir a un tribunal internacional debido a que esta lo prohíbe. Dario Monasterio, experto en temas económicos, señala que la nueva normativa favorece en parte a los agentes económicos nacionales.

“No deja de ser positiva la seguridad jurídica, a través de la norma, para aumentar inversiones privadas”, apuntó Monasterio al indicar que la nueva normativa deberá aplicarse para todos los emprendimientos económicos, tanto privados como públicos, es decir todos deben ser “medidos con la misma vara” en los tribunales a crearse.

IED

Sin embargo, explica que la norma si bien favorece a los emprendimientos locales, no es muy atractiva para la Inversión Extranjera Directa (IED), ya que la ley excluye a los tribunales internacionales.

PETROLERAS

Sólo en el caso de las petroleras la situación es diferente, pero para otros sectores se aplica la norma boliviana, y no pueden acudir al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) que el Procurador General del Estado, Héctor Arce, críticó ácidamente en su discurso de ayer.

La norma tiene un efecto local no internacional, y es por esta razón que la señal de la norma en el contexto mundial es a medias, insistió Monasterio.

CONCILIACIÓN

Con referencia a los tribunales arbitrales, el economista cruceño recordó que en las cámaras nacionales, como la Cámara Nacional de Industrias, Comercio y Turismo de Santa Cruz, Cainco, la Cámara Nacional de Comercio y la de Industrias, tienen centros de conciliación privados, pero con la implementación de la norma posiblemente estos serán reemplazados, ya que el trabajo abarcará a empresas públicas y privadas.

Mientras tanto, la implementación de la norma tomará su tiempo, ya que falta elaborar la reglamentación, sostuvo.

CIFRAS

Bolivia recibió $us 1.700 millones de inversión extranjera directa (IED) en 2014 que en los hechos es mayor a los $us 1.350 que invirtieron los privados en la pasada gestión. El compromiso asumido por el presidente de los empresarios privados del país, Ronald Nostas ante el presidente Evo Morales representa duplicar esa cifra.

MEDIO ALTERNATIVO

La ministra de Justicia, Virginia Velasco, aseguró el jueves que la Ley de Conciliación y Arbitraje, que fue promulgada esta jornada por el presidente Evo Morales, es un “medio alternativo de resolución de controversias”.

“La Ley de Conciliación y Arbitraje norma la conciliación y el arbitraje como medios alternativos de resolución de controversias emergentes de una relación contractual o extracontractual, entre esos, contratos de alquiler, anticresis y empresas constructoras”, dijo.

ADECUACIÓN

La ministra de Justicia explicó que con la vigencia de esa ley los centros de Conciliación y de Arbitraje autorizados deben adecuar sus reglamentos en un plazo de 45 días y las autoridades del área regulada que hacen conciliación entre usuarios o consumidores y las entidades reguladas lo harán en base a sus normativas y procedimientos.

jueves, 25 de junio de 2015

Bolivia promulga nueva ley de Conciliación y Arbitraje para los inversores

El presidente Evo Morales promulgó el jueves la Ley 708 de Conciliación y Arbitraje que, dijo, garantiza la inversión estatal y privada como también la nacional y extranjera y "dignifica" a los bolivianos porque brinda equidad y seguridad a las partes.
"La Ley de Conciliación y Arbitraje es una ley que garantiza la inversión y es la muestra de un Estado Plurinacional de Bolivia", señaló en el acto de promulgación realizado en el Hall de Palacio de Gobierno.
La norma reconoce el laudo arbitral extranjero a ser ejecutado y sujeta la cooperación judicial internacional a leyes bolivianas.
Elaborada por profesionales bolivianos, regula la conciliación y el arbitraje como medios alternativos de resolución de controversias emergentes de una relación contractual o extracontractual.
El Jefe de Estado saludó el aporte de los profesionales, instituciones y fuerzas sociales para elaborar normas que den confianza a todos los sectores.
"Ahora promulgamos esta norma de arbitraje y conciliación que también dignifica a los bolivianos (...). Saludo de verdad este trabajo conjunto entre el sector inversionista, tenemos una ley para inversión y conciliación, digna, con mucha ética en Bolivia y soberanía, ahora ningún sector empresarial puede quejarse sobre que no hay garantías ni seguridad jurídica", fundamentó.
El Mandatario aseguró que la nueva norma impulsará aún más el crecimiento económico en Bolivia.
La ley da paso a la conciliación extrajudicial como un medio alternativo a la justicia ordinaria, basada en voluntariedad, flexibilidad, oralidad para que las partes resuelvan su conflicto y para que el acuerdo de los interesados sea garantizado.
El acta de conciliación tendrá efecto de cosa juzgada y se recurrirá al auxilio judicial como último recurso, solo en caso de incumplimiento.
Además incorpora la figura de autoridad nominadora para el nombramiento de árbitros. Los plazos del arbitraje pueden ampliarse o reducirse conforme la voluntad de las partes, el arbitraje puede iniciarse antes o durante un proceso judicial

Presidente promulga nueva Ley de Conciliación y Arbitraje

La promulgación de la Ley de Arbitraje y Conciliación, a realizarse hoy en Palacio de Gobierno, forma parte del paquete de leyes económicas, que el sector privado espera desde la nueva Constitución Política del Estado así como la inversión extranjera.

Las inversiones privada nacional y extranjera esperaba desde hace mucho la norma, que abre un nuevo capítulo en las controversias que pueda enfrentar el Estado con empresarios locales o internacionales.

Se informa que el presidente Evo Morales junto con el procurador general del Estado, Héctor Arce Zaconeta; la ministra de Justicia, Virginia Velasco, y el presidente de la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB), Ronald Nostas Ardaya, promulgarán en el Palacio de Gobierno la nueva Ley de Conciliación y Arbitraje, cuya norma busca resguardar la plena inversión estatal, privada, nacional y extranjera.

"Este proyecto de ley que fue sancionado en la Asamblea Legislativa ha sido altamente consensuado con los empresarios privados de Bolivia, y uno de sus fines es favorecer la plena inversión, respeto a las inversiones bolivianas, extranjeras y resguardo a la inversión Estatal", manifestó el procurador Arce Zaconeta.

VENTAJAS

Las ventajas que propone la ley es que da paso a la conciliación extrajudicial como un medio alternativo a la justicia ordinaria; está basada en voluntariedad, flexibilidad, oralidad para que las partes resuelvan su conflicto y para que el acuerdo de los interesados sea garantizado, el acta de conciliación tendrá efecto de cosa juzgada y se recurrirá al auxilio judicial como último recurso, sólo en caso de incumplimiento.

Otro de los grandes avances para brindar equidad y seguridad a las partes es que se reconoce el laudo arbitral extranjero a ser ejecutado según normas sobre cooperación judicial internacional y bajo normas bolivianas.

Se incorpora la figura de autoridad nominadora para el nombramiento de árbitros. Los plazos del arbitraje pueden ampliarse o reducirse conforme la voluntad de las partes, el arbitraje puede iniciarse antes o durante un proceso judicial.

Una vez entre en vigencia la nueva Ley de Conciliación y Arbitraje, los Centros de Conciliación y de Arbitraje autorizados actualmente deben adecuar sus reglamentos en un plazo de 45 días calendario y las autoridades del sector regulado que realizan conciliación entre usuarios o consumidores y las entidades reguladas lo harán sobre la base de su normativa y procedimientos.

La ley establece 13 exclusiones al arbitraje y la conciliación cuando se trate de los siguientes casos: 1) La propiedad de los recursos naturales, 2) los títulos otorgados sobre reservas fiscales, 3) temas netamente de interés público y de administración del Estado que no son ni conciliables ni arbitrales, 4) los tributos y regalías. 5) los contratos administrativos, 6) el acceso a los servicios públicos, 7) las licencias, registros y autorizaciones sobre recursos naturales en todos sus estados, 8) cuestiones que afecten el orden público. 9) las cuestiones sobre las que haya recaído resolución judicial, firme, definitiva, salvo los aspectos derivados de su ejecución, 10) las cuestiones que versen sobre el estado civil y la capacidad de las personas, 11) cuestiones referidas a bienes o derechos de incapaces sin previa autorización judicial, 12) las cuestiones concernientes a las funciones del Estado, 13) las cuestiones que no sean objeto de transacción y cualquier otra determinada por la Constitución Política del Estado o la ley.

Por otra parte, la nueva Ley de Conciliación y Arbitraje también establece que no se aplicará la conciliación y arbitraje en materia laboral y seguridad social, a los acuerdos comerciales y de integración entre Estados, así como a los contratos de financiamiento externo que suscribe el Estado con organizaciones u organismos internacionales.

La norma también crea el Régimen Especial de Arbitraje, referido a contratos celebrados por el Estado con empresas privadas sobre los recursos naturales estratégicos, y de acuerdo a la CPE, las controversias surgidas en estos casos se regirán bajo la jurisdicción, leyes, reglamentos y demás normativa boliviana.

lunes, 22 de junio de 2015

Observan riesgos del decreto 2366: Cedla reinvindica consulta previa indígena


EXTRACTIVISMO ACECHA 22 PARQUES NACIONALES Y RESERVAS NATURALES EXISTENTES EN BOLIVIA. RESERVA DEL TIPNIS. GALERÍA(2)
[Move to Panel 1]

El presidente Evo Morales no podrá aplacar las críticas a su política de hidrocarburos aseguró el investigador Carlos Arze, del Centro de Estudios de Desarrollo Laboral y Agrario (Cedla), y dijo que en el trasfondo de la amenaza de expulsión a fundaciones y ONG están varios factores de riesgo para la estabilidad económica y social del Gobierno. En ocasión del hallazgo de petróleo en Yapacaní, Morales dijo en su discurso que “las fundaciones que perjudiquen la explotación de los recursos naturales, se tiene que ir del país”. El pasado 20 de mayo, el Gobierno aprobó el decreto 2366 con el que autoriza la actividad hidrocarburífera en las áreas protegidas.

MANDATO CONSTITUCIONAL

Según el artículo 352 de la Constitución, “la explotación de los recursos naturales en determinado territorio estará sujeta a un proceso de consulta a la población afectada, convocada por el Estado que será libre, previa e informada. Se garantiza la participación ciudadana en el proceso de gestión ambiental y se promoverá la conservación de los ecosistemas, de acuerdo a la Constitución y la ley. En las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos, la consulta tendrá lugar respetando sus normas y procedimientos propios”.

FRENTE OFICIAL

El presidente Morales fue secundado en su declaración por Héctor Arce, procurador general del Estado, quien sostuvo que cualquier decisión del Gobierno en cuanto a la permanencia de fundaciones en el país, obedece a sus derechos soberanos. El 2013 por orden presidencial abandonó el país la Oficina Antinarcóticos de la Embajada de Estados Unidos e IBIs una ONG que trabajaba con organizaciones sociales. Semanas atrás el ministro de Obras Públicas, Milton Claros, dijo que la carretera por el Tipnis es un hecho.

CONSULTA PREVIA

Arze sostuvo que existe el temor del Gobierno a enfrentar el rechazo a las medidas gubernamentales que vulneran preceptos constitucionales como el derecho a consulta previa a los pueblos indígenas, pero también condiciones que afectan la estabilidad económica del país.

TECNOLOGÍAS

El presidente de la estatal Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), Guillermo Achá, dijo la semana pasada que en las áreas protegidas cedidas para exploración se utilizarán métodos no invasivos para no afectar el medioambiente. Achá rechazó las declaraciones de quienes señalan que “se está yendo en contra de la naturaleza”.

“Yo creo que se está siendo muy crítico en este contexto sin conocer realmente la actividad que se va a realizar en estas áreas. No hace más de dos semanas el Presidente (Evo Morales) ha estado en Tarija entregando un nuevo método de exploración no agresivo para estas áreas, lo que va a permitir establecer tal vez puntos en los que tengamos que hacer exploración, pero reitero, no son invasivos para estas áreas”, manifestó la máxima autoridad de YPFB.

Achá señaló que Bolivia es un país gasífero y petrolero y como tal “debe garantizar que todos los recursos naturales tengan un destino de beneficio a toda la población”.

INGRESOS

Según el analista, el “exabrupto del presidente” se explica porque el Gobierno está presionado por la caída de la cotización internacional de las materias primas que lo obliga a “extremar sus políticas extractivistas en materia de hidrocarburos, minería y energía que han constituido el sustento de la estabilidad política y social del régimen”. Recordó que el flujo de la renta de hidrocarburos ha sido el pilar de la política económica del Gobierno, pero además ha sustentado sus bonos solidarios.

BRASIL

En puertas, dijo Arze, está también la negociación del nuevo contrato de venta de gas al Brasil que debe iniciarse a fines de este año. “Como el mismo tendrá una proyección de largo plazo, el gobierno tiene que mostrar estabilidad en sus políticas en materia de hidrocarburos, puesto que no puede garantizar reservas más allá de 7 u 8 años”. En 2019 acaba el contrato de venta de gas al Brasil y las reservas probadas de gas natural de Bolivia certificadas por la empresa canadiense GLJ Petroleum Consultants al 31 de diciembre de 2013 alcanzan a 10.45 trillones de pies cúbicos (TCF), lo que según el analista “perjudicará las condiciones de negociación de un nuevo contrato, porque es evidente que ese nivel de reservas sólo alcanzarán para cubrir el consumo interno hasta el 2021”.

FATALIDADES

Arze agregó que a la vista de un nuevo contrato con el Brasil y ante el peligro de reducción de los ingresos fiscales por la caída de los precios internacionales de las materias primas, “el Gobierno ha optado por un camino que sólo conducirá a dos fatalidades: afectar las áreas protegidas y vulnerar los derechos de los pueblos indígenas”. “Ese camino desdice totalmente el discurso del proceso de cambio y conduce al Gobierno a asumir la tarea incumplida del neoliberalismo”, complementó.

DECRETO

Aseguró que en ese contexto se inscribe la aprobación del Decreto Supremo que permite la explotación hidrocarburífera en las 22 áreas protegidas del país y otras medidas aprobadas en la Asamblea Legislativa por la mayoría del oficialismo tales como el Reglamento de Consulta a los pueblos indígenas, y los proyectos de ley que para el caso del campo Carohuaycho pasan por alto la consulta a los pueblos indígenas con el argumento que sobre un área de 100 mil hectáreas sólo se afectarán 50 hectáreas.

“Este es el único caso donde hasta ahora el oficialismo logró apoyo de la oposición, lo que muestra los intereses compartidos de las élites políticas”, puntualizó.

sábado, 20 de junio de 2015

Según ley 3460 Leches y biberones no deben ser exhibidos en farmacias y comercios

La Ley 3460, de Fomento a la Lactancia Materna y Comercialización de sus Sucedáneos, en su artículo 18 prohíbe a las importadoras, distribuidoras, farmacias y comercios, exhibir o promocionar las leches de fórmula, biberones y chupones de distracción, para fomentar la lactancia materna. Con el fin de socializar esta ley, se

realizó un curso taller con las dueñas de las farmacias, ayer en los ambientes de la Federación de Trabajadores en Salud.

La responsable de Lactancia Materna, de la Unidad de Alimentación y Nutrición del Ministerio de Salud, Elizabeth Cañipa, mencionó que se quiso reunir a las dueñas de farmacias para que comprendan cuál es el tenor de la Ley y cual su rol desde su ámbito de trabajo.

"No se prohíbe la venta de los sucedáneos, lo que está prohibido es la promoción del producto, tanto las leches de fórmula, como biberones y chupones de distracción", mencionó Cañipa.

Indicó que lo que se pretende es que todos conozcan la ley y cuáles son sus sanciones, que van desde una amonestación oral, hasta una multa elevada en UFVs (Unidad de Fomento a la Vivienda), para evitar sancionar es mejor orientar y ese es el objetivo de este taller.

Con referencia al comercio informal, la responsable explicó que dentro de los centros de abasto existe mucha leche de contrabando y al ser Oruro considerada como zona franca, los productos ingresan de forma clandestina de distintos lugares.

"El Sedes en una batida ha decomisado productos que estaban incumpliendo la ley (...), estamos trabajando con la Aduana para que ellos impidan el ingreso de estos productos, nuestro objetivo es lograr que ningún comercio tenga estos productos a la vista".

A su vez, el responsable de la Unidad de Alimentación y Nutrición, del Servicio Departamental de Salud (Sedes), Ariel Zeballos, indicó que la ley prevé ciertos indicadores para establecer que se está dando cumplimiento con el fomento a la lactancia materna.

"Los datos que tenemos a nivel nacional son de un 60 % de lactancia materna exclusiva, en el caso del departamento de Oruro se ha cerrado la gestión anterior con un 58 %, todavía nos falta mucho trabajo, respecto a continuar apoyando diferentes estrategias y políticas que puedan ayudar a las mamás de nuestro departamento, principalmente del área rural, para que puedan administrar la lactancia materna en los niños", mencionó Zeballos.

Una de las dueñas de farmacia que prefirió dejar su nombre en reserva, comentó que si bien estos cursos les ayudan bastante, lo ideal sería que la ley pueda contrarrestar el comercio informal porque aparte de ser una competencia desleal para las farmacias, ellas no cumplen con las normas establecidas y venden sus productos sin ningún tipo de restricción.

miércoles, 17 de junio de 2015

Diputado presenta ley para penalizar el bloqueo de caminos con hasta ocho años de cárcel



Un anteproyecto de ley fue presentado hoy a la Cámara de Diputados con la finalidad de penalizar el bloqueo de caminos con cárcel de tres a ocho años por ser atentatorios contra los derechos y la economía. El diputado de la alianza opositora Unidad Demócrata (UD) Víctor Gutiérrez presentó la iniciativa legislativa

"Ha habido mucha gente que ha perdido la vida en las carreteras por culpa de los bloqueos y esto no puede continuar. No podemos tener un Estado inerme frente a la violencia que practican los sectores que en el fondo activan una especie de legalidad paralela", justificó el proyectista minutos después de haber presentado la norma.

De acuerdo con el anteproyecto de ley, se plantea modificar el artículo 213 del actual Código Penal Boliviano con el siguiente texto: "El que ilegalmente proceda al bloqueo de caminos e impidiere, obstruyere el libre tránsito de vehículos, personas o mercaderías por las principales redes camineras de vinculación tanto nacional como de carácter internacional, será sancionado con prisión de tres (3) a ocho (8) años, así como multa de sesenta (60) salarios mínimos nacionales de carácter mensual e inamovilidad de derechos y funciones públicas por el mismo término de la pena de prisión".

Gutiérrez aclaró que la propuesta no vulnera el derecho a la libertad de expresión. “Hoy se utiliza el bloqueo de caminos para atentar contra otros derechos, para atentar contra la economía nacional y esto debe de frenarse", cuestionó.

"Uno puede obtener el derecho a la protesta y utilizar todas las medidas que están en la Constitución, pero lo que no puede hacer es impedir el libre tránsito", afirmó y aseguró que la modificación que plantea no es contradictoria a la Carta Magna.

domingo, 14 de junio de 2015

Advierten que decreto 2366 vulnera la Constitución

El defensor del Pueblo, Rolando Villena, considera que el Decreto Supremo 2366 que autoriza el desarrollo de actividades hidrocarburíferas en áreas protegidas del país, está al margen de la Constitución Política del Estado, porque podría violentar la convivencia de los pueblos indígenas.

La norma fue aprobada el 20 de mayo, establece que el aprovechamiento de los recursos hidrocarburíferos se produce en el marco de su carácter constitucional estratégico y de interés público para el desarrollo del país; vinculado a la reducción de la extrema pobreza en comunidades que habitan las áreas protegidas y la gestión integral de los sistemas de vida".

Problemas. El Defensor cree que también tendrá un impacto en los pueblos indígenas que viven en esas áreas y demandó que la visión de desarrollo no afecte en su cosmovisión. "Que los pueblos indígenas asentados en los parques nacionales sean respetados y no hayan interferencias o argumentaciones que si bien pueden ser legales pongan en duda o posterguen este derecho legítimo", sostuvo.

Tareas. Otro de los temas que advirtió la Defensoría del Pueblo es que la responsabilidad el Estado estaría siendo diferida para que las empresas nacionales lleguen a acuerdos aislados con las comunidades afectadas que habitan en los parques, ya se podría estar frente a la "extinción" de algunos pueblos indígenas.

"¿Este decreto está en el marco de la Constitución? No, ese es el problema central, ese es el problema", afirmó Villena, al mostrar su preocupación por los efectos que podría generar el ingreso de las empresas de exploración de hidrocarburíferas en las 22 áreas protegidas que existen en el país.

sábado, 13 de junio de 2015

Senado aprobó 48 leyes de 103 proyectos



La Cámara de Senadores sancionó 48 leyes de 103 proyectos que aún están en revisión durante la gestión 2015-2016, según la información que brindó ayer el presidente de esta instancia legislativa, José Alberto Gringo Gonzales, durante la audiencia de rendición pública de cuentas que se realizó.

En este acto, que se desarrolló en el salón de la Vicepresidencia, Gonzales precisó que del total de leyes sancionadas, 32 corresponden al ámbito social, dos son de carácter jurídico y 14 regulan el ámbito económico.

El presidente del Senado destacó que entre los cuerpos legales de mayor importancia se registran la Ley de Conversión de UFV a Moneda Nacional para las obligaciones destinadas al sector agua potable y la Ley de Defensa de los Animales, entre otras. En esa línea, la gestión legislativa del Senado a la fecha destaca que se realizaron 131 peticiones de informes escritos a diferentes autoridades nacionales.

Audiencia. Gonzales precisó que en tres ocasiones el Senado convocó a informes orales; a la ministra de Desarrollo Productivo, Nemesia Achacollo, por el caso de corrupción al interior del Fondo Indígena; al contralor general del Estado, Gabriel Herbas, por el mismo caso; y a la ministra de Comunicación, Marianela Paco, por la difusión de productos audiovisuales sobre el denominado caso Terrorismo.

La autoridad adelantó que entre las normativas pendientes están: Ley de Exportaciones, Ley Marco Agua para la Vida, Ley General del Trabajo, Ley de Vivienda, Código del Sistema Penal o la Ley de Vida Silvestre. Del evento participó también la viceministra de Prevención de la Corrupción, Promoción de Ética, Gabriela Veizaga.

Se socializa la ley de defensa animal

La socialización de la ley marco contra la crueldad hacia los animales llegó hasta Villazón, Potosí, donde un grupo de jóvenes activistas trabajó la semana anterior para proteger a las mascotas.
Silvia Laureano, presidenta de la organización Huellitas, informó a Cambio que de esa manera comenzó el período de socialización para aplicar la nueva norma.
“Viajamos a Villazón, en Potosí, y comenzamos a informar sobre la nueva ley de defensa de los animales con diferentes grupos de jóvenes del colegio 9 de Abril y personas mayores que están trabajando para aplicar esta norma en su región”, dijo.
Laureano agregó que la experiencia fue fructífera, ya que luego de conocer sus alcances, este grupo de jóvenes salió a las calles para compartir su contenido con la ciudadanía.
“Como parte de ello, junto a estos jóvenes, además de otros activistas, salimos hasta en la madrugada tocando las puertas y pidiendo que metan a sus mascotas dentro las casas porque se debe garantizar una vida saludable para los animales”, señaló la entrevistada
Dijo que esas medidas son necesarias, tomando en cuenta que las temperaturas en esa región del país son extremamente bajas. No obstante, de acuerdo con los activistas, las familias abrieron las puertas y respondieron favorablemente a la iniciativa.
En ese marco, la organización Huellitas observa que se debe fortalecer la socialización. “La ley ya está sancionada en la Asamblea Legislativa y esperamos que los ministerios involucrados con esta lucha asuman sus responsabilidades informando y educando a la población en lo que se refiere a los alcances de esta norma”, finalizó.

viernes, 12 de junio de 2015

Ley de Intangibilidad paraliza vía por TIPNIS



El Gobierno informó ayer que la vigencia de la Ley 180 de Intangibilidad paralizó la construcción de la vía que une Cochabamba y Beni, y atraviesa el Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS). Se realizarán estudios que afecten lo menos posible al territorio.

El ministro de Obras Públicas, Milton Claros, afirmó que la vigente Ley de Intangibilidad frena la construcción de la carretera y recordó que en el “proceso de consulta, las comunidades aprobaron la vía, empero eso se ha quedado ahí. Pero, ahora se está retomando el tema a iniciativa de las comunidades del TIPNIS, del Conisur y del norte del Beni, a través del diálogo”.

En tanto, el ministro de la Presidencia, Juan Ramón Quintana, dijo ayer que se debe trabajar sobre estudios rigurosos que permitan construir una vía que afecte “lo menos posible al territorio”. Claros señaló que es un proceso que se debe “reencaminar”. “Estamos escuchando a la población y ellos piden una carretera, porque necesitan tener mejores condiciones de vida”.

La construcción de la carretera quedó en suspenso debido a la resistencia indígena y el Gobierno denunció que organizaciones no gubernamentales “financiadas por Estados Unidos” se oponen a la construcción de la carretera. Este criterio no era compartido por los pobladores que habitan en la zona.

Claros dijo que para saber el monto de inversión en la obra es necesario un estudio, pero ante la actual circunstancia se verán los mecanismos legales para “revertir esta situación”.

jueves, 11 de junio de 2015

Ley del Notariado evitó instaurar 1.000 juicios



En cinco meses de plena vigencia de la Ley del Notariado, se evitó que al menos 1.000 juicios ingresen al sistema judicial, debido a que estos casos fueron resueltos por notarios de Fe Pública, según reveló la presidenta de los Notarios de Bolivia, Stenka Udaeta.

Además, Udaeta señaló que el Estado, con la normativa, evitó gastos económicos porque los casos dejaron de pasar por manos del recepcionista, del actuario, del secretario y de los jueces que antes eran los encargados de revisar y procesar cada una de las demandas.

“Ahora solo el notario realiza todos esos trámites por un monto menor y también un tiempo menor”, expresó Udaeta y resaltó que un trámite de divorcio que podía tardar hasta dos años en estrados judiciales, actualmente se resuelve máximo en tres meses. De similar forma, una declaratoria de heredero que demandaba 60 días, ahora requiere de solo dos o tres días para el trámite.

Esos 1.000 procesos, explicó, están referidos a las nuevas competencias que tienen los notarios en materia civil y familiar, sucesoria, testamentos, documentos de representación, protestos de títulos valores, escrituras públicas, documentos extraprotocolares y certificados de firmas.

Arancel. Los notarios del país determinaron, junto al Gobierno, reducir entre el 30% y 60% los aranceles de los notarios de Fe Pública por los trámites que efectúan. Por ejemplo, el papeleo de un divorcio de mutuo acuerdo bajó de Bs 2.500 a Bs 1.000.

“En este caso, los que recibimos menos (dinero) somos los notarios, los que hemos bajado las tarifas. Pero ahora tenemos muchísimo más control y responsabilidad porque se nos ha sumado la carga de trabajo y responsabilidades y se nos ha restado los beneficios”, observó la representante del sector.

Reveló que el acuerdo alcanzado con el Gobierno estableció la reducción de los aranceles, pero, además, se pidió que se respete el profesionalismo de los notarios y que estas funciones estén en manos de los mejores profesionales del derecho. También se acordó que las entidades bancarias ya no recurran a un solo notario, sino que la persona podrá recurrir a cualquier profesional de esta área.

Esta ley entró en vigencia en enero de este año, después de un conflicto judicial que derivó en la suspensión de tres magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional, quienes paralizaron su aplicación, lo que les valió un juicio de responsabilidades.

miércoles, 10 de junio de 2015

Video Fue sancionada la Ley de Conciliación y Arbitraje

Legislativo sanciona en cinco meses 40 leyes, la mayoría administrativas

La Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) sancionó desde el 20 de enero hasta el 30 de mayo al menos 40 leyes, la mayoría administrativas. Entre las últimas figuran las leyes de Relacionamiento Internacional de las Entidades Territoriales Autónomas y la que avala la elección de nuevos vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE).

La primera norma sancionada por los legisladores que juraron al cargo el 22 de enero fue la que proclamó como presidente constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia a Evo Morales, y vicepresidente constitucional a Álvaro García, según un recuento institucional difundido el martes por la Cámara de Senadores.

También está la que declara al departamento de Oruro como “Centro Natural de Aguas Termales” o a la ciudad de El Alto como “Ciudad Revolucionaria, Heroica y Defensora de los Recursos Naturales del Estado Plurinacional”.

Además fueron sancionadas las que avalan transferencia de inmuebles, dos de enajenación a título gratuito; siete de enajenación a título oneroso; dos de expropiación por necesidad pública, además de cuatro contratos de préstamos; cinco contratos de servicios petroleros; un contrato de ampliación de contrato; un convenio de préstamo, un convenio de financiamiento; y una ley de ratificación de convenio.

Figura también la que declara de necesidad y utilidad pública la expropiación de bienes inmuebles para la construcción de un estadio en la ciudad de Cochabamba.

El 3 de junio, ante la dimisión de siete vocales del TSE, los asambleístas dieron curso a la Ley de Transición Institucional del Tribunal Supremo Electoral. Entre otras leyes, está la de Defensa de los Animales Contra Actos de Crueldad y Maltrato.

Según el informe, existen al menos 55 proyectos de ley que están en la mesa de discusión o en las respectivas comisiones listas para su tratamiento.

martes, 9 de junio de 2015

Sobodaycom socializa Ley de Derechos de Autor

La Sociedad Boliviana de Autores y Compositores de Música (Sobodaycom), continúa con el proceso de socialización sobre los alcances de la Ley 1322 de Derechos de Autor, a través de trípticos. Se analiza la posibilidad de orientar a un público más joven, por recomendación de instituciones internacionales.

El director departamental de esta institución, Arturo Herrera Camargo, manifestó que luego del seminario magistral que se tuvo en mayo, se continua orientando a los artistas, sobre cuáles son los pasos que se deben seguir para inscribir y proteger sus obras musicales, con este fin se reparten trípticos con toda la información necesaria, en las oficinas de Sobodaycom.

"El procedimiento, fundamentalmente para asuntos netamente jurídicos es hacer el registro de obras musicales en el Senapi (Servicio Nacional de Propiedad Intelectual), lógicamente una vez registrado en un soporte ya sea de audio, video o algún otro tipo de soporte se da a conocer al público, entonces se la tiene que declarar en Sobodaycom, haciendo conocer los intérpretes y llenar los requisitos como el depósito legal, se asocian y con todos los requisitos cumplidos nosotros podemos cobrar sus derechos de autor", explicó Herrera.

Respecto a la socialización de la ley a un público más joven, el director indicó que "por recomendación de muchas instituciones internacionales, deberíamos empezar por los niños, entonces se está haciendo un estudio para que los profesionales que correspondan puedan venir y entrar en contacto con los adolescentes y también niños que estén cursando el nivel básico y hacerles entender de que hay una ley en Bolivia donde se tiene establecido el derecho autoral".

lunes, 8 de junio de 2015

Video Conozca los cambios que se implementó al nuevo Código de Familia

N LA MIRA: LEY 136, ¿Protección de Animales?

POLÉMICA | LA RECIENTE LEY 136 QUE HA SIDO PROMULGADA EN EL SENADO Y ESPERA SER FIRMADA POR EL PRESIDENTE EVO MORALES, DICE PROTEGER A LOS ANIMALES PERO ES CONSIDERADA INJUSTA POR LA MAYORÍA DE ASOCIACIONES DE PROTECCIÓN ANIMAL.

El 2007 marcó la agenda de la pelea de las asociaciones de defensa de los animales para que se promulgue una ley que los proteja. En ese entonces el alcalde de Achacachi, en La Paz, Eugenio Rojas, hoy viceministro de Desarrollo del Estado Plurinacional de Bolivia, participó en el degollamiento de dos perros. Casi 8 años después de este fatídico hecho, por el que Rojas se disculpó en “nombre de su pueblo”, ve la luz la Ley 136, que ya ha sido aprobada en el pleno de la cámara de diputados y de senadores, y que espera la rúbrica del Presidente Evo Morales Ayma. Esta Ley lleva el nombre del mandatario.

Mucha sangre ha corrido bajo el puente para que finalmente se llegue a poner sobre el escritorio de quienes definen las normas del país, una ley que debe ser creada con el fin de proteger a los animales. El último suceso en Cochabamba, donde una mujer ahorcó y apedreó a un perro hasta matarlo, incendió las redes sociales con convocatorias a marchas, declaraciones, protestas, vigilias, y hasta amagos de querer hacer justicia en manos de los activistas que vigilaron la puerta de la mujer en cuestión, quien ha sido condenada a pagar Bs.1.500.- (unos 200 dólares) por la muerte del animal que fue filmada y publicada tanto en las redes sociales como en algunos medios de comunicación.

A raíz de este hecho, que se suma a las cientos de denuncias de maltrato a los animales de parte de las asociaciones defensoras, se comenzó a tratar la Ley 136, pero desde un principio fue duramente criticada por activistas que aducen que es una ley que beneficia sólo a algunos animales (perros y gatos), dejando completamente desamparados a los otros, que no tiene la suficiente fuerza para detener los actos de crueldad contra los animales, y que sus penas son muy leves. Además se esgrime como uno de los argumentos principales, que es una ley inconstitucional, que anula o se enreda con las ordenanzas municipales. Y además excluye a los animales silvestres, que deberían ser considerados como parte del patrimonio del país.

El reglamento es uno de los más complejos problemas en la aplicación de esta Ley, ya que ahora se debe repartir con mucho cuidado las competencia y el qué de cada quién. Para muchos es el comienzo, para otros un retroceso.



LA LEY, EN LA LUPA

Son 10 artículos los que tiene la Ley 136. El primero tiene como objeto “establecer el marco normativo para la defensa de los animales, contra actos de violencia, crueldad y malos tratos cometidos por personas naturales o jurídicas”.

El segundo artículo habla de “prevenir y penalizar los actos de violencia, maltrato, crueldad y biocidio cometidos por personas contra animales domésticos”, quedan fuera de esta norma los animales silvestres y exóticos. La justificación es que la Ley 1333 del Medio Ambiente tiene un acápite especial acerca de estas especies de animales, pero en los hechos estas disposiciones no se cumplen, en las entradas folklóricas se observa el uso indiscriminado que muchas fraternidades hacen de estos animales (como los quirquinchos por ejemplo), además de la alta tasa de tráfico de animales silvestres existentes en el país. Las autoridades tienen que negociar el cumplimiento de la ley con la buena voluntad de las fraternidades. El tercer artículo menciona los derechos de los animales a ser reconocidos como seres vivos, a un ambiente saludable y protegido, a ser protegidos contra todo tipo de violencia, maltrato y crueldad, y a ser auxiliados y atendidos.

El artículo cuarto se refiere a las obligaciones del Estado, siendo estas crear políticas de salud para la prevención de la zoonosis, la regulación del uso de animales de laboratorio con fines de investigación (no prohíbe esas prácticas), crear políticas educativas destinadas a fomentar el bienestar y defensa de los animales, regulación del uso de animales (no prohibición) con fines de investigación científica y educativa, además de políticas comunicacionales desde el Ministerio de Comunicación para la sensibilización, la difusión de programas y acciones gubernamentales referentes a la defensa de los animales, mientras que el Ministerio de Desarrollo Rural propondrá políticas de sanidad e inocuidad agropecuarias.

El artículo quinto se refiere a la obligación de las personas en cuanto a evitar causar sufrimientos innecesarios a los animales, lo que significa abstenerse de realizar procedimientos quirúrgicos innecesarios, educar a las nuevas generaciones sobre la importancia de la defensa de los animales, denunciar antes las autoridades competentes los actos de maltrato y crueldad y denunciar los casos sospechosos de zoonosis. Por su parte los dueños o encargados de los animales deben asumir la responsabilidad de la tenencia y custodia de un animal, además de responsabilizarse por los daños a terceros que éste podría causar; controlar su ciclo reproductivo y darle cuidado médico veterinario, velar por su alimentación y abrigo, evitar la cría de un número mayor de animales que pueda ser bien atendido y no abandonarlos. El artículo sexto prohíbe el uso de animales en las prácticas de instrucción militar, policial u otras, en las que se provoque la muerte o sufrimiento del animal, la movilización (ingreso o salida y comercialización de animales a las jurisdicciones afectadas en casos de brotes de rabia, zoonosis y epizootias, someter a los animales a trabajos por encima de su resistencia y capacidad al punto de causarles enfermedades o muerte; el traslado de animales con procedimientos que impliquen crueldad, malos tratos, fatiga, carencia de descanso; el sacrificio de animales que provoque sufrimiento innecesario y agonía prolongada. La definición de agonía prolongada está sujeta a varias interpretaciones y es objeto de polémica.

El artículo séptimo dice que las entidades territoriales autónomas, en el marco de sus competencias, podrán emitir la normativa correspondiente, estableciendo sanciones contra actos de maltrato que provoquen dolor y sufrimiento causados directa o indirectamente por las personas.

El artículo 10, sobre tratos crueles y biocidio, indica que se incluye en el Código Penal los artículos 350 bis y 350 ter que asignan a los tratos crueles una privación de libertad de seis meses a un año, una multa de treinta a sesenta días, y prestación de trabajos de tres a seis meses para quien ocasionare, con ensañamiento o con motivos fútiles, sufrimiento grave y daño que provoque la pérdida total o parcial de un sentido, parte de la fisonomía o de un órgano a un animal. Utilizare a un animal para cualquier práctica sexual; mientras que el dueño de un animal que ocasionare algún daño a terceros deberá cubrir las cuotas de atención médica y resarcimiento económico cuando corresponda, bajo pena de administrarse la sanción por tratos crueles, pena que será agravada en un tercio si el animal maltratado muere. Y el biocidio se sancionará con privación de libertad de dos a cinco años y multa de 30 a 180 días a quien matare con ensañamiento fútil a un animal, siendo la pena agravada en un tercio si se trata de más de un animal.

La disposición final de la Ley 136 señala que “se exceptúan de la presente ley el uso de los animales en los actos ejercidos por la medicina tradicional, y ritos que se rigen conforme a su cultura y tradiciones de las naciones indígena originario campesino, debiendo realizarse evitando el sufrimiento y la agonía prolongada.” También “se exceptúan de la aplicación de la presente ley las disposiciones referentes a la fauna silvestre que serán reguladas por normativa específica.”



LAS VOCES EN CONTRA

La falta de normativa sólida, tomando en cuenta que las sanciones serán reemplazadas por medidas sustitutivas dado lo que establece el Código Penal Boliviano; el que los animales silvestres y exóticos hayan sido excluidos de esta Ley de protección; que no se regule de forma correcta el uso de animales en prácticas militares o de investigación científica, abriendo la puerta a que algunas universidades veterinarias sigan practicando con animales callejeros, o que los militares maten perros, y sobre todo la excepción de la ley de los “ritos y costumbres” de las naciones originarias y del uso de animales en la medicina tradicional, ha causado un gran malestar en la mayoría de asociaciones protectoras de animales que además denuncian no haber sido convocadas para consensuar la ley.

Es el caso de Amor por los Animales Bolivia (APLAB), cuya representante, Ana Serrano es tácita en señalar que esta ley está mal hecha desde un principio, y que responde a un interés político por captar la simpatía de la gente. “El Presidente Evo Morales públicamente dijo que este año los animales tendrían una ley, justamente en la época electoral municipal cuando querían obtener más votos a favor. Agilizaron su compromiso pero no consensuaron ni consideraron a más de 20 organizaciones de ayuda animal ni a los colegios de veterinarios. Además las penas deberían ser más altas para las personas que utilicen animales en prácticas sexuales para que puedan entrar a la cárcel y no 6 meses o un año, eso no es suficiente.”

Nicole Nucinkis, activista de AMA, dice: “Yo he trabajado casi 20 años por los derechos de los pueblos indígenas en educación y creo en una lucha por la igualdad de derechos. Pero tengo la claridad absoluta de que ellos, igual que cualquier otro pueblo y nación, también tienen valores negativos, ideas equivocadas y prácticas condenables. Enterrar viva a una persona porque robó demasiadas veces, es algo que no voy a aceptar nunca, aunque algunos pueblos así lo practiquen. Tampoco voy a aceptar que mutilen los genitales a las niñas porque son sus 'usos y costumbres'. Muchos líderes y miembros de los propios pueblos saben que es así y luchan por cambiar y aprender de los demás. Ésa es la interculturalidad: aprender lo bueno de los demás y enseñar lo bueno de uno. No es encerrarse en lo propio y despotricar contra todos los demás. La ignorancia es atrevida. ¿Quién pierde en esto? Los niños y niñas que crecen en un país con leyes barbáricas. Los que luchamos por una mejor vida para todos, seres humanos y animales en Bolivia. Por los que creemos que el Buen Vivir (Sumaj Kausay) no necesita incluir el asesinato de animales inocentes.”

Por su parte Qänasa Animales está convocando a diferentes organizaciones, comunidades y grupos a unirse a un movimiento que promueva una ley justa para todos los animales. Y FAUNA, una organización civil cuyo fin principal es velar por los derechos y bienestar de los animales, ha comunicado su rechazo a la aprobación de la ley 136 presentada por la diputada Sonia Brito manifestando como principal desacuerdo que se excluyan a los animales silvestres, “ya que en la Ley 1333 y la Ley de Vida Silvestre, estos son contemplados como recursos del Estado y no son reconocidos como seres vivos sensibles y con derechos, y están totalmente expuestos a maltrato, tortura, zoofilia y todo tipo de violencia.”



VOCES A FAVOR

Por su parte Roberto Sandro Fernández, de SOPRAMA Santa Cruz, una de las organizaciones de defensa de los animales que participó en la elaboración de la Ley 136, también tiene varios argumentos para defenderla, como que “es el fruto de nuestra lucha por más de 20 años, es un gran avance y un triunfo para los animales. Con esta ley podremos penalizar con privación de libertad hasta 5 años a los que comentan biocidio.” Fernández reconoce que es una ley “inicial”: “Hay que considerar que hasta el día de hoy se siguen conquistando los derechos de los humanos. Toda ley es progresiva. Iremos mejorando. Las penas son un gran avance para resguardar derechos de los animales. Hay que recordar que Argentina tuvo su primera ley de defensa animal en 1891 que solo anunciaba derechos de los animales pero no penalizaba. Recién en 1952 Argentina penaliza con prisión los actos crueles.” El representante de SOPRAMA asegura que los animales silvestres ya tienen “leyes y decretos que los están protegiendo pero creemos que es necesario hacer una ley exclusiva de biodiversidad ya que este tema es amplio.”

Sobre el uso de los animales en rituales, Fernández reconoce que han sentido mucho pesar de que se hayan incluido estas prácticas, aunque dice que su organización “se compromete a lanzar una campaña nacional buscando el retiro de esta práctica en nuestro país a través de un referéndum Crearemos espacios de conciencia para que esas culturas tengan sensibilidad por los animales que nada tienen que ver en sus creencias.” Fernández asegura que la diputada Sonia Brito hizo la convocatoria nacional y que llegaron 20 organizaciones defensoras de animales de todo el país para consensuar.

Sin embargo, un voto resolutivo de más de 20 asociaciones de protección animal, dice que no está de acuerdo con la Ley, que es discriminatoria, excluyente, débil y que no ha sido consensuada.



CONSTITUCIÓN Y NORMAS MUNICIPALES

La Constitución Política del Estado en el artículo cuatro dice que el Estado es independiente de la religión, esta es una de las observaciones de Susana Carpio de Animales SOS. "Me parece absolutamente ridículo una ley legalice el rito o la tortura en nombre de la cultura. Otro tema importantísimo es que se ha relegado a los animales silvestres aduciendo que se va a crear una ley especial para ellos. Me preocupa que los animales silvestres queden en una orfandad total”.

Para Carpio, la ley no es más que una norma municipal por lo que no es un avance sino un retroceso, ya que en la Constitución Política del Estado, Capítulo octavo, respecto a las competencias exclusivas, que no pueden ser delegar su legislación a nadie, por lo tanto cualquier normas respecto a los animales, es competencia municipal, de acuerdo a la misma CPE, “ninguna palabra que pretenda proteger a los animales salvajes o domésticos, puede ser legislada por la Asamblea Plurinacional porque es una competencia exclusiva.” Al invadir algunos artículos de esta Ley 136, competencias municipales se convierten en inconstitucionales.



LOS MEDIOS Y LOS ANIMALES

Los medios de comunicación son citados en el artículo octavo de la Ley 136, ya que dentro del marco de su responsabilidad social deberán difundir información educativa a la población en general, sobre el respeto y defensa de los animales, mientras que en el artículo noveno, la sociedad civil organizada, en particular las asociaciones de defensa de los animales, en aplicación de la Ley 341 de Participación y Control Social, podrán participar en la formulación de normas y políticas, promover acciones de sensibilización, educación y prevención, sugerir e impulsar medidas y mecanismos institucionales de control y fiscalización, coadyuvar en el fortalecimiento de las capacidades de las entidades operativas en las acciones de defensa de los animales.

domingo, 7 de junio de 2015

Ley: Expropiación en frontera es autorizada

Por mayoría absoluta, en su sexta sesión ordinaria, la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) aprobó la ley que declara de necesidad y utilidad pública la expropiación de bienes inmuebles para el proyecto de construcción e implementación de recintos multipropósito de frontera en las zonas de seguridad fronteriza del territorio nacional.
Con esta ley se faculta al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a llevar adelante la expropiación de bienes inmuebles situados en las fronteras de Bolivia para la construcción de los centros multipropósito que buscan efectivizar la seguridad del país.
“Deseamos y reclamamos que Bolivia pueda tener unos centros de tránsito internacional fronterizo como corresponde a un país en crecimiento: Aduana, Migración, Senasag, presencia de la Policía Boliviana, donde el trato sea expedito, eficiente, profesional y cómodo, y en eso coincidimos todos, con que es necesario, imprescindible y lo más pronto posible”, explicó Álvaro García Linera, presidente nato de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
Recordó que los temas de seguridad de Estado y control de fronteras es una competencia exclusiva del Gobierno y “la presente ley le autoriza a ello”; sin embargo, indicó que la ley no establece una “forma ortodoxa de realizar la expropiación o a la que estamos acostumbrados”, pero la justificó, ya que el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas atraviesa varias dificultades para llevar adelante esta tarea, “por lo que se trata de un procedimiento excepcional”.

viernes, 5 de junio de 2015

Gobierno promulgó Ley de Transición del TSE

La Ley de Transición Institucional del Tribunal Supremo Electoral (TSE) que dará paso a la elección de nuevos vocales electorales fue promulgada en horas pasadas por el presidente Evo Morales informó a EL DIARIO el presidente de la Cámara de Senadores, José Alberto Gonzales.

Con este paso, hoy y mañana la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) trabajará en la elaboración, análisis y aprobación del reglamento de convocatoria para las ciudadanas y los ciudadanos bolivianos que aspiren a ser los nuevos vocales del TSE. Esta llamada será hecha pública el domingo.

“Ya ha sido promulgada (…) por la importancia se consideró que no era necesario un acto público porque es más un acto administrativo. Saldrá mañana (hoy) publicada en La Gaceta y de esa manera la Asamblea queda franqueada para elaborar el reglamento de convocatoria”, informó Gonzales.

COORDINACIÓN

Precisamente para cumplir este paso, los jefes de las tres bancadas parlamentarias: el Movimiento Al Socialismo (MAS), Unidad Demócrata (UD) y el partido Demócrata Cristiano (PDC) se reunirán hoy desde muy temprano con el objetivo de presentar sus propuestas de reglamento. Cada organización política elaboró su propio planteamiento de convocatoria.

“La idea es hacer una reunión con los jefes de bancadas para poder entrar a la Asamblea el sábado ya con un reglamento consensuado y aprobarlo rápidamente”, señaló la autoridad.

Se prevé que la aprobación del reglamento de convocatoria de la Ley de Transición del TSE no tendrá gran debate porque la misma será en base a las tres propuestas que presentaron el PDC, el MAS y UD.

“La idea es consensuar un reglamento en el que todos manifiesten su acuerdo. Prácticamente estamos hablando el mismo lenguaje. Se va a poder llegar a un acuerdo”, dijo José Gonzales al destacar que se tomarán en cuenta las propuestas de UD y el PDC.

DERECHO POLÍTICO

Uno de los aspectos destacados en esta ley son las modificaciones al Artículo 15 de la Ley del Órgano Electoral (018) que posibilita a que los exvocales del TSE que se vieron obligados a renunciar por la crisis institucional, puedan postularse nuevamente a dichos cargos. Esta apertura fue criticada por los asambleístas de la oposición a lo que el Presidente del Senado respondió:

“Esta es una cuestión que tiene que ver con los derechos políticos de la gente. Este es un proceso electoral que ha llegado de manera imprevista, es decir hace tres meses –que es el tiempo en el que deberían renunciar los que quieran postularse- no se sabía que iba a haber esto. Sería un castigo para los que no hubieran podido cumplir ese requisito. El objetivo es darle la posibilidad a todos los bolivianos que deseen postularse”, afirmó.

SIN AVAL POLÍTICO

Personas individuales, profesionales, con la suficiente experiencia y un efectivo cumplimiento de sus funciones anteriores, mucho mejor si es en temas electorales, son partes de los requisitos que serán tomados en cuenta para la elección de los nuevos vocales, aseguró el Presidente del Senado, a tiempo de recalcar que no se aceptarán avales de ningún partido político como en anteriores elecciones.

“Esta vez los avales políticos o cierto tipo de recomendaciones que en el pasado tenían mucho peso para este tipo de elecciones, aquí, no se van a tomar en cuenta”, sentenció la autoridad.

Sin embargo, eso no significa que no puedan postularse profesionales indígenas de cualquier nación que conforma el Estado boliviano.

“Quiero aprovechar para llamar a hombres y mujeres indígenas originarios, a toda la población, a quienes crean reunir las condiciones para trabajar en el Tribunal, que se inscriban y puedan participar en este proceso que garantizamos va a ser transparente que va a ser en base a la meritocracia, se va a ponderar mucho la experiencia, el buen desempeño en las tareas que haya desarrollado”.

El artículo 12 de la Ley 018 establece que por lo menos el TSE deberá estar conformado por dos representantes indígena originario campesino y del total de miembros que son siete, al menos tres deberán ser mujeres.

jueves, 4 de junio de 2015

Alarma por violaciones 'Ley seca' por 30 días en La Asunta

Organizaciones vecinales de la población yungueña de La Asunta, además de policías y representantes de la alcaldía, determinaron ordenar "ley seca" en esta localidad durante un mes, debido a los casos de violación a menores que se registraron en los últimos meses, reportó radio Maya de la Red ERBOL.

"Instruimos la suspensión inmediata del funcionamiento de bares y cantinas, licorerías y otros locales de expendio de bebidas, por un tiempo de 30 días a partir de la fecha", dice una resolución firmada ayer por juntas vecinales y representantes de la Policía Rural Fronteriza y el municipio.

La determinación se asumió después de la violación a una menor de 11 años durante el fin de semana.

Estudiantes no podrán andar en grupos en los parques a partir de las 10 de la noche.

Senado sanciona la ley para elegir a los vocales del TSE

Por más de dos tercios y sin modificaciones, el pleno del Senado sancionó ayer el Proyecto de Ley de Transición Institucional del Tribunal Supremo Electoral (TSE) con lo que se da vía libre a la elección de seis vocales del Órgano Electoral y también se posterga la realización de los referéndums estatutarios para el 20 de septiembre.
“Hoy día aprobamos en el pleno, sin modificación alguna el proyecto de ley que nos llegó de la Cámara de Diputados, la ley fue sancionada por el Órgano Legislativo y lo que corresponde es que esta norma sea promulgada por nuestro presidente del Estado Plurinacional”, dijo el presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara Alta, Milton Barón (MAS).
Luego de la promulgación de la norma, se convocará a sesión plenaria de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) para aprobar las modificaciones al Reglamento para la Designación de Vocales del TSE y realizar la convocatoria de los postulantes.
La norma sancionada establece, en sus tres artículos y dos disposiciones transitorias, la elección de nuevos vocales para el TSE, seis elegidos por la ALP y uno designado por el Presidente del Estado.
Modifica el artículo 15 de la Ley 018 del Órgano Electoral para permitir la postulación de servidores públicos sin tener que renunciar tres meses antes. Además se ratifica la prohibición de la participación de personas que convocaron o administraron procesos electorales al margen de la ley y aquellos que obstaculizaron procesos electorales legales.
El tercer artículo determina postergar los referéndums sobre estatutos autonómicos y cartas orgánicas de cinco departamentos y cinco municipios, del 12 de julio al 20 de septiembre de 2015.
Además se determina suspender el calendario electoral y se autoriza al Director Administrativo del TSE efectuar los “gastos imprescindibles” para el funcionamiento de la institución.

Primera ley contra violencia a mujeres se promulgó en Potosí

El Gobierno Municipal de Potosí promulgó el pasado 29 de mayo, la Ley Municipal Integral de Lucha Contra la Violencia a la Mujer y se convirtió así en el primer municipio en todo el país en iniciar acciones concretas contra este grave flagelo. Este avance en la normativa es producto de una propuesta elaborada por la Representación Departamental de la Defensoría del Pueblo de Potosí y la Red Interinstitucional de lucha contra la violencia.

La normativa, que fue promulgada por el ahora exalcalde Remberto Gareca, luego que el Concejo Municipal potosino lo remitiera a su Despacho, determina la implementación de políticas públicas para la asistencia, promoción y vigencia de los derechos de las mujeres basados en la Constitución Política del Estado y la Ley 348 garantiza los recursos económicos para su cumplimiento e instruye la adopción de medidas concretas para la asistencia integral y oportuna de mujeres víctimas de violencia a través de la creación de la Dirección de Género en el municipio.

Luego de la promulgación, el defensor del Pueblo, Rolando Villena, ponderó esta determinación de la gestión edil saliente. “Esta Ley Municipal contiene los aspectos más importantes para enfrentar el grave problema de la violencia contra las mujeres en el municipio potosino, pero sobre todo expresa una decisión política clara para luchar contra la violencia a la mujer y efectivizar mecanismos que apoyen a las víctimas de este flagelo”. Del mismo modo, resaltó que su construcción fue producto de un trabajo conjunto entre la institución defensorial, la red contra la violencia y el Concejo Municipal de esa ciudad.

La Ley 048 determina, entre otros aspectos, que la Dirección de Género del municipio, hará seguimiento a “la publicación y difusión de mensajes e imágenes estereotipadas que promuevan y refuercen la subordinación de las mujeres y realicen el uso sexista de su imagen como parte de la violencia simbólica y mediática”, además determina que los medios de comunicación local adoptarán medidas para que la sociedad tome mayor conciencia sobre la violencia hacia la mujer en el ámbito público y privado, eliminando lenguaje discriminatorio, sexista de sus programas o producción de materiales.

En lo que va de la gestión 2015, el municipio de Potosí reportó cuatro casos de feminicidio, siendo una de las cifras más altas junto a Cochabamba, Santa Cruz y La Paz, pese a que el Municipio de esta ciudad había sido uno de los primeros en declarar alerta contra la violencia el año pasado, iniciativa a la que se sumaron las asambleas departamentales de La Paz, Cochabamba, Potosí, Tarija, Chuquisaca, Beni y Santa Cruz y los municipios del Cercado, Trinidad, Santa Ana, Quillacollo entre otros. Potosí es el primer gobierno subnacional que promulga un instrumento jurídico.

lunes, 1 de junio de 2015

Diputados inician modificación de la Ley 018

Este lunes el pleno de la Cámara de Diputados iniciará la consideración del proyecto de ley de "Transición institucional del Tribunal Supremo Electoral (TSE)", aprobado el sábado por la Comisión de Constitución de esta instancia legislativa.

Este proceso se lleva adelante tras la crisis provocada por la renuncia de todos sus miembros debido a una serie de cuestionamientos al trabajo que desarrollaron.

Los vocales que se elijan con la nueva convocatoria, que se prevé se hará pública hasta el siguiente domingo, reemplazarán a los siete que dimitieron la pasada semana.

De acuerdo con informes, el llamamiento para las vocalías del TSE abre la posibilidad de que funcionarios públicos en ejercicio participen del proceso. Los designados ejercerán un mandato de seis años, como señala la Constitución Política del Estado (CPE), es decir hasta 2021. Para ello, el proyecto propone la modificación del artículo 15 de la Ley 018, del Órgano Electoral, que establece como una de las causales de inelegibilidad lo estipulado en el artículo 238 de la Carta Magna que sostiene que "no podrán acceder a cargo públicos electivos (...) quienes ocupen cargos electivos, de designación o de libre nombramiento que no hayan renunciado al menos tres meses antes...".



REFERÉNDUMS AUTONÓMICOS. El documento aprobado también ratifica lo que fue planteado como opción por el vicepresidente Álvaro García, en la sesión de la Asamblea del viernes, la postergación de los referéndums en Chuquisaca, Cochabamba, La Paz, Oruro y Potosí. Estos podrían realizarse el próximo 20 de septiembre.