LEY Nº 043
LEY DE 15 DE SEPTIEMBRE DE 2010
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. De
conformidad a lo establecido en la atribución 10ª del parágrafo I
del artículo 158 y del artículo 322 de la Constitución Política del
Estado, se aprueba el Convenio Financiero suscrito entre el Estado
Plurinacional de Bolivia, representado por el Ministerio de Economía y
Finanzas Publicas y Artigiancassa SpA, miembro del Grupo del Banco
“Banca Nazionale del Laboro”, en fecha 13 de mayo de 2010 por la parte
boliviana y en fecha 25 de mayo de 2010 por la parte italiana, por un
monto de hasta Euros 16.790.084,18 (DIECISEIS MILLONES SETECIENTOS
NOVENTA MIL OCHENTA Y CUATRO 18/00 EUROS), destinados al financiamiento
del Proyecto de Rehabilitación del Tramo Toledo – Ancaravi de la
carretera Oruro – Pisiga.
Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los trece días del mes de septiembre del año dos mil diez.
Fdo.
René O. Martínez Callahuanca, Adriana Arias de Flores, Andrés A.Villca
Daza, Clementina Garnica Cruz, Pedro Nuny Caity, Ángel David Cortés
Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de septiembre de dos mil diez años.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Elba Viviana Caro Hinojosa, Walter Juvenal Delgadillo Terceros.
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