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miércoles, 8 de mayo de 2019

LEY N° 1164 - Se ratificalas “Enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional relativas al Crimen de Agresión”

LEY N° 1164
LEY DE 11 DE ABRIL DE 2019
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente  Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 14 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, y los Artículos 33 y 37 de la Ley N° 401 de 18 de septiembre de 2013, de Celebración de Tratados, se ratificalas “Enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional relativas al Crimen de Agresión”, adoptadas por consenso el 11 de junio de 2010, mediante Resolución RC/Res.6, de la Conferencia de Revisión del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, celebrada del 31 de mayo al 11 de junio de 2010, en Kampala, República de Uganda.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los dos días del mes de abril del año dos mil diecinueve.
Fdo. Adriana Salvatierra Arriaza, Víctor Ezequiel Borda Belzu, Omar Paul Aguilar Condo, Víctor Hugo Zamora Castedo, Sandra Cartagena López, Ginna María Torrez Saracho.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de abril del año dos mil diecinueve.
FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz MINISTRO DE GOBIERNO E INTERINO DE DEFENSA, Héctor Enrique Arce Zaconeta.

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