LEY Nº 048
LEY DE 9 DE OCTUBRE DE 2010
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único. De
conformidad con el artículo 158, atribución 14ª de la Constitución
Política del Estado, se ratifica el “Acuerdo entre el Estado
Plurinacional de Bolivia y el Reino de España, sobre Supresión Recíproca
de Visados en Pasaportes Diplomáticos y Oficiales o de Servicio”, hecho
en Madrid, el día 15 de septiembre del año dos mil nueve.
Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil diez.
Fdo.
René Oscar Martínez Callahuanca, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Luís
Gerald Ortíz Alba, Clementina Garnica Cruz, Pedro Nuny Caity, Ángel
David Cortés Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de octubre de dos mil diez años.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana.
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