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miércoles, 24 de mayo de 2017
Proyecto de ley: No se podrá fumar en estadios, pubs y cajeros automáticos
Todos los espacios públicos y privados, como los estadios, centros de venta de alimentos, de bebidas alcohólicas, de diversión nocturno y hasta los cajeros automáticos y muchos otros estarán prohibidos para la práctica de fumar. Tampoco habrá "espacios para fumadores”, indica el proyecto de ley prevención y control a los productos de tabaco.
El artículo décimo de la propuesta de ley, presentada por el diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS) y presidente de la Comisión de Educación y Salud, Manuel Mamani, indica que "se prohíbe fumar o mantener un producto de tabaco encendido” en al menos 15 lugares (ver infografía) públicos y privados cerrados, como abiertos, así como a 100 metros a la redonda de establecimientos educativos y de salud.
"En los centros de diversión nocturna y de venta de bebidas alcohólicas nos referimos a discotecas, pubs, karaokes, entre otros”, explicó el proyectista tras asegurar que desde hoy socializa la propuesta en todo el país. Inicia en La Paz y luego recorrerá todas las regiones.
El parágrafo II, de esa propuesta de ley, indica que también "se prohíbe habilitar espacios para fumar en los espacios establecidos en el parágrafo precedente”. Es decir, comentó el proyectista, tampoco van a poder habilitar espacios para fumar, como se cuenta actualmente.
Mamani aseguró que la propuesta de ley es "más dura que la actual norma que se tiene en el país”, en razón a que Bolivia es el tercer país de Latinoamérica en el consumo de tabaco, después de Chile y Cuba, según datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Datos del Ministerio de Salud indican que actualmente el 25% de la población boliviana consume tabaco, que la prevalencia en la población joven alcanza al 18,7% y que la edad de inicio de consumo es a los 13 años.
El impulsor de la norma destaca que el objetivo es establecer medidas para reducir la demanda y oferta de productos de tabaco, previniendo el consumo y evitando la exposición al humo del cigarrillo ajeno, además de incentivar el abandono de ese hábito por sus consumidores.
"De lo contrario las muertes por enfermedades cardiovasculares y respiratorias seguirán aumentando”, remarcó. Un informe del Ministerio de Salud destaca que cada año fallecen cerca de 4.500 personas.
La norma también prohíbe que la comercialización de cigarros sea por unidad o al raleo, la venta a menores de 18 años, además, la comercialización también debe ser a 100 metros a la redonda de centros de salud y educación.
Los gobiernos nacionales, departamentales y municipales, según sus competencias, definirán infracciones en una reglamentación específica; las sanciones irán desde multas pecuniarias, decomisos hasta clausuras, de acuerdo a la gravedad. Lo recaudado servirá para proyectos en favor de personas que deseen dejar el consumo del tabaco. El Ministerio de Salud elaborará los protocolos de atención.
lunes, 22 de mayo de 2017
Órgano Electoral comienza debate de Ley de Organizaciones Políticas
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) comenzará desde hoy con los talleres y foros en los nueve departamentos del país, la recolección de propuestas para desarrollar la nueva Ley de Organizaciones Políticas, informó la presidenta de la instancia electoral, Katia Uriona.
“Inicia desde mañana (hoy), vamos a tener dos talleres, uno de representantes de tierras indígenas y posterior a eso tendremos nueve foros departamentales, que concluirán en un evento nacional, que nos permitirá recoger insumos para la elaboración de la propuesta de ley de organizaciones políticas”, explicó en una entrevista a Radio Panamericana.
El pasado jueves la instancia electoral presentó una propuesta de Ley de Organizaciones Políticas, el cual será debatido en estos talleres y los encuentros departamentales. Uriona manifestó que es necesaria la conformación de una nueva normativa que debe estar acorde con el proceso que se instaló después de la vigencia de la nueva Constitución Política Del Estado (2009).
EJES TEMÁTICOS
Uriona indicó que esta nueva norma se basará en cuatro ejes temáticos, la principal es el fortalecimiento de la democracia interna de los partidos políticos. En ese marco, se plantea los mecanismos de decisión en el interior de las tiendas políticas, donde también se tendrá un régimen especial para la inclusión indígena y un enfoque paritario, que pretende un tratamiento específico en el acoso y violencia política hacia las mujeres.
Inicialmente, el proyecto de Ley de Partidos Políticos se basará en un primer aspecto referido a la conformación de las organizaciones políticas, relacionados con el registro de partidos, número de militantes, actualización del registro de éstos, militantes, extinción y cancelación de la personería jurídica, entre otros aspectos.
Luego tiene que verse la democracia interna, es decir, se tratará en este punto todo lo referido a los mecanismos de estructura y reglamentación; en este eje, deberá garantizarse la paridad.
El tercer eje se referirá a la participación de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos, las cuales deberán constituir su representación política.
El cuarto eje, según Uriona, abrirá una discusión porque se trata del financiamiento y fiscalización de los partidos, como por ejemplo su patrimonio, el uso de los recursos de las organizaciones y los financiamientos en las campañas electorales”.
“Inicia desde mañana (hoy), vamos a tener dos talleres, uno de representantes de tierras indígenas y posterior a eso tendremos nueve foros departamentales, que concluirán en un evento nacional, que nos permitirá recoger insumos para la elaboración de la propuesta de ley de organizaciones políticas”, explicó en una entrevista a Radio Panamericana.
El pasado jueves la instancia electoral presentó una propuesta de Ley de Organizaciones Políticas, el cual será debatido en estos talleres y los encuentros departamentales. Uriona manifestó que es necesaria la conformación de una nueva normativa que debe estar acorde con el proceso que se instaló después de la vigencia de la nueva Constitución Política Del Estado (2009).
EJES TEMÁTICOS
Uriona indicó que esta nueva norma se basará en cuatro ejes temáticos, la principal es el fortalecimiento de la democracia interna de los partidos políticos. En ese marco, se plantea los mecanismos de decisión en el interior de las tiendas políticas, donde también se tendrá un régimen especial para la inclusión indígena y un enfoque paritario, que pretende un tratamiento específico en el acoso y violencia política hacia las mujeres.
Inicialmente, el proyecto de Ley de Partidos Políticos se basará en un primer aspecto referido a la conformación de las organizaciones políticas, relacionados con el registro de partidos, número de militantes, actualización del registro de éstos, militantes, extinción y cancelación de la personería jurídica, entre otros aspectos.
Luego tiene que verse la democracia interna, es decir, se tratará en este punto todo lo referido a los mecanismos de estructura y reglamentación; en este eje, deberá garantizarse la paridad.
El tercer eje se referirá a la participación de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos, las cuales deberán constituir su representación política.
El cuarto eje, según Uriona, abrirá una discusión porque se trata del financiamiento y fiscalización de los partidos, como por ejemplo su patrimonio, el uso de los recursos de las organizaciones y los financiamientos en las campañas electorales”.
viernes, 19 de mayo de 2017
Cocaleros de Yungas presentan recurso contra Ley de Coca
La Asociación Departamental de Productores de Coca de Yungas de La Paz (Adepcoca) introdujo ayer una demanda ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) en contra del artículo 16 de la Ley General de la Coca. El documento también lleva la firma del diputado Wilson Santamaría (UD) y el asesor legal de los cocaleros de Yungas, Froylán Tola.
El artículo cuestionado dispone los tipos de zonas autorizadas para el cultivo de coca, y señala que el límite de sembradíos es 22.000 hectáreas a escala nacional, de los cuales 14.300 son para La Paz y 7.700 para Cochabamba.
Antecedente
La Adepcoca optó por impugnar esta norma, porque no está de acuerdo con legalizar los cultivos en el trópico de Cochabamba, puesto que no son ancentrales.
La semana pasada, los yungueños solicitaron que legisladores ‘valientes’ se presten a firmar su recurso contra la Ley de Coca, y el jefe de bancada de Unidad Demócrata en la Cámara de Diputados se ofreció para hacerlo.
Ayer, una delegación conformada por el diputado Santamaría y dirigentes de los cocaleros presentaron la acción de inconstitucionalidad abstracta contra el artículo 16 de la Ley de Coca. /Erbol
miércoles, 17 de mayo de 2017
Senado paraliza debate del proyecto de ley de Empresas Sociales
La Cámara de Senadores dispuso suspender el tratamiento del proyecto de ley de Empresas Sociales, tras un pedido del presidente, Evo Morales. Empresarios privados se declararon en emergencia ante los alcances de la norma.
El titular de esa instancia del Legislativo, José Alberto Gonzales, informó que "se va a conformar mesas técnicas para tratar el tema, no queremos generar susceptibilidades con el sector empresarial".
Durante un discurso público, el primer mandatario afirmó que "esta madrugada me he sorprendido con algunos medios de comunicación, que el gobierno nacional mediante un proyecto de ley, estarían planteando confiscar las empresas privadas. Quiero decirles, es totalmente falso".
Gonzales sostuvo además que "el proyecto de ley no tiene ningún afán confiscatorio sobre la propiedad privada, convocaremos a los empresarios para tratar el tema". Ratificó que se consensuarán los aspectos que son observados.
Los datos indican que el proyecto de ley propone que los obreros se hagan cargo de empresas que están en quiebra y las conviertan en una compañía social, con el objetivo de reactivar la producción y absorber la mano de obra.
"¿Cómo desde el Gobierno nacional podemos platear confiscar empresas privadas?", preguntó Morales, señalando que la intención del Gobierno es apostar por fomentar la creación de empleos en ese campo.
Comienza el trabajo para ley de Organizaciones Políticas
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) emitirá mañana la convocatoria para que en los nueve departamentos del país comience la discusión y recepción de insumos para la propuesta de Ley de Organizaciones Políticas, informó su presidenta, Katia Uriona.
“Se está convocando a organizaciones políticas, organizaciones sociales, medios de comunicación, representantes de las diferentes organizaciones de mujeres y jóvenes para que podamos abrir un espacio que recoja insumos para la propuesta de la Ley de Organizaciones Políticas”, dijo a los periodistas.
Uriona explicó que en ese proceso se discutirán cuatro ejes referidos a los requisitos de conformación de las organizaciones políticas, porcentaje de registro para habilitarse, participación de pueblos indígena originario campesinos, financiamiento y fiscalización.
“Vamos a trabajar también en todo lo que hace al eje de democracia interna. Las organizaciones políticas deben discutir una propuesta de democratización en el marco de lo que establece la nueva Constitución, sobre todo reconociendo democracia la de interculturalidad y paritaria”, complementó.
Los talleres departamentales se desarrollarán del 18 de mayo al 23 de junio.
“Se está convocando a organizaciones políticas, organizaciones sociales, medios de comunicación, representantes de las diferentes organizaciones de mujeres y jóvenes para que podamos abrir un espacio que recoja insumos para la propuesta de la Ley de Organizaciones Políticas”, dijo a los periodistas.
Uriona explicó que en ese proceso se discutirán cuatro ejes referidos a los requisitos de conformación de las organizaciones políticas, porcentaje de registro para habilitarse, participación de pueblos indígena originario campesinos, financiamiento y fiscalización.
“Vamos a trabajar también en todo lo que hace al eje de democracia interna. Las organizaciones políticas deben discutir una propuesta de democratización en el marco de lo que establece la nueva Constitución, sobre todo reconociendo democracia la de interculturalidad y paritaria”, complementó.
Los talleres departamentales se desarrollarán del 18 de mayo al 23 de junio.
lunes, 15 de mayo de 2017
Presentan proyecto de ley para evitar 'compadrerío' en Gobierno
El jefe de Unidad Nacional (UN), Samuel Doria Medina, presentó hoy a la Cámara de Senadores el proyecto de ley que busca acabar con el "compadrerío" de cargos para familiares dentro de la administración pública nacional.
"Las instituciones públicas están plagadas de parientes de los principales dignatarios de Estado. Se está burlando la Constitución Política del Estado, que establece que no se puede trabajar en la misma entidad", aseveró el opositor en conferencia de prensa.
Detalló que la modalidad que utilizan las autoridades nacionales para dar trabajo en dependencias del Gobierno es acomodarlas en instancias en las que no tienen relación directa, así evitan denuncias por nepotismo.
La iniciativa legislativa entregada por Doria Medina contempla siete artículos que prohiben contratar a parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad en el caso del presidente, vicepresidente, ministros, presidentes de Diputados y Senadores.
"Solo dos excepciones, si hay un pariente que trabaja antes de que su familiar sea nombrado o en caso de necesidad nacional, mediante Decreto Supremo", aseveró el político y empresario.
Concluyó señalando que "el elemento más importante está en la condena ciudadana. Los profesionales del país ven que para entrar a alguna entidad del sector público no vale el título profesional sino el parentesco y la militancia política".
viernes, 5 de mayo de 2017
jueves, 4 de mayo de 2017
Comisión aprueba ley que incrementa la Renta Dignidad
El presidente de la Comisión de Planificación y Política Económica, Javier Zavaleta, anticipó que hasta la próxima semana se podría sancionar el proyecto de ley que incrementa la Renta Dignidad para las personas de la tercera edad a 3.900 bolivianos.
La Comisión aprobó este jueves el proyecto y tiene previsto remitir el informe al pleno de la Cámara de Diputados, para su tratamiento y posterior aprobación, anticipó que inmediatamente se enviaría al Senado.
La Comisión de Planificación “está aprobando el proyecto de ley que incrementa la renta dignidad. Sabemos que es de vital importancia para muchas personas de la tercera edad por eso la rapidez”, afirmó Zavaleta.
“Es probable que hasta la próxima semana este proyecto esté aprobado y entre en vigencia desde el mes de mayo. Efectivamente ya se pagaría desde mayo, esa es una decisión”, declaró el legislador.
El presidente Evo Morales anunció la pasada semana y ratificó la decisión el 1 de mayo en el Día Internacional del Trabajo, el incremento en la Renta Dignidad que beneficia a las personas de la tercera edad.
“El proyecto establece que a partir de mayo de este año subirá a 3.900 bolivianos para los que no tienen jubilación incluido el aguinaldo y para los que tienen jubilación alcanza a 3.250 anuales incluido el aguinaldo”, explicó.
Argumentó que desde hace cuatro años, específicamente desde el 2013 no se había incrementado la renta para las personas de la tercera edad, excepto el 2014 que se incluyó el aguinaldo, por lo que en “justicia” se justifica el aumento, dijo Zavaleta.
La Comisión aprobó este jueves el proyecto y tiene previsto remitir el informe al pleno de la Cámara de Diputados, para su tratamiento y posterior aprobación, anticipó que inmediatamente se enviaría al Senado.
La Comisión de Planificación “está aprobando el proyecto de ley que incrementa la renta dignidad. Sabemos que es de vital importancia para muchas personas de la tercera edad por eso la rapidez”, afirmó Zavaleta.
“Es probable que hasta la próxima semana este proyecto esté aprobado y entre en vigencia desde el mes de mayo. Efectivamente ya se pagaría desde mayo, esa es una decisión”, declaró el legislador.
El presidente Evo Morales anunció la pasada semana y ratificó la decisión el 1 de mayo en el Día Internacional del Trabajo, el incremento en la Renta Dignidad que beneficia a las personas de la tercera edad.
“El proyecto establece que a partir de mayo de este año subirá a 3.900 bolivianos para los que no tienen jubilación incluido el aguinaldo y para los que tienen jubilación alcanza a 3.250 anuales incluido el aguinaldo”, explicó.
Argumentó que desde hace cuatro años, específicamente desde el 2013 no se había incrementado la renta para las personas de la tercera edad, excepto el 2014 que se incluyó el aguinaldo, por lo que en “justicia” se justifica el aumento, dijo Zavaleta.
Paralizan proyecto de control a la ropa usada
El proyecto de ley que establece que los municipios sean los responsables del control del comercio de la mercadería usada quedó paralizada en su tratamiento dentro de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), según informó la senadora Nélida Sifuentes.
"Hasta la próxima semana el presidente Evo Morales se reunirá con todos los dirigentes de venta de ropa usada, mientras tanto la ley no se toca, se paraliza su tratamiento en la Cámara de Diputados", explicó la jefa de bancada del Movimiento Al Socialismo (MAS).
En la reunión que el primer mandatario sostuvo con sus legisladores se advirtió que la venta de la ropa usada afecta la industria boliviana, pero también se verificó que muchas familias "tiene ingresos propios gracias a este negocio", reporta ABI.
Elizabeth Verástegui, dirigente del sector, informó que un ampliado de emergencia en El Alto, determinó ir al paro nacional el lunes en defensa de sus fuentes de trabajo y por la legalización del comercio de prendería a medio uso.
"Una vez tenemos que pedir la legalización, que se levante el decreto que prohíbe la venta y se empiece a trabajar en una normativa", sostuvo la representante en entrevista con Red Uno.
martes, 2 de mayo de 2017
Ley da a los hombres cinco años para negar paternidad
Los hombres que dudan si son padres o no de los niños registrados con su apellido pueden iniciar un proceso judicial de negación de paternidad, establecido en el nuevo Código de Familias y de Procesos Familiares, vigente desde marzo de 2016.
La norma establece un plazo de cinco años desde el momento en que el menor sea registrado en el Servicio de Registro Cívico (Sereci), para revertir la filiación.
Pasado este tiempo, expira la posibilidad de realizar cualquier modificación en la partida de nacimiento de los menores.
El juez Óscar Ortiz, del juzgado quinto público de Familia, recordó el caso de un futbolista famoso que realizó el proceso de negación de paternidad, pero como pasó el tiempo establecido, su demanda fue negada. El hombre acudió hasta el Tribunal Supremo de Justicia en Sucre, pero su proceso fue rechazado.
Las solicitudes de negación de paternidad no son aisladas y en la mayoría de los casos los hombres terminan teniendo la razón. Lo que pasa es que los litigantes “van a lo seguro” porque los denunciantes tienen la certeza de no ser lo padres.
En el juzgado público Quinto de Familia se han recibido al menos 20 casos desde la implementación del nuevo código.
El juez recordó el proceso de una pareja de policías en el que el varón demandó la negación de paternidad, pese a que años atrás reconoció al niño en el vientre. Una vez realizado el examen de ADN, se determinó que no era el padre.
ADN El avance de la tecnología permite tener certeza sobre el parentesco entre padres e hijos. Si bien en el anterior código no era obligatorio el examen, ahora los jueces instruyen que se realice el procedimiento.
Los litigantes pueden hacer el test en el Instituto de Investigación Forense (IDIF) o en otras entidades privadas como Identigen. “Se toman como ciertos los hechos si hay la negativa de una de las partes a someterse a la prueba”.
El estudio de laboratorio solo se puede realizar con orden judicial o de manera voluntaria, en el mejor de los casos. Ortiz habló de un proceso en el que los litigantes ya acompañaron el examen, porque hubo un previo acuerdo.
El resultado determina el fallo judicial. Si los litigantes desean reparar los daños o perjuicios económicos o morales, deben hacerlo por la vía civil y penal.
EMBARAZO La norma establece que las embarazadas sean favorecidas con la asistencia familiar. La mujer inicia un proceso en un juzgado de Familia donde identifica al padre del bebé. Una vez que nace el niño, el progenitor puede realizar el trámite de negación de paternidad. Debe proponer como medio de prueba el examen de ADN.
Se han presentado casos porque les han reconocido en el vientre y se ha fijado una asistencia familiar a la madre, “entonces nace el hijo y aparece la duda y van por la vía judicial”.
FILIACIÓN Para borrar una partida de nacimiento de un menor debe haber una sentencia judicial ejecutoriada, no se lo puede hacer sin este requisito. El registro de los menores es voluntario, pero “borrar esa afiliación debe ser después de un proceso judicial”.
Ortiz explicó que debe hacer prevalecer el interés superior que es el bienestar del niño. De esta manera se evitan presiones hacia cualquiera de los progenitores.
CONVENCIONAL Una vez que se anula la filiación paterna del menor, se lo registra con el apellido convencional. “Se borra la casilla del padre y se coloca solo el de la madre”.
Esto significa que el menor puede mantener esa identidad hasta que cumpla la mayoría de edad. Posteriormente, puede acreditar su verdadera filiación. “Puede ser que a los 18 años tenga relación con su padre y lo puede cambiar”.
Reserva
Cuando se desconoce la identidad de los padres, la Defensoría de la Niñez y Adolescencia demandará la filiación convencional ante un juez.
30 Días
La madre y el padre tienen la obligación de registrar la filiación de su hija o hijo al momento del nacimiento y hasta 30 días después.
El menor podrá ser registrando por la simple indicación de cualquiera de ellos.
Madres rechazan filiación
Cuando una persona ha registrado una afiliación errónea puede plantear la anulación de paternidad o maternidad. El nuevo Código de la Familia y Procesos Familiares señala que las madres también pueden realizar el trámite. Estos son los casos de las abuelas “biológicas” que registran como sus hijos a sus nietos, cuandos sus hijas dieron a luz siendo solteras y muy jóvenes. Entonces, los menores son registrados por los abuelos con los apellidos paternos y maternos, y resultan legalmente como hermanos con sus madres a las que consideran “verdaderas”.
El juez Óscar Ortiz dijo que a la larga pueden presentarse dificultades por reclamos de los hijos verdaderos.
También se han visto situaciones en que se han reconocido a los hijos de ahijadas o empleadas. “Resulta que biológicamente no es su hijo y se va por la vía de la negación, a través de la prueba de ADN”.
La abogada Mabel Antezana destaca la nueva normativa porque se vela por el derecho a la identidad que tienen los menores al momento de nacer.
Apuntes
Registro
El artículo 14 del Código de Familias y Procesos Familiares señala que la filiación se realiza por voluntad conjunta de los progenitores, por
indicación de la madre o del padre, o por resolución judicial. Toda filiación deberá registrarse ante el Servicio de Registro Cívico, de acuerdo a su normativa.
Por indicación
En el artículo 15 se habla de la filiación por indicación. Dice que la madre o el padre podrán realizar el registro de filiación de su hija o hijo menor de edad, y por indicación la maternidad o paternidad del otro progenitor debidamente identificado, cuando este no lo realice voluntariamente o esté imposibilitado o imposibilitada de hacerlo.
El Servicio de Registro Cívico, hará conocer la filiación a la persona indicada como padre o madre, en su último domicilio consignado. En caso de desconocerse el domicilio, esto no invalida la filiación por indicación.
La persona indicada tiene derecho a la acción de negación en la vía jurisdiccional, sin perjuicio de la vigencia de la filiación registrada.
El registro de la filiación subsiste salvo cancelación por sentencia judicial.
Judicial
El artículo 16 señala que la filiación puede ser judicial. La persona mayor de edad que no cuente con filiación materna o paterna, debidamente establecida, podrá demandar la filiación ante la autoridad
judicial en materia familiar.
La acción también podrá ser interpuesta por sus descendientes.
La o el hijo póstumo podrá dirigir su acción contra los herederos de quienes
considera su madre o su padre.
Si la resolución judicial declara probada la demanda, se dispondrá en la
misma resolución el respectivo registro.
Familia
La filiación es el vínculo jurídico que une a una persona con sus progenitores. Se considera tres clases de filiación: i) matrimonial, es la que tiene su origen en el matrimonio; ii) extramatrimonial, que corresponde a hijos de personas no casados entre sí; y, iii) adoptiva, que no corresponde a una realidad biológica sino al vínculo paterno – filial creado por ley. es un vínculo jurídico entre la madre, padre o ambos, con la hija o hijo, que implica responsabilidades y derechos recíprocos.
La norma establece un plazo de cinco años desde el momento en que el menor sea registrado en el Servicio de Registro Cívico (Sereci), para revertir la filiación.
Pasado este tiempo, expira la posibilidad de realizar cualquier modificación en la partida de nacimiento de los menores.
El juez Óscar Ortiz, del juzgado quinto público de Familia, recordó el caso de un futbolista famoso que realizó el proceso de negación de paternidad, pero como pasó el tiempo establecido, su demanda fue negada. El hombre acudió hasta el Tribunal Supremo de Justicia en Sucre, pero su proceso fue rechazado.
Las solicitudes de negación de paternidad no son aisladas y en la mayoría de los casos los hombres terminan teniendo la razón. Lo que pasa es que los litigantes “van a lo seguro” porque los denunciantes tienen la certeza de no ser lo padres.
En el juzgado público Quinto de Familia se han recibido al menos 20 casos desde la implementación del nuevo código.
El juez recordó el proceso de una pareja de policías en el que el varón demandó la negación de paternidad, pese a que años atrás reconoció al niño en el vientre. Una vez realizado el examen de ADN, se determinó que no era el padre.
ADN El avance de la tecnología permite tener certeza sobre el parentesco entre padres e hijos. Si bien en el anterior código no era obligatorio el examen, ahora los jueces instruyen que se realice el procedimiento.
Los litigantes pueden hacer el test en el Instituto de Investigación Forense (IDIF) o en otras entidades privadas como Identigen. “Se toman como ciertos los hechos si hay la negativa de una de las partes a someterse a la prueba”.
El estudio de laboratorio solo se puede realizar con orden judicial o de manera voluntaria, en el mejor de los casos. Ortiz habló de un proceso en el que los litigantes ya acompañaron el examen, porque hubo un previo acuerdo.
El resultado determina el fallo judicial. Si los litigantes desean reparar los daños o perjuicios económicos o morales, deben hacerlo por la vía civil y penal.
EMBARAZO La norma establece que las embarazadas sean favorecidas con la asistencia familiar. La mujer inicia un proceso en un juzgado de Familia donde identifica al padre del bebé. Una vez que nace el niño, el progenitor puede realizar el trámite de negación de paternidad. Debe proponer como medio de prueba el examen de ADN.
Se han presentado casos porque les han reconocido en el vientre y se ha fijado una asistencia familiar a la madre, “entonces nace el hijo y aparece la duda y van por la vía judicial”.
FILIACIÓN Para borrar una partida de nacimiento de un menor debe haber una sentencia judicial ejecutoriada, no se lo puede hacer sin este requisito. El registro de los menores es voluntario, pero “borrar esa afiliación debe ser después de un proceso judicial”.
Ortiz explicó que debe hacer prevalecer el interés superior que es el bienestar del niño. De esta manera se evitan presiones hacia cualquiera de los progenitores.
CONVENCIONAL Una vez que se anula la filiación paterna del menor, se lo registra con el apellido convencional. “Se borra la casilla del padre y se coloca solo el de la madre”.
Esto significa que el menor puede mantener esa identidad hasta que cumpla la mayoría de edad. Posteriormente, puede acreditar su verdadera filiación. “Puede ser que a los 18 años tenga relación con su padre y lo puede cambiar”.
Reserva
Cuando se desconoce la identidad de los padres, la Defensoría de la Niñez y Adolescencia demandará la filiación convencional ante un juez.
30 Días
La madre y el padre tienen la obligación de registrar la filiación de su hija o hijo al momento del nacimiento y hasta 30 días después.
El menor podrá ser registrando por la simple indicación de cualquiera de ellos.
Madres rechazan filiación
Cuando una persona ha registrado una afiliación errónea puede plantear la anulación de paternidad o maternidad. El nuevo Código de la Familia y Procesos Familiares señala que las madres también pueden realizar el trámite. Estos son los casos de las abuelas “biológicas” que registran como sus hijos a sus nietos, cuandos sus hijas dieron a luz siendo solteras y muy jóvenes. Entonces, los menores son registrados por los abuelos con los apellidos paternos y maternos, y resultan legalmente como hermanos con sus madres a las que consideran “verdaderas”.
El juez Óscar Ortiz dijo que a la larga pueden presentarse dificultades por reclamos de los hijos verdaderos.
También se han visto situaciones en que se han reconocido a los hijos de ahijadas o empleadas. “Resulta que biológicamente no es su hijo y se va por la vía de la negación, a través de la prueba de ADN”.
La abogada Mabel Antezana destaca la nueva normativa porque se vela por el derecho a la identidad que tienen los menores al momento de nacer.
Apuntes
Registro
El artículo 14 del Código de Familias y Procesos Familiares señala que la filiación se realiza por voluntad conjunta de los progenitores, por
indicación de la madre o del padre, o por resolución judicial. Toda filiación deberá registrarse ante el Servicio de Registro Cívico, de acuerdo a su normativa.
Por indicación
En el artículo 15 se habla de la filiación por indicación. Dice que la madre o el padre podrán realizar el registro de filiación de su hija o hijo menor de edad, y por indicación la maternidad o paternidad del otro progenitor debidamente identificado, cuando este no lo realice voluntariamente o esté imposibilitado o imposibilitada de hacerlo.
El Servicio de Registro Cívico, hará conocer la filiación a la persona indicada como padre o madre, en su último domicilio consignado. En caso de desconocerse el domicilio, esto no invalida la filiación por indicación.
La persona indicada tiene derecho a la acción de negación en la vía jurisdiccional, sin perjuicio de la vigencia de la filiación registrada.
El registro de la filiación subsiste salvo cancelación por sentencia judicial.
Judicial
El artículo 16 señala que la filiación puede ser judicial. La persona mayor de edad que no cuente con filiación materna o paterna, debidamente establecida, podrá demandar la filiación ante la autoridad
judicial en materia familiar.
La acción también podrá ser interpuesta por sus descendientes.
La o el hijo póstumo podrá dirigir su acción contra los herederos de quienes
considera su madre o su padre.
Si la resolución judicial declara probada la demanda, se dispondrá en la
misma resolución el respectivo registro.
Familia
La filiación es el vínculo jurídico que une a una persona con sus progenitores. Se considera tres clases de filiación: i) matrimonial, es la que tiene su origen en el matrimonio; ii) extramatrimonial, que corresponde a hijos de personas no casados entre sí; y, iii) adoptiva, que no corresponde a una realidad biológica sino al vínculo paterno – filial creado por ley. es un vínculo jurídico entre la madre, padre o ambos, con la hija o hijo, que implica responsabilidades y derechos recíprocos.
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