LEY Nº 049
LEY DE 9 DE OCTUBRE DE 2010
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único. De
conformidad a lo establecido en la atribución 10ª del artículo 158 de
la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo
Nº 1332P suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y The Opec
Fund for International Development – OFID, el 1º de junio de 2010, por
un monto de $us.10.000.000.- (DIEZ MILLONES 00/100 DÓLARES
ESTADOUNIDENSES), destinados a apoyar el financiamiento del Programa de
Erradicación de la Extrema Pobreza “Plan Vida”.
Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil diez.
Fdo.
René Oscar Martínez Callahuanca, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Luís
Gerald Ortíz Alba, Clementina Garnica Cruz, Pedro Nuny Caity, Ángel
David Cortés Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de octubre de dos mil diez años.
FDO. EVO MORALES AYMA, David
Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Antonia Rodríguez Medrano
MINISTRA DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMIA PLURAL E INTERINA DE
ECONOMIA Y FINANZAS PÚBLICAS, Walter Juvenal Delgadillo Terceros MINISTRO DE OO.PP. , SERVICIOS Y VIVIENDA E INTERINO DE PLANIFICACION DEL DESARROLLO.
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