LEY Nº 484
LEY DE 25 DE ENERO DE 2014
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1. Se
declara de Prioridad Plurinacional la gestión cultural del Patrimonio
histórico e inmueble que ocupa el Gobierno Autónomo Departamental de
Potosí, ubicado en la Plaza de Armas 10 de noviembre de la ciudad de
Potosí.
ARTÍCULO 2. El
nivel central del Estado a través del Ministerio de Culturas y Turismo,
en coordinación con el Gobierno Autónomo Departamental de Potosí y el
Gobierno Autónomo Municipal de Potosí, en el marco de sus competencias,
estarán a cargo del fortalecimiento, la promoción y difusión a nivel
nacional e internacional del patrimonio arquitectónico de la Casa
Departamental de Potosí, para su aprovechamiento mediante el turismo en
beneficio del departamento y del municipio, mediante un plan de manejo.
Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los ocho días del mes de enero de dos mil catorce años.
Fdo.
Lilly Gabriela Montaño Viaña, Betty Asunta Tejada Soruco, Andrés
Agustín Villca Daza, Claudia Jimena Torres Chávez, Marcelo Elío Chávez,
Ángel David Cortés Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de enero del año dos mil catorce.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Claudia Stacy Peña Claros, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres.
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