LEY Nº 489
LEY DE 25 DE ENERO DE 2014
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.
Se crea el Museo Histórico Marítimo del Estado Plurinacional de
Bolivia, con sede en la ciudad de Sucre, bajo tuición del Ministerio de
Defensa y administración de la Academia Boliviana de Historia Militar.
Su funcionamiento y administración será reglamentado mediante Decreto
Supremo.
ARTÍCULO 2.
El Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Defensa, en
coordinación con el Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca y el
Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, en el marco de sus competencias,
quedan encargados de la gestión de recursos financieros, para la
ejecución de la construcción del Museo Histórico Marítimo del Estado
Plurinacional de Bolivia.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los quince días del mes de enero de dos mil catorce años.
Fdo.
Lilly Gabriela Montaño Viaña, Betty Asunta Tejada Soruco, Andrés
Agustín Villca Daza, Claudia Jimena Torres Chávez, Marcelo Elío Chávez,
Ángel David Cortés Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de enero del año dos mil catorce.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan
Ramón Quintana Taborga, Rubén Aldo Saavedra Soto, Claudia Stacy Peña
Claros, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres.
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