LEY Nº 598
LEY DE 12 DE NOVIEMBRE DE 2014
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
Artículo Único.
I. El Estado Plurinacional de Bolivia en ejercicio del principio de solidaridad internacional en materia de salud, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación - TGN, efectuar la donación de $us1.000.000.- (Un Millón 00/100 Dólares Americanos), en favor de la Organización de las Naciones Unidas - ONU, para la campaña mundial contra el Ébola; cuyos recursos quedan exentos de cualquier tributo directo y/o indirecto, o cobro de comisiones bancarias por el Banco Central de Bolivia - BCB.
II. El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, queda autorizado a efectuar las modificaciones presupuestarias necesarias a fin de dar cumplimiento al Parágrafo precedente.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los seis días del mes de noviembre del año dos mil catorce.
Fdo. Eugenio Rojas Apaza, Marcelo William Elío Chávez, Efrain Condori Lopez, Roxana Camargo Fernández, Carlos Aparicio Vedia, Ángel David Cortés Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil catorce.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora, Juan Carlos Calvimontes Camargo, Amanda Dávila Torres.
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