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sábado, 19 de septiembre de 2020

LEY N° 644 - Se ratifica el “Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia y el Gobierno de la República Popular China, relativo a una Línea de Crédito, libre de intereses, de cincuenta millones (50.000.000,00) de Yuanes Renminbi”,

 LEY N° 644

LEY DE 15 DE ENERO DE 2015

 

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

 

D E C R E T A :

 

Artículo Único. De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I numeral 14, de la Constitución Política del Estado, y el Artículo 37 de la Ley N° 401 de 18 de septiembre de 2013, de Celebración de Tratados, se ratifica el “Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia y el Gobierno de la República Popular China, relativo a una Línea de Crédito, libre de intereses, de cincuenta millones (50.000.000,00) de Yuanes Renminbi”, suscrito en la ciudad de Beijing, República Popular China, en fecha 22 de octubre de 2014.

 

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los doce días del mes de enero del año dos mil quince.

 

Fdo. Eugenio Rojas Apaza, Marcelo William Elío Chávez, Efraín Condori Lopez, Roxana Camargo Fernández, Carlos Aparicio Vedia, Ángel David Cortés Villegas.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de enero del año dos mil quince.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Amanda Dávila Torres. 

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