DECRETO SUPREMO N° 0375
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Parágrafo III del Artículo 241 de la Constitución Política del Estado establece que el pueblo soberano, por medio de la sociedad civil organizada, ejercerá control social a la calidad de los servicios públicos.
Que el Artículo 50 del Decreto Supremo N° 28631, de 8 de marzo de 2006, establece que el Comando de Ingeniería del Ejército – CO-ING, es una Institución Pública Descentralizada, bajo tuición orgánica y administrativa del Ministerio de Defensa Nacional, actual Ministerio de Defensa.
Que el objetivo del Sector de Defensa Nacional del Plan Nacional de Desarrollo, aprobado por Decreto Supremo N° 29272, de 12 de septiembre de 2007, propone lograr la construcción de una Bolivia soberana y segura, que defienda el territorio y a su población, que cuente con un sistema de defensa civil fuerte y que participe activamente en el desarrollo integral, bajo los principios de equidad y reciprocidad.
Que el Proyecto de Equipamiento del Batallón de Ingeniería, tiene como objetivo general el fortalecimiento a seis (6) Batallones de Ingeniería en los Departamentos de Tarija, de La Paz (El Alto e Ixiamas), de Santa Cruz, de Cochabamba (Villa Tunari), de Pando (Cobija), y de Oruro (Corque); así como al Centro de Mantenimiento de Equipo Pesado, Liviano y Misceláneo, a fin de contar con los medios necesarios para apoyar el mantenimiento de la Red Vial Fundamental, y construcción, mejoramiento y mantenimiento de la Red Vial Secundaria e Interprovincial, a nivel nacional.
Que el “Export - Import Bank of China”, ha acordado conceder al Estado Plurinacional de Bolivia, un préstamo de hasta YUAN 281.000.000.- (DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES 00/100 YUANES), destinados a apoyar el financiamiento del “Proyecto de Equipamiento del Batallón de Ingeniería”.
Que en el marco de la normativa vigente, es preciso autorizar al Ministerio de Planificación del Desarrollo la suscripción del respectivo Contrato de Préstamo con el “Export - Import Bank of China”.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.-
I. Se autoriza al Ministro de Planificación del Desarrollo a suscribir con el “Export - Import Bank of China”, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, un Contrato de Préstamo por un monto de hasta YUAN 281.000.000.- (DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES 00/100 YUANES), destinados a financiar el “Proyecto de Equipamiento del Batallón de Ingeniería”.
II. Suscrito el Contrato de Préstamo, deberá ser remitido a consideración del Órgano Legislativo, en cumplimiento a lo dispuesto por la Constitución Política del Estado.
III. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas la suscripción del respectivo Convenio Subsidiario con el Comando de Ingeniería del Ejército en su condición de Entidad Ejecutora, a solicitud del Ministerio de Planificación del Desarrollo a través del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo. Este Convenio Subsidiario establecerá la transferencia de los recursos reembolsables, así como las condiciones que regirán para su utilización en la ejecución del Proyecto y el cumplimiento de las obligaciones definidas en el Contrato de Préstamo.
Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Defensa, de Planificación del Desarrollo y de Economía y Finanzas Públicas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil nueve.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Nardi Suxo Iturry, Carlos Romero Bonifaz, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker Sixto San Miguel Rodríguez, María Cecilia Rocabado Tubert, Noel Ricardo Aguirre Ledezma, Luís Alberto Arce Catacora, Oscar Coca Antezana, Patricia Alejandra Ballivián Estenssoro, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, Luís Alberto Echazú Alvarado, Celima Torrico Rojas, Calixto Chipana Callisaya, Jorge Ramiro Tapia Sainz, René Gonzalo Orellana Halkyer, Roberto Iván Aguilar Gómez, Julia D. Ramos Sánchez, Pablo Groux Canedo.
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