LEY 859
LEY DE 28 DE NOVIEMBRE DE 2016
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. De conformidad con lo establecido por el Parágrafo
II del Artículo 362 de la Constitución Política del Estado, se autoriza
a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, suscribir el
Contrato de Servicios Petroleros para la Exploración y Explotación de
Áreas Reservadas a favor de YPFB, correspondiente al Área ITACARAY,
ubicada en el Departamento de Chuquisaca, con la empresa YPFB CHACO
S.A.
DISPOSICIÓN ABROGATORIA Y DEROGATORIA
ÚNICA. Se abroga la Ley N° 131 de 2 de junio de 2011, y se derogan todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa
Plurinacional, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos
mil dieciséis.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Víctor Hugo Zamora Castedo, Noemi Natividad Diaz Taborga, Mario Mita Daza, Ana Vidal Velasco.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Sánchez Fernández.
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