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viernes, 19 de febrero de 2021

LEY 831 - Se aprueba el Contrato de Asociación DGAJ-CTTO.MIN-039/2016, de fecha 24 de mayo de 2016, en los términos de su redacción contenida en treinta y cinco cláusulas, suscrito entre la Corporación Minera de Bolivia – COMIBOL

 LEY 831

LEY DE 14 DE SEPTIEMBRE DE 2016

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

 

DECRETA:

Artículo Único. Se aprueba el Contrato de Asociación DGAJ-CTTO.MIN-039/2016, de fecha 24 de mayo de 2016, en los términos de su redacción contenida en treinta y cinco cláusulas, suscrito entre la Corporación Minera de Bolivia – COMIBOL, y la Empresa Minera Ambiental Bactech S.A. – EMABSA, destinados a desarrollar e implementar una operación tecnológica para el tratamiento y remediación ambiental de las Colas Antiguas del distrito minero de Telamayu, para beneficio y comercialización de concentrados de minerales.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los seis días del mes de septiembre del año dos mil dieciséis.

Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Eliana Mercier Herrera, Víctor Hugo Zamora Castedo, Mario Mita Daza, Ana Vidal Velasco.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de septiembre del año dos mil dieciséis.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Felix Cesar Navarro Miranda, María Alexandra Moreira Lopez.

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