LEY Nº 611
LEY DE 03 DE DICIEMBRE DE 2014
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único. De
conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I numeral 13, de la
Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título
oneroso, de un lote de terreno signado con el N° 3 de propiedad del
Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, con una extensión superficial de
168,20 metros cuadrados (m²), ubicado en el manzano N° 40, calle Alcides
Arguedas de la zona La Portada de la ciudad de La Paz, registrado en
las oficinas de Derechos Reales de La Paz bajo la Matrícula
Computarizada N° 2.01.0.99.0023353, cuyas colindancias son: al Norte con
la avenida Alcides Arguedas; al Oeste, con el predio particular N° 4;
al Sur, con la calle s/n de seis (6) metros de ancho; y al Este, con el
lote N° 2; a favor de la Señora Justina Mamani Vda. de Castro, conforme a
lo establecido en la Resolución Municipal N° 367/94 de 10 de octubre de
1994.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los veinte días del mes de noviembre del año dos mil catorce.
Fdo.
Eugenio Rojas Apaza, Marcelo William Elío Chávez, Efraín Condori Lopez,
Marcelo E. Antezana Ruiz, Carlos Aparicio Vedia, David Cortés Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil catorce.
FDO. EVO MORALES AYMA, Claudia Stacy Peña Claros, Amanda Dávila Torres MINISTRA DE COMUNICACIÓN E INTERINA DE LA PRESIDENCIA.
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