LEY N° 618
LEY DE 19 DE DICIEMBRE DE 2014
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo 1. Se declara Patrimonio Cultural Inmaterial del Pueblo Boliviano, a
la “Festividad de la Navidad Serranense”, que se celebra del 25 al 27
de diciembre de cada año, en el Municipio de Villa Serrano de la
Provincia Belisario Boeto del Departamento de Chuquisaca, por
constituirse en una expresión viva de los valores culturales
tradicionales, populares y religiosos de nuestro país.
Artículo 2.
El Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Culturas y Turismo, en
coordinación con el Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca y el
Gobierno Autónomo Municipal de Villa Serrano, en el marco de sus
competencias, quedan encargados de formular políticas de recuperación,
promoción, salvaguarda y protección de la “Festividad de la Navidad
Serranense”.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los dieciséis días del mes de diciembre del año dos mil catorce.
Fdo.
Zonia Guardia Melgar, Marcelo William Elío Chávez, Efraín Condori
Lopez, Roxana Camargo Fernández, Carlos Aparicio Vedia, Ángel David
Cortés Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil catorce.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Claudia Stacy Peña Claros, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres.
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