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jueves, 17 de septiembre de 2020

LEY N° 635 - Se aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno urbano E.12.1, de propiedad del GAM de Trinidad, a favor de YPFB

 LEY N° 635

LEY DE 15 DE ENERO DE 2015

 

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

 

D E C R E T A :

 

Artículo Único. De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I numeral 13, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno urbano E.12.1, de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Trinidad, con una extensión superficial de 5.422,52 metros cuadrados (m²), ubicado en la zona Parque Industrial Pesado, manzano E-12, calle 18, registrado en las oficinas de Derechos Reales de la ciudad de la Santísima Trinidad, bajo la Matrícula Computarizada N° 8.01.1.01.0017815, en asiento A-1, cuyas colindancias son: al Norte, lote Nº E-12; al Sur, avenida sin nombre; al Este, con calle Nº 18; y al Oeste, con el lote Nº E-12; a favor de YPFB, destinado a la instalación de Estaciones Satelitales de Regasificación para la ciudad de la Santísima Trinidad.

 

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los ocho días del mes de enero del año dos mil quince.

 

Fdo. Eugenio Rojas Apaza, Marcelo William Elío Chávez, Efraín Condori Lopez, Roxana Camargo Fernández, Carlos Aparicio Vedia, Ángel David Cortés Villegas.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de enero del año dos mil quince.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Juan José Hernando Sosa Soruco, Claudia Stacy Peña Claros, Amanda Dávila Torres.  

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