DECRETO SUPREMO N° 0199
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que
la Ley N° 3446, de 21 de julio de 2006, crea el Impuesto a las
Transacciones Financieras – ITF, con el objeto de gravar las operaciones
financieras en moneda extranjera y en moneda nacional con mantenimiento
de valor, por treinta y seis (36) meses a partir de su vigencia.
Que
el Decreto Supremo N° 28815, de 26 de julio de 2006, reglamenta la
aplicación del ITF estableciendo los mecanismos técnico-procedimentales
para su correcta aplicación y recaudación.
Que
el Artículo 53 del Presupuesto General de la Nación - Gestión 2009,
aprobado por fuerza de Ley por expresa disposición del Artículo 147 de
la Constitución Política del Estado vigente hasta el 6 de febrero de
2009, amplia la vigencia del ITF creado mediante Ley N° 3446 por
treinta y seis (36) meses adicionales, a partir del 24 de julio de 2009.
Que
es necesario ampliar la vigencia del Decreto Supremo N° 28815 y de las
demás normas administrativas referidas a la aplicación del ITF.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.-
Se amplía la vigencia del Decreto Supremo N° 28815, de 26 de julio de
2006 y de las demás normas administrativas emitidas para la aplicación
del Impuesto a las Transacciones Financieras – ITF creado mediante Ley
N° 3446, de 21 de julio de 2006, de acuerdo a lo dispuesto en el
Artículo 53 del Presupuesto General de la Nación - Gestión 2009, que
prorroga la vigencia del Impuesto, por el plazo de treinta y seis (36)
meses a partir del 24 de julio de 2009.
El
señor Ministro de Estado, en el Despacho de Economía y Finanzas
Públicas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente
Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de julio del año dos mil nueve.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan
Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE
RELACIONES EXTERIORES, Nardy Suxo Iturry, Carlos Romero Bonifaz, Alfredo
Octavio Rada Velez, Walker Sixto San Miguel Rodríguez, MINISTRO DE
DEFENSA E INTERINO DE JUSTICIA, Héctor E. Arce Zaconeta, Noel Ricardo
Aguirre Ledezma, Luís Alberto Arce Catacora MINISTRO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS E INTERINO DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMIA PLURAL,
Oscar Coca Antezana, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, Luis Alberto
Echazú Alvarado, Calixto Chipana Callizaya, Jorge Ramiro Tapia Sainz,
René Gonzalo Orellana Halkyer, Roberto Iván Aguilar Gómez, Julia D.
Ramos Sánchez, Pablo Groux Canedo.
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