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miércoles, 23 de septiembre de 2020

LEY N° 655 - Se aprueba la enajenación, a título gratuito, de un bien inmueble de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Llallagua a favor de la Policía Boliviana y con destino exclusivo al funcionamiento de la Escuela Básica de Policías de Llallagua

 LEY N° 655

LEY DE 24 DE FEBRERO DE 2015

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I, Numeral 13, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título gratuito, de un bien inmueble de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Llallagua, denominado “Ex-Unidad Educativa Martín Cárdenas”, con una extensión superficial de 2.049,11 metros cuadrados (m²), ubicado en el Campamento Villarroel Tipo H de Llallagua y registrado en las oficinas de Derechos Reales de Uncía, bajo la Matrícula Computarizada N° 5.02.3.01.0003940, Asiento A-1, cuyas colindancias son: al Norte, con el Campamento Villarroel; al Sur, con el Campamento Villarroel Tipo H; al Este, con la Cancha de Básquet; y al Oeste, con la Cancha de Fútbol; a favor de la Policía Boliviana y con destino exclusivo al funcionamiento de la Escuela Básica de Policías de Llallagua, conforme a lo establecido en la Ley Municipal N° 53/2014, de 10 de diciembre de 2014.

 

Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los once días del mes de febrero de dos mil quince años.

 

Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rubén Medinaceli Ortiz, María Argene Simoni Cuellar, A. Claudia Tórrez Diez, Erik Morón Osinaga.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de febrero del año dos mil quince.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, José Hugo Moldiz Mercado, Hugo José Siles Nuñez del Prado. 

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