DECRETO SUPREMO N° 0205 0205
ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE INTERINO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que
el Artículo 67 del Decreto Supremo Nº 21060, de 29 de agosto de 1985,
establece los días feriados con suspensión de actividades públicas y
privadas los días domingos, 1 de enero, lunes y martes de carnaval,
viernes santo, 1 de mayo, Corpus Cristhi, 6 de agosto, 1 de noviembre,
25 de diciembre y en cada Departamento la fecha de su efeméride.
Que
el Artículo 71 de la citada disposición normativa, prohíbe a las
autoridades de todo nivel, nacionales, departamentales y locales,
disponer la suspensión del trabajo fuera de los feriados establecidos
en el precitado Artículo 67 del Decreto Supremo Nº 21060.
Que
el día 16 de julio de 2009 se conmemorará 200 años del Grito de la
Independencia en el Departamento de La Paz; Bicentenario al que se debe
dar el realce correspondiente en los festejos de celebración de la gesta
libertaria señalada.
Que
se han programado varios actos que realzarán los festejos julianos,
mismos que deben contar con el apoyo de la población en general, por lo
que se hace necesario establecer excepcionalmente como feriado
departamental el día 15 de julio del año en curso, a fin de incentivar
la participación ciudadana en los actos conmemorativos señalados.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.-
I.
Con el objeto de dar realce a los actos conmemorativos del
Bicentenario de la Gesta Libertaria del Departamento de La Paz, se
dispone por única vez, establecer como feriado departamental el día 15
de julio del año en curso con suspensión de actividades.
II. Conjuntamente a lo dispuesto en el Parágrafo precedente queda vigente el feriado departamental de La Paz del día 16 de julio.
El
señor Ministro de Estado, en el Despacho de Trabajo, Empleo y Previsión
Social, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente
Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de julio del año dos mil nueve.
FDO. ALVARO MARCELO GARCIA LINERA,
Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE
RELACIONES EXTERIORES, Nardy Suxo Iturry, Carlos Romero Bonifaz, Alfredo
Octavio Rada Vélez, Walker Sixto San Miguel Rodríguez, Héctor E. Arce
Zaconeta, Noel Ricardo Aguirre Ledezma, Luís Alberto Arce Catacora,
Oscar Coca Antezana, Patricia Alejendra Ballivián Estenssoro, Walter
Juvenal Delgadillo Terceros, Luís Alberto Echazú Alvarado, Celima
Torrico Rojas, Calixto Chipana Callizaya, Jorge Ramiro Tapia Sainz, René
Gonzalo Orellana Halkyer, Roberto Iván Aguilar Gómez, Julia D. Ramos
Sánchez, Pablo Groux Canedo.
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