LEY N° 1361
LEY DE 2 DE MARZO DE 2021
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un bien inmueble con una superficie total de 4.541,75 metros cuadrados (m²), de los cuales 1.632,20 metros cuadrados (m²) cuentan con construcción civil, de propiedad de la Corporación Minera de Bolivia – COMIBOL, ubicado al final de la Avenida Alameda, Manzano 01, Distrito 02 de la Comunidad de Punutuma del Municipio de Tomave, Provincia Antonio Quijarro del Departamento Potosí, registrado en las oficinas de Derechos Reales del Departamento de Potosí, bajo la Partida N° 523 de fecha 19 de agosto de 1983, cuyas colindancias son: Al Norte, con la Calle D; al Sur, con la Calle E; al Este, con la Calle 11; y al Oeste, con la Calle 10; a favor del Gobierno Autónomo Municipal de Tomave, con destino exclusivo a la refacción y construcción de la infraestructura del Colegio “Simón Rodríguez Carreño de Punutuma”, conforme a lo establecido en la Resolución de Directorio General N° 6644/2019 de fecha 18 de septiembre de 2019, emitida por el Directorio General de la Corporación Minera de Bolivia – COMIBOL.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los diez días del mes de febrero del año dos mil veintiuno.
Fdo. Andrónico Rodríguez Ledezma, Elsa Ali Ramos, Gladys V. Alarcón F. de Ayala, María R. Nacif Barboza, Jorge Yucra Zárate, Walter Villagra Romay.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de marzo del año dos mil veintiuno.
Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada, Ramiro Felix Villavicencio Niño De Guzman, Jeyson Marcos Auza Pinto.
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