DECRETO SUPREMO N° 0545
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Artículo 10 de la Constitución Política del Estado, establece que Bolivia es un Estado pacifista, que promueve la cultura de la paz y el derecho a la paz, así como la cooperación entre los pueblos de la región y del mundo, a fin de contribuir al conocimiento mutuo, al desarrollo equitativo y a la promoción de la interculturalidad, con pleno respeto a la soberanía de los estados.
Que el Plan Nacional de Desarrollo aprobado mediante Decreto Supremo Nº 29272, de 12 de septiembre de 2007, define que la política exterior del Estado Plurinacional de Bolivia está orientada, entre otros, a la construcción de una Comunidad Internacional complementaria, más justa, democrática y solidaria.
Que el Artículo 56 del Presupuesto General del Estado - Gestión 2010, aprobado por Ley de acuerdo a lo establecido en el numeral 11 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, determina que en el marco de la reciprocidad, complementariedad y solidaridad que rige en las relaciones entre países, así como por desastres naturales, se autoriza al Órgano Ejecutivo a realizar donaciones de mercancías a países amigos, las mismas que serán autorizadas mediante Decreto Supremo.
Que el Decreto Supremo N° 0373, de 2 de diciembre de 2009, regula la exportación de arroz, previa verificación de suficiencia de abastecimiento en el mercado interno a precio justo.
Que la hermana República de Cuba fue azotada por un déficit en la producción de grano de arroz, debido a desastres naturales en la gestión 2008 que continúan repercutiendo en la actualidad, tomando en cuenta la lenta recuperación en su capacidad productiva de este grano; por tanto, dentro del ámbito de reciprocidad, complementariedad y solidaridad que rige en las relaciones entre países, es necesario coadyuvar en sobrellevar estas calamidades mediante el apoyo de alimentos a este Estado, considerando el derecho humano de las familias afectadas a la alimentación.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.-
I. El Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, en solidaridad con la hermana República de Cuba, autoriza la donación de tres mil toneladas métricas (3.000 TM) de arroz blanqueado y pulido (seleccionado de primera), a favor de ese país a ser entregada en el puerto de Arica - Chile.
II. Para dar cumplimiento a lo establecido en el Parágrafo I precedente, se instruye:
A la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA, dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, a realizar todas las gestiones y gastos correspondientes para efectivizar la donación de arroz a la República de Cuba, con cargo a su presupuesto institucional 2010.
A todas las entidades públicas involucradas, exceptuar los costos que demanden el traslado del arroz donado como la certificación de origen, calidad y exportación; agenciamiento portuario u otros.
A EMAPA, presentar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, los descargos correspondientes a los costos inherentes a la donación del arroz.
Al Ministerio de Economía y Finazas Públicas, de acuerdo a la disponibilidad del Tesoro General de la Nación, previa conciliación con EMAPA, a realizar en las gestiones posteriores las transferencias presupuestarias correspondientes de los costos inherentes a la donación de arroz.
Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Economía y Finanzas Públicas, y de Desarrollo Productivo y Economía Plural, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de junio del año dos mil diez.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elizabeth Arismendi Chumacero, Elba Viviana Caro Hinojosa MINISTRA DE PLANIFICACION DEL DESARROLLO E INTERINA DE OO.PP., SERVICIOS Y VIVIENDA, Luís Alberto Arce Catacora, Luís Fernando Vincenti Vargas, Antonia Rodríguez Medrano, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori MINISTRA DE JUSTICIA E INTERINA DE SALUD Y DEPORTES, Carmen Trujillo Cárdenas, María Esther Udaeta Velásquez, Nemecia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz, Nardy Suxo Iturry, Zulma Yugar Párraga MINISTRA DE CULTURAS E INTERINA DE EDUCACIÓN.
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