DECRETO PRESIDENCIAL N° 0527
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Artículo 1 de la Constitución Política del Estado establece que Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías.
Que el Artículo 279 de la norma fundamental determina que el órgano ejecutivo departamental está dirigido por la Gobernadora o el Gobernador, en condición de máxima autoridad ejecutiva.
Que el Parágrafo I del Artículo 64 de la Ley N° 4021 de 14 de abril de 2009, establece que las Gobernadoras o los Gobernadores y Prefectas y Prefectos serán elegida(o)s en circunscripción única departamental por sufragio universal, directo, libre y secreto.
Que el Parágrafo I del Artículo 26 de la Ley N° 4021, convoca a elecciones de autoridades departamentales y municipales en todo el territorio del Estado Plurinacional boliviano para el domingo 4 de abril de 2010; por un periodo constitucional de cinco (5) años.
Que como resultado del proceso electoral de elección de las autoridades departamentales y municipales realizadas el 4 de abril de 2010, el país cuenta con Gobernadores elegidos directamente con el voto del pueblo.
Que la Ley N° 017, de 24 de mayo de 2010, regula la transición ordenada de la Prefecturas de Departamento a los Gobiernos Autónomos Departamentales estableciendo procedimientos transitorios para su financiamiento y funcionamiento, en concordancia con las disposiciones de la Constitución Política del Estado.
Que el Artículo 4 de la Ley N° 017, establece que el 30 de mayo de 2010, el Presidente del Estado Plurinacional tomará el juramento de posesión a las Gobernadoras o Gobernadores, en acto especial a programarse para el efecto.
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- En cumplimiento al Artículo 4 de la Ley N° 017, de 24 de mayo de 2010, en solemne Sesión, se tomará el juramento de posesión a los Gobernadores electos, en la Casa de la Libertad de la ciudad de Sucre, el día 30 de mayo de 2010, a horas 9:00 a.m., conforme se detalla a continuación:
- ESTEBAN URQUIZU CUELLAR
GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CHUQUISACA
- CESAR HUGO COCARICO YANA
GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE LA PAZ
- EDMUNDO NOVILLO AGUILAR
GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE COCHABAMBA
- SANTOS JAVIER TITO VELIZ
GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE ORURO
- FELIX GONZALES BERNAL
GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE POTOSÍ
- MARIO ADEL COSSIO CORTEZ
GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE TARIJA
- RUBEN ARMANDO COSTAS AGUILERA
GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE SANTA CRUZ
- ERNESTO SUÁREZ SATTORI
GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DEL BENI
- LUIS ADOLFO FLORES ROBERTS
GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE PANDO
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil diez.
FDO. EVO MORALES AYMA, Oscar Coca Antezana, Carlos Romero Bonifaz.
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