LEY Nº 790
LEY DE 28 DE MARZO DE 2016
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.
I. De conformidad a lo establecido en
el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución
Política del Estado, se aprueba el Convenio de Financiación N°
2000000784 suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Fondo
Internacional de Desarrollo Agrícola – FIDA, en fecha 23 de diciembre
de 2015, por un monto de hasta DEG12.870.000.- (Doce Millones
Ochocientos Setenta Mil 00/100 Derechos Especiales de Giro), destinados
a financiar el Programa de Fortalecimiento Integral del Complejo
Camélidos en el Altiplano (PRO-CAMÉLIDOS).
II. Se autoriza al Ministerio de Economía
y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación, asumir
el repago de las obligaciones que sean contraídas en la ejecución del
mencionado Convenio de Finanaciación N° 2000000784, aprobado por la
presente Ley.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa
Plurinacional, a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil
dieciséis.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña,
Eliana Mercier Herrera, Victor Hugo Zamora Castedo, Mario Mita Daza,
Erick Morón Osinaga.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de marzo del año dos mil dieciséis.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes,
Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE
PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO, Luis Alberto Arce Catacora, Cesar Hugo
Cocarico Yana.
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