LEY Nº 319
LEY DE 12 DE DICIEMBRE DE 2012
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo 1.
Declárese Patrimonio Cultural del Pueblo Boliviano, al Monumento
Arquitectónico “Primera Casa de la Moneda de Potosí”, ubicado en la
Plaza 10 de Noviembre, por los valores históricos arquitectónicos y
arqueológicos que representa.
Artículo 2.
El Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Culturas, y las
Entidades Territoriales Autónomas, de acuerdo a sus atribuciones y
competencias, quedan encargados de la catalogación, conservación y
preservación del bien.
Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los trece días del mes de noviembre del año dos mil doce.
Fdo.
Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rebeca Elvira Delgado Burgoa, Mary Medina
Zabaleta, David Sánchez Heredia, Wilson Changaray T., Angel David
Cortéz Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de diciembre del año dos mil doce.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Claudia Stacy Peña Claros, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres.
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