LEY Nº 296
LEY DE 4 DE OCTUBRE DE 2012
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Único.
I.
De conformidad a lo establecido en el Artículo 158, Parágrafo I,
Atribución 10ª, de la Constitución Política del Estado, se aprueba el
Contrato de Préstamo, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y
la Corporación Andina de Fomento – CAF en fecha 03 de julio de 2012,
por la suma de hasta $us18.450.000.- (DIECIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS
CINCUENTA MIL 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a financiar el
“Programa Más Inversiones para el agua – MIAGUA I (Fase 2)”.
II.
Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través del
Tesoro General de la Nación, asumir el repago de las obligaciones que
sean contraídas en la ejecución del mencionado Contrato de Préstamo
aprobado por la presente Ley.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los diecinueve días del mes de septiembre del año dos mil doce.
Fdo.
Lilly Gabriela Montaño Viaña, Richard Cordel Ramírez, Mary Medina
Zabaleta, María Elena Méndez León, Luis Alfaro Arias, Angel David Cortéz
Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil doce.
FDO. EVO MORALES AYMA, David
Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Elba Viviana Caro
Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, José Antonio Zamora Gutiérrez.
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