LEY Nº 308
LEY DE 13 DE NOVIEMBRE DE 2012
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único.
I. De
conformidad a lo establecido e se aprueba el Contrato de Préstamo suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento – CAFn el Artículo 158, Parágrafo I Atribución
10ª, de la Constitución Política del Estado,, en fecha 4 de octubre de 2012, por
la suma de hasta $us115.000.000.00.- (CIENTO QUINCE MILLONES 00/100
DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a financiar el “Programa Más
Inversiones para el Agua II – MIAGUA II”.
II. Se
autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del
Tesoro General de la Nación, asumir el repago de las obligaciones que
sean contraídas en la ejecución del mencionado Contrato de Préstamo
aprobado por la presente Ley.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil doce.
Fdo.
Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rebeca Elvira Delgado Burgoa, Mary Medina
Zabaleta, María Elena Méndez León, Wilson Chagaray T., Ángel David
Cortéz Villegas
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil doce
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan
Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE
RELACIONES EXTERIORES, Luis Alberto Arce Catacora, Elba Viviana Caro
Hinojosa, José Antonio Zamora Gutiérrez, Amanda Dávila Torres
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