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jueves, 14 de mayo de 2020

LEY Nº 295 - Declárese Patrimonio Histórico y Cultural del Estado Plurinacional de Bolivia a las Ruinas de Inka Raqay

LEY Nº 295
LEY DE 28 DE SEPTIEMBRE DE 2012

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA


Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:


LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1. Declárese Patrimonio Histórico y Cultural del Estado Plurinacional de Bolivia a las Ruinas de Inka Raqay, declaradas Monumento Arqueológico Nacional por Ley N° 3479 de 22 de septiembre del 2006, y al conjunto arqueológico de las ruinas de Inka Raqay, pertenecientes a la Cultura Quechua, ubicadas en la Comunidad Sindicato Agrario Linku, del Municipio de Sipe Sipe del Departamento de Cochabamba.

ARTÍCULO 2. Se encomienda al Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Culturas, Viceministerio de Interculturalidad y Viceministerio de Turismo, coordinar con el Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba y el Gobierno Autónomo Municipal de Sipe Sipe, para gestionar el financiamiento, tanto externo como interno, para el proyecto de restauración, conservación, protección, preservación, investigación, promoción y difusión del patrimonio arqueológico Inka Raqay.

ARTÍCULO 3. Se dispone la ejecución de un Plan Integral Maestro de restauración, recuperación, preservación, conservación, investigación, promoción y difusión del conjunto arqueológico de las ruinas de Inka Raqay, en coordinación entre el Ministerio de Culturas, Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba, Gobierno Autónomo Municipal de Sipe Sipe, con participación de las organizaciones indígena originario campesinos, comunidad Linku y profesionales arqueólogos.

ARTÍCULO 4. El Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba y el Gobierno Autónomo Municipal de Sipe Sipe, están a cargo de definir el área de influencia de amortiguación para fortalecer la promoción y difusión del conjunto arqueológico Inka Raqay como turismo comunitario educativo, mediante proyectos sociales de desarrollo en beneficio de la comunidad y del municipio, con participación concurrente del Ministerio de Culturas.

Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines Constitucionales.

Es dado en la Sala de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los doce días del mes de septiembre del año dos mil doce.
Fdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rebeca Elvira Delgado Burgoa, Mary Medina Zabaleta, David Sánchez Heredia, Luis Alfaro Arias, Angel David Cortéz Villegas.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil doce.


FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Elba Viviana Caro Hinojosa, Claudia Stacy Peña Claros, Pablo Cesar Groux Canedo.  

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