LEY Nº 304
LEY DE 24 DE OCTUBRE DE 2012
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único.
De conformidad a lo establecido por el Artículo 158, Parágrafo I,
atribución 13ª de la Constitución Política del Estado, se aprueba la
transferencia, a título gratuito, de un lote de terreno de 4341.80 m2,
de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Monteagudo, situado en
el barrio “San José del Bañado” Distrito Municipal Nº 2, manzano 8 de la
ciudad de Monteagudo, inscrito en Derechos Reales del Municipio de
Monteagudo, Provincia Hernando Siles del Departamento de Chuquisaca,
bajo la Matrícula Computarizada Nº 1.05.1.01.0004032, de fecha 15 de
febrero de 2012, cuyas colindancias son: Al Norte con 50.00 metros con
la calle sin nombre; al Sud con 50.00 metros con la calle sin nombre; al
Este con 87.00 metros con la calle sin nombre; al Oeste con 87.00
metros con el lote de propiedad del Sr. Ladislao Pérez Calderón; a favor
de la Universidad Mayor Real y Pontificia de San Francisco Xavier de
Chuquisaca, para la construcción de un coliseo multifuncional
universitario.
Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, al primer día del mes de octubre del año dos mil doce.
Fdo.
Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rebeca Elvira Delgado Burgoa, Mary Medina
Zabaleta, David Sánchez Heredia, Luis Alfaro Arias, Angel David Cortéz
Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil doce.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Roberto Iván Aguilar Gómez, Claudia Stacy Peña Claros.
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