DECRETO SUPREMO N° 4137
JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Que el Artículo 105 de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado promoverá, mediante políticas de educación, recreación y salud pública, el desarrollo de la cultura física y de la práctica deportiva en sus niveles preventivo, recreativo, formativo y competitivo, con especial atención a las personas con discapacidad. El Estado garantizará los medios y los recursos económicos necesarios para su efectividad.
Que el Artículo 18 de la Ley Nº 804, de 11 de mayo de 2016, Nacional del Deporte, establece que el Ministerio de Deportes es la entidad rectora, encargada de diseñar e implementar políticas nacionales que promuevan el desarrollo de la cultura física y del deporte en todos sus niveles.
Que el Parágrafo II del Artículo 24 de la Ley Nº 1267, de 20 de diciembre de 2019, del Presupuesto General del Estado Gestión 2020, dispone que las asignaciones presupuestarias de recursos adicionales efectuadas por el Tesoro General de la Nación – TGN, a entidades del sector público, para gasto corriente y/o nuevos proyectos de inversión, deberán ser autorizadas mediante Decreto Supremo, exceptuándose recursos emergentes de donación bajo la modalidad de Apoyo Presupuestario Sectorial o casos excepcionales, y aquellos recursos que cuenten con autorización expresa en Ley o Decreto Supremo.
Que el inciso b) del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 1868, de 22 de enero de 2014, señala como una atribución de la Ministra(o) de Deportes, elaborar políticas nacionales y gestión deportiva para el fomento y masificación de la actividad física, recreación, deporte aficionado, formativo, competitivo y de alto rendimiento.
Que el Ministerio de Deportes, en su condición de Órgano Rector, tiene programadas actividades físicas con la intención de fomentar la inclusión social, así como mejorar la salud de forma integral en la población boliviana, a través de las carreras Pedestres 10K “Integrando Bolivia”, reconociendo a aquellos deportistas que logren alcanzar la meta dentro los primeros lugares en sus diferentes categorías.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de Deportes.
ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN). Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en la gestión 2020, realizar la asignación presupuestaria de recursos adicionales por un monto total de Bs2.170.000.- (DOS MILLONES CIENTO SETENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS), financiada con recursos del Tesoro General de la Nación – TGN, a favor del Ministerio de Deportes destinados exclusivamente para la premiación de las carreras pedestres 10K “Integrando Bolivia”.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Economía y Finanzas Públicas; y de Deportes, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de enero del año dos mil veinte.
FDO. JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ, Yerko Martin Núñez Negrette MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Arturo Carlos Murillo Prijic, Luis Fernando López Julio, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, José Luis Parada Rivero, Víctor Hugo Zamora Castedo, Álvaro Rodrigo Guzmán Collao, Wilfredo Rojo Parada, Iván Arias Durán, Carlos Fernando Huallpa Sunagua, Álvaro Eduardo Coímbra Cornejo, Oscar Bruno Mercado Céspedes, Aníbal Cruz Senzano, María Elva Pinckert de Paz, Virginia Patty Torres, Mauricio Samuel Ordoñez Castillo, Martha Yujra Apaza, Roxana Lizarraga Vera, Milton Navarro Mamani.
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