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viernes, 6 de agosto de 2021

DECRETO SUPREMO N° 1282 - Se autoriza a la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA incrementar la subpartida 25230 “Auditorías Externas” en Bs450.000

 DECRETO SUPREMO N° 1282

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que el Parágrafo II del Artículo 16 de la Constitución Política del Estado, señala que el Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad alimentaria, a través de una alimentación sana, adecuada y suficiente para toda la población.

 

Que el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 29230, de 15 de agosto de 2007, crea la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA, como Empresa Pública, con personería jurídica y patrimonio propio, que funcionará bajo tuición del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente.

 

Que el Artículo 2 del Decreto Supremo N° 29710, de 17 de septiembre de 2008, modifica el Decreto Supremo N° 29230, estableciendo que EMAPA funcionará bajo tuición del Ministerio de Producción y Microempresa, actual Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural.

 

 

Que el Parágrafo I del Artículo 33 del Decreto Supremo N° 1134, de 8 de febrero de 2012, que reglamenta la aplicación de la Ley N° 211, de 23 de diciembre de 2011, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo, la inscripción o incremento de las partidas de gasto 25200 “Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión No Capitalizables” y 46000 “Estudios y Proyectos para Inversión”, con recursos de financiamiento externo de crédito, donación y/o contraparte nacional establecidos en los convenios específicos, no amerita Decreto Supremo. Para las demás fuentes de financiamiento el incremento de estas partidas deberá aprobarse mediante Decreto Supremo.

 

Que a fin de realizar una Auditoría Externa Técnica de la ejecución de los proyectos de inversión “Construcción, Equipamiento, Instalación de Plantas de Acopio de EMAPA “Cuatro Cañadas” y “San Pedro” en el Departamento de Santa Cruz”, se requiere autorizar a EMAPA, el incremento de la subpartida 25230 “Auditorías Externas” para la contratación de una empresa especializada.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza a la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA incrementar la subpartida 25230 “Auditorías Externas” en Bs450.000.- (CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS), financiado con Fuente 20 “Recursos Específicos” y Organismo Financiador 230 “Otros Recursos Específicos”, a través de un traspaso intrainstitucional, afectando la partida 81100 “Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas”, destinados a la realización de una Auditoría Externa Técnica de la ejecución de los proyectos de inversión “Construcción, Equipamiento, Instalación de Plantas de Acopio de EMAPA “Cuatro Cañadas” y “San Pedro” en el Departamento de Santa Cruz”.

 

La señora Ministra de Estado en el Despacho de Desarrollo Productivo y Economía Plural, queda encargada de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil doce.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Mario Virreira Iporre, Cecilia Luisa Ayllon Quinteros, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, Felipe Quispe Quenta, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres. 

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