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lunes, 23 de agosto de 2021

DECRETO SUPREMO N° 1375 - Se autoriza al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, incrementar las subpartidas 25810 “Consultorías por Producto” en Bs114.000

 DECRETO SUPREMO N° 1375

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O:

 

Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, determina que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.

 

Que el Artículo 7 del Reglamento de Modificaciones Presupuestarias aprobado por Decreto Supremo N° 29881, de 7 de enero de 2009, establece que los traspasos intrainstitucionales constituyen reasignaciones de recursos al interior de cada entidad pública, que no incrementan ni disminuyen el monto total de su presupuesto.

 

Que el Parágrafo I del Artículo 33 del Decreto Supremo Nº 1134, de 8 de febrero de 2012, reglamenta la aplicación de la Ley N° 211, de 23 de diciembre de 2011, del Presupuesto General del Estado - Gestión 2012, dispone que en los casos que no correspondan a contraparte nacional, la inscripción o incremento de presupuesto en las partidas 25200 “Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión No Capitalizables” y Subgrupo 46000 “Estudios y Proyectos para Inversión”, deberá aprobarse mediante Decreto Supremo.

 

Que el Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 0601, de 18 de agosto de 2010, crea el “Programa Nacional de Fomento y Desarrollo Pecuario de Carne y Leche” a cargo del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras.

 

Que con el objeto de dar continuidad a las actividades programadas en la gestión 2012, se requiere incrementar la subpartida 25810 “Consultorías por Producto”, así como para el cierre, el incremento en la subpartida 25230 “Auditorías Externas” del proyecto “Capacitación y Asistencia Técnica en Manejo Integral de Ganado Bovino para Pequeños y Medianos Productores, en los departamentos de Oruro, La Paz, Chuquisaca, Santa Cruz y Beni”.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A: 

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, incrementar las subpartidas 25810 “Consultorías por Producto” en Bs114.000.- (CIENTO CATORCE MIL 00/100 BOLIVIANOS) y 25230 “Auditorías Externas” en Bs80.000.- (OCHENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS), financiadas con fuente 10 “Tesoro General de la Nación” y Organismo Financiador 111 “Tesoro General de la Nación”, a través de un traspaso presupuestario intrainstitucional, afectando la subpartida 26990 “Otros” en Bs194.000.- (CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL 00/100 BOLIVIANOS), para realizar las actividades programadas en la gestión 2012 y el cierre del Proyecto “Capacitación y Asistencia Técnica en Manejo Integral de Ganado Bovino para Pequeños y Medianos Productores, en los departamentos de Oruro, La Paz, Chuquisaca, Santa Cruz y Beni”, ejecutado por el “Programa Nacional de Fomento y Desarrollo Pecuario de Carne y Leche”.

 

Las señoras Ministras de Estado en los Despachos de Planificación del Desarrollo, y de Desarrollo Rural y Tierras, quedan encargadas de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de octubre del año dos mil doce.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO, Carlos Gustavo Romero Bonifaz MINISTRO DE GOBIERNO E INTERINO DE DEFENSA, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera MINISTRA DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMÍA PLURAL E INTERINA DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Mario Virreira Iporre, Cecilia Luisa Ayllon Quinteros, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, José Antonio Zamora Gutiérrez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres. 

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