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miércoles, 29 de abril de 2020

LEY N° 1296 - se aprueba el Convenio Financiero F.ROT./AID 12/006/00 para el “Programa de Colaboración al Proceso de Mejoramiento de los Esquemas y de las Condiciones de Ejercicio del Derecho a la Salud en Bolivia”,

LEY N° 1296
LEY DE 28 DE ABRIL DE 2020
JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente  Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.
I.            De conformidad a lo establecido en el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Convenio Financiero F.ROT./AID 12/006/00 para el “Programa de Colaboración al Proceso de Mejoramiento de los Esquemas y de las Condiciones de Ejercicio del Derecho a la Salud en Bolivia”, suscrito el 19 de marzo de 2020, entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Cassa Depositi e Prestiti S.p.A., por un monto de hasta EUR21.598.495.- (Veintiún Millones Quinientos Noventa y Ocho Mil Cuatrocientos Noventa y Cinco 00/100 Euros), destinados a financiar el mencionado Programa.
II.          Se autoriza asumir el repago de las obligaciones, como el servicio de la deuda, que sean contraídas en la ejecución del Convenio Financiero aprobado por la presente Ley, a los Gobiernos Autónomos Municipales beneficiarios, de acuerdo al monto de los recursos del Convenio Financiero que les sean asignados a cada uno por el Ministerio de Salud a través de Convenios Intergubernativos.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintidós días del mes de abril del año dos mil veinte.
Fdo. Mónica Eva Copa Murga, Simón Sergio Choque Siñani, Rosario Rodriguez Cuellar, Eliana Mercier Herrera, Sandra Cartagena Lopez, Nelly Lenz Roso.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de abril del año dos mil veinte.

FDO. JEANINE AÑEZ CHAVEZ, Yerko M. Núñez Negrette, Carlos Melchor Diaz Villavicencio, José Luis Parada Rivero, Marcelo Navajas Salinas.

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