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sábado, 11 de abril de 2020

LEY Nº 231 - Apruébase el Convenio de Préstamo Concesional Gubernamental [CHINA EXIMBANK GCL Nº (2011) 41 TOTAL Nº (391)], suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y The Export Import Bank of China – EXIMBANK

LEY Nº 231
LEY DE 28 DE MARZO DE 2012

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

D E C R E T A :

Artículo Único.

I. De conformidad a lo establecido en la Atribución 10ª, parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio de Préstamo Concesional Gubernamental [CHINA EXIMBANK GCL Nº (2011) 41 TOTAL Nº (391)], suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y The Export Import Bank of China – EXIMBANK en fecha 22 de diciembre de 2011, por un monto de Yuanes 716.427.053.03 SETECIENTOS DIECISEIS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL CINCUENTA Y TRES 03/100 YUANES), equivalentes a $us108.729.121,28 (CIENTO OCHO MILLONES SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL CIENTO VEINTIÚN 28/100 DOLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a financiar el “Proyecto de Adquisición de seis (6) Helicópteros H-425.
II. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través del Tesoro General de la Nación, asumir el repago de las obligaciones que sean contraídas en la ejecución del Convenio de Préstamo Concesional Gubernamental [CHINA EXIMBANK GCL Nº (2011) 41 TOTAL Nº (391)] aprobado por la presente Ley.

Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los ocho días del mes de marzo del año dos mil doce.

Fdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rebeca Elvira Delgado Burgoa, Mary Medina Zabaleta, David Sánchez Heredia, Wilson Changaray T., Ángel David Cortés Villegas.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de marzo de dos mil doce años.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luís Alberto Arce Catacora.


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