LEY Nº 246
LEY DE 1 DE JUNIO DE 2012
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.
I. De
conformidad a lo establecido por el Artículo 158, parágrafo I,
atribución 13ª de la Constitución Política del Estado, se aprueba la
transferencia a título gratuito de la fracción del terreno municipal con
una extensión superficial de 33.223,154 m² (Treinta y Tres Mil
Doscientos Veintitrés /154 metros cuadrados), del total del terreno con
una extensión superficial de 60.349,12 m² (Sesenta Mil Trescientos
Cuarenta y Nueve /12 metros cuadrados), de propiedad del Gobierno
Autónomo Municipal de El Torno inscrita en Derechos Reales en el Folio
Real Registrado bajo la Matrícula N° 7.01.5.01.0001377, ubicado en Km.
29 Santa Cruz – El Torno, Localidad Santa Rita, Zona Nor – Oeste que
tiene las siguientes colindancias: al Norte con el Área de Protección /
Casta Claros, con 216.89 metros; al Sur con la calle sin nombre 75.7
metros + 229.48 metros; al Este con la carretera antigua Santa Cruz –
Cochabamba – Módulo Policial 29.72 metros + 116,33 metros + 20.68 metros
y al Oeste con la calle sin nombre 95.04 metros, a favor de la
Universidad Autónoma Gabriel René Moreno.
II.
El terreno y sus mejoras serán destinados a los fines y objetivos de
la construcción y funcionamiento de la Unidad Académica El Torno de la
Universidad Autónoma Gabriel René Moreno, no pudiendo bajo ningún
concepto darles otro uso y destino; en caso de incumplimiento serán
revertidos al Gobierno Autónomo Municipal de El Torno.
Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los veintidós días del mes de mayo de dos mil doce años.
Fdo.
Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rebeca Elvira Delgado Burgoa, Mary Medina
Zabaleta, María Elena Méndez León, Luís Alfaro Arias, Ángel David
Cortéz Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de junio de dos mil doce años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Roberto Iván Aguilar Gómez, Claudia Stacy Peña Claros.
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