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viernes, 30 de abril de 2021

DECRETO SUPREMO Nº 0742 - Establecer la entidad encargada del proceso de liquidación de la Empresa Nacional de Televisión Boliviana – ENTB y las previsiones de orden legal, económico, financiero y administrativo para llevar a cabo el mismo.

 DECRETO SUPREMO Nº 0742 0508

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O:

 

Que el Decreto Supremo N° 0074, de 15 de abril de 2009, dispone la liquidación de la Empresa Nacional de Televisión Boliviana – ENTB, norma el proceso de liquidación a cargo de ENTB en Liquidación y establece los ámbitos de acción en lo referente a los activos, pasivos, procesos administrativos, judiciales y arbitrales seguidos por y contra ENTB.

 

Que el Artículo 5 del mencionado Decreto Supremo dispone como plazo para la liquidación un (1) año improrrogable, a partir de la fecha de publicación del Decreto Supremo N° 0074.

 

Que el Decreto Supremo N° 0508, de 12 de mayo de 2010, establece la continuidad de la liquidación de ENTB, a cargo de ENTB en Liquidación, hasta el 31 de diciembre de 2010.

 

Que las actividades de orden legal, económico, financiero y administrativo del proceso liquidatorio de ENTB requieren de continuidad hasta la conclusión del mismo, estableciendo a la entidad pública que asumirá dicha atribución.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer la entidad encargada del proceso de liquidación de la Empresa Nacional de Televisión Boliviana – ENTB y las previsiones de orden legal, económico, financiero y administrativo para llevar a cabo el mismo.

 

ARTÍCULO 2.- (PROCESO DE LIQUIDACIÓN).

 

I. Se dispone que a partir del 1 de enero de 2011, el Ministerio de la Presidencia asumirá el proceso de liquidación de la Empresa Nacional de Televisión Boliviana – ENTB.

 

II. El Ministerio de la Presidencia asumirá la representación legal suficiente para concluir el proceso liquidatorio.

 

ARTÍCULO 3.- (PREVISIONES). Para efecto del proceso de liquidación de ENTB, se tomarán las siguientes previsiones:

 

  1. ENTB en Liquidación presentará al Ministerio de la Presidencia el cierre de los estados financieros de la Liquidación de ENTB al 31 de diciembre de 2010.

 

    1. ENTB en Liquidación entregará al Ministerio de la Presidencia toda la documentación técnica, financiera, legal y de orden histórico de ENTB y ENTB en Liquidación, debiendo para el efecto conformar la comisión de entrega y recepción respectivas.

 

    1. Los activos remanentes de ENTB, al 31 de diciembre de 2010, incluidos proyectos, convenios y contratos, serán transferidos por el Ministerio de la Presidencia a la Empresa Estatal de Televisión denominada “BOLIVIA TV”, conforme detalle de los estados financieros de ENTB en Liquidación.

 

    1. Los pasivos remanentes de ENTB al 31 de diciembre de 2010, detallados en los estados financieros de ENTB en Liquidación, serán asumidos por el Ministerio de la Presidencia, conforme a la disponibilidad de recursos emergentes del proceso liquidatorio.

 

    1. Los procesos administrativos, judiciales y arbitrales, seguidos por o en contra de ENTB o ENTB en liquidación, serán asumidos por el Ministerio de la Presidencia.

 

    1. El Ministerio de la Presidencia coordinará con el Ministerio de Culturas y otras entidades públicas o privadas, la recuperación del patrimonio cultural institucional de propiedad y producidos por ENTB, consistente en archivos fílmicos y videográficos.

 

El señor Ministro de Estado, en el Despacho de la Presidencia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil diez.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elizabeth Arismendi Chumacero, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luís Alberto Arce Catacora, Luís Fernando Vincenti Vargas, Antonia Rodríguez Medrano, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Carmen Trujillo Cárdenas, Nila Heredia Miranda, María Esther Udaeta Velásquez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz, Nardy Suxo Iturry, Zulma Yugar Párraga.

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