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sábado, 1 de agosto de 2020

LEY Nº 500 - . Declárese Patrimonio Cultural del pueblo boliviano, al Festival Nacional de la Canción Boliviana “Aquí Canta Bolivia”

LEY Nº 500
LEY DE 17 DE FEBRERO DE 2014

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

D E C R E T A :

Artículo 1. Declárese Patrimonio Cultural del pueblo boliviano, al Festival Nacional de la Canción Boliviana “Aquí Canta Bolivia”, con sede en el Departamento de Oruro.

Artículo 2. El Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Culturas y Turismo, coordinará con el Comité Organizador, la promoción y difusión a nivel nacional del Festival. El Gobierno Autónomo Departamental de Oruro y el Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, en el marco de sus competencias y en coordinación con el Consejo Departamental de Cultura de Oruro, conformarán el Comité Organizador del Festival.

DISPOSICIÓN ABROGATORIA

ÚNICA. Queda abrogada la Ley N° 2988 de 24 de febrero de 2005.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los seis días del mes de febrero del año dos mil catorce.

Fdo. Eugenio Rojas Apaza, Marcelo William Elío Chávez, Efrain Condori Lopez, Marcelo E. Antezana Ruiz, Nelson Virreira Meneces, Ángel David Cortés Villegas.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil catorce.


FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Pablo Cesar Groux Canedo, Claudia Stacy Peña Claros, Amanda Dávila Torres. 

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