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sábado, 29 de agosto de 2020

LEY Nº 584 - Se declara Patrimonio Natural del Estado Plurinacional de Bolivia, a la Paraba Barba Azul (Ara glaucogularis)

LEY Nº 584
LEY DE 17 DE OCTUBRE DE 2014
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

D E C R E T A :

ARTÍCULO 1. Se declara Patrimonio Natural del Estado Plurinacional de Bolivia, a la Paraba Barba Azul (Ara glaucogularis), considerada especie en extinción en el territorio nacional.

ARTÍCULO 2. El Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado, en coordinación con las entidades territoriales autónomas, priorizarán la protección y conservación de la especie Paraba Barba Azul (Ara glaucogularis) y su hábitat a través de planes, programas y proyectos a corto, mediano y largo plazo.

Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los siete días del mes de octubre de dos mil catorce años.

Fdo. Eugenio Rojas Apaza, Quintín Quispe Chura, Efraín Condori Lopez, Roxana Camargo Fernández, Nelson Virreira Meneces, Ángel David Cortés Villegas.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil catorce.


FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Pablo Cesar Groux Canedo, Claudia Stacy Peña Claros, Amanda Dávila Torres. 

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