LEY Nº 538
LEY DE 20 DE JUNIO DE 2014
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único. De
conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I numeral 14, de la
Constitución Política del Estado, se ratifica el “Convenio de
Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno del Estado
Plurinacional de Bolivia y el Gobierno de la República Popular China”,
suscrito en la ciudad de Beijing, República Popular China, el 9 de
octubre de 2012.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es
dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
los cinco días del mes de junio del año dos mil catorce.
Fdo.
Eugenio Rojas Apaza, Marcelo William Elío Chávez, Marcelo E. Antezana
Ruiz, Roxana Camargo Fernández, Nelson Virreira Meneces, Ángel David
Cortés Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de junio del año dos mil catorce.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Elba Viviana Caro Hinojosa, Amanda Dávila Torres.
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