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miércoles, 19 de agosto de 2020

LEY Nº 556 - Se aprueba la enajenación, a título oneroso, de un lote de terreno de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz,

LEY Nº 556
LEY DE 18 DE AGOSTO DE 2014

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

D E C R E T A :

Artículo Único. De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I numeral 13, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título oneroso, de un lote de terreno de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, con una extensión superficial de 195,90 metros cuadrados (m²), ubicado en el manzano 034-0470 de la planimetría vigente “San Isidro”, Lote N° 419, de la zona San Isidro Alto de la ciudad de La Paz, registrado en las oficinas de Derechos Reales de La Paz, bajo la Matrícula Computarizada N° 2.01.0.99.0014512, con asiento de propiedad A-1, cuyas colindancias son: al Norte, con la avenida Luis XV; al Sur, con propiedad privada; al Este, con la calle Libertad; y al Oeste, con propiedad privada; a favor del señor Juan Ruiz Mendoza, conforme a lo establecido en las Ordenanzas Municipales N° 142/76 de 2 de noviembre de 1976, y N° 135/2011 de 1 de junio de 2011.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los doce días del mes de agosto del año dos mil catorce.

Fdo. Zonia Guardia Melgar, Marcelo William Elío Chávez, Efrain Condori López, Roxana Camargo Fernández, Carlos Aparicio Vedia, Ángel David Cortés Villegas.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil catorce.


FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Claudia Stacy Peña Claros, Amanda Dávila Torres.  

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