Busca las Leyes y Decretos

martes, 25 de agosto de 2020

LEY N° 1316 - Se aprueba la transferencia, a título oneroso, de un lote de terreno de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz a favor de la Señora Vicenta Huanca Vda. de Mamani,

LEY N° 1316
LEY DE 24 DE AGOSTO DE 2020
JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente  Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título oneroso, de un lote de terreno con una superficie de 78,00 metros cuadrados (m²), fracción de una superficie total de 14.533,28 metros cuadrados (m²), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, ubicado en el sector “5 de Agosto” de la Zona Faro Murillo, Manzano C2, Lote Nº 21, del Municipio de La Paz, Provincia Murillo del Departamento de La Paz, registrado en las oficinas de Derechos Reales de la ciudad de La Paz, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada Nº 2.01.0.99.0057016, cuyas colindancias, de conformidad al certificado de Registro Catastral N° 2 01 033 0206 0021, son: Al Norte, con el Lote Nº 20; al Sur, con el Lote Nº 22; al Este, con la avenida 9 de Abril; y al Oeste, con los Lotes Nos. 15 y 19; a favor de la Señora Vicenta Huanca Vda. de Mamani, de conformidad a la Ley Municipal Nº 330, promulgada el 28 de noviembre de 2018 por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, al primer día del mes de julio del año dos mil veinte.
Fdo. Mónica Eva Copa Murga, Simón Sergio Choque Siñani, Noemi Natividad Díaz Taborga, Rosario Rodríguez Cuellar, Sandra Cartagena Lopez, Nelly Lenz Roso.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil veinte.

FDO. JEANINE AÑEZ CHAVEZ, Yerko M. Núñez Negrette.

No hay comentarios:

Publicar un comentario